REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 13/06/2022
CUENTA, N° 66

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2018000059

La ciudadana JESSICA BELLO BARRETO, titular de la cédula de identidad N° V- 20.705.796, en su condición de Presidenta de la Federación de Centros Universitarios de la Universidad de Carabobo, interpuso acción de amparo constitucional contra las autoridades del Consejo Universitario de la Universidad de Carabobo.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana, JESSICA ELIZABETH BELLO (parte accionante), mediante el cual se le notificó que esta Sala Electoral en fecha de 13 de diciembre del 2021 dicto Sentencia N°038.


2. AA70E2018000059

La ciudadana JESSICA BELLO BARRETO, titular de la cédula de identidad N° V- 20.705.796, en su condición de Presidenta de la Federación de Centros Universitarios de la Universidad de Carabobo, interpuso acción de amparo constitucional contra las autoridades del Consejo Universitario de la Universidad de Carabobo.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana, ALVARO LONDOÑO, OSWALDO VERA, RONNY CARREÑO, WILMER BELLO, OSCAR CASTILLO, LEONARDO ESQUEDA, KLEIBER RIGAUD Y JONNY MORALES, integrantes de la Comisión Electoral Estudiantil de la Universidad de Carabobo, mediante el cual se le notificó que esta Sala Electoral en fecha de 13 de diciembre del 2021 dicto Sentencia N°038.


3. AA70E2019000018

El abogado Tulio Rafael Barreto, inscrito el Inpreabogado bajo el N° 152.982, actuando en representación de las sociedades mercantiles PROMOTORA CARIBBEAN C.A., DESARROLLO SAN JORGE C.A. y CENTRO SIETE C.A., interpuso recurso contencioso electoral de nulidad contra los actos electorales condominales del Centro Comercial Caribbean Plaza, de fecha 26 de julio y 1° de agosto de 2019.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos JAVIER PULGAR, MAIGUALIDA CABRERA, EGLIS AMPARO Y JEAN LOZADA, en su condición de Miembros de la Junta de Condominio del Centro Comercial Caribbean Plaza (saliente), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 02 de marzo de 2020 admitió recurso, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.


4. AA70E2019000018

El abogado Tulio Rafael Barreto, inscrito el Inpreabogado bajo el N° 152.982, actuando en representación de las sociedades mercantiles PROMOTORA CARIBBEAN C.A., DESARROLLO SAN JORGE C.A. y CENTRO SIETE C.A., interpuso recurso contencioso electoral de nulidad contra los actos electorales condominales del Centro Comercial Caribbean Plaza, de fecha 26 de julio y 1° de agosto de 2019.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos JAVIER PULGAR, MAIGUALIDA CABRERA, DAVID SANMIGUEL RICARDO PEREZ Y MAGLID YUVE, en su condición de Miembros de la Junta de Condominio del Centro Comercial Caribbean Plaza (entrante), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 02 de marzo de 2020 admitió recurso, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.


5. AA70E2019000018

El abogado Tulio Rafael Barreto, inscrito el Inpreabogado bajo el N° 152.982, actuando en representación de las sociedades mercantiles PROMOTORA CARIBBEAN C.A., DESARROLLO SAN JORGE C.A. y CENTRO SIETE C.A., interpuso recurso contencioso electoral de nulidad contra los actos electorales condominales del Centro Comercial Caribbean Plaza, de fecha 26 de julio y 1° de agosto de 2019.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a las Sociedades Mercantiles Promotora Caribbean C.A y Desarrollo San Jorge (parte recurrente) de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 02 de marzo de 2020 admitió recurso, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.


6. AA70E2021000015

Los ciudadanos STEVE LEÓN y KENJI MARTÍNEZ PÉREZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N° V-27.127.334 y V-26.473.787, respectivamente, quienes alegan actuar con el carácter de "ATLETAS DE LA SELECCIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE KARATE DO DEL ESTADO MIRANDA y DISTRITO CAPITAL, AFILIADAS A LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO y LEGÍTIMOS ELECTORES", asistidos por el abogado Alirio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado con el número 77.768, interpusieron acción de amparo constitucional contra "LAS PARALELAS CONVOCATORIAS A ELECCIONES DE LAS NUEVAS AUTORIDADES DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO PARA EL PERÍODO 2021-2025".

Visto que en fecha 09 de junio de 2022, fue recibido Oficio 00-F06NP-N°0111-2022, suscrito por el abogado Henrry Isacc Cisnero Suárez, actuando en su condición de Fiscal Provisorio Quincuagésimo Séptimo (57°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas encargado de la Fiscalía 6° Nacional Plena, mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia N° 057 dictada por esta Sala Electoral en fecha 29 de octubre de 2021, esta Sala ACORDÓ expedir la certificación por cursar en original.


7. AA70E2021000034

El ciudadano IOMAR ALBERTO CARREÑO LOPEZ titular de la cédula de identidad N° 10.345.785 asistido por los abogados César Augusto Fernández y Nelson Antonio Rojas Brito inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 56.479 y 196.405, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral contra el proceso electoral de la CAJA DE AHORRO Y PREVISION SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y JUBILADOS DEL PODER ELECTORAL (CAPSEOJ) N° 45 del sector público período 2021-2024, llevado a cabo por la Comisión Electoral Ad Hoc elecciones celebrada en fecha 30 de julio de 2021.

ADMISIÓN DE PRUEBAS. El Juzgado de Sustanciación de esta Sala Electoral emitió pronunciamiento, en las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte recurrente admitiendo dichas pruebas.


8. AA70E2021000041

Los ciudadanos Wilfredo León Astudillo, Denisee de Los Ángeles Salazar, Yacenia Motaban Muñoz, Luis Alfredo García y Juan Enrique Tablante Pizarro, titulares de las cédulas de identidad N° V-13.359.988, V-26.812.702, V-16.075.112, V-18.616.476 y V-30.463.528, en su carácter de Entrenador del Club Fronteam, atleta del Club Mati, Entrenadora, Árbitro y Atleta del Club Guerreras de Mellado, respectivamente, y Miembros de la Federación Venezolana de Pelota Vasca, asistidos por el abogado Ramón Gonzalo Manzo Acevedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 302.892, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada, contra el proceso electoral convocado por el ciudadano JOSEBA URRANTEGUI BARREDA URCELAY, titular de la cédula de identidad N° 3.820.184, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la aludida asociación para el periodo 2021-2025.

APERTURA A PRUEBAS: Se abrió la presente causa a pruebas por el lapso de cinco (05) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.


9. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a JUNTA DIRECTIVA DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE BOXEO (FEVEBOX), mediante el cual se le notificó que esta Sala Electoral en fecha 02 de diciembre de 2021 dicto auto, donde se acordó solicitarle los antecedentes administrativos.


10. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la COMISIÓN ELECTORAL DE LA FEDERACION VENEZOLANA DE BOXEO (FEVEBOX), mediante el cual se le notificó que esta Sala Electoral en fecha 02 de diciembre de 2021 dicto auto, donde se acordó solicitarle los antecedentes administrativos.


11. AA70E2022000026

El abogado Williams Enrique Fernández Fuenmayor, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.061, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Federación Venezolana de Karate Do, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la nulidad del proceso para elegir las autoridades de la referida organización Federativa para el período 2021-2025.

Visto que en fecha 13 de junio de 2022, fue recibido Oficio 00-F06NP-N° 0120-2022 suscrito por el abogado Henrry Isacc Cisnero Suárez, actuando en su condición de Fiscal Provisorio Quincuagésimo Séptimo (57°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas encargado de la Fiscalía 6° Nacional Plena, mediante la cual solicitó copia certificada de los folios ciento treinta y nueve (139) al doscientos diez (210), contentivos de los informes de aspecto de hecho y de derecho consignados por el Consejo Nacional Electoral (CNE), esta Sala ACORDÓ expedir la certificación por cursar en original.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2022000005

Por recibido oficio N° 461-2021 de fecha 22/11/2021, emanado del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo de recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar, por los ciudadanos MARIA FERNANDA SANABRIA BRAVO y BLAS ALFONSO OROPEZA BECERRA, titulares de la cédula de identidad N° V-20.628.618 y V-19.463.652, alegando el carácter de Presidentes de los clubes JUVENTUD PARA EL FUTURO, OMEGA y LUCHIVOL, asistido por el abogado PEDRO JOSE CARRERO, titular de la cédula de identidad N° V-10.162.298, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.660, quien actúa con el carácter de Presidente del CLUB DE VOLEIBOL JPF, contra las convocatorias realizadas en fecha 1 de noviembre de 2021, por clubes no afiliados a la "... ASOCIACION DE VOLEIBOL TACHIRENSE (...) BUFALOS DE COLON, CLUB LOS AMIGOS, CLUB PIRINEOS, CLUB QUINIMARI, CLUB JUDITH MALDONADO...".

El abogado Abdelkader Agelvis Delgado, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 117.789, apoderado de los ciudadanos María Sanabria, Blas Oropeza y Pedro Carrero, (parte recurrente), consignó escrito de alegatos.


2. AA70E2022000021

Por recibido oficio N° BP02-G-2022-008000, emitido por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remite recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, interpuesto por la abogada Maribel Carvajal García, titular de la cédula de identidad número V-8.496.700, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 61.704, actuando en su propio nombre como miembro de la plancha N° 1, aspirante al Tribunal Disciplinario para las Elecciones del Centro Italiano de Oriente (CIVO) 2022-2024, contra el "ACTO DEL COMITÉ ELECTORAL CIVO 2022-2024, electo en Asamblea General Extraordinaria de Asociados de dicho Centro Social en fecha 23 de Enero de 2022", remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 29 de marzo de 2022 por el mencionado Juzgado Superior Estatal.

La abogada Maribel Carvajal García, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 61.704, en su carácter de miembro de la plancha N° 1, aspirante al Tribunal Disciplinario para las Elecciones del Centro Italiano de Oriente (CIVO), parte recurrente, presentó escrito de ratificación y alegatos.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2021000073

El ciudadano José Luis Rodríguez Fernández, titular de la cédula de identidad N° 3.586.539, candidato a la Alcaldía de Guaicaipuro del estado Miranda, asistido por el abogado Antonio Barrios Abad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.812, interpuso acción de amparo constitucional contra la omisión del Consejo Nacional Electoral acerca de la adherencia de partidos políticos a favor de su postulación quienes postularon para el cargo de Alcalde de Municipio Guaicaipuro del estado Miranda (reconducido a recurso contencioso electoral).

El abogado Antonio José Barrios Abad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.812, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia dejando constancia de revisión del expediente.


2. AA70E2022000021

Por recibido oficio N° BP02-G-2022-008000, emitido por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remite recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, interpuesto por la abogada Maribel Carvajal García, titular de la cédula de identidad número V-8.496.700, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 61.704, actuando en su propio nombre como miembro de la plancha N° 1, aspirante al Tribunal Disciplinario para las Elecciones del Centro Italiano de Oriente (CIVO) 2022-2024, contra el "ACTO DEL COMITÉ ELECTORAL CIVO 2022-2024, electo en Asamblea General Extraordinaria de Asociados de dicho Centro Social en fecha 23 de Enero de 2022", remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 29 de marzo de 2022 por el mencionado Juzgado Superior Estatal.

La abogada Maribel Carvajal García, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 61.704, en su carácter de miembro de la plancha N° 1, aspirante al Tribunal Disciplinario para las Elecciones del Centro Italiano de Oriente (CIVO), parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó a la secretaria revisión del expediente.


OFICIOS RECIBIDOS EN
1. AA70E2021000015

Los ciudadanos STEVE LEÓN y KENJI MARTÍNEZ PÉREZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N° V-27.127.334 y V-26.473.787, respectivamente, quienes alegan actuar con el carácter de "ATLETAS DE LA SELECCIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE KARATE DO DEL ESTADO MIRANDA y DISTRITO CAPITAL, AFILIADAS A LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO y LEGÍTIMOS ELECTORES", asistidos por el abogado Alirio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado con el número 77.768, interpusieron acción de amparo constitucional contra "LAS PARALELAS CONVOCATORIAS A ELECCIONES DE LAS NUEVAS AUTORIDADES DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE KARATE DO PARA EL PERÍODO 2021-2025".

Por recibido Oficio N° 00-F06NP-N° 0122-022 de fecha 13/06/2022, suscrito por el Abg. HENRY ISAAC CISNERO SUÁREZ, Fiscal Provisorio Quincuagésimo Séptimo (57°) del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, encargado de la Fiscalía 6° Nacional Plena, mediante el cual retiró copias certificadas la sentencia N° 057.


2. AA70E2022000026

El abogado Williams Enrique Fernández Fuenmayor, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.061, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Federación Venezolana de Karate Do, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la nulidad del proceso para elegir las autoridades de la referida organización Federativa para el período 2021-2025.

Por recibido en fecha, 13/06/2022 Oficio N° 00-F06NP-N° 0122-2022 suscrito por el Abg. HENRY ISAAC CISNERO SUÁREZ, Fiscal Provisorio Quincuagésimo Séptimo (57°) del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, encargado de la Fiscalía 6° Nacional Plena, mediante la cual retiró copias certificadas respecto a los antecedentes administrativos e informe respectivo a los folios 139 al 210.


3. AA70E2022000026

El abogado Williams Enrique Fernández Fuenmayor, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.061, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Federación Venezolana de Karate Do, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la nulidad del proceso para elegir las autoridades de la referida organización Federativa para el período 2021-2025.

Por recibido en fecha 13/06/2022 Oficio N° 00-F06NP-N° 0120-2022, suscrito por el Abg. HENRY ISAAC CISNERO SUÁREZ, Fiscal Provisorio Quincuagésimo Séptimo (57°) del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, encargado de la Fiscalía 6° Nacional Plena, mediante el cual solicitó copias certificadas de los folios 139 al 210 contentivos de los antecedentes administrativos e informe respectivo.


4. AA70E2022000030

Los abogados JULIO CÉSAR HERNÁNDEZ COLMENARES y GUIDO LEONARDO CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.033.786 y V-5.686.017, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 28.446 y 133.535, respectivamente, actuando en sus propios nombres presuntamente alegando su condición de candidatos de la plancha N° 1, al optar a las Secretarias de Organización y de Profesionales y Técnicos Seccional de la misma, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra las actuaciones materiales de la Comisión Electoral Interna Seccional (CEIS) de Acción Democrática en el estado Táchira, y la decisión de la Comisión Electoral Interna Nacional (CEIN).

Por recibido en fecha 13/06/2022, Oficio N° 288/2022, emanado del Juzgado Superior del Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira San Cristóbal, mediante la cual consignó Recurso Contencioso Electoral conjuntamente con Amparo Cautelar y subsidiariamente con Medida Cautelar, presentado por los abogados Julio Julio Cesar Hernández y Guido Leonardo Contreras, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 28.46 y 133.535.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2021000079

Las ciudadanas Ines María Solorzano, Morella Josefina Figueroa Infante e Ines Rebeca Figueroa Cárdenas, titulares de la cédulas de identidad N° V-11.363.278, v-6.371.866 y 11.164.224 respectivamente, actuando en su condición de Presidenta, Vicepresidente Tercera y Tesorera en ese orden, de la organización social Promotora del Deporte, actividad Física y Educación Física del Comité Paralímpico Venezolano (COPAVEN), asistidas por la abogada Josmarly Olivares Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 254.862, interpusieron amparo constitucional con medida cautelar innominada contra el acto de convocatoria a la asamblea, para designar a la Comisión Electoral que llevará el proceso eleccionario de las nuevas autoridades de COPAVEN.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original librada a las ciudadanas INÉS MARÍA SOLÓRZANO, MORELLA JOSEFINA FIGUEROA INFANTE e INÉS REBECA FIGUEROA CÁRDENAS, parte accionante, recibida por el abogado Tulio Sánchez, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 7.282, apoderado judicial, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 041 de fecha 25 de junio de 2022.


2. AA70E2022000022

El abogado Luis Martínez Hernández, titular de la cédula de identidad número V-2.532.379, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.377, actuando en su condición de socio propietario de la cuota de participación N° 1190, del Club Campestre Los Cortijos, interpuso demanda contencioso electoral con amparo cautelar, contra los actos inconstitucionales e ilegales de la Junta Electoral del Club Campestre Los Cortijos, realizados durante las elecciones celebradas el 28 de noviembre de 2021, para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil del Club Campestre Los Cortijos periodo 2022-2024.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.158, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por la ciudadana Noemi González, Secretaria Ejecutiva de Apoyo Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°046 de fecha 30 de mayo de 2022.


3. AA70E2022000022

El abogado Luis Martínez Hernández, titular de la cédula de identidad número V-2.532.379, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.377, actuando en su condición de socio propietario de la cuota de participación N° 1190, del Club Campestre Los Cortijos, interpuso demanda contencioso electoral con amparo cautelar, contra los actos inconstitucionales e ilegales de la Junta Electoral del Club Campestre Los Cortijos, realizados durante las elecciones celebradas el 28 de noviembre de 2021, para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil del Club Campestre Los Cortijos periodo 2022-2024.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.156 librado a los ciudadanos CARLOS GARCÍA, ALONZO IRAZABAL, OSCAR RENDÓN, GABRIEL DÍAZ, AVELINO ZAERA y RAFAEL DELGADO. Presidente, Vicepresidente, Secretario y Miembros de la Junta Electoral de la Asociación Civil del Club Campestre Los Cortijos, recibida por la ciudadana Maryori Romero, Jefa del Dpto. de Atención al Socio del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°046 de fecha 30 de mayo de 2022.


4. AA70E2022000022

El abogado Luis Martínez Hernández, titular de la cédula de identidad número V-2.532.379, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.377, actuando en su condición de socio propietario de la cuota de participación N° 1190, del Club Campestre Los Cortijos, interpuso demanda contencioso electoral con amparo cautelar, contra los actos inconstitucionales e ilegales de la Junta Electoral del Club Campestre Los Cortijos, realizados durante las elecciones celebradas el 28 de noviembre de 2021, para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil del Club Campestre Los Cortijos periodo 2022-2024.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.157, librado a los ciudadanos JOSÉ MANUEL COBOS SOTO, SONIA RAQUEL CAMACHO DE PAZ, ALEJANDRO JOSÉ VIDAL JAIMES y EZIO ARAQUEZ. Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y demás Miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil del Club Campestre Los Cortijos, recibida por la ciudadana Maryori Romero, Jefa del Dpto. de Atención al Socio del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°046 de fecha 30 de mayo de 2022.


5. AA70E2022000022

El abogado Luis Martínez Hernández, titular de la cédula de identidad número V-2.532.379, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.377, actuando en su condición de socio propietario de la cuota de participación N° 1190, del Club Campestre Los Cortijos, interpuso demanda contencioso electoral con amparo cautelar, contra los actos inconstitucionales e ilegales de la Junta Electoral del Club Campestre Los Cortijos, realizados durante las elecciones celebradas el 28 de noviembre de 2021, para elegir la Junta Directiva de la Asociación Civil del Club Campestre Los Cortijos periodo 2022-2024.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al abogado LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ, recibida por el abogado Luis Martínez Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.377, actuando en su condición de socio propietario de la cuota de participación N°1190, del Club Campestre los Cortijos (parte recurrente), mediante el cual se le notificó la Sentencia N°046 de fecha 30 de mayo de 2022.


6. AA70E2022000030

Los abogados JULIO CÉSAR HERNÁNDEZ COLMENARES y GUIDO LEONARDO CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.033.786 y V-5.686.017, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 28.446 y 133.535, respectivamente, actuando en sus propios nombres presuntamente alegando su condición de candidatos de la plancha N° 1, al optar a las Secretarias de Organización y de Profesionales y Técnicos Seccional de la misma, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra las actuaciones materiales de la Comisión Electoral Interna Seccional (CEIS) de Acción Democrática en el estado Táchira, y la decisión de la Comisión Electoral Interna Nacional (CEIN).

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.176 librado al Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes (Distribuidor), mediante el cual se le notificó el auto de fecha 09 de junio de 2022.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ