REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 30/06/2022
CUENTA, N° 76

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2018000032

El abogado Francisco Javier López Mercado, actuando como apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ COROMOTO LEAL, MARCOS DAVID CHACON SALAS, JOSÉ CARLOS ORONEL ÁLVAREZ, LUIS EDGARDO RAMÍREZ BRICEÑO, JUCELYS MARGARITA PÉREZ CHACIN, ILIANA CAROLINA TRUJILLO ASTUDILLO, ÁLVARO ENRIQUE GUERRERO, JUAN DE DIOS PERDOMO LARA, en su condición de trabajadores activos y afiliados de Sindicato de Trabajadores de la Empresa Operador Logístico Agrícola. C.A. (SINTRAOLACA), interpuso solicitud de convocatoria a elecciones para la elección de la Junta Directiva del referido Sindicato.

Vista la Sentencia N° 059 dictada en fecha 22 de junio de 2022, se acordó notificar al abogado Francisco López y al Ministerio Público. Asi mismo se acordó notificar por carteles a la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Operador Logístico Agrícola, C.A. (SINTRAOLACA). Del mismo Modo se comisiona al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor), a los fines de notificar al abogado Francisco Javier López Mercado. Se Libró Boleta y Ofiicos.


2. AA70E2019000010

El ciudadano WILLIAM JOSÉ SANDOVAL CORTÉZ, con el carácter de trabajador activo, asociado, candidato y postulado aspirante en las elecciones a los Consejos de Administración y Vigilancia, como Delegados a la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP), Sector Público Registro Numeral 12, asistido por el abogado Humberto Walfredo González Aguirre, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral contra las elecciones da los Consejos de Administración y Vigilancia, como de Delegados a la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP), celebradas el 26 de febrero de 2019, para el periodo 2019-2022.

Vista la Sentencia N° 052 dictada en fecha 22 de junio de 2022, se acordó notificar al ciudadano WIILLIAM JOSÉ SANDOVAL CORTÉZ (parte recurrente), a la Junta Directiva de la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP), a la Comisión Electoral Nacional de la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP), al Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP), a la Superintendencia de Cajas de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para la Economía, Finanzas y Banca Pública, al Ministerio Público y a la Procuraduría General de la República. Se Libró Boleta y Oficios.


3. AA70E2021000032

El abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, actuando en nombre propio, interpuso demanda de nulidad con medida cautelar Innominada contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Softbol, realizado el 11 de junio de 2021.

Vista la sentencia N° 53 dictada el 22 de junio de 2022, se acordó notificar a la ciudadana MARÍA JOSÉ SOTO GIL en su carácter de Presidenta de la Junta Directiva Federación Venezolana de Softbol, a los miembros de la Comisión Electoral, al Consejo de Honor y al Consejo Contralor todos órganos que conforman la mencionada Federación. (parte recurrida). Asimismo, se acordó notificar del contenido de la sentencia 053 de fecha 22 de junio de 2022, al ciudadano TULIO SANCHEZ GONZALEZ (parte recurrente), al Ministerio Público y al Instituto Nacional del Deporte. Se Libró Boleta y Ofiicos.


4. AA70E2021000036

El abogado Carlos Marquina, titular de la cédula de identidad N° V- 3.251.683, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.574, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos GUMERCINDO RODRÍGUEZ NIEVES, JHONNY RAMÓN LARA GARCÍA, CARLOS PINTO y otros, titulares de las cédula de identidad N° V- 6.837.421, V-17.020.321 y V-3.910.079, respectivamente, en su carácter de Delegados Sindicales y Miembros afiliados al SINDICATO UNICO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION DEL DISTRITO CAPITAL, ESTADO MIRANDA Y VARGAS (SUTIC); interpuso solicitud de convocatoria a elecciones a los fines de elegir las nuevas autoridades del mencionado Sindicato.

Vista la Sentencia N° 055 dictada en fecha 22 de junio de 2022, se acordó notificar a los ciudadanos GUMERCINDO RODRÍGUEZ NIEVES, JHONNY RAMÓN LARA GARCÍA, CARLOS PINTO, THEMAR SANTIAGO DÍAZ, EDDY REGINO LARA MAIZ, LUIS ALFREDO CABELLO ZURITA, NELSON JOSÉ CEDEÑO RODRÍGUEZ (...) o a su Abg, Carlos Marquina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.574 (parte accionante). Así mismo a los miembros directivos del SINDICATO ÚNICO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN DEL DISTRITO CAPITAL, ESTADOS MIRANDA Y VARGAS (SUTIC) (parte accionada) y al Ministerio Público. Se Libró boleta y oficios.


5. AA70E2021000045

El abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ELÍAS DELLAN SALAZAR, GABIEL ANTONIO HERRERA NARVAEZ, LISANDRO ENRIQUE FARIÑAS ZACARÍAS y OMAR RAMÓN PATRIZ JIMÉNEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.860.219, V-13.057.919, V-11.206.138, y V-8.547.764, en su condición de miembros activos del Colegio de Abogados del estado Delta Amacuro, interpuso acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada contra los miembros actuales de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Delta Amacuro, 14 de octubre de 2021.

Vista la sentencia N° 060 se acordó notificar al abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ELÍAS DELLAN SALAZAR, GABIEL ANTONIO HERRERA NARVAEZ, LISANDRO ENRIQUE FARIÑAS ZACARÍAS y OMAR RAMÓN PATRIZ JIMÉNEZ, (parte accionante), a la Junta Directiva Provisional del Colegio de Abogados del estado Delta Amacuro, parte accionada y al Ministerio Público. Del mismo modo, dando cumplimiento a lo ordenado en la precitada sentencia se acordó notificar al Consejo Nacional Electoral.


6. AA70E2021000050

El abogado EDUARDO REVETE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.946, actuando en su propio nombre y asistiendo a los ciudadanos JAVIER URBANO, GUSTAVO MONTILLA y JUAN VARGAS, titulares de las cédulas de identidad N°. V-9.935.373, V-5.738.992 y V- 3.741.528, respectivamente, en su condición de Socios de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la comisión electoral de la referida Asociación Civil, periodo 2020-2022.

Vista la Sentencia N° 050 dictada en fecha 22 de junio de 2022, se acordó notificar a los ciudadanos Eduardo Revete, Javier Urbano, Gustavo Montilla y Juan Vargas, (recurrente), a los ciudadanos Ibraim Iglesias Vásquez, Reinaldo Joel Flores Rojas, Sabino Garbán Flores y Josefina Arias Rangel, (terceros interesados), a la Procuraduría General de la República, asimismo, se acordó notificar, a la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, a los Comisarios y sus respectivos Suplentes de la Asociación Civil Club Campestre Paracoto, a la Junta directiva del peiodo 2018-2020 y al Ministerio Público, Finalmente, se acuerda notificar a los ciudadanos, Nicola Famiguetti, Tania Mena, Llovena, Jesús León Salcedo, Juan Reveco, Nelson Daniel Rodríguez, Libio Quintero Moros, Walter Flores, Armando Madrid, Raiza Martínez, Belky Izarra, Idalina Silva Fernández, Migdalia Márquez, Rafael Amaro en su condición de candidatos y postulados a los diferentes cargos que (...).


7. AA70E2021000061

La ciudadana Jeniree Daniela Zerpa Arellano, titular de la cédula de identidad N° V-19.861.711, alegando el carácter de militante y Secretaria Juvenil del MOVIMIENTO ELECTORAL DEL PUEBLO (MEP), asistida por el abogado Luis Fernández Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 252.717, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Dirección Nacional del Movimiento Electoral del Pueblo.

RESERVA DE PRUEBAS: En el día de hoy, treinta (30) de junio de 2022, el abogado Jesús Rafael Barrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.307, actuando en su propio nombre y representación, y como apoderado de la ciudadana Jeniree Zerpa Arellano, recurrentes, consignó escrito de promoción de pruebas, en consecuencia, del conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el escrito consignado hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.


8. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Vista la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de junio de 2022, se acordó notificar a la parte recurrente, a la Junta Directiva, a la Comisión Electoral, a la Comisión Reorganizadora, a la Autoridad Provisional, al Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), al Ministerio Público y al Instituto Nacional del Deporte. Se libraron Boleta y Oficios. Igualmente, se acordó librar carteles a los fines de notificar a las Asociaciones de Boxeo de los estados: Amazonas, Anzoátegui, Apure, Aragua, Barinas, Bolívar, Carabobo, Cojedes, Delta Amacuro, Distrito Capital, Falcón, Guárico, Lara, Mérida, Miranda, Monagas, Nueva Esparta, Portuguesa, Sucre, Táchira, Trujillo, Vargas, Yaracuy, Zulia, y representantes de las mismas la mencionada sentencia.


9. AA70E2021000074

El ciudadano José Luis Ferreira, titular de la cédula de identidad N° 13.418.921, alegando el carácter de candidato al cargo de Alcalde del Municipio Mara del estado Zulia, por la Organización con Fines Políticos Mesa de la Unidad Democrática (MUD), interpuso recurso contencioso electoral contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación de Alcalde o Alcaldesa del Municipio Mara del estado Zulia, emitidas por la Junta Municipal Electoral el 23 de noviembre de 2021.

Vista la sentencia N° 48 dictada en fecha 22 de junio de 2022, se acordó notificar al ciudadano JOSÉ LUIS FEREIRA (parte recurrente), al Consejo Nacional Electoral, (parte recurrida), al Ministerio Público y al ciudadano LUIS GERARDO CALDERA MORALES, en su condición de Alcalde del Municipio Mara del estado Zulia. Asimismo, se acordó comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (DISTRIBUIDOR), a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar al mencionado ciudadano.


10. AA70E2021000075

Los ciudadanos Luis Miguel Barboza González y Argilio Gil Teherán, alegando el carácter de candidatos a Legislador al Consejo Legislativo por el estado Zulia, por la organización con fines políticos Mesa de la Unidad Democrática, interpusieron recurso contencioso electoral contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación de Legisladoras y Legisladores al Consejo Legislativo del estado Zulia, emitida por la Junta Regional Electoral del estado Zulia el 22 de noviembre de 2021.

Vista la Sentencia N° 049 dictada en fecha 22 de junio de 2022, se acordó notificar a los ciudadanos LUIS MIGUEL BARBOZA GONZÁLEZ y ARGILIO GIL TEHERÁN (parte recurrente), al Consejo Nacional Electoral (parte recurrida), al Consejo Legislativo del estado Zulia, y al Ministerio Público. De igual forma, se acordó comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (DISTRIBUIDOR), a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar a los ciudadanos LUIS MIGUEL BARBOZA GONZÁLEZ y ARGILIO GIL TEHERÁN. Se libro Boleta y Oficios.


11. AA70E2022000001

El abogado EVERETT JOSE SALAZAR BOSSIO titular de la cédula de identidad N°V-4.704.486 inscrito en el Inpreabogado bajo el número 66.295, actuando en nombre propio, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar, contra el proceso electoral para elegir nuevas autoridades, efectuado el 30-11-2021 y el 15-12-2021 (ambas fechas), realizado por la Asociación de Jubilados de la Industria Petrolera, Petroquímica y Carbonífera Nacional (AJIP).

Vista la sentencia N°56 dictada el 22 de junio de 2022, se acordó notificar al ciudadano EVERETT JOSÉ SALAZAR BOSSIO (parte accionante). Asimismo, se acordó comisionar Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción del estado Zulia (DISTRIBUIDOR), a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar al mencionado ciudadano. Se Libró Boleta y Oficio.


12. AA70E2022000011

Los ciudadanos ERIK J. GARCÍA HERNÁNDEZ y CRISTINA I. RODRÍGUEZ MASERES, titulares de la cédula de identidad números V-16.633.552 y V-18.168.317, respectivamente, actuando en su condición de Presidente y Vicepresidenta de la ASOCIACIÓN DE SOFFTBOL DEL ESTADO CARABOBO, asistidos por la abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente, con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado con la Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de fecha 17 de diciembre de 2021.

Vista la Sentencia N° 050 dictada en fecha 22 de junio de 2022, este Juzgado de Sustanciación acordó notificar a la parte recurrente, a la Comisión Electoral (Electos Diciembre 2021), a la Junta Directiva, al Consejo de Honor y al Consejo Contralor (Electos el 12 de febrero de 2022), de la Asociación de Softbol del estado Carabobo. a la Comisión Electoral (Electos Febrero 2021), a la Junta Directiva, al Consejo de Honor y al Consejo Contralor (Electos el 17 de marzo de 2021), de la Asociación de Softbol del estado Carabobo, asimismo a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Softbol, al Instituto Nacional del Deporte y al Ministerio Público. Se libró boletas y oficios Nros. 22.194, 22.195, 22.196, 22.197, 22.198, 22.199, 22.200, 22.201, 22.202, 22.203 y 22.204.


13. AA70E2022000012

Por recibido oficio N° 22-0080 de fecha 24 de enero de 2022, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual remitió por declinatoria de competencia el expediente contentivo del recurso de amparo autónomo en protección de los derechos constitucionales, colectivos y difusos a que tienen derecho los miembros y simpatizantes de la Organización con fines políticos INDEPENDIENTES POR LA COMUNIDAD NACIONAL (IPCN)" interpuesto por el ciudadano FRANKLIN ADRIAN SAAVEDRA PEREZ, en su carácter de Miembro Nacional de la mencionada organización con fines políticos, asistido por el abogado Claudio R. Bata Gallardo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.561, contra el ciudadano JOSE RAMON SACARIAS, cédula de identidad N° V-9.858.251, quien mediante la RESOLUCIÓN N°150414-077 de fecha 14 de abril de 2015, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, resultó electo al cargo de Secretario General Nacional de dicha Organización Política (IPCN)".

Vista la sentencia N° 047 dictada en fecha 22 de junio de 2022, se acordó notificar al ciudadano FRANKLIN ADRIAN SAAVEDRA PÉREZ, en su alegado carácter de Miembro Nacional de la Organización con fines políticos INDEPENDIENTES POR LA COMUNIDAD NACIONAL (IPCN), contra "el ciudadano JOSÉ RAMÓN ZACARÍAS, cédula de identidad N° V-9.858.251 [quien] mediante la RESOLUCIÓN N°150414-077 de fecha 14 de abril de 2015, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, [resultó electo al] cargo de Secretario General Nacional de dicha organización Política (IPCN)".


14. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Vista la Sentencia N° 059 dictada en fecha 22 de junio de 2022, se acordó NOTIFICAR a las ciudadanas FELICITA GRACIELA DE LA COROMOTO CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, (parte recurrente), a la Junta Directiva, a la Comisión Electoral de APRACAF) y Ministerio Público. Líbrese boletas y oficios. Del mismo modo se acordó notificar por carteles a los representantes de las asociaciones, postulados y ciudadanos afectados que integran la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF) y por último a la Red de Asociaciones Vecinales de Baruta. Líbrese cartel.


15. AA70X2022000005 - AA70E2022000003

Los abogados Marilú Bello Castillo y Ángel Reinaldo Flores Coronel, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.135 y 30.099, la primera actuando en su condición de Presidenta de la Sociedad mercantil INVERSIONES OWL, C.A., y el segundo actuando en representación de la mencionada compañía (parte recurrente), respectivamente, denunciaron el desacato al amparo cautelar decretado por la Sala Electoral en la Sentencia N° 025 de fecha 10 de marzo de 2022, por parte de la Administradora Yuruary, C.A. representante legal de la comunidad del edificio Mansión Arenas, y la Junta de Condominio de la referida comunidad.

Vista la sentencia N° 058 dictada en fecha 22 d ejunio de 2022, se acordó notificar los ciudadanos MARILÚ BELLO CASTILLO y ÁNGEL REINALDO FLORES CORONEL, (parte recurrente). Asimismo, se acordó notificar a la Administradora Yuruary, C.A. representante legal de la comunidad del edificio Mansión Arenas, y a los miembros directivos de la Junta de Condominio de la Comunidad del Edificio Mansión Arenas y al Ministerio Público.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2021000002

La abogada BEATRIZ IRENE ALVAREZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.377.551, e inscrita en el Inpreabogado N° 242.401, actuando en nombre propio, como miembro activo de la Asociación de Scouts de Venezuela y Comisionada Distrital del Distrito Scout Chacao, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra "el silencio de la CORTE DE HONOR que convalido el proceso electoral que se pretende celebrar en el marco de la 107° Asamblea Nacional Scout a efectuarse en marzo 2021, para la renovación de las autoridades del Consejo Nacional de Scout y Corte de Honor proyecto electoral dispuesto en el Acta de fecha 31/5/2020 del Consejo Nacional Scout desarrollado en la comunicación N° CNS-2020-6-2, de fecha 28/06/2020 ratificado y ampliado en el Comunicado N° CNS-2020-10-5 de fecha 31/10/2020 de octubre de 2020 extendido a través del Comunicado N° CNS-2020-12-2 de fecha 15/12/2020.

El abogado Juan Arguello, titular de la cédula de identidad N° 6.972.332, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.198, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del tercero verdadera parte, presentó escrito de solicitud desacato.


SENTENCIA
1. AA70E2021000067

La ciudadana GINA FUNG, venezolana, titular de la cédula de identidad número 15.837.075, alegando su condición de agremiada al Club Chino de Caracas y Vicepresidenta de Relaciones Política e Interinstitucionales de la Federación China Venezolana, asistida por el abogado Arleth Figueredo Rodríguez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 193.043; interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Directiva de la Asociación China de Caracas, por la aparente convocatoria denominada: "Aviso de la Octava elección general de Asociación China de Caracas 2022-2025", que se realizó solamente en idioma Chino.

SENTENCIA N°063. MAGISTRADO PONENTE: INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, La Sala declaró: 1.- INADMISIBLE SOBREVENIDAMENTE la acción de amparo constitucional ejercida conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por la ciudadana GINA FUNG, antes identificada, asistida de abogada, contra la “…aparente convocatoria denominada: ‘Aviso de la Octava elección general de Asociación China de Caracas 2022-2025’ (…) que se realizó solamente en Idioma Chino…”. (Sic). 2.- SE REABRE CON CARÁCTER EXCEPCIONAL el lapso para interponer el recurso contencioso electoral, el cual comenzará a correr desde el día siguiente a que conste en autos la notificación de esta sentencia a la parte accionante.


La Presidenta,
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez