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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 13/07/2022 | |
CUENTA, N° 82 | |
DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
1. | AA70E2019000017 |
Por recibido Oficio N° 0900-464, de fecha 12 de julio de 2019, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió expediente signado con el N° KP02-O-2019-000037, contentivo de la acción de amparo interpuesta por los ciudadanos DIEGO ARMANDO PÉREZ PÉREZ Y HÉCTOR JOSÉ PEÑA PORTILLO, titulares de la cédula de identidad N° V-20.642.635 y V 20.924.203, respectivamente, asistidos por el abogado Edgar Becerra, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 126.031, contra los miembros del Consejo Electoral Estudiantil Central para la Elección de la Federación de Centros Universitarios de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado, en virtud de la declinatoria de competencia que hiciere el Juzgado remitente. |
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AUDIENCIA CONSTITUCIONAL Y PONENTE: Visto que constan en autos las notificaciones ordenadas en el auto de fecha 07 de octubre de 2019, se acuerda fijar el día martes veintiséis (26) de julio de 2022, a las diez y media de la mañana (10:30 a.m.), a los fines de que tenga lugar la audiencia oral y pública, oportunidad en la cual las partes podrán exponer sus alegatos y defensas. Se designó ponente a la Magistrada CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, a los fines de dictar el pronunciamiento correspondiente en la presente acción de amparo constitucional. |
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2. | AA70E2019000023 |
El ciudadano JOSÉ MANUEL LEÓN VILLORIA, titular de la cédula de identidad N° V-14.389.786, en su condición de trabajador de la entidad de trabajo alimentos DISFRECA y miembro afiliado del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la empresa General Mills de Venezuela C.A. (SIMNTRAGENERMILLS), asistido por el abogado Ulises Jesús Wateyma Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.282, interpuso recurso contencioso electoral de anulación conjuntamente con medida de suspensión de efectos y amparo cautelar, contra la comisión electoral del mencionado Sindicato. |
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DESIGNACIÓN DE PONENTE: Vencido como se encuentra el lapso legal establecido en el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los interesados librado en fecha 27 de junio de 2022, se designó ponente a la Magistrada CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente. |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2021000052 |
Los ciudadanos OMAILYN ALCALÁ y LUIS GABRIEL GARCÍA, Atletas de la Selección Nacional de Boxeo y Entrenador de Boxeo de la Asociación de Boxeo, titulares de la cédulas de identidad N° 21.103.343 y 6.128.942, respectivamente, asistidos por los abogados Elena Mundaray y Gustavo Mijares inscritos en el Inpreabogado bajo los números 289.369 y 299.799, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral contra la elección de la Comisión Reorganizadora, la Comisión Electoral y contra la convocatoria y el proceso electoral realizados por la mencionada Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX) para el período 2021-2025. |
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ADMISIÓN DE PRUEBAS. El Juzgado de Sustanciación de esta Sala Electoral emitió pronunciamiento, en las pruebas promovidas por el apoderado judicial de la parte recurrente admitiendo dichas pruebas. |
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2. | AA70E2022000027 |
El ciudadano WILLIAM GIOVANNY JOVES, titular de la cédula de identidad N° V-11.038.373, en su carácter de Juez de la disciplina deportiva del Coleo, adscrito a la Federación Venezolana de Coleo y Miembro de la Asamblea General Federativa, asistido por la abogada Úrsula María Mujica Colmenares, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 61.399, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos y amparo constitucional contra la convocatoria ejecutada por la Junta Directiva de la mencionada Federación para aprobar el Reglamento Electoral y la designación de la Comisión Electoral para el proceso electoral del periodo 2022-2026, y contra el proceso electoral pautado para el día 13 de junio de 2022. |
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RECEPCION DE COMISION Visto el oficio N° 255-2022, de fecha 08 de julio de 2022, emanado del Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 01 de junio de 2022, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como sus anexos. |
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ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
1. | AA70E2021000032 |
El abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.282, actuando en nombre propio, interpuso demanda de nulidad con medida cautelar Innominada contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Softbol, realizado el 11 de junio de 2021. |
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La ciudadana Maria José Soto, titular de la cedula de identidad N° 13.635.922, actuando en su condición de parte recurrida, asistida en este acto por la abogada Andreina Cermeño, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 112.086, presentó escrito mediante la cual solicitó sea admitido el presente escrito y además sea declarada en la presente causa la falta de cualidad de la parte actora. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2021000050 |
El abogado EDUARDO REVETE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.946, actuando en su propio nombre y asistiendo a los ciudadanos JAVIER URBANO, GUSTAVO MONTILLA y JUAN VARGAS, titulares de las cédulas de identidad N°. V-9.935.373, V-5.738.992 y V- 3.741.528, respectivamente, en su condición de Socios de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la comisión electoral de la referida Asociación Civil, periodo 2020-2022. |
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El abogado Eduardo Revete, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.946, actuando en carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual en nombre propio y de sus representados Javier Urbano, Gustavo Montilla, Juan Vargas e Ibraim Iglesias, identificados en autos, se dan por notificados de la sentencia N° 057, y asímismo solicitó copia certificada de la mencionada sentencia. |
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2. | AA70E2021000061 |
La ciudadana Jeniree Daniela Zerpa Arellano, titular de la cédula de identidad N° V-19.861.711, alegando el carácter de militante y Secretaria Juvenil del MOVIMIENTO ELECTORAL DEL PUEBLO (MEP), asistida por el abogado Luis Fernández Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 252.717, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Dirección Nacional del Movimiento Electoral del Pueblo. |
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El abogado Jesús Rafael Barrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.307, actuando en su condición de militante del Movimiento Electoral del Pueblo (MEP) Partido Socialista de Venezuela, presentó diligencia mediante la cual notificó que las actuaciones que rielan a los folios 139 al 183 del expediente, tienen relación fundamental con las documentales ordenadas para sustanciar la solicitud cautelar en el cuaderno separado identificado con la nomenclatura N° AA70-X-2022-000006. |
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3. | AA70E2022000021 |
Por recibido oficio N° BP02-G-2022-008000, emitido por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remite recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, interpuesto por la abogada Maribel Carvajal García, titular de la cédula de identidad número V-8.496.700, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 61.704, actuando en su propio nombre como miembro de la plancha N° 1, aspirante al Tribunal Disciplinario para las Elecciones del Centro Italiano de Oriente (CIVO) 2022-2024, contra el "ACTO DEL COMITÉ ELECTORAL CIVO 2022-2024, electo en Asamblea General Extraordinaria de Asociados de dicho Centro Social en fecha 23 de Enero de 2022", remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 29 de marzo de 2022 por el mencionado Juzgado Superior Estatal. |
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El abogado Juan Arguello, titular de la cédula de identidad N° 6.972.332, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.198, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, presentó diligencia mediante la cual solicitó se desestime la actuación presentada por la recurrente en fecha 13 de junio de 2022. |
La Presidenta, | |
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
La Secretaria, | |
Intiana López Pérez |