REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 28/07/2022
CUENTA, N° 92

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2020000010

Los ciudadanos LUIS FERNANDO GONZÁLEZ TOVAR, JUAN CARLOS TOVAR BOLÍVAR, JOSÉ GREGORIO CASTELLANO MEDINA y AMIR HOMSY MEDINA, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.355.468, V-13.412.633, V-6.326.509 y V-11.090.565, respectivamente, en su condición de representantes de la organización sindical Sindicato de Trabajadores de la Industria de Cerámica, Fibras, sus Similares y Conexos del estado Aragua (SINTRACER-ARAGUA), representados en este acto por la abogada Marigle Soledad Torres Calatayud, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 177.626, en su carácter de Defensora Pública Auxiliar Segunda (2°), interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones del referido sindicato.

AUDIENCIA: Visto el auto de fecha 26 de mayo de 2022, se acuerda fijar la audiencia constitucional para el día martes nueve (09) de agosto de 2022, a las once y treinta (11:30 a.m.), para la realización del mismo.


2. AA70E2021000020

Por recibido oficio N° 2021-107 de fecha 09 de julio del 2021, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remite expediente contentivo de nulidad de asamblea, interpuesto por el abogado LEOPOLDO MICETT CABELLO inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.974, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES 10-28-A, C.A., contra los ciudadanos Maygret Ordoñez, Kiomara Scovino; Zoraida Federico; Vicente Figarella, María Beatriz Peña Dumas, María Elena Villamizar, Rosa Rodríguez de Caravallo, terea Rodríguez, Petras Suarez y Claudia Varela, titulares de la cédula de identidad N° 9.483.158, 4.434.749, 2.458.818, 2.767.415, 7.006.012, 3.969.042, 3.902.693, 4.355.727, 10.336.592 y 17.981.688 respectivamente, miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residente de Prados del Este (ASOPRAES).

APERTURA A PRUEBAS: se abrió la presente causa a pruebas por el lapso de cinco (05) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.


3. AA70E2021000050

El abogado EDUARDO REVETE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.946, actuando en su propio nombre y asistiendo a los ciudadanos JAVIER URBANO, GUSTAVO MONTILLA y JUAN VARGAS, titulares de las cédulas de identidad N°. V-9.935.373, V-5.738.992 y V- 3.741.528, respectivamente, en su condición de Socios de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la comisión electoral de la referida Asociación Civil, periodo 2020-2022.

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos NICOLA FAMIGUETTI, TANIA MENA, LUIS LLOVENA, JESÚS LEÓN SALCEDO, JUAN REVECO, NELSON DANIEL RODRIGUEZ y otros, en su condición de candidatos y postulados a los diferentes cargos que integran la Junta Directiva, de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia donde se les notifico de la Sentencia N° 057 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


4. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del DISTRITO CAPITAL, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


5. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos ARNALDO CABRERA, LINORKA CORDERO y LINO CORDERO, en su carácter de Arbitro y Entrenadores de la Asociación de Boxeo del estado La GUAIRA (ASOBOX-LA GUAIRA), respectivamente; de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


6. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos RODOLFO RODRIGUEZ, CESAR TORRES, RICHARD MANTILLA y PEDRO MARTINEZ, en su carácter de Atleta, Arbitro y Entrenadores de la Asociación de Boxeo del estado Táchira (ASOBOX-TACHIRA), respectivamente; de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


7. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


8. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO LA GUAIRA de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


9. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del Distrito Capital, (ASOBOX DISTRITO CAPITAL), representada por el ciudadano PABLO ZAPATA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


10. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos RAFAEL LÓPEZ, PABLO YEGUEZ y YORSYS RIVERO, en su carácter de Atleta, Arbitro y Entrenador de la Asociación de Boxeo del estado Aragua (ASOBOX-ARAGUA), respectivamente; de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


11. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO BARINAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022


12. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO ZULIA de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


13. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos NINFA MOLINA, WILMER GUTIERREZ, JESÚS TORRES y LARRY TALAVERA, en su carácter de Presidenta, Atletas, Arbitro y Entrenador de la Asociación de Boxeo del estado Falcón (ASOBOX-FALCÓN), respectivamente; de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


14. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO PORTUGUESA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


15. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos YONATA CARREÑO, YOANGEL MARIN, EDGAR MUÑOZ y ALÍ RODRIGUEZ, en su carácter de Atleta, Arbitro y Entrenador de la Asociación de Boxeo del estado Sucre (ASOBOX-NUEVA ESPARTA), respectivamente; de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


16. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos YAUDI CONTRERAS y CESAR MENDOZA, en su carácter de Arbitro y Entrenador de la Asociación de Boxeo del estado Trujillo (ASOBOX-TRUJILLO), respectivamente; de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


17. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO TRUJILLO de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022


18. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO MIRANDA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.



19. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos JHOINNER BONILLA, GULLERMO RAMÍREZ y YOEL MEDINA, en su carácter de Atleta, Arbitro y Entrenador de la Asociación de Boxeo del estado Carabobo (ASOBOX-CARABOBO), respectivamente; de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


20. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO GUARICO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


21. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos ARIS CORDOVA, JOSÉ BERBESI, MORGAN BARROZA y JULIO HERNANDEZ, en su carácter de Atleta, Arbitro y Entrenadores de la Asociación de Boxeo del estado Mérida (ASOBOX-MERIDA), respectivamente; de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


22. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO CARABOBO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


23. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO ARAGUA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


24. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO BOLIVAR, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


25. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO YARACUY de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.


26. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO NUEVA ESPARTA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


27. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO LARA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se le notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


28. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO APURE, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se le notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


29. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


30. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO ANZOATEGUI, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se le notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022


31. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO DELTA AMACURO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


32. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO MONAGAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


33. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO MERIDA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


34. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO COJEDES, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


35. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del ESTADO SUCRE, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde seles notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


36. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos CARLOS LEMUS, ADOLFO ASTUDILLO y CANDELARIO ARREAZA, en su carácter de Atleta, Arbitro y Entrenador de la Asociación de Boxeo del estado Sucre (ASOBOX-SUCRE), respectivamente; de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


37. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la Asociación de Boxeo del estado Amazonas, (ASOBOX-AMAZONAS), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se le notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.


38. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos VICENTE CAVERNEIRO, LUIS GUTIERREZ y FRANK BARRIOS, representantes de la Asociación de Boxeo del estado APURE (ASOBOX-APURE), respectivamente; de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notifico de la Sentencia N° 051 dictada en fecha 22 de Junio de 2022.


39. AA70E2021000072

El ciudadano Luis Alberto Aponte León, titular de la cédula de identidad N° V-6.843.036, alegando el carácter de candidato al cargo de Alcalde del Municipio Carrizal del estado Miranda, por las organizaciones con fines políticos "… PSUV, TUPAMARO, MEP, APC, ORA, MSV, UPV, PPT y PODEMOS…", asistido por la abogada María García Ocando, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 178.521, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el acta de totalización, proclamación y adjudicación, para Alcalde del Municipio Carrizal del estado Miranda de las Elecciones Regionales y Municipales 2021.

ACTO DE INFORMES ORALES: Vencido como se encuentra el lapso de evacuación de pruebas, y visto que corresponde designar ponente y fijar la fecha para la celebración del acto de informes orales, de conformidad con lo previsto en los artículos 191 y 192 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, este Juzgado de Sustanciación acuerda fijar el auto y la designación del ponente por auto separado.


40. AA70E2021000073

El ciudadano José Luis Rodríguez Fernández, titular de la cédula de identidad N° 3.586.539, candidato a la Alcaldía de Guaicaipuro del estado Miranda, asistido por el abogado Antonio Barrios Abad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.812, interpuso acción de amparo constitucional contra la omisión del Consejo Nacional Electoral acerca de la adherencia de partidos políticos a favor de su postulación quienes postularon para el cargo de Alcalde de Municipio Guaicaipuro del estado Miranda (reconducido a recurso contencioso electoral).

ACTO DE INFORMES ORALES: Vencido como se encuentra el lapso de evacuación de pruebas, y visto que corresponde designar ponente y fijar la fecha para la celebración del acto de informes orales, de conformidad con lo previsto en los artículos 191 y 192 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, este Juzgado de Sustanciación acuerda fijar el auto y la designación del ponente por auto separado.


41. AA70E2021000078

El ciudadano Rhoy Arlen Betancourt Torres, titular de la cédula de identidad N°V-14.949.172, en su condición de Candidato a Alcalde del Municipio Bolivariano de Angostura del estado Bolívar, asistido por el abogado Edgardo Guzmán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.598, interpuso recurso contencioso electoral contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación emitida por la Junta Municipal Electoral del Municipio Bolivariano Angostura del estado Bolívar en fecha 23 de noviembre de 2021.

ACTO DE INFORMES ORALES: Vencido como se encuentra el lapso de evacuación de pruebas, y visto que corresponde designar ponente y fijar la fecha para la celebración del acto de informes orales, de conformidad con lo previsto en los artículos 191 y 192 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, este Juzgado de Sustanciación acuerda fijar el auto y la designación del ponente por auto separado.


42. AA70E2022000011

Los ciudadanos ERIK J. GARCÍA HERNÁNDEZ y CRISTINA I. RODRÍGUEZ MASERES, titulares de la cédula de identidad números V-16.633.552 y V-18.168.317, respectivamente, actuando en su condición de Presidente y Vicepresidenta de la ASOCIACIÓN DE SOFFTBOL DEL ESTADO CARABOBO, asistidos por la abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente, con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado con la Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de fecha 17 de diciembre de 2021.

Visto que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia resultaron infructuosas la notificación de las partes, este Juzgado acuerda librar comisión Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (DISTRIBUIDOR), a los fines de notificar a los Miembros de la Comisión Electoral (electos en diciembre de 2021) así como a la Junta Directiva, del Consejo de Honor y del Consejo Contralor (electos el 12 de febrero de 2022), de la Asociación de Softbol del estado Carabobo, así como notificar a los Miembros de la Comisión Electoral (electos en febrero de 2021), a la Junta Directiva, al Consejo de Honor y al Consejo Contralor (electos el 17 de marzo de 2021), de la mencionada Asociación, de la sentencia N° 050 dictada por esta Sala Electoral en fecha 22 de junio de 2022. Líbrense Oficios y Despacho


43. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana, CLAUDIA BASTIDAS, representante de la Asociación de Calle ASOCARUPANO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


44. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano, LISANDRO BAUTISTA, representante de la Asociación de Calle ASOCARIMA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


45. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos, ANA MARIA BETANCUR, JORGE RINCÓN Y ROSALIA GUZZETA, representante de la Junta de Condominio (EL PARQUE CAFETAL), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


46. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana, LÍA FERNÁNDEZ, representante de la Asociación de calle (ASOVECARUPASUNC), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


47. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana, IRENEN DORTA, representante de la Junta de Condominio (LA PARAGUA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


48. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos,
RAFAEL CORNIELES, CLAUDIA VELOZ, ELIAS TAHHAN BITTAR, GEORGETTE TAHHAN BITTAR Y REBECA TAHHAN BITTAR, en su carácter de electores afectados, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059,


49. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos, MARISELA LA FUENTE , DESIRE LOZANO Y ERNESTO MAGLIONE representante de la Asociación de Calle ASOCUMANA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


50. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiro de la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana, ANGELA CHARLES representante de la Junta de Condominio (CANAIMA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


51. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiro de la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana, ANA VIRGINIA SALAZAR, representante de la Asociación de calle (ASOPORLAMAR), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N° 059.


52. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano, ROMED ROSALES, representante de la Asociación de calle (ACILOMA), de conformidad
con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


53. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos, GUIDO TORREALBA , CARLOS RAMOS Y EDGAR QUIROS, representante de la Junta de Condominio GUAYAMURI, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


54. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la RED DE ASOCIACIONES VECINALES DE BARUTA, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059 .


55. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiro de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos, FRANCISCO LEÓN Y LUIS RODRÍGUEZ, representante de la Asociación de calle (ASOGUIRIA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


56. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano, JOSÉ GREGORIO SANTAMARIA, representante de la Asociación de Calle TUPISO, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


57. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiro de la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano, GUSTAVO GARCÍA, representante de la Asociación de calle (ASANCAF), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


58. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos, MARCO ANTONIO HIGUERA Y ALBA ACUÑA, representante de la Asociación de calle (VECARIGUAN) , de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


59. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano, MIGUEL ANGEL IGLESIAS, representante de la Junta de Condominio RESIDENCIAS EL LIMÓN , de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


60. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiro de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos, ALFREDO BUSTAMANTE, MARIA HERRERA Y AURA GUEVARA, representante de la Asociación de calle (SOMOS MORAO), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


61. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la JUNTA DE CONDOMINO GUAYACAN , de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


62. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiro de la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano, FRANCISCO ARELLANO, representante de la Asociación de calle (ASOCAMAGUA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


63. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos, ISMAEL GUERRA, MARLENE JARDIM Y GLORIA HENRIQUEZ, representante de la Asociación de Calle ASOSANTANA SUR, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


64. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos,
GUSTAVO GARCÍA, NATIVIDAD HERNÁNDEZ, CARLOS MENDOZA, FRANCISCO ARELLANO , ROLANDO AÑEZ, YASMIRA VARGAS, y otros en su condición de Candidatos Postulados a los diferentes cargos que integran la Junta Directiva de la Asociación de Propietarios , Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF) de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que este Juzgado de Sustanciación que en fecha 22 de junio de 2022 dictó Sentencia N°059.


65. AA70X2022000005 - AA70E2022000003

Los abogados Marilú Bello Castillo y Ángel Reinaldo Flores Coronel, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.135 y 30.099, la primera actuando en su condición de Presidenta de la Sociedad mercantil INVERSIONES OWL, C.A., y el segundo actuando en representación de la mencionada compañía (parte recurrente), respectivamente, denunciaron el desacato al amparo cautelar decretado por la Sala Electoral en la Sentencia N° 025 de fecha 10 de marzo de 2022, por parte de la Administradora Yuruary, C.A. representante legal de la comunidad del edificio Mansión Arenas, y la Junta de Condominio de la referida comunidad.

NOTA COMPLEMENTARIA: Vista la sentencia N° 058 dictada en fecha 22 de junio de 2022, este Juzgado de Sustanciación acuerda librar oficio a la Tesorería de Banco Central de Venezuela. Se anexa copia certificada de la mencionada sentencia, del auto de fecha 30 de junio 2022 y del presente auto. Líbrese Oficio.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2012000033

El ciudadano LUIS JESÚS BOLÍVAR LUGO, interpuso acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva de la FEDERACION DE COLEGIOS DE MÉDICOS VETERINARIOS.

El abogado Cesar Arias inscrito en el Inpreabogado N° 56.479 actuando en el carácter de apoderado judicial de los ciudadano LUIS JESUS BOLIVAR LUGO y FELIPE ALBERTO MOLINA FERRER, presentó diligencia mediante la cual informa que no se han celebrado las elecciones de la Federación.


2. AA70E2021000034

El ciudadano IOMAR ALBERTO CARREÑO LOPEZ titular de la cédula de identidad N° 10.345.785 asistido por los abogados César Augusto Fernández y Nelson Antonio Rojas Brito inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 56.479 y 196.405, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral contra el proceso electoral de la CAJA DE AHORRO Y PREVISION SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS Y JUBILADOS DEL PODER ELECTORAL (CAPSEOJ) N° 45 del sector público período 2021-2024, llevado a cabo por la Comisión Electoral Ad Hoc elecciones celebrada en fecha 30 de julio de 2021.

EL abogado Cesar Augusto Arias, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.479, actuando en carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicita sea designado un ponente y se fije la fecha para el acto de informes.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2021000001

El ciudadano CARLOS YOJHAN FONTAINES TOVAR, titular de la cédula de identidad N° V- 11.714.655, en su condición de Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de los Docentes Estatales del estado Barinas (CADEBA), asistido en este acto por el ciudadano OMAR ENRIQUE REVEROL VERGARA, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.451, interpuso acción de amparo contra la sentencia definitiva dictadas en fecha 25 de noviembre de 2020 y dos sentencias dictadas en fecha 07 de diciembre de 2020, por el Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.277, librado al TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, (DISTRIBUIDOR), mediante el cual se le notificó el auto de fecha 25 de julio de 2022.


2. AA70E2021000001

El ciudadano CARLOS YOJHAN FONTAINES TOVAR, titular de la cédula de identidad N° V- 11.714.655, en su condición de Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de los Docentes Estatales del estado Barinas (CADEBA), asistido en este acto por el ciudadano OMAR ENRIQUE REVEROL VERGARA, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.451, interpuso acción de amparo contra la sentencia definitiva dictadas en fecha 25 de noviembre de 2020 y dos sentencias dictadas en fecha 07 de diciembre de 2020, por el Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.278, librado al JUEZ (A) DEL JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO BARINAS, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 25 de julio de 2022.


3. AA70E2021000045

El abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ELÍAS DELLAN SALAZAR, GABIEL ANTONIO HERRERA NARVAEZ, LISANDRO ENRIQUE FARIÑAS ZACARÍAS y OMAR RAMÓN PATRIZ JIMÉNEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.860.219, V-13.057.919, V-11.206.138, y V-8.547.764, en su condición de miembros activos del Colegio de Abogados del estado Delta Amacuro, interpuso acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada contra los miembros actuales de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Delta Amacuro, 14 de octubre de 2021.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.231, librado al ciudadano PEDRO CALZADILLA PÉREZ, en su carácter de Presidenta del Consejo Nacional Electoral, recibido por el ciudadano David Escobar, funcionario adscrito al Departamento de Correspondencia de ese Despacho, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°060 de fecha 22 de julio de 2022.


4. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó diligencia mediante la cual informa que en fechas 06, 12 y 21 de julio del dos mil veintidós, me trasladé a la siguiente dirección: Urb. El Paraíso, Av. Estadio, Edif. Comité Olímpico, Distrito Capital, Caracas, a los fines de practicar la notificación, librado al Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), estando en el domicilio fue imposible practicar dicha notificación porque no se encontraba nadie en el mismo, por lo tanto consigno Oficio Original N° 22.214 de diecisiete folios útiles de dicha notificación, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°051 de fecha 22 de junio de 2022.


5. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.216, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el ciudadano Ricardo Berbis, Secretario Jefe de Apoyo Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°051 de fecha 22 de junio de 2022.


6. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al ciudadano HÉRNAN RAFAEL MUJICA RAMOS, en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, recibida por la abogada Elis González, inscrita en el Inprebogado bajo el N° 98.425, apoderada judicial de la parte recurrente, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°051 de fecha 22 de junio de 2022.


7. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.217, librado a la ciudadana NINOSKA CLOCIER, Presidenta del Instituto Nacional de Deporte (IND), recibido por la ciudadana Josemil Pérez, Asistente de Presidencia del IND, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°051 de fecha 22 de junio de 2022.


8. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó diligencia mediante la cual informa que en fechas 06, 12 y 21 de julio del dos mil veintidós, me trasladé a la siguiente dirección: Urb. El Paraíso, Av. Estadio, Edif. Comité Olímpico, Distrito Capital, Caracas, a los fines de practicar la notificación, librado a la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), estando en el domicilio fue imposible practicar dicha notificación porque no se encontraba nadie en el mismo, por lo tanto consigno Oficio Original N° 22.211 de diecisiete folios útiles de dicha notificación, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°051 de fecha 22 de junio de 2022.


9. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó diligencia mediante la cual informa que en fechas 06, 12 y 21 de julio del dos mil veintidós, me trasladé a la siguiente dirección: Urb. El Paraíso, Av. Estadio, Edif. Comité Olímpico, Distrito Capital, Caracas, a los fines de practicar la notificación, librado al Consejo Contralor de la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), estando en el domicilio fue imposible practicar dicha notificación porque no se encontraba nadie en el mismo, por lo tanto consigno Oficio Original N° 22.215 de diecisiete folios útiles de dicha notificación, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°051 de fecha 22 de junio de 2022.


10. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó diligencia mediante la cual informa que en fechas 06, 12 y 21 de julio del dos mil veintidós, me trasladé a la siguiente dirección: Urb. El Paraíso, Av. Estadio, Edif. Comité Olímpico, Distrito Capital, Caracas, a los fines de practicar la notificación, librado a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), estando en el domicilio fue imposible practicar dicha notificación porque no se encontraba nadie en el mismo, por lo tanto consigno Oficio Original N° 22.210 de diecisiete folios útiles de dicha notificación, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°051 de fecha 22 de junio de 2022.


11. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó diligencia mediante la cual informa que en fechas 06, 12 y 21 de julio del dos mil veintidós, me trasladé a la siguiente dirección: Urb. El Paraíso, Av. Estadio, Edif. Comité Olímpico, Distrito Capital, Caracas, a los fines de practicar la notificación, librado a la Comisión Reorganizadora de la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), estando en el domicilio fue imposible practicar dicha notificación porque no se encontraba nadie en el mismo, por lo tanto consigno Oficio Original N° 22.212 de diecisiete folios útiles de dicha notificación, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°051 de fecha 22 de junio de 2022.


12. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

El ciudadano Alguacil consignó diligencia mediante la cual informa que en fechas 06, 12 y 21 de julio del dos mil veintidós, me trasladé a la siguiente dirección: Urb. El Paraíso, Av. Estadio, Edif. Comité Olímpico, Distrito Capital, Caracas, a los fines de practicar la notificación, librado a los ciudadanos CHARLES SARRÍA, LUÍS BRITO, JUAN DÍAZ, JONNY BRITO y RIGOBERTO MARCANO. Autoridad Provisional de la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), estando en el domicilio fue imposible practicar dicha notificación porque no se encontraba nadie en el mismo, por lo tanto consigno Oficio Original N° 22.213 de diecisiete folios útiles de dicha notificación, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°051 de fecha 22 de junio de 2022.


13. AA70E2021000074

El ciudadano José Luis Ferreira, titular de la cédula de identidad N° 13.418.921, alegando el carácter de candidato al cargo de Alcalde del Municipio Mara del estado Zulia, por la Organización con Fines Políticos Mesa de la Unidad Democrática (MUD), interpuso recurso contencioso electoral contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación de Alcalde o Alcaldesa del Municipio Mara del estado Zulia, emitidas por la Junta Municipal Electoral el 23 de noviembre de 2021.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.222, librado al ciudadano PEDRO CALZADILLA PÉREZ, en su carácter de Presidenta del Consejo Nacional Electoral, recibido por el ciudadano David Escobar, funcionario adscrito al Departamento de Correspondencia de ese Despacho, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°048 de fecha 22 de julio de 2022.


14. AA70E2021000075

Los ciudadanos Luis Miguel Barboza González y Argilio Gil Teherán, alegando el carácter de candidatos a Legislador al Consejo Legislativo por el estado Zulia, por la organización con fines políticos Mesa de la Unidad Democrática, interpusieron recurso contencioso electoral contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación de Legisladoras y Legisladores al Consejo Legislativo del estado Zulia, emitida por la Junta Regional Electoral del estado Zulia el 22 de noviembre de 2021.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.260, librado al ciudadano PEDRO CALZADILLA PÉREZ, en su carácter de Presidenta del Consejo Nacional Electoral, recibido por el ciudadano David Escobar, funcionario adscrito al Departamento de Correspondencia de ese Despacho, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°049 de fecha 22 de julio de 2022.


SENTENCIA
1. AA70E2014000039

El ciudadano JUAN CARLOS BRACHO ROMERO, interpuso acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva y Comisión Electoral del COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO ZULIA, a los fines que presenten a la brevedad un proyecto de ELECCIONES PARA LA DESIGNACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA Y TRIBUNAL DISCIPLINARIO.

SENTENCIA N° 72 MAGISTRADO PONENTE: FANNY MARQUEZ La Sala declaró: 1.- IMPROCEDENTES las solicitudes realizadas por el abogado Juan Carlos Bracho Romero, en los puntos 2 al 7 del petitorio de su solicitud, 2.- PROCEDENTE la solicitud de desacato de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Zulia de la Sentencia N° 176, por ende decreta la ejecución forzosa y en consecuencia: 3.- Se ORDENA a la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Zulia remita el proyecto electoral correspondiente al Consejo Nacional Electoral, en cumplimiento de lo establecido por esta Sala en la Sentencia N° 176 del 4 de noviembre de 2014. 4.- SANCIONA a la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Zulia, con una MULTA expresada en bolívares equivalente a cien euros (€100)


2. AA70E2019000001

El ciudadano LUIS ORLANDO LOSSADA MARÍN, titular de la cédula de identidad N° 4.145.286, invocando el carácter de Vocero Principal de los Pensionados Vitalicios de PDVSA Occidente y aspirante a candidato a la Dirección Regional de la Asociación de Jubilados de la Industria Petrolera, asistido por el abogado Carlos Alberto Guerrero Quintana, Defensor Público Provisorio Segundo ante la Sala Electoral, inscrito en el inpreabogado N° 57.988, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Jubilados de la Industria Petrolera.

SENTENCIA N° 74 MAGISTRADO PONENTE: FANNY MARQUEZ La Sala declaró: 1.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano LUIS ORLANDO LOSSADA MARÍN, actuando con el carácter de Vocero Principal de los Pensionados Vitalicios de PDVSA Occidente y aspirante a candidato a la Dirección Regional de la Asociación de Jubilados de la Industria Petrolera (AJIP), en el Artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. 2.- INOFICIOSO pronunciarse sobre la medida cautelar al haberse declarado la inadmisibilidad de la acción de amparo constitucional. INOFICIOSO pronunciarse sobre la medida cautelar al haberse declarado la inadmisibilidad de la acción de amparo constitucional.


3. AA70E2019000017

Por recibido Oficio N° 0900-464, de fecha 12 de julio de 2019, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió expediente signado con el N° KP02-O-2019-000037, contentivo de la acción de amparo interpuesta por los ciudadanos DIEGO ARMANDO PÉREZ PÉREZ Y HÉCTOR JOSÉ PEÑA PORTILLO, titulares de la cédula de identidad N° V-20.642.635 y V 20.924.203, respectivamente, asistidos por el abogado Edgar Becerra, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 126.031, contra los miembros del Consejo Electoral Estudiantil Central para la Elección de la Federación de Centros Universitarios de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado, en virtud de la declinatoria de competencia que hiciere el Juzgado remitente.

SENTENCIA N° 78 MAGISTADO PONENTE: Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez La Sala declaró: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO relativo a la acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada interpuesta por los ciudadanos Diego Armando Pérez Pérez y Héctor José Peña Portillo, asistidos por el abogado Edgar Becerra, anteriormente identificados; contra los miembros del Consejo Electoral Estudiantil Central para la elección de la Federación de Centros Universitarios de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado, periodo 2019-2021; en consecuencia se REVOCA la medida cautelar acordada mediante la sentencia número 46 dictada el 30 de septiembre de 2019.


4. AA70E2020000001

El ciudadano RAFAEL ARTURO LEÓN, titular de la cédula de identidad V-3.354.271, alegando su condición de Presidente de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), asistido por el abogado Antonio Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.928, interpuso recurso contencioso electoral contra las elecciones parciales celebradas por la referida Asociación en fecha 03 de diciembre de este año 2019.

SENTENCIA N° 76 MAGISTRADO PONENTE: Inocencio Antonio Figueroa Arizaleta La Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral incoado por el ciudadano RAFAEL ARTURO LEÓN, actuando en su condición de "…Presidente de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados [(ANJUPEN)] del Ministerio del Poder Popular para el [Transporte Terrestre]…", asistido por el abogado Antonio Hernández, ambos ya identificados, contra el proceso comicial llevado a cabo el 3 de diciembre de 2019, a fin de renovar la Junta Directiva atinente al período 2019-2021, de la ASOCIACIÓN NACIONAL DE JUBILADOS Y PENSIONADOS (ANJUPEN) DEL ACTUAL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE TERRESTRE, el cual fue dirigido por la Comisión Electoral Nacional de esa asociación, designada mediante Acta de Asamblea del 16 de agosto de 2019.


5. AA70E2020000004

El ciudadano YANI ANTONIO CAPUZZI CARAFA, titular de la cédula de identidad N° V-9.967.613, actuando en nombre propio y con el carácter de Gerente General del Club Deportivo Anzoátegui, asistido por la abogada Elena Mundaray, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 289.369, interpuso recurso contencioso electoral y amparo cautelar, contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva , Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Liga Venezolana de Voleibol, que se llevara a cabo el 31 de enero de 2020.

SENTENCIA N° 71 MAGISTRADO PONENTE: FANNY MARQUEZ La Sala declaró: 1.- ADMITE la intervención de los ciudadanos Agustín Alejandro González, Daniel Antonio Romero, Luis Roberto Lucena Araujo y Osler Javier Moreno Sevilla, terceros verdadera parte. 2.- IMPROCEDENTE el punto previo sobre la falta de legitimación jurídica del recurrente. 3.- IMPROCEDENTE el punto previo referido al fraude procesal y al falso supuesto de derecho. 4.- CON LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido por el ciudadano YANI ANTONIO CAPUZZI CARAFA, en su condición de "Gerente General del Club Deportivo Anzoátegui", contra "...el proceso electoral para elegir a la JUNTA DIRECTIVA, CONSEJO DE HONOR y CONSEJO CONTRALOR de la LIGA VENEZOLANA DE VOLEIBOL, en los siguientes términos: 5.- NULO el proceso electoral para renovar a las autoridades de la Liga Venezolana de Voleibol 6.- Se ORDENA a la actual Junta Directiva de la Liga Venezolana de Voleibol, realizar la convocatoria a elecciones.


6. AA70E2021000043

El abogado Jhonny Javier Michelena Labori, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 259.320, invocando la condición de Secretario General Suplente de la Asociación de Boxeo del estado Bolivariano de Guárico, interpuso demanda de nulidad, contra la Convocatoria de la Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo 2021-2025.

SENTENCIA N° 73 MAGISTRADO PONENTE: FANNY MARQUEZ La Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano JHONNY JAVIER MICHELENA LABORI, antes identificado, en su condición de Secretario General suplente de la Asociación de Boxeo del Estado Guárico, contra la convocatoria de la Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral y sus miembros integrantes que las conforman, de la Federación Venezolana de Boxeo periodo olímpico 2021-2025, por no haber cumplido con la carga procesal de retirar, publicar y consignar el Cartel de Emplazamiento de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.


7. AA70E2021000069

El ciudadano HENRY FALCÓN FUENTES, titular de la cédula de identidad N° V-7.031.234, alegando el carácter de candidato al cargo de Elección Popular de Gobernador del Estado Lara, para el periodo constitucional 2021-2025, por diversas organizaciones con fines políticos, asistido por el abogado Julio Pérez Graterol, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.826, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral, contra la elección de Gobernador o Gobernadora del estado Lara, llevada a cabo por el Consejo Nacional Electoral.

SENTENCIA N° 69 MAGISTADO PONENTE: Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez La Sala Declaró: La Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del presente recurso contencioso electoral, interpuesto por el ciudadano HENRI FALCÓN FUENTES, titular de la cédula de identidad número V-7.031.234, alegando su condición de "…candidato al cargo de Elección Popular de Gobernador del Estado Lara, para el periodo constitucional 2021-2025, por diversas organizaciones con fines políticos…", asistido por el abogado Julio Alejandro Pérez Graterol, inscrito en el IPSA bajo el número 78.826, contra "la Elección de Gobernador o Gobernadora del Estado Lara, llevada a cabo por el Consejo Nacional Electoral…".


8. AA70E2021000071

Los ciudadanos YOEL JOSE PEREZ, NAYIBET MERCEDES LOPEZ GALANTON, Y EDGARD RAMON MUÑOZ MATA, titulares de la cédulas de identidad N° V-15.050.923, V-14.126.433 y V-17.111.061, respectivamente, en su condición de Presidentes de la Federación Venezolana de Remo, de la Federación Venezolana de Pelota Vasca y de la Federación Venezolana de Boxeo, en ese orden, asistidos por la abogada Elis Gonzalez inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la elección de la Comisión Electoral designada el 7 de diciembre de 2021, para dirigir el proceso electoral mediante el cual se renovarían a los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor del Comité Olímpico Venezolano para el período 2022-2026.

SENTENCIA N° 69 MAGISTADO PONENTE: Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez La Sala declaró: HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de la acción y del procedimiento solicitado por los ciudadanos Yoel José Pérez, Nayivet Mercedes López Galanton y Edgar Ramón Muñoz Mata, titulares de las cédulas de identidad números V-15.050.923, V-14.126.433 y V-17.111.061, en su alegada condición de Presidente de la Federación Venezolana de Remo, de la Federación Venezolana de Pelota Vasca y de la Federación Venezolana de Boxeo, respectivamente, asistidos por la abogada Elis González, en el Recurso Contencioso Electoral ejercido conjuntamente con Amparo Cautelar contra la elección de la Comisión Electoral designada el 7 de diciembre de 2021, para dirigir el proceso electoral mediante el cual se renovarían a los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor del COMITÉ OLÍMPICO VENEZOLANO para el período 2022-2026 y, en consecuencia, se da por terminado el procedimiento instaurado en el presente ju


9. AA70E2022000021

Por recibido oficio N° BP02-G-2022-008000, emitido por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remite recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, interpuesto por la abogada Maribel Carvajal García, titular de la cédula de identidad número V-8.496.700, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 61.704, actuando en su propio nombre como miembro de la plancha N° 1, aspirante al Tribunal Disciplinario para las Elecciones del Centro Italiano de Oriente (CIVO) 2022-2024, contra el "ACTO DEL COMITÉ ELECTORAL CIVO 2022-2024, electo en Asamblea General Extraordinaria de Asociados de dicho Centro Social en fecha 23 de Enero de 2022", remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 29 de marzo de 2022 por el mencionado Juzgado Superior Estatal.

SENTENCIA N° 75 MAGISTRADO PONENTE: FANNY MARQUEZ La Sala declaró: 1.- ACEPTA la declinatoria de COMPETENCIA formulada por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Anzoátegui. 2.- ANULA las actuaciones de sustanciación realizadas y la medida cautelar innominada acordada por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, antes de declinar la competencia en la Sala Electoral. 3.- ADMITE el recurso contencioso electoral. 4.- IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada. 5.- ORDENA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Sala, a los fines de continuar con el procedimiento de ley.


10. AA70E2022000024

Los ciudadanos TAMARA VELÁSQUEZ, ERIC ALEXANDER MESA CARRILLO y ÁLVARO ALEJANDRO PADRÓN PONCE, titulares de las cédulas de identidad número V-16.337.499, V-10.543.114 y V-18.363.742, respectivamente, quienes actúan la primera en su carácter de Presidenta de la Asociación de Surf del estado Nueva Esparta, el segundo como Secretario General de la Asociación de Surf del estado Miranda y el último como Entrenador Deportivo y Juez de Surf, asistidos por el abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 39.062, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Surfing (FVS), llevado a cabo en fecha 09 de mayo de 2022.

SENTENCIA N° 70 MAGISTRADO PONENTE: FANNY MARQUEZ La Sala declaró: 1.- DECLARA SU COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Surfing, por los ciudadanos Tamara Velásquez, Eric Alexander Mesa Carrillo y Álvaro Alejandro Padrón, asistidos por el abogado Lorenzo Roberto Santana. 2.- ADMITE el recurso contencioso electoral interpuesto. 3.- PROCEDENTE la solicitud cautelar y ordena la suspensión de los efectos del proceso electoral de la Federación Venezolana de Surfing, así como los actos subsiguientes. 4.- ORDENA a las autoridades que venían ejerciendo los cargos de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor, previo al proceso electoral objeto del presente recurso, que asuman nuevamente la dirección de la Federación Venezolana de Surfing, ejecutando sólo actos de simple administración.


11. AA70E2022000033

Los abogados MARILÚ BELLO CASTILLO y ÁNGEL REINALDO FLORES CORONEL, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.135 y 30.099, respectivamente, quienes alegan actuar la primera en su condición de Presidenta de la Sociedad mercantil INVERSIONES OWL, C.A., y el segundo en representación de la mencionada compañía, interpusieron demanda contenciosa electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso eleccionario efectuado por la Asamblea de Propietarios del Edificio Mansión Arenas, realizado el 23 de mayo de 2022.

SENTENCIA N° 77 MAGISTRADO PONENTE: Inocencio Antonio Figueroa Arizaleta La Sala declaró: 1.- Que es COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente solicitud de amparo cautelar por los profesionales del derecho MARILÚ BELLO CASTILLO y ÁNGEL REINALDO FLORES CORONEL, antes identificados, actuando; la primera de las mencionados, con el carácter de Presidenta de la sociedad mercantil INVERSIONES OWL, C.A. y, el segundo, en su condición de abogado asociado asistente de la prenombrada empresa, contra el proceso eleccionario llevado a cabo por la ASAMBLEA DE PROPIETARIOS del edificio Mansión Arenas, el 23 de mayo de 2022. 2.- La LITISPENDENCIA y, en consecuencia, la EXTINCIÓN DE LA CAUSA contenida en el presente expediente Nro. AA70-E-2022-000033.


12. AA70X2021000005 - AA70E2021000015

Los ciudadanos STEVE LEON y KENJI MARTINEZ PEREZ, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad N° V-27.127.334 y V-26.473.787, respectivamente, quienes alegan actuar con el carácter de Atletas de la Selección de la Asociación de Karate Do del estado Miranda y Distrito Capital, afiliadas a la Federación Venezolana De Karate Do y Legítimos Electores, asistidos por el abogado Alirio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.768, interpusieron medida cautelar innominada consistente en suspender de sus funciones a la irregular Junta Directiva presidida por el ciudadano RAMON ARTURO CASTILLO, electa expresamente para dirigir la Federación hasta el 24 de junio del 2021, por ende, se abstengan de seguir usurpando los cargos directivos.

SEINTENCIA N° 67 MAGISTADA PONENTE: Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez La Sala Declaró: IMPROCEDENTES las solicitudes de medida cautelar interpuesta por el ciudadano KENJI MARTÍNEZ PÉREZ, asistido por el abogado Rafael Álvarez Martínez.


La Presidenta,
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez