REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 03/08/2022
CUENTA, N° 95

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2014000039

El ciudadano JUAN CARLOS BRACHO ROMERO, interpuso acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva y Comisión Electoral del COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO ZULIA, a los fines que presenten a la brevedad un proyecto de ELECCIONES PARA LA DESIGNACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA Y TRIBUNAL DISCIPLINARIO.

Vista la Sentencia N° 072 dictada por la Sala Electoral en fecha 28 de julio de 2022, se acordó notificar al ciudadano JUAN BRACHO, parte accionante, a la Junta Directiva, a la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Zulia, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio Público, se acordó además librar oficio dirigido al Departamento de Sistema de Pago "Taquilla" del Banco Central de Venezuela. Se libró boleta y oficios Nros. 22.303, 22.304, 22.305, 22.306 y 22.308. Asimismo, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco del estado Zulia (Distribuidor), a los fines de practicar las referidas notificaciones. Se libró oficio N° 22.307 y despacho.


2. AA70E2019000001

El ciudadano LUIS ORLANDO LOSSADA MARÍN, titular de la cédula de identidad N° 4.145.286, invocando el carácter de Vocero Principal de los Pensionados Vitalicios de PDVSA Occidente y aspirante a candidato a la Dirección Regional de la Asociación de Jubilados de la Industria Petrolera, asistido por el abogado Carlos Alberto Guerrero Quintana, Defensor Público Provisorio Segundo ante la Sala Electoral, inscrito en el inpreabogado N° 57.988, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Jubilados de la Industria Petrolera.

Vista la Sentencia N° 074 dictada en fecha 28 de julio de 2022, esta Sala Electoral Ordena notificar al ciudadano Luis Orlando Lossada Marín (parte accionante), igualmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda comisionar al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), a los fines de notificar a la parte accionante


3. AA70E2019000017

Por recibido Oficio N° 0900-464, de fecha 12 de julio de 2019, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió expediente signado con el N° KP02-O-2019-000037, contentivo de la acción de amparo interpuesta por los ciudadanos DIEGO ARMANDO PÉREZ PÉREZ Y HÉCTOR JOSÉ PEÑA PORTILLO, titulares de la cédula de identidad N° V-20.642.635 y V 20.924.203, respectivamente, asistidos por el abogado Edgar Becerra, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 126.031, contra los miembros del Consejo Electoral Estudiantil Central para la Elección de la Federación de Centros Universitarios de la Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado, en virtud de la declinatoria de competencia que hiciere el Juzgado remitente.

Vista la Sentencia Nº 078 dictada por esta Sala Electoral en fecha 28 de julio de 2022, se acordó librar cartel a los fines de noticiar la referida sentencia, a los ciudadanos DIEGO ARMANDO PÉREZ PÉREZ Y HÉCTOR JOSÉ PEÑA PORTILLO, parte acciónate, y a los ciudadanos FRANS ALEJANDRO GUZMÁN GAINZA, BLANCA VICTORIA PEÑA GÓMEZ, YHONNYEL ALEJANDRO SLUSAR ÁLVAREZ, GÉNESIS ALEJANDRA ALVARADO ALVARADO, JOSÉ GÓMEZ PÉREZ, MARÍA PATRICIA VIERA MONTILLA y ALIRIO JOSÉ GIMÉNEZ GOTOPO, miembros integrantes de la Junta Directiva del Consejo Estudiantil Electoral Central para la elección de la Federación de Centros Universitarios de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado (UCLA), (parte accionada). Asimismo, se acordó notificar al Ministerio Público. Se libró oficio N° 22.302.


4. AA70E2020000001

El ciudadano RAFAEL ARTURO LEÓN, titular de la cédula de identidad V-3.354.271, alegando su condición de Presidente de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), asistido por el abogado Antonio Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.928, interpuso recurso contencioso electoral contra las elecciones parciales celebradas por la referida Asociación en fecha 03 de diciembre de este año 2019.

Vista la Sentencia N° 076 dictada en fecha 28 de julio de 2022, esta Sala Electoral Ordena notificar al ciudadano RAFAEL ARTURO LEÓN, (parte recurrente), a los miembros integrantes de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), a los miembros directivos de dicha Asociación y a los miembros integrantes de la Junta Electoral Nacional de la mencionada Asociación y al Ministerio Público.


5. AA70E2020000004

El ciudadano YANI ANTONIO CAPUZZI CARAFA, titular de la cédula de identidad N° V-9.967.613, actuando en nombre propio y con el carácter de Gerente General del Club Deportivo Anzoátegui, asistido por la abogada Elena Mundaray, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 289.369, interpuso recurso contencioso electoral y amparo cautelar, contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva , Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Liga Venezolana de Voleibol, que se llevara a cabo el 31 de enero de 2020.

Vista la Sentencia N° 071 dictada en fecha 28 de julio de 2022, esta Sala Electoral acordó notificar al ciudadano YANI ANTONIO CAPUZZI CARAFA (parte recurrente), a la Junta Directiva, al Consejo de Honor, al Consejo Contralor de la Liga Venezolana de Voleibol, igualmente a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Voleibol y al ciudadano JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ GOITIA, en su condición de Secretario General la Liga Venezolana de Voleibol, al Ministerio Público y al IND Se remite copia de la mencionada sentencia y del presente auto. Finalmente, esta Sala Electoral ordena notificar a los ciudadanos Agustín Alejandro González, Daniel Antonio Romero, Luis Roberto Lucena Araujo y Osler Javier Moreno Sevilla, como terceros verdadera parte.


6. AA70E2021000020

Por recibido oficio N° 2021-107 de fecha 09 de julio del 2021, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remite expediente contentivo de nulidad de asamblea, interpuesto por el abogado LEOPOLDO MICETT CABELLO inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.974, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES 10-28-A, C.A., contra los ciudadanos Maygret Ordoñez, Kiomara Scovino; Zoraida Federico; Vicente Figarella, María Beatriz Peña Dumas, María Elena Villamizar, Rosa Rodríguez de Caravallo, terea Rodríguez, Petras Suarez y Claudia Varela, titulares de la cédula de identidad N° 9.483.158, 4.434.749, 2.458.818, 2.767.415, 7.006.012, 3.969.042, 3.902.693, 4.355.727, 10.336.592 y 17.981.688 respectivamente, miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residente de Prados del Este (ASOPRAES).

RESERVA DE PRUEBAS: En el día de hoy, tres (03) de agosto de 2022, la abogada Judith Ochoa Seguías, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 41.907, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Maygret Ordoñez, Kiomara Skovino, Vicente Figarrella, María peña dumas, María Villamizar, Rosa Rodríguez de Caraballo, Teresa Rodríguez, Claudia Varela y Zoraida Federico, en el alegado carácter de miembros de la Junta Directiva de la Asociación de Propietarios y Residentes de Prados del Este, recurrida, consignó escrito de promoción de pruebas, en consecuencia, del conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil se ordenó reservar el escrito consignado hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.


7. AA70E2021000043

El abogado Jhonny Javier Michelena Labori, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 259.320, invocando la condición de Secretario General Suplente de la Asociación de Boxeo del estado Bolivariano de Guárico, interpuso demanda de nulidad, contra la Convocatoria de la Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo 2021-2025.

Vista la sentencia N° 73 dictada en fecha 28 de julio de 2022, se acuerda notificar al ciudadano JHONNY JAVIER MICHELENA LABORI (parte recurrente), a la Comisión Electoral y Comisión Reorganizadora de la Federación Venezolana de Boxeo, al Consejo de Honor, Consejo Contralor, Comisión de Atletas, Comisión de Entrenadores y Comisión de Jueces - Árbitros de la referida Federación, así como al Comité Olímpico Venezolano, al Ministerio Público y al Instituto Nacional del Deporte. Líbrese Boleta de notificación y Oficios. Asimismo, se comisiona al Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, a los fines de notificar a la parte recurrente. Líbrese Oficio y Despacho.


8. AA70E2021000061

La ciudadana Jeniree Daniela Zerpa Arellano, titular de la cédula de identidad N° V-19.861.711, alegando el carácter de militante y Secretaria Juvenil del MOVIMIENTO ELECTORAL DEL PUEBLO (MEP), asistida por el abogado Luis Fernández Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 252.717, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Dirección Nacional del Movimiento Electoral del Pueblo.

ACTO DE INFORMES ORALES: Vencido como se encuentra el lapso de evacuación de pruebas, y visto que corresponde designar ponente y fijar la fecha para la celebración del acto de informes orales, de conformidad con lo previsto en los artículos 191 y 192 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, este Juzgado de Sustanciación acuerda fijar el auto y la designación del ponente por auto separado.


9. AA70E2021000064

Los ciudadanos GERARDO ALFONSO MENDOZA CORASPE, MARTIN SEGUNDO PEREZ TREJO y CARLOS LUIS AGUIRRE PACHECO, titulares de la cedulas de identidad N° V-8.980.822, V-3.183.897 y V-18.500.048 respectivamente, integrantes de la Asamblea General, Miembro del club de Vela CIMA y Atleta Selección Nacional en ese orden, miembros de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE VELA (FVVELA), asistidos por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 289.430, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor por el período 2021-2025, convocados por la presunta Presidenta y la Comisión Electoral de la mencionada Federación.

CARTEL DE EMPLAZAMIENTO: Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 09 de diciembre de 2021, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional, según sea el caso, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Agréguese copia del cartel a los autos.


10. AA70E2021000069

El ciudadano HENRY FALCÓN FUENTES, titular de la cédula de identidad N° V-7.031.234, alegando el carácter de candidato al cargo de Elección Popular de Gobernador del Estado Lara, para el periodo constitucional 2021-2025, por diversas organizaciones con fines políticos, asistido por el abogado Julio Pérez Graterol, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.826, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral, contra la elección de Gobernador o Gobernadora del estado Lara, llevada a cabo por el Consejo Nacional Electoral.

Vista la Sentencia N° 068 dictada en fecha 28 de julio de 2022, esta Sala Electoral acordó notificar a al ciudadano HENRI FALCÓN FUENTES, (parte recurrente) y al Consejo Nacional Electoral (parte recurrida), anexándoles copia certificada de la Sentencia antes mencionada y del presente auto. Líbrese boletas y oficio. Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se ordena notificar al Ministerio Público. De igual forma, se acuerda comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, a los fines de que practique las diligencias necesarias para notificar al ciudadano HENRI FALCÓN FUENTES (parte recurrente).


11. AA70E2021000071

Los ciudadanos YOEL JOSE PEREZ, NAYIBET MERCEDES LOPEZ GALANTON, Y EDGARD RAMON MUÑOZ MATA, titulares de la cédulas de identidad N° V-15.050.923, V-14.126.433 y V-17.111.061, respectivamente, en su condición de Presidentes de la Federación Venezolana de Remo, de la Federación Venezolana de Pelota Vasca y de la Federación Venezolana de Boxeo, en ese orden, asistidos por la abogada Elis Gonzalez inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la elección de la Comisión Electoral designada el 7 de diciembre de 2021, para dirigir el proceso electoral mediante el cual se renovarían a los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor del Comité Olímpico Venezolano para el período 2022-2026.

Vista la sentencia N° 69 dictada en fecha 28 de julio de 2022, se acuerda notificar a los ciudadanos YOEL JOSE PEREZ, NAYIBET MERCEDES LOPEZ GALANTON Y EDGAR RAMON MUÑOZ MATA (parte recurrente), a la Presidenta del Comité Olímpico Venezolano, al Instituto Nacional de Deporte, Ministerio Público, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio del Poder Popular para la Juventud y el Deporte. Remítase copia certificada de la mencionada sentencia y del presente auto. Líbrese Boleta de notificación y oficios.


12. AA70E2022000021

Por recibido oficio N° BP02-G-2022-008000, emitido por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remite recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, interpuesto por la abogada Maribel Carvajal García, titular de la cédula de identidad número V-8.496.700, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 61.704, actuando en su propio nombre como miembro de la plancha N° 1, aspirante al Tribunal Disciplinario para las Elecciones del Centro Italiano de Oriente (CIVO) 2022-2024, contra el "ACTO DEL COMITÉ ELECTORAL CIVO 2022-2024, electo en Asamblea General Extraordinaria de Asociados de dicho Centro Social en fecha 23 de Enero de 2022", remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 29 de marzo de 2022 por el mencionado Juzgado Superior Estatal.

Vista la Sentencia N° 075 dictada por la Sala Electoral en fecha 28 de julio de 2022, se acordó notificar a la parte recurrente, al Comité Electoral, al Tribunal Disciplinario y la Junta Directiva Electa de la Asociación Civil del Centro Italiano Venezolano de Oriente (CIVO), al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del estado Anzoátegui y al Ministerio Público. Se libró boleta y oficios Nros. 22.296, 22.297, 22.298, 22.299 y 22.300. Asimismo, se acordó notificar a los candidatos a los diferentes cargos que conforman la referida Asociación Civil, y visto que no consta el domicilio procesal de los ciudadanos antes mencionados, se acordó librar carteles. Igualmente, se comisionó al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta del estado Anzoátegui (Distribuidor), a los fines de practicar las respectivas notificaciones. Se libró oficio N° 22.301 y despacho.


13. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de amparo constitucional, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

CARTEL DE EMPLAZAMIENTO: Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento con lo ordenado en el auto dictado en fecha 30 de junio de 2022, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional, según sea el caso, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Agréguese copia del cartel a los autos.


14. AA70E2022000033

Los abogados MARILÚ BELLO CASTILLO y ÁNGEL REINALDO FLORES CORONEL, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.135 y 30.099, respectivamente, quienes alegan actuar la primera en su condición de Presidenta de la Sociedad mercantil INVERSIONES OWL, C.A., y el segundo en representación de la mencionada compañía, interpusieron demanda contenciosa electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso eleccionario efectuado por la Asamblea de Propietarios del Edificio Mansión Arenas, realizado el 23 de mayo de 2022.

Vista la sentencia N° 077, se acordó notificar a los ciudadanos MARILÚ BELLO CASTILLO y ÁNGEL REINALDO FLORES CORONEL, (parte recurrente) y a la Administradora Yuruary, C.A. (parte recurrida). Asimismo, se ordenó agregar copia certificada de la decisión al expediente N° AA70-E-2022-000003.


15. AA70E2022000040

El ciudadano Wilmer Vásquez Matheus, titular de la cédula de identidad N° V-20.638.394, en el alegado carácter de candidato a representante de los egresados ante el cogobierno de la Universidad Central de Venezuela, de la Facultad de Humanidades y Educación, asistido por la abogada Oxana Durán Araujo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 251.856, contra el Acta de Votación y Escrutinio-Reconteo de fecha 18 de julio de 2022, emanada de la Subcomisión Electoral de referida facultad, correspondiente a la mesa N° 01 de la Escuela de Educación, periodo 2022-2024.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado los ciudadanos YELTMAR ZACARIAS, SLEITHER FERNÁNDEZ y LISSETH PINTO, en su condición de candidatos al Consejo de la Facultad de Humanidades y Educación de la Universidad Central de Venezuela (UCV) de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 079 dictada en fecha 01 de agosto de 2022, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.


16. AA70E2022000040

El ciudadano Wilmer Vásquez Matheus, titular de la cédula de identidad N° V-20.638.394, en el alegado carácter de candidato a representante de los egresados ante el cogobierno de la Universidad Central de Venezuela, de la Facultad de Humanidades y Educación, asistido por la abogada Oxana Durán Araujo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 251.856, contra el Acta de Votación y Escrutinio-Reconteo de fecha 18 de julio de 2022, emanada de la Subcomisión Electoral de referida facultad, correspondiente a la mesa N° 01 de la Escuela de Educación, periodo 2022-2024.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado los ciudadanos IVONNE ANDARA, ANDRÉS ARRIOJAS, EDDIE LÓPEZ, CARLOS ROJAS, AIXA SÁNCHEZ, GABRIELA CARVAJAL, FÉLIZ GUZMAN y otros, en su condición de candidatos a diferentes cargos que integran la Asamblea de Facultad y Claustro Universitario de la Facultad de Humanidades y Educación de la Universidad Central de Venezuela (UCV) de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 079 dictada en fecha 01 de agosto de 2022, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.


17. AA70E2022000040

El ciudadano Wilmer Vásquez Matheus, titular de la cédula de identidad N° V-20.638.394, en el alegado carácter de candidato a representante de los egresados ante el cogobierno de la Universidad Central de Venezuela, de la Facultad de Humanidades y Educación, asistido por la abogada Oxana Durán Araujo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 251.856, contra el Acta de Votación y Escrutinio-Reconteo de fecha 18 de julio de 2022, emanada de la Subcomisión Electoral de referida facultad, correspondiente a la mesa N° 01 de la Escuela de Educación, periodo 2022-2024.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado los ciudadanos HENRY ARISTIGUIETA, MANUEL NARANJO, YTAMAR ZAMBRANO, DAMARIS MUJICA, MAIDA TOVAR, YENIFER ABZUETA, RAUL RODRIGUEZ, CARLA CONTRERAS, CARMEN RIERA y otros en su condición de candidatos a los Consejos de Escuelas de la Facultad de Humanidades y Educación de la Universidad Central de Venezuela (UCV) de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 079 dictada en fecha 01 de agosto de 2022, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.


18. AA70X2021000005 - AA70E2021000015

Los ciudadanos STEVE LEON y KENJI MARTINEZ PEREZ, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad N° V-27.127.334 y V-26.473.787, respectivamente, quienes alegan actuar con el carácter de Atletas de la Selección de la Asociación de Karate Do del estado Miranda y Distrito Capital, afiliadas a la Federación Venezolana De Karate Do y Legítimos Electores, asistidos por el abogado Alirio Arias Altamira, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 77.768, interpusieron medida cautelar innominada consistente en suspender de sus funciones a la irregular Junta Directiva presidida por el ciudadano RAMON ARTURO CASTILLO, electa expresamente para dirigir la Federación hasta el 24 de junio del 2021, por ende, se abstengan de seguir usurpando los cargos directivos.

Vista la sentencia N° 67, dictada en fecha 28 de julio de 2022, se acordó notificar al ciudadano KENJI MARTÍNEZ PÉREZ, (parte accionante) Remítase copia certificada de la mencionada sentencia y del presente auto. Líbrese Boleta


DILIGENCIA EN
1. AA70E2022000003

Los abogados MARILÚ BELLO CASTILLO y ÁNGEL REINALDO FLORES CORONEL, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.135 y 30.099, respectivamente, la primera actuando en su condición de Presidenta de la Sociedad mercantil INVERSIONES OWL, C.A., y el segundo actuando en representación de la mencionada compañía, interpusieron demanda contenciosa electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso eleccionario efectuado por los propietarios del Edificio Mansión Arenas, realizado el 08 de diciembre de 2021.

Los abogados MARILÚ BELLO CASTILLO y ÁNGEL REINALDO FLORES CORONEL, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.135 y 30.099, respectivamente, la primera mencionada actuando en su condición de Presidenta de la Sociedad mercantil INVERSIONES OWL, C.A., y el segundo mencionado actuando en representación de la compañía, (parte recurrente), presentaron diligencia de desistimiento de solicitud de apertura probatoria.


2. AA70E2022000024

Los ciudadanos TAMARA VELÁSQUEZ, ERIC ALEXANDER MESA CARRILLO y ÁLVARO ALEJANDRO PADRÓN PONCE, titulares de las cédulas de identidad número V-16.337.499, V-10.543.114 y V-18.363.742, respectivamente, quienes actúan la primera en su carácter de Presidenta de la Asociación de Surf del estado Nueva Esparta, el segundo como Secretario General de la Asociación de Surf del estado Miranda y el último como Entrenador Deportivo y Juez de Surf, asistidos por el abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 39.062, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Surfing (FVS), llevado a cabo en fecha 09 de mayo de 2022.

EL abogado Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia dándose por notificado.


3. AA70E2022000037

Las ciudadanas SANDRA CARNEVALE SABELLI y YURANCY ARTEAGA ZERPA, titulares de la cédula de identidad número V-9.628.173 y V-9.620.642, respectivamente, la segunda profesional del derecho inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.172, actuando en nombre propio y asistiendo a la primera de las nombradas, quienes alegan ser propietarias de los inmuebles ubicados en la Torre 7, Apto 7-6, Planta Baja, y Torre 3, Apto 3-1, Planta Baja, del Conjunto Residencial Centro Metropolitano Javier I Etapa, Barquisimeto, estado Lara, en ese mismo orden, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la decisión N° 005, emitida por la Comisión Electoral del mencionado Conjunto Residencial, que deja sin efecto la elección de la Presidenta de la Junta de Condominio elegida en Asamblea General Extraordinaria, celebrada en fecha 12 de junio de 2022, y contra el proceso electoral cuyo acto de votación se efectuará en fecha 17 de julio de 2022.

La ciudadana, Sandra Carnevaler titular de la cedulas de identidad N° V-9.628.173, en su condición de recurrente, asistida por el abogado Reinaldo Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.067, presentó diligencia mediante la cual otorga poder Apud Acta al abogado asistente.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2022000011

Los ciudadanos ERIK J. GARCÍA HERNÁNDEZ y CRISTINA I. RODRÍGUEZ MASERES, titulares de la cédula de identidad números V-16.633.552 y V-18.168.317, respectivamente, actuando en su condición de Presidente y Vicepresidenta de la ASOCIACIÓN DE SOFFTBOL DEL ESTADO CARABOBO, asistidos por la abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente, con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado con la Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de fecha 17 de diciembre de 2021.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.196, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE SOFTBOL, recibida por el ciudadano Daniel Lima, Tesorero del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 050 de fecha 22 de julio de 2022.


2. AA70E2022000011

Los ciudadanos ERIK J. GARCÍA HERNÁNDEZ y CRISTINA I. RODRÍGUEZ MASERES, titulares de la cédula de identidad números V-16.633.552 y V-18.168.317, respectivamente, actuando en su condición de Presidente y Vicepresidenta de la ASOCIACIÓN DE SOFFTBOL DEL ESTADO CARABOBO, asistidos por la abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente, con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado con la Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de fecha 17 de diciembre de 2021.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.285, librado al Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), mediante el cual se le notificó la Sentencia N°050 de fecha 22 de julio de 2022


3. AA70E2022000011

Los ciudadanos ERIK J. GARCÍA HERNÁNDEZ y CRISTINA I. RODRÍGUEZ MASERES, titulares de la cédula de identidad números V-16.633.552 y V-18.168.317, respectivamente, actuando en su condición de Presidente y Vicepresidenta de la ASOCIACIÓN DE SOFFTBOL DEL ESTADO CARABOBO, asistidos por la abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente, con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado con la Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de fecha 17 de diciembre de 2021.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a los ciudadanos ERIK JOSÉ GARCÍA HERNÁNDEZ y CRISTINA ISABEL RODRÍGUEZ MASERES, respectivamente, en su carácter de Presidente y Vicepresidenta, en ese orden de la Asociación de Softbol del estado Carabobo, recibida por la abogada Elis González, inscrita en el Inprebogado bajo el N° 98.425, apoderada judicial, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 050 de fecha 22 de julio de 2022.


4. AA70E2022000011

Los ciudadanos ERIK J. GARCÍA HERNÁNDEZ y CRISTINA I. RODRÍGUEZ MASERES, titulares de la cédula de identidad números V-16.633.552 y V-18.168.317, respectivamente, actuando en su condición de Presidente y Vicepresidenta de la ASOCIACIÓN DE SOFFTBOL DEL ESTADO CARABOBO, asistidos por la abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente, con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado con la Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de fecha 17 de diciembre de 2021.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.200, librado a la ciudadana NINOSKA CLOCIER, Presidenta del Instituto Nacional de Deporte (IND), recibido por la ciudadana Josemil Pérez, Asistente de Presidencia del IND, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°050 de fecha 22 de julio de 2022


5. AA70E2022000011

Los ciudadanos ERIK J. GARCÍA HERNÁNDEZ y CRISTINA I. RODRÍGUEZ MASERES, titulares de la cédula de identidad números V-16.633.552 y V-18.168.317, respectivamente, actuando en su condición de Presidente y Vicepresidenta de la ASOCIACIÓN DE SOFFTBOL DEL ESTADO CARABOBO, asistidos por la abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente, con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado con la Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de fecha 17 de diciembre de 2021.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.194, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el ciudadano Ricardo Berbis, Secretario Jefe de Apoyo Jurídico del Ministerio Público mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 050 de fecha 22 de julio de 2022.


La Presidenta,
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez