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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 09/01/2023 | |
CUENTA, N° 1 | |
ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2019000018 |
El abogado Tulio Rafael Barreto, inscrito el Inpreabogado bajo el N° 152.982, actuando en representación de las sociedades mercantiles PROMOTORA CARIBBEAN C.A., DESARROLLO SAN JORGE C.A. y CENTRO SIETE C.A., interpuso recurso contencioso electoral de nulidad contra los actos electorales condominales del Centro Comercial Caribbean Plaza, de fecha 26 de julio y 1° de agosto de 2019. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos JAVIER MANUEL PULGAR, MAIGUALIDA CABRERA, DAVID SANMIGUEL, RICARDO PÉREZ, Y MAGLID YUVE, MIEMBROS DE LA JUNTA DE CONDOMINIO DEL CENTRO COMERCIAL CARIBBEAN PLAZA (ENTRANTE), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 119 dictada en fecha 14 de diciembre de 2022, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados. |
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2. | AA70E2019000018 |
El abogado Tulio Rafael Barreto, inscrito el Inpreabogado bajo el N° 152.982, actuando en representación de las sociedades mercantiles PROMOTORA CARIBBEAN C.A., DESARROLLO SAN JORGE C.A. y CENTRO SIETE C.A., interpuso recurso contencioso electoral de nulidad contra los actos electorales condominales del Centro Comercial Caribbean Plaza, de fecha 26 de julio y 1° de agosto de 2019. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos JAVIER PULGAR, MAIGUALIDA CABRERA, JOSÉ DAHER ,PEDRO PALOMINO, DAVID SANMIGUEL, EGLIS AMPARO, y JEAN LOZADA, MIEMBROS DE LA JUNTA DE CONDOMINIO DEL CENTRO COMERCIAL CARIBBEAN PLAZA (SALIENTE), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 119 dictada en fecha 14 de diciembre de 2022, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados. |
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3. | AA70E2019000018 |
El abogado Tulio Rafael Barreto, inscrito el Inpreabogado bajo el N° 152.982, actuando en representación de las sociedades mercantiles PROMOTORA CARIBBEAN C.A., DESARROLLO SAN JORGE C.A. y CENTRO SIETE C.A., interpuso recurso contencioso electoral de nulidad contra los actos electorales condominales del Centro Comercial Caribbean Plaza, de fecha 26 de julio y 1° de agosto de 2019. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a las sociedades mercantiles PROMOTORA CARIBBEAN C.A Y DESARROLLO SAN JORGE (PARTE RECURRENTE) de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 119 dictada en fecha 14 de diciembre de 2022, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados. |
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4. | AA70E2019000024 |
Las ciudadanas ROSALBA ACOSTA DE OLIVO, MARIA V. VILLARROEL P., y JESUITA YSABEL FABIAN, titulares de las cédulas de identidad N° V13.059.446, V- 6.963.425 y V-25.277.104, respectivamente, actuando en nombre propio y en su carácter de voceras del "CONSEJO COMUNAL KEWEY I, CONSEJO COMUNAL BRISAS DEL UAIRÉN ESTE, CONSEJO COMUNAL. GUERRERAS DEL NAZARENO Y CONSEJO COMUNAL KEWEY II" de la parroquia sección Santa Elena de Uairen del Municipio Gran Sabana del estado Bolívar, asistidas por la abogada Arney Gittens Castro, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 142.330, interpusieron demanda de nulidad conjuntamente con medida cautelar contra el acto administrativo de fecha 12 de marzo de 2019, emanado de la Cámara Municipal Gran Sabana de estado Bolívar, contenido en el Acta de Sesión Ordinaria número ocho (8) donde fue publicado en su edición extraordinaria la Gaceta Municipal N° 307-2019. |
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REMISION A LA SALA POLITICO ADMINISTRATIVA: Se remitió expediente a la Sala Político Administrativa. Se libró oficio N° 22.511 |
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5. | AA70E2022000056 |
Los ciudadanos MANUEL ISNALDO GUZMAN OSORIO y SAUL JONATAN LADERA FLORES, titulares de las cédulas de identidad número V-5.483.213 y V-12.865.234, respectivamente, el primero alegando su condición de Presidente y el segundo su condición de Secretario de Formación y Capacitación del Sindicato Único de Trabajadores de Empresas de Restaurantes de Comida Rápida, Hoteleros, Bares Clubes, Casinos, Entretenimiento, Mantenimientos sus Similares y Conexos de la República Bolivariana de Venezuela (SINTRARESCOM), asistidos por el abogado José Gregorio Fajardo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.909, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso electoral celebrado en fecha 17 de agosto de 2022, por la Comisión Electoral del Sindicato antes mencionado. |
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RECEPCION DE ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS: Por recibido escrito contentivos de los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, suscrito por los ciudadanos Yely Cleotilde Mejicano de Fajardo y Eleazar Contreras, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.096.320 y V-15.595.280, en el alegado carácter de Presidenta de la Junta Directiva y Presidente de la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de Empresas de Restaurantes de Comida Rápida, Hoteles, Bares. Clubes, Casinos, Entretenimientos, Mantenimiento, sus Similares y Conexos de la República bolivariana de Venezuela, respectivamente, asistidos por el abogado Jesús Rafael Barrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.307, este Juzgado acordó agregar a la pieza principal el mencionado escrito y a los fines del mejor manejo del expediente, se ordenó formar una (01) pieza de anexos con los recaudos consignados, pieza que será identificada como ANEXO 01. |
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6. | AA70E2022000056 |
Los ciudadanos MANUEL ISNALDO GUZMAN OSORIO y SAUL JONATAN LADERA FLORES, titulares de las cédulas de identidad número V-5.483.213 y V-12.865.234, respectivamente, el primero alegando su condición de Presidente y el segundo su condición de Secretario de Formación y Capacitación del Sindicato Único de Trabajadores de Empresas de Restaurantes de Comida Rápida, Hoteleros, Bares Clubes, Casinos, Entretenimiento, Mantenimientos sus Similares y Conexos de la República Bolivariana de Venezuela (SINTRARESCOM), asistidos por el abogado José Gregorio Fajardo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.909, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso electoral celebrado en fecha 17 de agosto de 2022, por la Comisión Electoral del Sindicato antes mencionado. |
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RECEPCION DE INFORME: Por recibido escrito contentivos del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso contencioso electoral, suscrito por los ciudadanos Yely Cleotilde Mejicano de Fajardo y Eleazar Contreras, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.096.320 y V-15.595.280, en el alegado carácter de Presidenta de la Junta Directiva y Presidente de la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de Empresas de Restaurantes de Comida Rápida, Hoteles, Bares. Clubes, Casinos, Entretenimientos, Mantenimiento, sus Similares y Conexos de la República bolivariana de Venezuela, respectivamente, asistidos por el abogado Jesús Rafael Barrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.307, este Juzgado acordó agregar a la pieza principal el mencionado escrito y a los anexos que lo acompañan. |
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7. | AA70E2022000059 |
Los ciudadanos MIRIAN ZULAY VELIZ DE BORRERO, JOSE ENRIQUE SANCHEZ FLORES, REINALDO ENRIQUE GARCIA MANZABEL y RAFAEL LUCIANO PEREZ MOOCHETT, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.855.399, V-5.218.872, V-6.209.730 y V-4.390.591, alegando su condición de Candidatos a los cargos de Vicepresidenta del Consejo de Vigilancia, Tesorero, Secretario y Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público (CAPMP), respectivamente, el último de los nombrados abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.064, actuando en su propio nombre y asistiendo a los tres primeros, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral realizado en fecha 10 de noviembre de 2022, para elegir las nuevas autoridades de la referida Caja de Ahorros, que se efectuaron en el cronograma de actividades para el periodo de gestión 2022-2025. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los CANDIDATOS A DELEGADOS DE LOS ESTADOS AMAZONAS, ANZOÁTEGUI, ARAGUA, BARINAS, BOLIVAR, CARABOBO, COJEDES, DELTA AMACURO, DISTRITO CAPITAL, FALCÓN, GUARICO, LARA, MÉRIDA, MIRANDA, MONAGAS, NUEVA ESPRTA, PORTUGUESA, SUCRE, TÁCHIRA, TRUJILLO, LA GUAIRA, YARACUY Y ZULIA DELCONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA CAJA DE AHORROS DEL PERSONAL DEL MINISTERIO PUBLICO (CAPMP), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 122 dictada en fecha 14 de diciembre de 2022, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados. |
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8. | AA70E2022000059 |
Los ciudadanos MIRIAN ZULAY VELIZ DE BORRERO, JOSE ENRIQUE SANCHEZ FLORES, REINALDO ENRIQUE GARCIA MANZABEL y RAFAEL LUCIANO PEREZ MOOCHETT, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.855.399, V-5.218.872, V-6.209.730 y V-4.390.591, alegando su condición de Candidatos a los cargos de Vicepresidenta del Consejo de Vigilancia, Tesorero, Secretario y Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público (CAPMP), respectivamente, el último de los nombrados abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.064, actuando en su propio nombre y asistiendo a los tres primeros, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral realizado en fecha 10 de noviembre de 2022, para elegir las nuevas autoridades de la referida Caja de Ahorros, que se efectuaron en el cronograma de actividades para el periodo de gestión 2022-2025. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los CANDIDATOS AL CARGO DEL CONSEJO DE VIGILANCIA DE LA CAJA DE AHORROS DEL PERSONAL DEL MINISTERIO PUBLICO (CAPMP), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 122 dictada en fecha 14 de diciembre de 2022, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados. |
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9. | AA70E2022000059 |
Los ciudadanos MIRIAN ZULAY VELIZ DE BORRERO, JOSE ENRIQUE SANCHEZ FLORES, REINALDO ENRIQUE GARCIA MANZABEL y RAFAEL LUCIANO PEREZ MOOCHETT, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.855.399, V-5.218.872, V-6.209.730 y V-4.390.591, alegando su condición de Candidatos a los cargos de Vicepresidenta del Consejo de Vigilancia, Tesorero, Secretario y Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público (CAPMP), respectivamente, el último de los nombrados abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.064, actuando en su propio nombre y asistiendo a los tres primeros, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral realizado en fecha 10 de noviembre de 2022, para elegir las nuevas autoridades de la referida Caja de Ahorros, que se efectuaron en el cronograma de actividades para el periodo de gestión 2022-2025. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los CANDIDATOS AL CARGO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA CAJA DE AHORROS DEL PERSONAL DEL MINISTERIO PUBLICO (CAPMP), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 122 dictada en fecha 14 de diciembre de 2022, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados. |
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10. | AA70E2022000059 |
Los ciudadanos MIRIAN ZULAY VELIZ DE BORRERO, JOSE ENRIQUE SANCHEZ FLORES, REINALDO ENRIQUE GARCIA MANZABEL y RAFAEL LUCIANO PEREZ MOOCHETT, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.855.399, V-5.218.872, V-6.209.730 y V-4.390.591, alegando su condición de Candidatos a los cargos de Vicepresidenta del Consejo de Vigilancia, Tesorero, Secretario y Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público (CAPMP), respectivamente, el último de los nombrados abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.064, actuando en su propio nombre y asistiendo a los tres primeros, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral realizado en fecha 10 de noviembre de 2022, para elegir las nuevas autoridades de la referida Caja de Ahorros, que se efectuaron en el cronograma de actividades para el periodo de gestión 2022-2025. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los CANDIDATOS A LAS SUB COMISIONES REGIONALES DE LOS ESTADOS LARA, COJEDES, MIRANDA, (LOS TEQUES, GUARENAS, Y OCUMARE DEL TUY), PORTUGUESA (ACARIGUA Y GUANARE), BOLIVAR, GUARICO, LA GUAIRA, CARABOBO (PUERTO CABELLO), TRIJILLO (VALERA), BARINAS, APURE, SUCRE, (CUMANA Y CARUPANO), MERIDA, TACHIRA, (SAN ANTONIO), ARAGUA, AMAZONAS, ANZOÁTEGUI (PUERTO LA CRUZ), DISTRITO CAPITAL, DELTA AMACURO (TUCUPITA), NUEVA ESPARTA (PORLAMAR Y LA ASUNCIÓN), DE LA CAJA DE AHORROS DEL PERSONAL DEL MINISTERIO PUBLICO (CAPMP), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 122 dictada en fecha 14 de diciembre de 2022, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2022000009 |
El abogado JESUS RAFAEL BARRERO, titular de la cédula de identidad número V-6.029.768, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.307, actuando en su condición de militante del Movimiento Electoral del Pueblo (MEP) Partido Socialista de Venezuela, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra "… la estructura provisional del MEP Partido Socialista de Venezuela (...) para que se convoque a un proceso electoral (…) en vista de la violación del derecho constitucional a la participación en los procesos electorales (..) de todos los militantes". |
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El abogado Jesús Rafael Barrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.307, actuando en su condición de parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó se fíje fecha para los informes orales. |
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2. | AA70E2022000056 |
Los ciudadanos MANUEL ISNALDO GUZMAN OSORIO y SAUL JONATAN LADERA FLORES, titulares de las cédulas de identidad número V-5.483.213 y V-12.865.234, respectivamente, el primero alegando su condición de Presidente y el segundo su condición de Secretario de Formación y Capacitación del Sindicato Único de Trabajadores de Empresas de Restaurantes de Comida Rápida, Hoteleros, Bares Clubes, Casinos, Entretenimiento, Mantenimientos sus Similares y Conexos de la República Bolivariana de Venezuela (SINTRARESCOM), asistidos por el abogado José Gregorio Fajardo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.909, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso electoral celebrado en fecha 17 de agosto de 2022, por la Comisión Electoral del Sindicato antes mencionado. |
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Los ciudadanos YELY CLEOTILDE MEJICANO DE FAJARDO y ELEAZAR CONTRERAS, titulares de la cédula de identidad N° V- 14.096.320 , V-15.595.280, en su condición de (parte recurrida), asistidos por el abogado JESÚS RAFAEL BARRERO, titular de la cédula de identidad N° V-6.029.768, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.307, presentaron diligencia mediante la cual otorgaron poder Apud Acta al abogado asistente. |
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3. | AA70E2022000058 |
Los ciudadanos NICANOR GARCIA RIVADULLA, JORGUE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.129.380, V-16.909.432 y V-16.889.676, respectivamente, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado, asistidos por el abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la convocatoria publicada en fecha 14 de noviembre de 2022, por la Asociación Civil Puerto Encantado, para la Asamblea de miembros y propietarios a celebrarse en fecha 10 de diciembre de 2022, donde se nombrará la Junta Directiva para el periodo 2022-2024. |
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El abogado Jorge García inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, presentó diligencia mediante la cual consignó Poder Notariado, lo cual lo acredita como apoderado judicial de los ciudadanos Nicanor Garcia, Jorgue García y Cristal Alvarado, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.129.380, V-16.909.432 y V-16.889.676, respectivamente. |
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4. | AA70E2022000058 |
Los ciudadanos NICANOR GARCIA RIVADULLA, JORGUE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.129.380, V-16.909.432 y V-16.889.676, respectivamente, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado, asistidos por el abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la convocatoria publicada en fecha 14 de noviembre de 2022, por la Asociación Civil Puerto Encantado, para la Asamblea de miembros y propietarios a celebrarse en fecha 10 de diciembre de 2022, donde se nombrará la Junta Directiva para el periodo 2022-2024. |
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El abogado Jorge García apoderado judicial (parte recurrente) inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, presentó diligencia mediante la cual consignó cartel de emplazamiento el cual fue publicado en un diario de circulación nacional. |
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OFICIOS RECIBIDOS EN | |
1. | AA70X2022000009 - AA70E2022000037 |
Las ciudadanas SANDRA CARNEVALE SABELLI y YURANCY ARTEAGA ZERPA, titulares de la cédula de identidad número V-9.628.173 y V-9.620.642, respectivamente, la segunda profesional del derecho inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.172, actuando en nombre propio y asistiendo a la primera de las nombradas, quienes alegan ser propietarias de los inmuebles ubicados en la Torre 7, Apto 7-6, Planta Baja, y Torre 3, Apto 3-1, Planta Baja, del Conjunto Residencial Centro Metropolitano Javier I Etapa, Barquisimeto, estado Lara, en ese mismo orden, denunciaron el desacato a la sentencia N° 065 dictada por esta Sala en fecha 14 de julio de 2022, en la que se declaró procedente el amparo cautelar. |
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Por recibido oficio N° 001-2023, de fecha 09 de enero de 2023, emanado del Ministerio de Poder Popular para Ciencia y Tecnología (Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica), anexo al cual dan respuesta a oficio 22.470 de fecha 07 de diciembre de 2022. |
La Presidenta, | |
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ | |
La Secretaria, | |
INTIANA LÓPEZ PÉREZ |