REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 31/07/2023
CUENTA, N° 113

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2021000013

El ciudadano RAFAEL YGNACIO REYMI MACHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.752.526, asistido por los abogados Manuel Desiderio Rosales y Agueda Amelia Romero Pérez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 279.806 y 126.635, en el orden mencionado, quienes también actúan en su propio nombre y representación con el carácter de propietarios de las viviendas ubicadas en el Conjunto Residencial Puerto Príncipe, interpusieron recurso contencioso electoral contra el "…ACTO DE CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE PROPIETARIOS SOLVENTES´…".

Vista la diligencia presentada en fecha 23 de julio de 2023, por el abogado Luis Mejías Sarmiento, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.217, actuando en su condición de apoderado judicial de la Asociación Civil "Conjunto Residencial Puerto Príncipe", mediante la cual solicitó copias certificadas de sentencia N° 059, dictada en fecha 01 de junio de 2023, así como de la decisión que declaro improcedente la solicitud de aclaratoria, identificada con el N° 084, de fecha 20 de julio de 2023, esta Sala ACORDÓ expedir la certificación por cursar en original.


2. AA70E2022000045

Por recibido oficio N° 0495-2022 de fecha 27 de julio de 2022, emanado del Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, mediante el cual remitió por declinatoria de competencia el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por la abogada Francys Johana Astudillo Mora, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 101.033, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JESÚS RICARDO BRICEÑO VILORIA, CARLOS RAMÓN NIEVES SALAZAR, JOSÉ GREGORIO HURTADO VILLEGAS, ORLANDO JOSÉ RIVERO FIGUEROA, LUIS REINALDO SEVILLA BETANCOURT, HENRRY AMTONIO BETANCOURT FERNÁNDEZ, y otros, en su condición de afiliados del Sindicato Único Bolivariano de Trabajadores y Trabajadoras de las empresas Flexoflex C.A, Poliflex C.A, Simpla C.A, Infleveca C.A (SUNBOTRAFLEXOFLEX).

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los Miembros Integrantes de la Junta Directiva del Sindicato Unico Bolivariano de Trabajadores y Trabajadoras de las Empresas Flexoflex C.A., Poliflex C.A., Simpla C.A., Infleveca C.A. (SUNBOTRAFLEXOFLEX), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 075 dictada en fecha 20 de julio de 2023, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados.


3. AA70E2023000003

El ciudadano TEODORO ALFONZO SILVA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad número V-2.999.277, actuando en su alegado carácter de asociado de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistido por el abogado Ovidio Tocuyo Ford, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.239, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto administrativo del proceso electoral contenido en el calendario electoral, con fecha de reactivación 10 de noviembre al 09 de diciembre de 2022, y contra el acto de votación, escrutinio y totalización general de votos de fecha 07 de diciembre de 2022, realizado por la Comisión Electoral Ad Hoc de la referida caja de ahorro.

PRORROGA DE EVACUACION: Visto el escrito presentado en fecha 31 de julio de 2023, por el abogado Ovidio Tocuyo Ford, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.239, en el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, mediante el cual solicitó se prorrogue el lapso de evacuación de pruebas, este Juzgado, a los fines de garantizar el derecho a la defensa de las partes, así como el debido proceso, acuerda prorrogar el lapso de evacuación de pruebas por diez (10) días de despacho contados a partir del día de despacho siguiente al de hoy, a los fines de que en dicho plazo sean recibidos los resultados de la exhibición documental requerida y la comisión librada el 11 de julio de 2023, de conformidad con lo establecido en el artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.


4. AA70E2023000049

La ciudadana ARACELIS ÁLVAREZ DE MÁRQUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-3.662.816, invocando el carácter de Ingeniero, inscrita en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N° 38.147, asistida por el abogado Ángel Ramón Yrigoyen López, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.133, interpuso recurso contencioso electoral, contra la Resolución del Consejo Nacional Electoral publicada en la Gaceta Electoral N° 1023 de fecha 25 de mayo de 2023.

AUTO DE INADMISION DEL RECURSO CONTENCIOSO ELECTORAL.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2023000003

El ciudadano TEODORO ALFONZO SILVA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad número V-2.999.277, actuando en su alegado carácter de asociado de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistido por el abogado Ovidio Tocuyo Ford, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.239, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto administrativo del proceso electoral contenido en el calendario electoral, con fecha de reactivación 10 de noviembre al 09 de diciembre de 2022, y contra el acto de votación, escrutinio y totalización general de votos de fecha 07 de diciembre de 2022, realizado por la Comisión Electoral Ad Hoc de la referida caja de ahorro.

El abogado Ovidio Tocuyo Ford, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.239, apoderado de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual solicitó prorroga del lapso de evacuación de pruebas.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2021000002

La abogada BEATRIZ IRENE ALVAREZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.377.551, e inscrita en el Inpreabogado N° 242.401, actuando en nombre propio, como miembro activo de la Asociación de Scouts de Venezuela y Comisionada Distrital del Distrito Scout Chacao, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra "el silencio de la CORTE DE HONOR que convalidó el proceso electoral que se pretende celebrar en el marco de la 107° Asamblea Nacional Scout a efectuarse en marzo 2021, para la renovación de las autoridades del Consejo Nacional de Scout y Corte de Honor proyecto electoral dispuesto en el Acta de fecha 31/5/2020 del Consejo Nacional Scout desarrollado en la comunicación N° CNS-2020-6-2, de fecha 28/06/2020 ratificado y ampliado en el Comunicado N° CNS-2020-10-5 de fecha 31/10/2020 de octubre de 2020 extendido a través del Comunicado N° CNS-2020-12-2 de fecha 15/12/2020".

El abogado Juan Arguello, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.198, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia dándose por notificado.


2. AA70E2021000002

La abogada BEATRIZ IRENE ALVAREZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.377.551, e inscrita en el Inpreabogado N° 242.401, actuando en nombre propio, como miembro activo de la Asociación de Scouts de Venezuela y Comisionada Distrital del Distrito Scout Chacao, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra "el silencio de la CORTE DE HONOR que convalidó el proceso electoral que se pretende celebrar en el marco de la 107° Asamblea Nacional Scout a efectuarse en marzo 2021, para la renovación de las autoridades del Consejo Nacional de Scout y Corte de Honor proyecto electoral dispuesto en el Acta de fecha 31/5/2020 del Consejo Nacional Scout desarrollado en la comunicación N° CNS-2020-6-2, de fecha 28/06/2020 ratificado y ampliado en el Comunicado N° CNS-2020-10-5 de fecha 31/10/2020 de octubre de 2020 extendido a través del Comunicado N° CNS-2020-12-2 de fecha 15/12/2020".

El abogado Wilfredo Bolívar, titular de la cédula de identidad N° 7.660.678, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 123.624, actuando en su condición de apoderado judicial de la Asociación de Scouts de Venezuela, presentó diligencia mediante la cual solicitó copias certificadas de sentencia.


3. AA70E2022000037

Las ciudadanas SANDRA CARNEVALE SABELLI y YURANCY ARTEAGA ZERPA, titulares de la cédula de identidad número V-9.628.173 y V-9.620.642, respectivamente, la segunda profesional del derecho inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.172, actuando en nombre propio y asistiendo a la primera de las nombradas, quienes alegan ser propietarias de los inmuebles ubicados en la Torre 7, Apto 7-6, Planta Baja, y Torre 3, Apto 3-1, Planta Baja, del Conjunto Residencial Centro Metropolitano Javier I Etapa, Barquisimeto, estado Lara, en ese mismo orden, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la decisión N° 005, emitida por la Comisión Electoral del mencionado Conjunto Residencial, que deja sin efecto la elección de la Presidenta de la Junta de Condominio elegida en Asamblea General Extraordinaria, celebrada en fecha 12 de junio de 2022, y contra el proceso electoral cuyo acto de votación se fijó para el 17 de julio de 2022.

El abogado Libio José Aguero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.099, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, presentó diligencia mediante la cual solicitó copias certificada de sentencia.


4. AA70E2023000036

El ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, titular de la cédula de identidad N° V-10.257.075, en el alegado carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211 en el Centro Clínico Profesional Caracas, asistido por los abogados José Antonio Rodríguez y Carlos Alonso Prince Arellan, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 75.006 y 39.018, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, contra el Proceso Electoral para elegir a los miembros suplentes de la Junta de Condominio del Edificio Centro Clínico Profesional Caracas, convocada en fecha 10 de mayo del 2023 por la Comisión Electoral del referido Centro Clínico, acto electoral previsto para el 23 de junio de 2023.

El ciudadano Manuel Aguilar, titular de la cédula de identidad N° V-10.257.075, en el carácter de recurrente, asistido por el abogado Carlos Price, inscrito en el Inpreabogado bajo los N° 39.018, presentó diligencia mediante la cual consignó cartel de emplazamiento publicado en un diario de circulación nacional.


5. AA70X2022000009 - AA70E2022000037

Las ciudadanas SANDRA CARNEVALE SABELLI y YURANCY ARTEAGA ZERPA, titulares de la cédula de identidad número V-9.628.173 y V-9.620.642, respectivamente, la segunda profesional del derecho inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.172, actuando en nombre propio y asistiendo a la primera de las nombradas, quienes alegan ser propietarias de los inmuebles ubicados en la Torre 7, Apto 7-6, Planta Baja, y Torre 3, Apto 3-1, Planta Baja, del Conjunto Residencial Centro Metropolitano Javier I Etapa, Barquisimeto, estado Lara, en ese mismo orden, denunciaron el desacato a la sentencia N° 065 dictada por esta Sala en fecha 14 de julio de 2022, en la que se declaró procedente el amparo cautelar.

El abogado Libio José Aguero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 15.099, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, presentó diligencia mediante la cual solicitó copias certificada de sentencia.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ