REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 30/01/2023
CUENTA, N° 13

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2021000075

Los ciudadanos Luis Miguel Barboza González y Argilio Gil Teherán, alegando el carácter de candidatos a Legislador al Consejo Legislativo por el estado Zulia, por la organización con fines políticos Mesa de la Unidad Democrática, interpusieron recurso contencioso electoral contra el acta de totalización, adjudicación y proclamación de Legisladoras y Legisladores al Consejo Legislativo del estado Zulia, emitida por la Junta Regional Electoral del estado Zulia el 22 de noviembre de 2021.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadanos Luis Miguel Barboza González y Argilio Gil Teherán, titulares de las cédulas de identidad N° V-13.478.691, V- 16.108.758, respectivamente candidatos a Legislador al Consejo Legislativo por el estado Zulia, por la organización con fines políticos Mesa de la Unidad Democrática de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 049 dictada en fecha 22 de Junio de 2022, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.


2. AA70E2022000053

Los ciudadanos JUAN JOSÉ MOORE GUTIÉRREZ, KLAUS MIGUEL HENY WERNER, BEATRIZ ELENA DEL GALLEGOS DE MARTÍNEZ, ANTONIO SALBINO AGUIAR ESTEVES y CONSUELO DEL CARMEN FLOREZ TAFUR, titulares de las cédulas de identidad número V-4.167.851, V-13.872.207, V-3.818.124, V-5.306.460 y V-13.691.156, respectivamente, actuando el primero en su condición de Socio y todos los demás como vecinos de la Asociación de Vecinos Colinas de Bello Monte "ASOCOLINAS", asistidos por el abogado Gonzalo Celta Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.718, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la conformación de la Comisión Electoral y el proceso electoral celebrado en fecha 06 de noviembre de 2022, donde se eligió la Junta Directiva de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana, MARTIZA COROMOTO ANZOLA CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° V-5.531.700 en su carácter de Presidenta (saliente) de la Asociación de Vecinos Colinas de Bello Monte "ASOCOLINAS", de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 118 dictada en fecha 14 de diciembre de 2022.


3. AA70E2022000054

Los ciudadanos EDDY JESÚS RONDON APONTE, FREDDYS OMAR CASTILLO y PEDRO PABLO FLEITAS OJEDA, titulares de las cédulas de identidad número V-8.198.311, V-8.167.746 y V-8.159.384, respectivamente, el primero abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.252, actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos últimos, todos alegando el carácter de Asociados de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la elección de la Comisión Electoral Principal y de las Sub-comisiones Electorales Regionales respectivas, que adelantan el proceso de la elección de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, para el periodo 2022-2025, celebrada en fecha 08 de noviembre de 2022.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA SUBCOMISIÓN ELECTORAL REGIONAL DEL MUNICIPIO MUÑOZ, DE LA CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL DEL EJECUTIVO DEL ESTADO APURE (CAPEEA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se les notificó de la Sentencia N° 118 dictada en fecha 14 de diciembre de 2022.


4. AA70E2022000054

Los ciudadanos EDDY JESÚS RONDON APONTE, FREDDYS OMAR CASTILLO y PEDRO PABLO FLEITAS OJEDA, titulares de las cédulas de identidad número V-8.198.311, V-8.167.746 y V-8.159.384, respectivamente, el primero abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.252, actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos últimos, todos alegando el carácter de Asociados de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la elección de la Comisión Electoral Principal y de las Sub-comisiones Electorales Regionales respectivas, que adelantan el proceso de la elección de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, para el periodo 2022-2025, celebrada en fecha 08 de noviembre de 2022.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos, RODOLFO BALCAZAR y ANGEL EDUARDO CALCAÑO, en su condición de miembros asociados de la Caja de Ahorro del Personal Ejecutivo del Estado Apure (CAPEEA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se les notificó de la Sentencia N° 118 dictada en fecha 14 de diciembre de 2022.


5. AA70E2022000054

Los ciudadanos EDDY JESÚS RONDON APONTE, FREDDYS OMAR CASTILLO y PEDRO PABLO FLEITAS OJEDA, titulares de las cédulas de identidad número V-8.198.311, V-8.167.746 y V-8.159.384, respectivamente, el primero abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.252, actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos últimos, todos alegando el carácter de Asociados de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la elección de la Comisión Electoral Principal y de las Sub-comisiones Electorales Regionales respectivas, que adelantan el proceso de la elección de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, para el periodo 2022-2025, celebrada en fecha 08 de noviembre de 2022.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA SUBCOMISIÓN ELECTORAL REGIONAL DEL MUNICIPIO ROMULO GALLEGOS, DE LA CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL DEL EJECUTIVO DEL ESTADO APURE (CAPEEA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se les notificó de la Sentencia N° 118 dictada en fecha 14 de diciembre de 2022.


6. AA70E2022000054

Los ciudadanos EDDY JESÚS RONDON APONTE, FREDDYS OMAR CASTILLO y PEDRO PABLO FLEITAS OJEDA, titulares de las cédulas de identidad número V-8.198.311, V-8.167.746 y V-8.159.384, respectivamente, el primero abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.252, actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos últimos, todos alegando el carácter de Asociados de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la elección de la Comisión Electoral Principal y de las Sub-comisiones Electorales Regionales respectivas, que adelantan el proceso de la elección de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, para el periodo 2022-2025, celebrada en fecha 08 de noviembre de 2022.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA SUBCOMISIÓN ELECTORAL REGIONAL DEL MUNICIPIO ACHAGUAS, DE LA CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL DEL EJECUTIVO DEL ESTADO APURE (CAPEEA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se les notificó de la Sentencia N° 118 dictada en fecha 14 de diciembre de 2022.


7. AA70E2022000054

Los ciudadanos EDDY JESÚS RONDON APONTE, FREDDYS OMAR CASTILLO y PEDRO PABLO FLEITAS OJEDA, titulares de las cédulas de identidad número V-8.198.311, V-8.167.746 y V-8.159.384, respectivamente, el primero abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.252, actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos últimos, todos alegando el carácter de Asociados de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la elección de la Comisión Electoral Principal y de las Sub-comisiones Electorales Regionales respectivas, que adelantan el proceso de la elección de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, para el periodo 2022-2025, celebrada en fecha 08 de noviembre de 2022.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los CANDIDATOS DE LAS SUBCOMISIONES ELECTORALES REGIONALES DE LA CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL DEL EJECUTIVO DEL ESTADO APURE (CAPEEA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se les notificó de la Sentencia N° 118 dictada en fecha 14 de diciembre de 2022.


8. AA70E2022000054

Los ciudadanos EDDY JESÚS RONDON APONTE, FREDDYS OMAR CASTILLO y PEDRO PABLO FLEITAS OJEDA, titulares de las cédulas de identidad número V-8.198.311, V-8.167.746 y V-8.159.384, respectivamente, el primero abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.252, actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos últimos, todos alegando el carácter de Asociados de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la elección de la Comisión Electoral Principal y de las Sub-comisiones Electorales Regionales respectivas, que adelantan el proceso de la elección de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, para el periodo 2022-2025, celebrada en fecha 08 de noviembre de 2022.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA SUBCOMISIÓN ELECTORAL REGIONAL DEL MUNICIPIO ROMULO GALLEGOS, DE LA CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL DEL EJECUTIVO DEL ESTADO APURE (CAPEEA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se les notificó de la Sentencia N° 118 dictada en fecha 14 de diciembre de 2022.


9. AA70E2022000054

Los ciudadanos EDDY JESÚS RONDON APONTE, FREDDYS OMAR CASTILLO y PEDRO PABLO FLEITAS OJEDA, titulares de las cédulas de identidad número V-8.198.311, V-8.167.746 y V-8.159.384, respectivamente, el primero abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.252, actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos últimos, todos alegando el carácter de Asociados de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la elección de la Comisión Electoral Principal y de las Sub-comisiones Electorales Regionales respectivas, que adelantan el proceso de la elección de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, para el periodo 2022-2025, celebrada en fecha 08 de noviembre de 2022.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA SUBCOMISIÓN ELECTORAL REGIONAL DEL MUNICIPIO BIRUCA, DE LA CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL DEL EJECUTIVO DEL ESTADO APURE (CAPEEA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se les notificó de la Sentencia N° 118 dictada en fecha 14 de diciembre de 2022.


10. AA70E2022000054

Los ciudadanos EDDY JESÚS RONDON APONTE, FREDDYS OMAR CASTILLO y PEDRO PABLO FLEITAS OJEDA, titulares de las cédulas de identidad número V-8.198.311, V-8.167.746 y V-8.159.384, respectivamente, el primero abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.252, actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos últimos, todos alegando el carácter de Asociados de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la elección de la Comisión Electoral Principal y de las Sub-comisiones Electorales Regionales respectivas, que adelantan el proceso de la elección de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, para el periodo 2022-2025, celebrada en fecha 08 de noviembre de 2022.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DEL CONSEJO DE DELEGADOS, DE LA CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL DEL EJECUTIVO DEL ESTADO APURE (CAPEEA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se les notificó de la Sentencia N° 118 dictada en fecha 14 de diciembre de 2022.


11. AA70E2022000054

Los ciudadanos EDDY JESÚS RONDON APONTE, FREDDYS OMAR CASTILLO y PEDRO PABLO FLEITAS OJEDA, titulares de las cédulas de identidad número V-8.198.311, V-8.167.746 y V-8.159.384, respectivamente, el primero abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.252, actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos últimos, todos alegando el carácter de Asociados de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la elección de la Comisión Electoral Principal y de las Sub-comisiones Electorales Regionales respectivas, que adelantan el proceso de la elección de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, para el periodo 2022-2025, celebrada en fecha 08 de noviembre de 2022.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA SUBCOMISIÓN ELECTORAL REGIONAL DEL MUNICIPIO PÁEZ, DE LA CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL DEL EJECUTIVO DEL ESTADO APURE (CAPEEA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se les notificó de la Sentencia N° 118 dictada en fecha 14 de diciembre de 2022.


12. AA70E2022000054

Los ciudadanos EDDY JESÚS RONDON APONTE, FREDDYS OMAR CASTILLO y PEDRO PABLO FLEITAS OJEDA, titulares de las cédulas de identidad número V-8.198.311, V-8.167.746 y V-8.159.384, respectivamente, el primero abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.252, actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos últimos, todos alegando el carácter de Asociados de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la elección de la Comisión Electoral Principal y de las Sub-comisiones Electorales Regionales respectivas, que adelantan el proceso de la elección de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, para el periodo 2022-2025, celebrada en fecha 08 de noviembre de 2022.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA SUBCOMISIÓN ELECTORAL REGIONAL DEL MUNICIPIO PEDRO CAMEJO, DE LA CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL DEL EJECUTIVO DEL ESTADO APURE (CAPEEA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se les notificó de la Sentencia N° 118 dictada en fecha 14 de diciembre de 2022.


13. AA70E2022000058

Los ciudadanos NICANOR GARCIA RIVADULLA, JORGUE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.129.380, V-16.909.432 y V-16.889.676, respectivamente, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado, asistidos por el abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la convocatoria publicada en fecha 14 de noviembre de 2022, por la Asociación Civil Puerto Encantado, para la Asamblea de miembros y propietarios a celebrarse en fecha 10 de diciembre de 2022, donde se nombrará la Junta Directiva para el periodo 2022-2024.

RESERVA DE PRUEBAS: En el día de hoy, treinta (30) de enero de 2023, el abogado Alejandro García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, en el alegado carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Nicanor García Rivadulla, Jorge Enrique García Pérez y Cristal Carolina Alvarado Leiva, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.129.380, V-16.909.432 y V-16.889.676 (parte recurrente), consignó escrito de promoción de pruebas, en consecuencia, del conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el escrito consignado hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

La abogada Elis Elena González, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, apoderada judicial de la parte recurrente,presentó diligencia mediante la cual consignó cartel de emplazamiento el cual fue publicado en un diario de circulación nacional.


2. AA70E2022000058

Los ciudadanos NICANOR GARCIA RIVADULLA, JORGUE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.129.380, V-16.909.432 y V-16.889.676, respectivamente, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado, asistidos por el abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la convocatoria publicada en fecha 14 de noviembre de 2022, por la Asociación Civil Puerto Encantado, para la Asamblea de miembros y propietarios a celebrarse en fecha 10 de diciembre de 2022, donde se nombrará la Junta Directiva para el periodo 2022-2024.

El abogado Alejandro García inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, consignó diligencia mediante la cual solicitó a esta sala se acuerde el nombramiento de una Junta Ad-Hoc en el presente recurso.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2021000051

El ciudadano DAVID CASTELLANO RIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.996.670, autoridad provisional de la Federación Venezolana de Remo; el ciudadano CARLOS EDUARDO TORRES, invocando el carácter de miembro principal de la Comisión Electoral de la referida Federación; y el ciudadano ÁLVARO SALOM FALCÓN, entrenador de la Selección Nacional, asistidos por el abogado Ramón Manzo Acevedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 302.892, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la convocatoria de fecha 16 de septiembre de 2021 para la designación de la Comisión Electoral, la Convocatoria del acto de votación de las autoridades Federativas y todas las actuaciones del ciudadano Annel Anton García.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.432, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DEL CONSEJO CONTRALOR DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE REMO, recibida por el ciudadano Yoel Pérez, Presidente del ente antes mencionado, mediante el cual se notificó la Sentencia N°101 de fecha 20 de octubre de 2022.


2. AA70E2021000051

El ciudadano DAVID CASTELLANO RIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.996.670, autoridad provisional de la Federación Venezolana de Remo; el ciudadano CARLOS EDUARDO TORRES, invocando el carácter de miembro principal de la Comisión Electoral de la referida Federación; y el ciudadano ÁLVARO SALOM FALCÓN, entrenador de la Selección Nacional, asistidos por el abogado Ramón Manzo Acevedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 302.892, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la convocatoria de fecha 16 de septiembre de 2021 para la designación de la Comisión Electoral, la Convocatoria del acto de votación de las autoridades Federativas y todas las actuaciones del ciudadano Annel Anton García.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.430, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE REMO, recibida por el ciudadano Yoel Pérez, Presidente del ente antes mencionado, mediante el cual se les notificó la Sentencia N°101 de fecha 20 de octubre de 2022.


3. AA70E2021000051

El ciudadano DAVID CASTELLANO RIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.996.670, autoridad provisional de la Federación Venezolana de Remo; el ciudadano CARLOS EDUARDO TORRES, invocando el carácter de miembro principal de la Comisión Electoral de la referida Federación; y el ciudadano ÁLVARO SALOM FALCÓN, entrenador de la Selección Nacional, asistidos por el abogado Ramón Manzo Acevedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 302.892, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la convocatoria de fecha 16 de septiembre de 2021 para la designación de la Comisión Electoral, la Convocatoria del acto de votación de las autoridades Federativas y todas las actuaciones del ciudadano Annel Anton García.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.433, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN REORGANIZADORA O AUTORIDAD PROVICIONAL DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE REMO, recibida por el ciudadano David Castellano, Miembro del ente antes mencionado, mediante el cual se notificó la Sentencia N°101 de fecha 20 de octubre de 2022.


4. AA70E2021000051

El ciudadano DAVID CASTELLANO RIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.996.670, autoridad provisional de la Federación Venezolana de Remo; el ciudadano CARLOS EDUARDO TORRES, invocando el carácter de miembro principal de la Comisión Electoral de la referida Federación; y el ciudadano ÁLVARO SALOM FALCÓN, entrenador de la Selección Nacional, asistidos por el abogado Ramón Manzo Acevedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 302.892, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la convocatoria de fecha 16 de septiembre de 2021 para la designación de la Comisión Electoral, la Convocatoria del acto de votación de las autoridades Federativas y todas las actuaciones del ciudadano Annel Anton García.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a los ciudadanos DAVID CASTELLANO RIVAS, CARLOS EDUARDO TORRES Y ÁLVARO SAOM FALCÓN, actuando el primero con carácter de Autoridad Provisional de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE REMO, segundo con el carácter de Miembro Principal de la Comisión Electoral de la Referida Federación; y el tercero en la condición de entrenador de la Selección Nacional, recibida por los ciudadanos David Castellano, Carlos Torres y Álvaro Salom, mediante el cual se les notificó la Sentencia N°101 de fecha 20 de octubre de 2022.


5. AA70E2021000051

El ciudadano DAVID CASTELLANO RIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.996.670, autoridad provisional de la Federación Venezolana de Remo; el ciudadano CARLOS EDUARDO TORRES, invocando el carácter de miembro principal de la Comisión Electoral de la referida Federación; y el ciudadano ÁLVARO SALOM FALCÓN, entrenador de la Selección Nacional, asistidos por el abogado Ramón Manzo Acevedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 302.892, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la convocatoria de fecha 16 de septiembre de 2021 para la designación de la Comisión Electoral, la Convocatoria del acto de votación de las autoridades Federativas y todas las actuaciones del ciudadano Annel Anton García.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.431, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DEL CONSEJO DE HONOR DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE REMO, recibida por el ciudadano Yoel Pérez, Presidente del ente antes mencionado, mediante el cual se notificó la Sentencia N°101 de fecha 20 de octubre de 2022.


6. AA70E2021000051

El ciudadano DAVID CASTELLANO RIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.996.670, autoridad provisional de la Federación Venezolana de Remo; el ciudadano CARLOS EDUARDO TORRES, invocando el carácter de miembro principal de la Comisión Electoral de la referida Federación; y el ciudadano ÁLVARO SALOM FALCÓN, entrenador de la Selección Nacional, asistidos por el abogado Ramón Manzo Acevedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 302.892, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la convocatoria de fecha 16 de septiembre de 2021 para la designación de la Comisión Electoral, la Convocatoria del acto de votación de las autoridades Federativas y todas las actuaciones del ciudadano Annel Anton García.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.428, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por la ciudadana Noemi González, Secretaria Ejecutiva de Apoyo Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se notificó la Sentencia N°101 de fecha 20 de octubre de 2022.


7. AA70E2021000051

El ciudadano DAVID CASTELLANO RIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.996.670, autoridad provisional de la Federación Venezolana de Remo; el ciudadano CARLOS EDUARDO TORRES, invocando el carácter de miembro principal de la Comisión Electoral de la referida Federación; y el ciudadano ÁLVARO SALOM FALCÓN, entrenador de la Selección Nacional, asistidos por el abogado Ramón Manzo Acevedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 302.892, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la convocatoria de fecha 16 de septiembre de 2021 para la designación de la Comisión Electoral, la Convocatoria del acto de votación de las autoridades Federativas y todas las actuaciones del ciudadano Annel Anton García.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.434, librado a la ciudadana NINOSKA CLOCIER, Presidenta del Instituto Nacional de Deporte (IND), recibido por la ciudadana Josemil Pérez, Asistente de Presidencia del IND, mediante el cual se notificó la Sentencia N°101 de fecha 20 de octubre de 2022.


8. AA70E2021000051

El ciudadano DAVID CASTELLANO RIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.996.670, autoridad provisional de la Federación Venezolana de Remo; el ciudadano CARLOS EDUARDO TORRES, invocando el carácter de miembro principal de la Comisión Electoral de la referida Federación; y el ciudadano ÁLVARO SALOM FALCÓN, entrenador de la Selección Nacional, asistidos por el abogado Ramón Manzo Acevedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 302.892, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la convocatoria de fecha 16 de septiembre de 2021 para la designación de la Comisión Electoral, la Convocatoria del acto de votación de las autoridades Federativas y todas las actuaciones del ciudadano Annel Anton García.

El ciudadano Alguacil consignó Oficio Original N° 22.429 y expone: "El día treinta y uno de octubre, el día 13 de diciembre del dos mil veintidós y 17 de enero del dos mil veintitrés, me trasladé a la siguiente dirección: Av. Estadio Urb. Loira, Quinta de las Federaciones, al frente del Comité Olímpico, Caracas Distrito Capital, a los fines de practicar la notificación, librada a los ciudadanos JULIO GÓMEZ, ÁNDRES ROJAS, OTONIEL PÉREZ, Miembros Integrantes de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Remo, estando en el domicilio fue imposible practicar dicha notificación porque no se encontraba nadie en el mismo".


9. AA70E2023000005

Los ciudadanos AURIS MILAGROS RIVERO DE TORREALBA, ELSA CASTILLO y YULAIMA RODRIGUEZ RAMIREZ, la primera actuando en el alegado carácter de Presidente del Sindicato Venezolano de Maestros del estado Carabobo, y las demás de profesión Docente, asistidas por el abogado RUBÉN DARÍO PÉREZ DÍAZ, quien además actúa en su propio nombre y como afiliado del mencionado Sindicato, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso de elecciones de la Federación Venezolana de Maestros y sus Sindicatos Filiales, realizado en fecha 07 de diciembre de 2022.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.004, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ELECTORAL NACIONAL DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE MAESTROS (FVM), recibida por la ciudadana María Cerezo, Secretaria del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 26 de enero de 2022.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ