REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 05/10/2023
CUENTA, N° 135

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2022000058

Los ciudadanos NICANOR GARCIA RIVADULLA, JORGUE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.129.380, V-16.909.432 y V-16.889.676, respectivamente, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado, asistidos por el abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la convocatoria publicada en fecha 14 de noviembre de 2022, por la Asociación Civil Puerto Encantado, para la Asamblea de miembros y propietarios a celebrarse en fecha 10 de diciembre de 2022, donde se nombrará la Junta Directiva para el periodo 2022-2024.

Visto que en fecha 02 de octubre de 2023, fue recibido oficio N° 2780-7389 de fecha 28 de septiembre de 2023, emanado del Juez del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Brión y Eulalia Buroz De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda (Distribuidor), se acordó librar cartel a los fines de notificar al ciudadano HÉCTOR NICOLÁS GUEVARA RODRÍGUEZ del contenido de la Sentencia N° 094 de fecha 10 de agosto de 2023.


2. AA70E2023000027

Los ciudadanos HÉCTOR ANTONIO ARANGUREN CARRERO, LUIS GRAZIA, HECTOR MANUEL ARANGUREN GONZÁLEZ, ERNESTO GOITIA, FREDDY PONCE y RELDY ARVELAIZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.082.651, V-6.436.337, V-19.606.114, V-10.819.615, V-4.824.518 y V-5.608.242, los tres primeros abogados, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 41.791, 68.157, 260.373, en el alegado carácter de socios del CLUB DE PLAYA & MARINA EL AGUASAL, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar, contra la comisión electoral de la referida organización civil que rige el proceso de elección de la junta directiva para el periodo 2023-2025, cuyo acto de votación se convocó para el 13 del mayo del 2023.

CARTEL DE EMPLAZAMIENTO: Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento a lo previsto en los autos dictados en fechas 11 de mayo y 14 de agosto de 2023, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional, según sea el caso, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Agréguese copia del cartel a los autos.


3. AA70E2023000046

El ciudadano JOSÉ ÁNGEL BRUZUAL VARGAS, titular de la cédula de identidad N° V-9.949.202, actuando en su alegado carácter de Miembro y candidato a la Presidencia de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela con sede en el estado Bolívar (FEDECÁMARAS BOLÍVAR), asistido por la abogada Carmen Natalí Moreno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 181.163, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 16 de junio de 2023, para la designación de los Miembros del Comité Ejecutivo para el período 2023-2025, por la Comisión Electoral de la referida Federación.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los Candidatos Electos del Comité Ejecutivo de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela con Sede en el Estado Bolívar (FEDECAMARAS BOLIVAR ), periodo 2023-2025, que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 25 de julio y 28 de septiembre del 2023, respectivamente, declaro que es competente para conocer y decidir del recurso contencioso electoral incoado conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados.


4. AA70E2023000046

El ciudadano JOSÉ ÁNGEL BRUZUAL VARGAS, titular de la cédula de identidad N° V-9.949.202, actuando en su alegado carácter de Miembro y candidato a la Presidencia de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela con sede en el estado Bolívar (FEDECÁMARAS BOLÍVAR), asistido por la abogada Carmen Natalí Moreno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 181.163, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 16 de junio de 2023, para la designación de los Miembros del Comité Ejecutivo para el período 2023-2025, por la Comisión Electoral de la referida Federación.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la Cámaras y Asociaciones que conforman la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela con Sede en el Estado Bolívar (FEDECAMARAS BOLIVAR ), que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 25 de julio y 28 de septiembre del 2023, respectivamente, declaro que es competente para conocer y decidir del recurso contencioso electoral incoado conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2023000034

Los ciudadanos LUIS ALEJANDRO RATTI, JULIO ELLEBORO, KENDRY ARRIETA, JOSÉ ERNESTO PAREDES, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.354.188, V-18.778.692 V-11.867.767 y V-15.447.981, respectivamente, actuando en su alegado carácter de Secretario General del movimiento Partido de Acción Nacional (PAN), representante del Partido de Acción Nacional (PAN) representante del movimiento Patria Interés Superior (PAIS), Presidente Nacional del partido político Movimiento Republicano(MR), asistidos por la abogada Sofía Palencia inpreabogado N° 187.294, interpusieron acción de amparo constitucional contra la Comisión Nacional de Primarias.

El ciudadano LUIS ALEJANDRO RATTI, titular de la cédula de identidad N° V-14.354.188, actuando en su alegado carácter de Secretario General del movimiento Partido de Acción Nacional (PAN), asistido por la abogada Sofía Palencia inpreabogado N° 187.294, consignó escrito solicitando pronunciamiento.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2022000058

Los ciudadanos NICANOR GARCIA RIVADULLA, JORGUE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.129.380, V-16.909.432 y V-16.889.676, respectivamente, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado, asistidos por el abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la convocatoria publicada en fecha 14 de noviembre de 2022, por la Asociación Civil Puerto Encantado, para la Asamblea de miembros y propietarios a celebrarse en fecha 10 de diciembre de 2022, donde se nombrará la Junta Directiva para el periodo 2022-2024.

El abogado Alejandro García inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó el domicilio de los miembros de la Junta ad-hoc de la Asociación Civil Puerto Encantado a los fines de su notificación.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2023000014

El abogado Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.558, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JAVIER ALEXANDER GUILLEN CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° V-17.794.866, en el alegado carácter de candidato a Presidente de la nueva Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industria de El Vigía y Sur del Lago (CAVISUR) para el periodo 2022-2025, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos de designación, totalización, acreditación y juramentación de la nueva Junta Directiva de la referida Cámara de Comercio para el periodo 2022-2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.412, librado al JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO EXTENSIÓN EL VIGÍA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA (DISTRIBUIDOR), el cual hizo envío a través de la empresa de encomiendas MRW.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ