REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 01/02/2023
CUENTA, N° 14

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN
1. AA70E2023000007

Los ciudadanos Leonardo Maldonado Madrid Monagas, Erice Gregorio Cañas, José Marcial López Oropeza y Luis Germán Castillo Zambrano, titulares de las cédulas de identidad N° V-2.139.201, V-4.856.898, V-3.123.320 y V-4.627.292, respectivamente, en el alegado carácter de socios de la Caja de Ahorro de los jubilados y pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención, asistidos por el último de los nombrados, abogado Luis Germán Castillo Oropeza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.536, interponen recurso contencioso electoral con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorro.

Se recibió recurso contencioso electoral con solicitud cautelar.


2. AA70E2023000008

Los ciudadanos ZULIA PERDOMO B., NOIRA M. VARGAS, LILIAMAR FRANCO, KARLA TORRES, MARÍA V. BARRIOS, RAMÓN VIVAS, JESÚS NATERA, WILMER J. PRIETO, YENNY TORRES, YULVIS AREVALO y RAFIC ISMAIL, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.129.672, V-17.325.819, V-8.913.773, V-15.984.125, V-24.159.147, V-14.364.618, V-18.943.230 y V-24.889.564, respectivamente, invocando su condición de miembros activos y legítimos de la Cámara de Comercio del Municipio Cedeño, Caicara del Orinoco del estado Bolívar, asistidos en este acto por los abogados Sergio Ramón Aranguren Carrero e Iván Alexis Bustamante Prieto, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 51.303 y 252.461, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad con medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva y la Comisión Electoral que llevo a cabo el proceso electoral de la referida Cámara de Comercio en fecha 15 de diciembre de 2022.

Se recibio recurso contencioso electoral de nulidad con medida cautelar innominada.


DESIGNACIÓN DE PONENTE
1. AA70E2023000007

Los ciudadanos Leonardo Maldonado Madrid Monagas, Erice Gregorio Cañas, José Marcial López Oropeza y Luis Germán Castillo Zambrano, titulares de las cédulas de identidad N° V-2.139.201, V-4.856.898, V-3.123.320 y V-4.627.292, respectivamente, en el alegado carácter de socios de la Caja de Ahorro de los jubilados y pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención, asistidos por el último de los nombrados, abogado Luis Germán Castillo Oropeza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.536, interponen recurso contencioso electoral con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorro.

SOLICITUD DE ANTECEDENTES Y PONENTE: Se acordó solicitar a los miembros de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrán de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se designó ponente a la Magistrada CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar. Se Libró Oficio N° 23.005.


2. AA70E2023000008

Los ciudadanos ZULIA PERDOMO B., NOIRA M. VARGAS, LILIAMAR FRANCO, KARLA TORRES, MARÍA V. BARRIOS, RAMÓN VIVAS, JESÚS NATERA, WILMER J. PRIETO, YENNY TORRES, YULVIS AREVALO y RAFIC ISMAIL, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.129.672, V-17.325.819, V-8.913.773, V-15.984.125, V-24.159.147, V-14.364.618, V-18.943.230 y V-24.889.564, respectivamente, invocando su condición de miembros activos y legítimos de la Cámara de Comercio del Municipio Cedeño, Caicara del Orinoco del estado Bolívar, asistidos en este acto por los abogados Sergio Ramón Aranguren Carrero e Iván Alexis Bustamante Prieto, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 51.303 y 252.461, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad con medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva y la Comisión Electoral que llevo a cabo el proceso electoral de la referida Cámara de Comercio en fecha 15 de diciembre de 2022.

SOLICITUD DE ANTECEDENTES Y PONENTE: Se acordó solicitar a los miembros de la Junta Directiva y a la Comisión Electoral, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrán de un lapso (03) días de despacho, más seis (06) días que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación. Se designó ponente al Magistrado INOCENCIO FIGUEROA ARIZALETA, a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud cautelar. Asimismo, se comisionó al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cedeño (Caicara del Orinoco) de Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, a los fines de notificar a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral de la referida cámara de comercio. Se libró Oficio y Despacho N° 23.006, 23.007 y 23.008.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2021000051

El ciudadano DAVID CASTELLANO RIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.996.670, autoridad provisional de la Federación Venezolana de Remo; el ciudadano CARLOS EDUARDO TORRES, invocando el carácter de miembro principal de la Comisión Electoral de la referida Federación; y el ciudadano ÁLVARO SALOM FALCÓN, entrenador de la Selección Nacional, asistidos por el abogado Ramón Manzo Acevedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 302.892, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la convocatoria de fecha 16 de septiembre de 2021 para la designación de la Comisión Electoral, la Convocatoria del acto de votación de las autoridades Federativas y todas las actuaciones del ciudadano Annel Anton García.

Se acordó librar cartel a los ciudadanos JULIO GÓMEZ, ANDRÉS ROJAS, OTONIEL PÉREZ, y KARLA SALAZAR, miembros integrantes de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Remo (parte recurrida), a los fines de notificar la Sentencia N° 101 dictada por esta Sala en fecha 20 de octubre de 2022. se indica que el presente cartel igualmente será publicado en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia. Se Libró Cartel.


2. AA70E2022000012

Por recibido oficio N° 22-0080 de fecha 24 de enero de 2022, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual remitió por declinatoria de competencia el expediente contentivo del recurso de amparo autónomo en protección de los derechos constitucionales, colectivos y difusos a que tienen derecho los miembros y simpatizantes de la Organización con fines políticos INDEPENDIENTES POR LA COMUNIDAD NACIONAL (IPCN)" interpuesto por el ciudadano FRANKLIN ADRIAN SAAVEDRA PEREZ, en su carácter de Miembro Nacional de la mencionada organización con fines políticos, asistido por el abogado Claudio R. Bata Gallardo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.561, contra el ciudadano JOSE RAMON SACARIAS, cédula de identidad N° V-9.858.251, quien mediante la RESOLUCIÓN N°150414-077 de fecha 14 de abril de 2015, emanada del CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, resultó electo al cargo de Secretario General Nacional de dicha Organización Política (IPCN)".

Vista la diligencia presentada en fecha 24 de enero de 2023, por el abogado JOSÉ RAMÓN ZACARÍAS, titular de la cédula de identidad número V-9.858.251, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 293.037, actuando en su condición de Secretario General Nacional de la Organización Política Independiente por la Comunidad (IPCN), parte recurrida, mediante la cual solicitó copia certificada de la Sentencia N° 047 dictada por esta Sala Electoral en fecha 22 de junio de 2022, esta Sala ACORDÓ expedir la certificación por cursar en original.


3. AA70E2022000053

Los ciudadanos JUAN JOSÉ MOORE GUTIÉRREZ, KLAUS MIGUEL HENY WERNER, BEATRIZ ELENA DEL GALLEGOS DE MARTÍNEZ, ANTONIO SALBINO AGUIAR ESTEVES y CONSUELO DEL CARMEN FLOREZ TAFUR, titulares de las cédulas de identidad número V-4.167.851, V-13.872.207, V-3.818.124, V-5.306.460 y V-13.691.156, respectivamente, actuando el primero en su condición de Socio y todos los demás como vecinos de la Asociación de Vecinos Colinas de Bello Monte "ASOCOLINAS", asistidos por el abogado Gonzalo Celta Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.718, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la conformación de la Comisión Electoral y el proceso electoral celebrado en fecha 06 de noviembre de 2022, donde se eligió la Junta Directiva de la referida Asociación.

CARTEL DE EMPLAZAMIENTO: Se acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional, según sea el caso, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Agréguese copia del cartel a los autos.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2022000051

Los abogados Gianni Egidio Piva Torres, Roymar Armas Graterol y William Alexander Izarra Mujica, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.564.600, 10.234.510 y V-9.822.451, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 186.405, 55.134 y 227.198, respectivamente, en el alegado carácter de miembros del Colegio de Abogados del estado Carabobo, mediante el cual interponen amparo constitucional contra la Junta Directiva y la Comisión Electoral de la referida organización gremial.

El abogado Gianni Egidio Piva Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.405, consignó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento en la presente causa.


2. AA70E2023000004

Los abogados ROYMAR ARMAS GRATEROL y GIANNI EGIDIO PIVA TORRES, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.234.510 y V-9.564.600, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 55.134 y 186.405, en el alegado carácter de afiliados al Colegio de Abogado del Estado Carabobo, respectivamente, mediante el cual interponen amparo constitucional conjuntamente con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la mencionada organización gremial por "… desconce[r] el derecho [de] todos los abogados de estar informado de manera oportuna, veraz y precisa sobre el proceso electoral de nuestro Colegio …".

El abogado Gianni Egidio Piva Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.405, consignó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento en la presente causa.


3. AA70E2023000006

El ciudadano ANGEL EDUARDO VARGAS RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad número V-4.180.642, actuando en el alegado carácter de expelotero profesional, expresidente y miembro de la Asociación Única de Peloteros Profesionales de Venezuela (AUPPV), asistido por el abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra los actuales miembros de la Junta Directiva de la referida Asociación, por presuntamente no haber convocado el proceso electoral en los términos establecidos en los Estatutos Sociales.

El abogado Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó copias simples de las constancias de los ciudadanos Robert Burguillos y Israel José Chaparro Cabrera, el cual demuestra su afiliación a la Asociación Única de Peloteros Profesionales de Venezuela (AUPPV).


4. AA70E2023000006

El ciudadano ANGEL EDUARDO VARGAS RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad número V-4.180.642, actuando en el alegado carácter de expelotero profesional, expresidente y miembro de la Asociación Única de Peloteros Profesionales de Venezuela (AUPPV), asistido por el abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra los actuales miembros de la Junta Directiva de la referida Asociación, por presuntamente no haber convocado el proceso electoral en los términos establecidos en los Estatutos Sociales.

El ciudadano ÁNGEL EDUARDO VARGAS, titular de la cédula de identidad N° V- 4.180.642, en su condición de (parte recurrente), asistido por el abogado ROBERTO SANTANA, titular de la cédula de identidad N° V-6.854.403, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, presentó diligencia mediante la cual otorgó poder Apud Acta al abogado asistente.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2022000024

Los ciudadanos TAMARA VELÁSQUEZ, ERIC ALEXANDER MESA CARRILLO y ÁLVARO ALEJANDRO PADRÓN PONCE, titulares de las cédulas de identidad número V-16.337.499, V-10.543.114 y V-18.363.742, respectivamente, quienes actúan la primera en su carácter de Presidenta de la Asociación de Surf del estado Nueva Esparta, el segundo como Secretario General de la Asociación de Surf del estado Miranda y el último como Entrenador Deportivo y Juez de Surf, asistidos por el abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.062, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Surfing (FVS), llevado a cabo en fecha 09 de mayo de 2022.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.002, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE SURFING (FVS), recibido por su apoderado judicial el abogado Tulio Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7282, mediante el cual se notificó el auto de fecha 23 de enero de 2023.


2. AA70E2022000024

Los ciudadanos TAMARA VELÁSQUEZ, ERIC ALEXANDER MESA CARRILLO y ÁLVARO ALEJANDRO PADRÓN PONCE, titulares de las cédulas de identidad número V-16.337.499, V-10.543.114 y V-18.363.742, respectivamente, quienes actúan la primera en su carácter de Presidenta de la Asociación de Surf del estado Nueva Esparta, el segundo como Secretario General de la Asociación de Surf del estado Miranda y el último como Entrenador Deportivo y Juez de Surf, asistidos por el abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.062, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Surfing (FVS), llevado a cabo en fecha 09 de mayo de 2022.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.003, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE SURFING (FVS), recibido por su apoderado judicial el abogado Tulio Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7282, mediante el cual se notificó el auto de fecha 23 de enero de 2023.


3. AA70E2022000024

Los ciudadanos TAMARA VELÁSQUEZ, ERIC ALEXANDER MESA CARRILLO y ÁLVARO ALEJANDRO PADRÓN PONCE, titulares de las cédulas de identidad número V-16.337.499, V-10.543.114 y V-18.363.742, respectivamente, quienes actúan la primera en su carácter de Presidenta de la Asociación de Surf del estado Nueva Esparta, el segundo como Secretario General de la Asociación de Surf del estado Miranda y el último como Entrenador Deportivo y Juez de Surf, asistidos por el abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.062, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Surfing (FVS), llevado a cabo en fecha 09 de mayo de 2022.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a los ciudadanos TAMARA ANDREA VELÁSQUEZ DE ACEVEDO, ERIC ALEXANDER MESA CARRILLO y ÁLVARO ALEJANDRO PADRÓN PONCE, respectivamente, quienes actúan la primera en su carácter de Presidenta de la Asociación de Surf del estado Nueva Esparta, el segundo como Secretario General de la Asociación de Surf del estado Miranda y el último como Entrenador Deportivo y Juez de Surf, parte recurrente, recibido por su apoderado judicial el abogado Lorenzo Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, mediante el cual se notificó el auto de fecha 23 de enero de 2023.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ