REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 19/10/2023
CUENTA, N° 143

ACTA DE INFORMES ORALES EN
1. AA70E2022000011

Los ciudadanos ERIK J. GARCÍA HERNÁNDEZ y CRISTINA I. RODRÍGUEZ MASERES, titulares de la cédula de identidad números V-16.633.552 y V-18.168.317, respectivamente, actuando en su condición de Presidente y Vicepresidenta de la ASOCIACIÓN DE SOFTBOL DEL ESTADO CARABOBO, asistidos por la abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente, con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado con la Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de fecha 17 de diciembre de 2021.

Abierto el acto, se dejó constancia de la comparecencia de la abogada Elis González, apoderada judicial de la parte recurrente. Asimismo, se dejó constancia de la incomparecencia de la representación judicial de la parte recurrida. Finalmente, se deja constancia que se encuentra presente el abogado Luis Marcano López, Fiscal Sexto del Ministerio Público. La Presidenta de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían la parte recurrente y la representación del Ministerio Público para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el CD contentivo del acto de informes orales. Finalmente, se declaró terminado el acto.


2. AA70E2022000011

Los ciudadanos ERIK J. GARCÍA HERNÁNDEZ y CRISTINA I. RODRÍGUEZ MASERES, titulares de la cédula de identidad números V-16.633.552 y V-18.168.317, respectivamente, actuando en su condición de Presidente y Vicepresidenta de la ASOCIACIÓN DE SOFTBOL DEL ESTADO CARABOBO, asistidos por la abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente, con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado con la Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de fecha 17 de diciembre de 2021.

AGREGADO DE CD: Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo del acto de informes orales.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2023000056

Los ciudadanos EUCLIDES RAFAEL QUERALES SÁNCHEZ y JOSÉ DIONICIO BENAVENTA MIRABAL, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.748.214 y V-8.844.391, respectivamente, el primero de los nombrados actuando en su alegado carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (APUC), y el segundo abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.925, actuando en su propio nombre y en su alegado carácter de Secretario Principal de la Comisión Electoral de la referida Asociación, además asistiendo al primero de los nombrados, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra las actuaciones y designación de la Comisión Electoral de la referida Asociación presidida por la ciudadana ZAIDA MIREYA OSTO DE SAMMATARO y contra el proceso electoral a realizarse el 04 de octubre de 2023.

NOTA SECRETARIA: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que en el día de hoy se remitió al correo electronico suministrado por la ciudadana ZAIDA MIREYA OSTO DE SAMMATARO, en su carácter de Presidenta de la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad de Carabobo (APUC), parte accionada, a través de su número telefónico, mediante el cual se le notificó de la decisión dictada por esta Sala en fecha 18 de octubre de 2023, signada con el N° 102. Asimismo se anexo la sentencia antes mencionada, el libelo de demanda y el auto de fecha 18 de octubre de 2023. Igualmente, se deja constancia que la notificación será publicada en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.


2. AA70E2023000056

Los ciudadanos EUCLIDES RAFAEL QUERALES SÁNCHEZ y JOSÉ DIONICIO BENAVENTA MIRABAL, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.748.214 y V-8.844.391, respectivamente, el primero de los nombrados actuando en su alegado carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (APUC), y el segundo abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.925, actuando en su propio nombre y en su alegado carácter de Secretario Principal de la Comisión Electoral de la referida Asociación, además asistiendo al primero de los nombrados, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra las actuaciones y designación de la Comisión Electoral de la referida Asociación presidida por la ciudadana ZAIDA MIREYA OSTO DE SAMMATARO y contra el proceso electoral a realizarse el 04 de octubre de 2023.

NOTA SECRETARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que en el día de hoy se remitió al correo electronico suministrado por el ciudadano EUCLIDES RAFAEL QUERALES SÁNCHEZ en su carácter de Presidente de la Asociación de Profesores de la Universidad de Carabobo (APUC), (parte accionante), a través de su número telefónico, mediante el cual se le notificó de la decisión dictada por esta Sala en fecha 18 de octubre de 2023, signada con el N° 102. Igualmente se anexo la sentencia antes mencionada y el auto de fecha 18 de octubre de 2023. Asimismo, se deja constancia que la notificación será publicada en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.


3. AA70E2023000056

Los ciudadanos EUCLIDES RAFAEL QUERALES SÁNCHEZ y JOSÉ DIONICIO BENAVENTA MIRABAL, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.748.214 y V-8.844.391, respectivamente, el primero de los nombrados actuando en su alegado carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (APUC), y el segundo abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.925, actuando en su propio nombre y en su alegado carácter de Secretario Principal de la Comisión Electoral de la referida Asociación, además asistiendo al primero de los nombrados, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra las actuaciones y designación de la Comisión Electoral de la referida Asociación presidida por la ciudadana ZAIDA MIREYA OSTO DE SAMMATARO y contra el proceso electoral a realizarse el 04 de octubre de 2023.

NOTA SECRETARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que en el día de hoy se remitió al correo electronico suministrado por el abogado JOSÉ DIONICIO BENAVENTA MIRABAL inscrito en el Inpreabogado Nº 39.325, actuando en su alegada condición de Secretario Principal de la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad de Carabobo (APUC) y asistiendo judicialmente al ciudadano EUCLIDES RAFAEL QUERALES SÁNCHEZ en su carácter de Presidente de la referida Asociación, (parte accionante), a través de su número telefónico, mediante el cual se le notificó de la decisión dictada por esta Sala en fecha 18 de octubre de 2023, signada con el N° 102. Igualmente, se anexo la sentencia antes mencionada y el auto de fecha 18 de octubre de 2023.
Asimismo, se dejó constancia que la notificación será publicada en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.


4. AA70E2023000056

Los ciudadanos EUCLIDES RAFAEL QUERALES SÁNCHEZ y JOSÉ DIONICIO BENAVENTA MIRABAL, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.748.214 y V-8.844.391, respectivamente, el primero de los nombrados actuando en su alegado carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (APUC), y el segundo abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.925, actuando en su propio nombre y en su alegado carácter de Secretario Principal de la Comisión Electoral de la referida Asociación, además asistiendo al primero de los nombrados, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra las actuaciones y designación de la Comisión Electoral de la referida Asociación presidida por la ciudadana ZAIDA MIREYA OSTO DE SAMMATARO y contra el proceso electoral a realizarse el 04 de octubre de 2023.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° y único aparte del artículo 92 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, la boleta de notificación al ciudadano EUCLIDES RAFAEL QUERALES SÁNCHEZ, actuando en su carácter de Presidente de la Asociación de Profesores de la Universidad de Carabobo (APUC), parte accionante, mediante la cual se le notificó la decisión dictada por esta Sala en fecha 18 de octubre de 2023, signada con el N° 102. En ese sentido, la notificación practicada surtirá efectos al quinto día de despacho siguientes de su constancia en autos y su publicación en portal electrónico de este tribunal.


5. AA70E2023000056

Los ciudadanos EUCLIDES RAFAEL QUERALES SÁNCHEZ y JOSÉ DIONICIO BENAVENTA MIRABAL, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.748.214 y V-8.844.391, respectivamente, el primero de los nombrados actuando en su alegado carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (APUC), y el segundo abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.925, actuando en su propio nombre y en su alegado carácter de Secretario Principal de la Comisión Electoral de la referida Asociación, además asistiendo al primero de los nombrados, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra las actuaciones y designación de la Comisión Electoral de la referida Asociación presidida por la ciudadana ZAIDA MIREYA OSTO DE SAMMATARO y contra el proceso electoral a realizarse el 04 de octubre de 2023.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° y único aparte del artículo 92 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, la boleta de notificación al abogado JOSÉ DIONICIO BENAVENTA MIRABAL inscrito en el Inpreabogado Nº 39.325, actuando en su alegada condición de Secretario Principal de la Comisión Electoral de la Asociación de Profesores de la Universidad de Carabobo (APUC), parte accionante, mediante la cual se le notificó la decisión dictada por esta Sala en fecha 18 de octubre de 2023, signada con el N° 102, En ese sentido, la notificación practicada surtirá efectos al quinto día de despacho siguientes de su constancia en autos y su publicación en portal electrónico de este tribunal.


6. AA70E2023000056

Los ciudadanos EUCLIDES RAFAEL QUERALES SÁNCHEZ y JOSÉ DIONICIO BENAVENTA MIRABAL, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.748.214 y V-8.844.391, respectivamente, el primero de los nombrados actuando en su alegado carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO (APUC), y el segundo abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.925, actuando en su propio nombre y en su alegado carácter de Secretario Principal de la Comisión Electoral de la referida Asociación, además asistiendo al primero de los nombrados, interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra las actuaciones y designación de la Comisión Electoral de la referida Asociación presidida por la ciudadana ZAIDA MIREYA OSTO DE SAMMATARO y contra el proceso electoral a realizarse el 04 de octubre de 2023.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° y único aparte del artículo 92 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, la boleta de notificación al ciudadano EUCLIDES RAFAEL QUERALES SÁNCHEZ, actuando en su carácter de Presidente de la Asociación de Profesores de la Universidad de Carabobo (APUC), parte accionante, mediante la cual se le notificó la decisión dictada por esta Sala en fecha 18 de octubre de 2023, signada con el N° 102. En ese sentido, la notificación practicada surtirá efectos al quinto día de despacho siguientes de su constancia en autos y su publicación en portal electrónico de este tribunal.


7. AA70X2023000005 - AA70E2021000065

La abogada Elis González Camacho, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), parte recurrente, denunció el desacato al amparo cautelar decretado en la sentencia N° 051 dictada por esta Sala en fecha 22 de junio 2022, por parte de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Boxeo, presuntamente por no haber cumplido con el mandato judicial ordenado por esta Sala Electoral.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos Luisa Benítez Gómez y William González, en su condición de Presidenta y Secretario General de la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia donde se les notificó la Sentencia N° 110 dictada en fecha 01 de diciembre de 2022.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2022000011

Los ciudadanos ERIK J. GARCÍA HERNÁNDEZ y CRISTINA I. RODRÍGUEZ MASERES, titulares de la cédula de identidad números V-16.633.552 y V-18.168.317, respectivamente, actuando en su condición de Presidente y Vicepresidenta de la ASOCIACIÓN DE SOFTBOL DEL ESTADO CARABOBO, asistidos por la abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente, con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado con la Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de fecha 17 de diciembre de 2021.

El abogado Luis Erison Marcano inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.711, actuando en su condición de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico, presentó escrito de opinión fiscal.


2. AA70E2023000053

La ciudadana AURIS MILAGROS RIVERO DE TORREALBA, titular de la cédula de identidad N° V-7.493.576, actuando en su alegado carácter de Presidenta del Sindicato Venezolano de Maestros del estado Carabobo (SINVEMACA), asistida por el abogado Rubén Darío Pérez Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 139.323, quien además actúa en su propio nombre como afiliado del referido sindicato, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar de suspensión de los efectos del acto de totalización, proclamación y adjudicación de cargos de las elecciones del referido Sindicato, derivadas de las elecciones del 07 de diciembre de 2022, convocadas por la directiva nacional de la Federación Venezolana de Maestros.

La ciudadana Auris Rivero, titular de la cédula de identidad N° V-7.493, parte recurrente, asistida por el abogado Rubén Darío Pérez, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N°139.323, presentó escrito de reforma del recurso contencioso electoral.


3. AA70E2023000053

La ciudadana AURIS MILAGROS RIVERO DE TORREALBA, titular de la cédula de identidad N° V-7.493.576, actuando en su alegado carácter de Presidenta del Sindicato Venezolano de Maestros del estado Carabobo (SINVEMACA), asistida por el abogado Rubén Darío Pérez Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 139.323, quien además actúa en su propio nombre como afiliado del referido sindicato, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar de suspensión de los efectos del acto de totalización, proclamación y adjudicación de cargos de las elecciones del referido Sindicato, derivadas de las elecciones del 07 de diciembre de 2022, convocadas por la directiva nacional de la Federación Venezolana de Maestros.

La ciudadana Auris Rivero, titular de la cédula de identidad N° V-7.493.576, parte recurrente, asistida por el abogado Rubén Darío Pérez, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N°139.323, presentó escrito consignando documentos.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2017000096

Los ciudadanos MANUEL RIVAS y HERIBERTO CARDENAS, actuando en su carácter de Miembros Fundadores y Autoridades del Partido Político Nacional Movimiento Republicano, asistidos por el abogado Natalio Tarazona, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y solicitud de medida cautelar innominada, contra el ciudadano Julio Albarrán, actual Secretario General del Partido Político Movimiento Republicano (MR), por la presunta violación de los derechos colectivos y difusos de la Militancia y Directiva del (MR).

La abogada Sofía Palencia Varela, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°187.294, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento.


2. AA70E2022000026

El abogado Williams Enrique Fernández Fuenmayor, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.061, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Federación Venezolana de Karate Do, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la nulidad del proceso para elegir las autoridades de la referida organización Federativa para el período 2021-2025.

El abogado José Eladio Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.318, en condición de apoderado judicial de la Federación Venezolana de Karate Do, presentó diligencia mediante el cual solicitó pronunciamiento en la presente causa.


3. AA70E2022000042

La ciudadana Gina Fung, titular de la cédula de identidad N° V-15.837.075, en el alegado carácter de agremiada a la Asociación China de Caracas y Vicepresidenta de Relaciones Políticas e Interinstitucionales de la Federación de las Asociaciones Chinas de Venezuela, asistida por la abogada Arleth Figueredo Rodríguez, IPSA N° 193.043, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medidas cautelares innominadas contra los "actos de convocatoria y (...) realización de las ´Octavas Elecciones Generales´ de la Junta Directiva de ..." la Asociación China de Caracas, realizados por la Junta Directiva y la Comisión Electoral de la referida organización civil, en fecha 05 de diciembre de 2021.

La ciudadana Gina Fung, titular de la cédula de identidad N° V-15.837.075, en su carácter de agremiada a la Asociación China de Caracas y Vicepresidenta de Relaciones Políticas e Interinstitucionales de la Federación de las Asociaciones Chinas de Venezuela, (recurrente), asistida por la abogada Arleth Figueredo Rodríguez, IPSA N° 193.043, presentó diligencia donde solicitó pronunciamiento.


4. AA70E2022000042

La ciudadana Gina Fung, titular de la cédula de identidad N° V-15.837.075, en el alegado carácter de agremiada a la Asociación China de Caracas y Vicepresidenta de Relaciones Políticas e Interinstitucionales de la Federación de las Asociaciones Chinas de Venezuela, asistida por la abogada Arleth Figueredo Rodríguez, IPSA N° 193.043, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medidas cautelares innominadas contra los "actos de convocatoria y (...) realización de las ´Octavas Elecciones Generales´ de la Junta Directiva de ..." la Asociación China de Caracas, realizados por la Junta Directiva y la Comisión Electoral de la referida organización civil, en fecha 05 de diciembre de 2021.

La ciudadana Gina Fung, titular de la cédula de identidad N° V-15.837.075, en su carácter de agremiada a la Asociación China de Caracas y Vicepresidenta de Relaciones Políticas e Interinstitucionales de la Federación de las Asociaciones Chinas de Venezuela, (recurrente), asistida por la abogada Arleth Figueredo Rodríguez, IPSA N° 193.043, presentó diligencia donde solicitó copia certificada de todo el expediente.


5. AA70E2023000053

La ciudadana AURIS MILAGROS RIVERO DE TORREALBA, titular de la cédula de identidad N° V-7.493.576, actuando en su alegado carácter de Presidenta del Sindicato Venezolano de Maestros del estado Carabobo (SINVEMACA), asistida por el abogado Rubén Darío Pérez Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 139.323, quien además actúa en su propio nombre como afiliado del referido sindicato, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar de suspensión de los efectos del acto de totalización, proclamación y adjudicación de cargos de las elecciones del referido Sindicato, derivadas de las elecciones del 07 de diciembre de 2022, convocadas por la directiva nacional de la Federación Venezolana de Maestros.

La ciudadana Auris Rivero, titular de la cédula de identidad N° V-7.493.576, parte recurrente, asistida por el abogado Rubén Darío Pérez, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 139.323, presentó diligencia otorgando poder apud acta al abogado asistente.


6. AA70X2023000004 - AA70E2022000011

El abogado Carlos Rafael Molinar Cedeño, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.804, interpuso"…acción por estimación e intimación de honorarios profesionales por VIA INCIDENTAL en contra de la ASOCIACIÓN DE SOFTBOL DEL ESTADO CARABOBO (…) representada legalmente por la ciudadana EMILCE MARÍA OSTOS, Venezolana, titular de la cédula de identidad número C.I V-7.129.740…".

El abogado Carlos Molinar Cedeño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.804, presentó diligencia dándose por notificado.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ