REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 14/11/2023
CUENTA, N° 159

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN
1. AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en su alegado carácter apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.016.395 y V-7.523.079, respectivamente, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, ambos miembros activos de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguana (CACOINPAR), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de amparo cautelar, contra "la comisión electoral, designada para llevar el proceso electoral y de la decisión tomada por [la referida comisión] en fecha 03 de noviembre de 2023, en la cual juramento (…) sin haber celebrado el proceso electoral una junta directiva presidida por la ciudadana GLENDA GALVIS (…), [quien presuntamente] no es miembro asociada de la [referida Cámara de Comercio]".

Se recibio recurso contencioso electoral con amparo cautelar


2. AA70X2023000010 - AA70E2023000045

El ciudadano JHONNY ALBERTO CHACÓN SANCHEZ, titular de la cédula de identidad número V-13.172.437, actuando en su alegado carácter de entrenador de la disciplina Hapkido del Distrito Capital, Club YIN YANG KWAN, asistido por el abogado Edmundo Alberto Guerrero Moncada, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 277.082, interpuso solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos del proceso electoral de la Federación Venezolana de Hapkido (FVDH), que se efectuó el 17 de junio de 2023, hasta tanto se resuelva el juicio principal de nulidad, así mismo solicitó se designe una Junta Administrativa AD HOC que asuma con carácter temporal las atribuciones específicas relacionadas con la competición deportiva en esta disciplina, premiaciones, reglamentos deportivos, comisiones y actos de simple administración de la referida Federación, hasta tanto se decida el fondo de la presente causa.

Se abrió cuaderno separado.


DESIGNACIÓN DE PONENTE
1. AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en su alegado carácter apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.016.395 y V-7.523.079, respectivamente, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, ambos miembros activos de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguana (CACOINPAR), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de amparo cautelar, contra "la comisión electoral, designada para llevar el proceso electoral y de la decisión tomada por [la referida comisión] en fecha 03 de noviembre de 2023, en la cual juramento (…) sin haber celebrado el proceso electoral una junta directiva presidida por la ciudadana GLENDA GALVIS (…), [quien presuntamente] no es miembro asociada de la [referida Cámara de Comercio]".

Se acordó solicitar a la Comisión Electoral de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguana (CACOINPAR), los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso. Asimismo, teniendo en cuenta que el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 ejusdem, designó ponente al Magistrado INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA.


2. AA70X2023000010 - AA70E2023000045

El ciudadano JHONNY ALBERTO CHACÓN SANCHEZ, titular de la cédula de identidad número V-13.172.437, actuando en su alegado carácter de entrenador de la disciplina Hapkido del Distrito Capital, Club YIN YANG KWAN, asistido por el abogado Edmundo Alberto Guerrero Moncada, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 277.082, interpuso solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos del proceso electoral de la Federación Venezolana de Hapkido (FVDH), que se efectuó el 17 de junio de 2023, hasta tanto se resuelva el juicio principal de nulidad, así mismo solicitó se designe una Junta Administrativa AD HOC que asuma con carácter temporal las atribuciones específicas relacionadas con la competición deportiva en esta disciplina, premiaciones, reglamentos deportivos, comisiones y actos de simple administración de la referida Federación, hasta tanto se decida el fondo de la presente causa.

Se designó ponente a la Magistrada CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, a los fines de decidir sobre la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos del proceso electoral de la Federación Venezolana de Hapkido (FVDH), que se efectuó el 17 de junio de 2023, hasta tanto se resuelva el juicio principal de nulidad, así mismo solicitó se designe una Junta Administrativa AD HOC que asuma con carácter temporal las atribuciones específicas relacionadas con la competición deportiva en esta disciplina, premiaciones, reglamentos deportivos, comisiones y actos de simple administración de la referida Federación, hasta tanto se decida el fondo de la presente causa, formulada por el ciudadano JHONNY ALBERTO CHACÓN SANCHEZ (parte recurrente), asistido por el abogado Edmundo Alberto Guerrero Moncada.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2019000026

El ciudadano ALI GUAIRA MORILLO, titular de cédula de identidad N° V-7.113.522, alegando su condición de asociado a la Caja de Ahorro y Bienestar Social del Personal de la Policía del estado Carabobo, asistido por el abogado José Antonio Soteldo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.213, mediante el cual interpuso impugnación de "TODAS Y CADA UNA DE LAS ACTUACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DE LA CAJA DE AHORRO Y BIENESTAR SOCIAL DEL PERSONAL DE LA POLICÍA DE ESTADO CARABOBO".

Se acordó ratificar la comisión al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano ALI GUAIRA MORILLO, parte recurrente, a los miembros de la Junta Directiva del Consejo de Vigilancia de la Caja de Ahorro y Bienestar Social del Personal de la Policía del estado Carabobo y a los ciudadanos ALCIDES TIBANQUE, HEBER REBOLLEDO JOSÉ HERRERA y JORGE REA, en su condición miembros integrantes de la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorro, de la sentencia N° 117 dictada por la Sala Electoral, en fecha 14 de diciembre de 2022.


2. AA70E2023000045

El ciudadano JHONNY ALBERTO CHACÓN SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad número V-13.172.437, actuando en su alegado carácter de entrenador de la escuela de Hapkido Ying Yang Kwan y como Vicepresidente de la Asociación de Hapkido del Distrito Capital, asistido por el abogado José de Jesús Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 207.539, interpuso recurso contencioso electoral contra la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Hapkido.

APERTURA DE CUADERNO SEPARADO.


3. AA70E2023000045

El ciudadano JHONNY ALBERTO CHACÓN SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad número V-13.172.437, actuando en su alegado carácter de entrenador de la escuela de Hapkido Ying Yang Kwan y como Vicepresidente de la Asociación de Hapkido del Distrito Capital, asistido por el abogado José de Jesús Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 207.539, interpuso recurso contencioso electoral contra la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Hapkido.

CONSTANCIA DE CUADERNO SEPARADO: En fecha 14 de noviembre de 2023, se deja constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de tramitar la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos del proceso electoral de la Federación Venezolana de Hapkido (FVDH), que se efectuó el 17 de junio de 2023, hasta tanto se resuelva el juicio principal de nulidad, así mismo solicitó se designe una Junta Administrativa AD HOC que asuma con carácter temporal las atribuciones específicas relacionadas con la competición deportiva en esta disciplina, premiaciones, reglamentos deportivos, comisiones y actos de simple administración de la referida Federación, hasta tanto se decida el fondo de la presente causa, formulada por el ciudadano JHONNY ALBERTO CHACÓN SANCHEZ (parte recurrente), asistido por el abogado Edmundo Alberto Guerrero Moncada, cuaderno separado que le fue asignado el Nº AA70-X-2023-000010.


4. AA70E2023000055

Los ciudadanos PEDRO ANTONIO ULACIO PULGAR y HERNAN ANTONIO BARRIOS, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.581.072 y V-3.689.407, respectivamente, el primero actuando en su alegado carácter de Personal Administrativo Activo y el segundo como Administrativo Jubilado de la Universidad de Carabobo, asistidos por el abogado Ignacio Ramírez Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.503, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Estatuto Transitorio de Elecciones de la Universidad de Carabobo, dictado por el Consejo Universitario de la referida Universidad y la suspensión de las elecciones Universitarias a realizarse el 29 de noviembre de 2023, conforme al Estatuto impugnado.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dejó constancia que en el día de hoy se estableció comunicación telefónica con el abogado Juan Carlos Cadenas Ramírez, inscrito en el Inpreabogado Nº 181.587, actuando en su condición de apoderado judicial de la UNIVERSIDAD DE CARABOBO (parte recurrida), mediante la cual se le notificó la decisión dictada por esta Sala en fecha 13 de noviembre de 2023, signada con el N° 123. A los efectos de suspender las elecciones programadas para el próximo 29 de noviembre de 2023, se remitió vía correo electrónico. Asimismo, se dejó constancia que la notificación será publicada en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.


5. AA70E2023000055

Los ciudadanos PEDRO ANTONIO ULACIO PULGAR y HERNAN ANTONIO BARRIOS, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.581.072 y V-3.689.407, respectivamente, el primero actuando en su alegado carácter de Personal Administrativo Activo y el segundo como Administrativo Jubilado de la Universidad de Carabobo, asistidos por el abogado Ignacio Ramírez Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.503, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Estatuto Transitorio de Elecciones de la Universidad de Carabobo, dictado por el Consejo Universitario de la referida Universidad y la suspensión de las elecciones Universitarias a realizarse el 29 de noviembre de 2023, conforme al Estatuto impugnado.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dejó constancia que en el día de hoy se estableció comunicación telefónica con la ciudadana EVELYN RUIZ, Presidenta de la Comisión Electoral Universitaria de la Universidad de Carabobo, (parte recurrida), mediante la cual se le notificó la decisión dictada por esta Sala en fecha 13 de noviembre de 2023, signada con el N° 123. A los efectos de suspender las elecciones programadas para el próximo 29 de noviembre de 2023, se remitió vía correo electrónico. Asimismo, se dejó constancia que la notificación será publicada en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.


6. AA70E2023000055

Los ciudadanos PEDRO ANTONIO ULACIO PULGAR y HERNAN ANTONIO BARRIOS, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.581.072 y V-3.689.407, respectivamente, el primero actuando en su alegado carácter de Personal Administrativo Activo y el segundo como Administrativo Jubilado de la Universidad de Carabobo, asistidos por el abogado Ignacio Ramírez Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.503, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Estatuto Transitorio de Elecciones de la Universidad de Carabobo, dictado por el Consejo Universitario de la referida Universidad y la suspensión de las elecciones Universitarias a realizarse el 29 de noviembre de 2023, conforme al Estatuto impugnado.

PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación al abogado Juan Carlos Cadenas Ramírez.


7. AA70E2023000055

Los ciudadanos PEDRO ANTONIO ULACIO PULGAR y HERNAN ANTONIO BARRIOS, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.581.072 y V-3.689.407, respectivamente, el primero actuando en su alegado carácter de Personal Administrativo Activo y el segundo como Administrativo Jubilado de la Universidad de Carabobo, asistidos por el abogado Ignacio Ramírez Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.503, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Estatuto Transitorio de Elecciones de la Universidad de Carabobo, dictado por el Consejo Universitario de la referida Universidad y la suspensión de las elecciones Universitarias a realizarse el 29 de noviembre de 2023, conforme al Estatuto impugnado.

PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación la ciudadana Evelyn Ruiz.


8. AA70E2023000060

Los abogados Juan Luis Núñez García y Larry Norberto Tadino Parra, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.925.024 y V-18.600.646, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 35.774 y 300.545, respectivamente, actuando en su alegado carácter de apoderados judiciales de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV), interpusieron recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 230823-097 emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) en fecha 23 de agosto de 2023, y publicada en Gaceta Electoral N°1027 de la misma fecha, en la que decidió anular la elección del Comité Electoral Nacional de la referida Federación, celebrada en fecha 26 de noviembre de 2022 y todos sus actos subsiguientes.

SOLICITUD DE ANTECEDENTES: Se acordó solicitar al Consejo Nacional Electoral (CNE), los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso. Se libró oficio N°23.508.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2017000096

Los ciudadanos MANUEL RIVAS y HERIBERTO CARDENAS, actuando en su carácter de Miembros Fundadores y Autoridades del Partido Político Nacional Movimiento Republicano, asistidos por el abogado Natalio Tarazona, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y solicitud de medida cautelar innominada, contra el ciudadano Julio Albarrán, actual Secretario General del Partido Político Movimiento Republicano (MR), por la presunta violación de los derechos colectivos y difusos de la Militancia y Directiva del (MR).

La abogada Sofía Palencia Varela, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°187.294, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento.


2. AA70E2023000027

Los ciudadanos HÉCTOR ANTONIO ARANGUREN CARRERO, LUIS GRAZIA, HECTOR MANUEL ARANGUREN GONZÁLEZ, ERNESTO GOITIA, FREDDY PONCE y RELDY ARVELAIZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.082.651, V-6.436.337, V-19.606.114, V-10.819.615, V-4.824.518 y V-5.608.242, los tres primeros abogados, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 41.791, 68.157, 260.373, en el alegado carácter de socios del CLUB DE PLAYA & MARINA EL AGUASAL, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar, contra la comisión electoral de la referida organización civil que rige el proceso de elección de la junta directiva para el periodo 2023-2025, cuyo acto de votación se convocó para el 13 del mayo del 2023.

El abogado Gerardo Salas, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 80.751, en su condición de Primer Secretario de la "Comisión Electoral del Club El Agua Sal", Asociación Civil, parte recurrida, presentó diligencia mediante la cual se opone a las pruebas.


3. AA70E2023000059

Visto el Oficio N° 536/2023 de fecha 05 de octubre de 2023, emitido por el Juzgado Superior Estadal de los Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad conjuntamente con acción de amparo cautelar, interpuesta por la abogada Ledy Sofía González Paredes, actuando en su alegado carácter de socia de la organización civil Democrata Sport Club (DSC), asistida por la abogada Nélida Iris Mora Cuevas, contra la Comisión Electoral de la referida Organización Civil y todos los integrantes de la única plancha y comisario que presuntamente participaron y se eligieron en los comicios llevados a cabo en fecha 15 de julio de 2023, así como contra el proceso electoral celebrado, remisión que se efectuó conforme al artículo 34 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo.

El abogado Eugenio Gamboa, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.212, en su condición de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó poder notariado.


4. AA70E2023000065

El ciudadano JOSÉ DIONISIO BRITO RODRÍGUEZ, en su condición de "Diputado a la Asamblea Nacional y aspirante a participar en las elecciones primaria" del día 22 de octubre de 2023, asistido por el abogado Orlando Javier Sarti Montiel, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra los actos inconstitucionales e ilegales de la Comisión Nacional de Primaria, que realizó el proceso electoral de primaria el pasado domingo 22 de octubre de 2023, para elegir la candidata o candidato presidencial unitario para las elecciones presidenciales de 2024.

El ciudadano JOSÉ DIONISIO BRITO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.263.861, parte recurrente, asistido por el abogado Orlando Javier Sarti Montiel, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 174.085, presentó diligencia mediante la cual otorgó poder Apud Acta al abogado asistente.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2018000036

Los ciudadanos LUIS MANUEL MORO OMAÑA, PEDRO MALVAR, JOSÉ ZERPA y JOSÉ GÓMEZ, en su condición de socios activos de la Sociedad de Autores y Compositores de Venezuela (SACVEN), asistidos por la abogada María Carolina Alberto cárdenas, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada, contra las elecciones realizadas el 29 de abril de 2018 y organizadas por la Junta Electoral de la referida sociedad.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.468, librado a los ciudadanos JHON KEILER JIMÉNEZ, WILLIAM MENDOZA Y YELIS GUEVARA. Cédulas de identidad: N° V-11.603.988; V- 10.510.272 y V-12.130.598. Miembros de la Comisión Electoral Ad-Hoc de la Sociedad de Autores y Compositores de Venezuela (SACVEN), recibido por el ciudadano David Escobar, funcionario adscrito al Departamento de Correspondencia de ese Despacho, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°108 de fecha 18 de octubre de 2023.


2. AA70E2018000036

Los ciudadanos LUIS MANUEL MORO OMAÑA, PEDRO MALVAR, JOSÉ ZERPA y JOSÉ GÓMEZ, en su condición de socios activos de la Sociedad de Autores y Compositores de Venezuela (SACVEN), asistidos por la abogada María Carolina Alberto cárdenas, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada, contra las elecciones realizadas el 29 de abril de 2018 y organizadas por la Junta Electoral de la referida sociedad.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.470, librado a la COMISIÓN FISCALIZADORA DE LA SOCIEDAD DE AUTORES Y COMPOSITORES DE VENEZUELA (SACVEN) (2014-2018), recibido por la ciudadana Eliany Ruiz, Analista de Atención al Socio del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°108 de fecha 18 de octubre de 2023.


3. AA70E2018000036

Los ciudadanos LUIS MANUEL MORO OMAÑA, PEDRO MALVAR, JOSÉ ZERPA y JOSÉ GÓMEZ, en su condición de socios activos de la Sociedad de Autores y Compositores de Venezuela (SACVEN), asistidos por la abogada María Carolina Alberto cárdenas, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada, contra las elecciones realizadas el 29 de abril de 2018 y organizadas por la Junta Electoral de la referida sociedad.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.469, librado a los INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SOCIEDAD DE AUTORES Y COMPOSITORES DE VENEZUELA (SACVEN) (2014-2018), recibido por la ciudadana Eliany Ruiz, Analista de Atención al Socio del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°108 de fecha 18 de octubre de 2023.


4. AA70E2018000036

Los ciudadanos LUIS MANUEL MORO OMAÑA, PEDRO MALVAR, JOSÉ ZERPA y JOSÉ GÓMEZ, en su condición de socios activos de la Sociedad de Autores y Compositores de Venezuela (SACVEN), asistidos por la abogada María Carolina Alberto cárdenas, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada, contra las elecciones realizadas el 29 de abril de 2018 y organizadas por la Junta Electoral de la referida sociedad.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.471, librado al ciudadano PEDRO CALZADILLA PÉREZ, en su carácter de Presidente del Consejo Nacional Electoral, recibido por el ciudadano David Escobar, funcionario adscrito al Departamento de Correspondencia de ese Despacho, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°108 de fecha 18 de octubre de 2023.


5. AA70E2023000031

El ciudadano Miguel Antonio Castillejo Cans, titular de la cédula de identidad N° V-4.883.097, actuando en el alegado carácter de Profesor de la Facultad de Ingeniería y Director de la Escuela de Ingeniería de Petróleo de la Universidad Central de Venezuela , asistido por el abogado Rodrigo José Parra Guarapo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 286.878, interpuso acción de amparo constitucional con solicitud cautelar, contra la decisión de la Comisión Electoral de la referida Universidad Central de Venezuela que negó su inscripción como candidato al Decanato de la Facultad de Ingeniería, publicada en el Boletín N°10/2023 de fecha 12 de mayo 2023.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al ciudadano MIGUEL ANTONIO CASTILLEJO CANS, en su alegado carácter de Profesor de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Central de Venezuela y Director de la Escuela de Ingeniería de Petróleo, recibida por el ciudadano Miguel Castillejo, mediante el cual se notificó la Sentencia N°101 de fecha 11 de octubre de 2023.


6. AA70E2023000052

El ciudadano JOSÉ LUIS BLANCO HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.892.303, actuando en su alegado carácter de Socio Propietario de la acción N° 116, y aspirante a la Presidencia de la Junta Directiva del Centro Ítalo Venezolano de San Juan de los Morros, asistido por la abogada Marigle Soledad Torres Calatayud, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 177.626, en su condición de Defensora Pública Provisoria Tercera (3°) con competencia ante la Sala Constitucional, Político Administrativa, Casación Social, Casación Civil y Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las actuaciones y omisiones de la Junta Directiva y el Comité Electoral del referido Centro Ítalo Venezolano antes mencionado, periodo 2018-2023.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.447, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por la ciudadana Ilda Contreras, Secretaria Ejecutiva Jefe de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se notificó la Sentencia N°119 de fecha 18 de octubre de 2023


7. AA70E2023000052

El ciudadano JOSÉ LUIS BLANCO HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.892.303, actuando en su alegado carácter de Socio Propietario de la acción N° 116, y aspirante a la Presidencia de la Junta Directiva del Centro Ítalo Venezolano de San Juan de los Morros, asistido por la abogada Marigle Soledad Torres Calatayud, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 177.626, en su condición de Defensora Pública Provisoria Tercera (3°) con competencia ante la Sala Constitucional, Político Administrativa, Casación Social, Casación Civil y Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las actuaciones y omisiones de la Junta Directiva y el Comité Electoral del referido Centro Ítalo Venezolano antes mencionado, periodo 2018-2023.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.448, librado Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortíz de la Circunscripción Judicial del estado Guárico (Distribuidor), el cual hizo envío a través de la empresa de encomiendas MRW.


8. AA70E2023000052

El ciudadano JOSÉ LUIS BLANCO HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.892.303, actuando en su alegado carácter de Socio Propietario de la acción N° 116, y aspirante a la Presidencia de la Junta Directiva del Centro Ítalo Venezolano de San Juan de los Morros, asistido por la abogada Marigle Soledad Torres Calatayud, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 177.626, en su condición de Defensora Pública Provisoria Tercera (3°) con competencia ante la Sala Constitucional, Político Administrativa, Casación Social, Casación Civil y Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las actuaciones y omisiones de la Junta Directiva y el Comité Electoral del referido Centro Ítalo Venezolano antes mencionado, periodo 2018-2023.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al ciudadano JOSÉ LUIS BLANCO HERNÁNDEZ, actuando en su alegado carácter de Socio Propietario de la acción N° 116, y aspirante a la Presidencia de la Junta Directiva del Centro Ítalo Venezolano de San Juan de los Morros, recibida por la abogada Marigle Torres inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 177.626, actuando con el carácter de Defensora Público Provisoria Tercera con competencia para actuar ante la Sala Electora y Apoderada Judicial, mediante el cual se notificó la Sentencia N°119 de fecha 18 de octubre de 2023.


9. AA70X2022000006 - AA70E2021000061

El abogado Jesús Rafael Barrero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 75.307, alegando la condición de militante del Movimiento Electoral del Pueblo (MEP) Partido Socialista de Venezuela (parte recurrente), interpuso solicitud de "…MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA a los fines que declare judicialmente sin efecto cualquier decisión acordada en la reunión de la supuesta e ilegítima ¨DIRECCION POLITICA NACIONAL (DPN)¨del Partido MEP, llevada cabo en fechas 28 y 29 de mayo de 2022…".

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al ciudadano JESÚS RAFAEL BARRERO, actuando en su propio nombre y representación, con el aludido carácter de militante del Partido Socialista de Venezuela "Movimiento Electoral del Pueblo" (MEP), recibida por el ciudadano Jesús Barrero, mediante el cual se notificó la Sentencia N°103 de fecha 18 de octubre de 2023.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ