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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 24/11/2023 | |
CUENTA, N° 167 | |
NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN | |
1. | AA70X2023000011 - AA70E2023000065 |
El abogado Otoniel Pautt Andrade, titular de la cédula de identidad N° V-13.638.880, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.755, en el alegado carácter de ciudadano venezolano inscrito en el Registro Nacional Electoral del Consejo Nacional Electoral y por haber participado como votante en el proceso eleccionario realizado el 22 de octubre de 2023, mediante el cual planteó oposición a la medida cautelar decretada en sentencia N° 122, dictada por la Sala Electoral en fecha 30 de octubre de 2023. |
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SE ABRIO CUADERNO SEPARADO. |
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2. | AA70X2023000012 - AA70E2023000065 |
El abogado CÉSAR ALEJANDRO PÉREZ VIVAS, titular de la cédula de identidad N° V-4.094.459 e inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 15.911, actuando en el alegado carácter de ciudadano venezolano elector debidamente inscrito en el registro electoral y candidato del proceso de primarias que se realizó el 22 de octubre de 2023, interpuso escrito mediante el cual solicitó; " "(…) TERCERO: Revocar totalmente la medida cautelar innominada de amparo cautelar dictada en fecha 30 de octubre de 2023 (…), por no cumplir con los extremos de ley para haber sido decretada y por cuanto conforme al artículo 6 numeral 3 de la Ley Orgánica sobre Derechos y Garantías Constitucionales tal "amparo cautelar" era abiertamente inadmisible debido a que versa sobre el hecho político consumado de la primaria y no se puede restablecer en este caso la supuesta situación jurídica infringida y, mucho menos, se pueden retrotraer las cosas al estado "político" en que se encontraban antes del 22 de octubre de 2023…" |
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SE ABRIO CUADERNO SEPARADO |
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3. | AA70X2023000013 - AA70E2023000065 |
El ciudadano ANDRÉS MANUEL VELÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad número V-3.852.529, actuando en el alegado carácter de ciudadano venezolano inscrito en el Registro Nacional Electoral del Consejo Nacional Electoral y como candidato del proceso eleccionario realizado el 22 de octubre de 2023, asistido por la abogada Pierina Alejandra Camposeo Palazzo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 99.354, planteó oposición a la Medida Cautelar acordada por la Sala Electoral en sentencia N° 122 en fecha 30 de octubre de 2023. |
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Se abrió cuaderno separado. |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2023000004 |
Los abogados ROYMAR ARMAS GRATEROL y GIANNI EGIDIO PIVA TORRES, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.234.510 y V-9.564.600, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 55.134 y 186.405, en el alegado carácter de afiliados al Colegio de Abogado del Estado Carabobo, respectivamente, mediante el cual interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la mencionada organización gremial por "… desconoce[r] el derecho [de] todos los abogados de estar informado de manera oportuna, veraz y precisa sobre el proceso electoral de nuestro Colegio …". |
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RECEPCIÓN DE COMISION: Por recibido en esta misma fecha oficio N° 495, del 23 de noviembre de 2023, emanado del Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 22 de noviembre de 2023, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo. |
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2. | AA70E2023000045 |
El ciudadano JHONNY ALBERTO CHACÓN SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad número V-13.172.437, actuando en su alegado carácter de entrenador de la escuela de Hapkido Ying Yang Kwan y como Vicepresidente de la Asociación de Hapkido del Distrito Capital, asistido por el abogado José de Jesús Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 207.539, interpuso recurso contencioso electoral contra la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Hapkido. |
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RESERVA DE PRUEBAS: En el día de hoy, veinticuatro (24) de noviembre de 2023, el abogado Edmundo Guerrero Moncada, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 277.082, en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano Jhonny Chacón Sánchez, recurrente, consignó escrito de promoción de pruebas, en consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el escrito consignado hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción. |
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3. | AA70E2023000046 |
El ciudadano JOSÉ ÁNGEL BRUZUAL VARGAS, titular de la cédula de identidad N° V-9.949.202, actuando en su alegado carácter de Miembro y candidato a la Presidencia de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela con sede en el estado Bolívar (FEDECÁMARAS BOLÍVAR), asistido por la abogada Carmen Natalí Moreno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 181.163, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 16 de junio de 2023, para la designación de los Miembros del Comité Ejecutivo para el período 2023-2025, por la Comisión Electoral de la referida Federación. |
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RECEPCIÓN DE COMISION: Por recibido en esta misma fecha oficio N° 0592-2023, del 20 de noviembre de 2023, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 03 de octubre de 2023, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo. |
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4. | AA70E2023000055 |
Los ciudadanos PEDRO ANTONIO ULACIO PULGAR y HERNAN ANTONIO BARRIOS, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.581.072 y V-3.689.407, respectivamente, el primero actuando en su alegado carácter de Personal Administrativo Activo y el segundo como Administrativo Jubilado de la Universidad de Carabobo, asistidos por el abogado Ignacio Ramírez Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.503, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Estatuto Transitorio de Elecciones de la Universidad de Carabobo, dictado por el Consejo Universitario de la referida Universidad y la suspensión de las elecciones Universitarias a realizarse el 29 de noviembre de 2023, conforme al Estatuto impugnado. |
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CARTEL DE EMPLAZAMIENTO: Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento a lo previsto en el auto dictado en fecha 13 de noviembre de 2023, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional, según sea el caso, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Agréguese copia del cartel a los autos. |
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5. | AA70E2023000065 |
El ciudadano JOSÉ DIONISIO BRITO RODRÍGUEZ, en su condición de "Diputado a la Asamblea Nacional y aspirante a participar en las elecciones primaria" del día 22 de octubre de 2023, asistido por el abogado Orlando Javier Sarti Montiel, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra los actos inconstitucionales e ilegales de la Comisión Nacional de Primaria, que realizó el proceso electoral de primaria el pasado domingo 22 de octubre de 2023, para elegir la candidata o candidato presidencial unitario para las elecciones presidenciales de 2024. |
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CONSTANCIA DE CUADERNO SEPARADO: Se deja constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de tramitar la oposición a la medida cautelar acordada mediante sentencia N° 122, dictada por esta Sala Electoral en fecha 30 de octubre de 2023, por el abogado CÉSAR ALEJANDRO PÉREZ VIVAS, titular de la cédula de identidad N° V-4.094.459 e inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 15.911, actuando en el alegado carácter de ciudadano venezolano elector debidamente inscrito en el registro electoral y candidato del proceso de primarias que se realizó el 22 de octubre de 2023, cuaderno separado que le fue asignado el Nº AA70-X-2023-000012. |
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6. | AA70E2023000065 |
El ciudadano JOSÉ DIONISIO BRITO RODRÍGUEZ, en su condición de "Diputado a la Asamblea Nacional y aspirante a participar en las elecciones primaria" del día 22 de octubre de 2023, asistido por el abogado Orlando Javier Sarti Montiel, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra los actos inconstitucionales e ilegales de la Comisión Nacional de Primaria, que realizó el proceso electoral de primaria el pasado domingo 22 de octubre de 2023, para elegir la candidata o candidato presidencial unitario para las elecciones presidenciales de 2024. |
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APERTURA DE CUADERNO SEPARADO: Visto el escrito presentado en fecha 23 de noviembre de 2023, por el ciudadano ANDRÉS MANUEL VELÁSQUEZ, actuando en el alegado carácter de ciudadano venezolano inscrito en el Registro Nacional Electoral del Consejo Nacional Electoral y como candidato del proceso eleccionario realizado el 22 de octubre de 2023, asistido por la abogada Pierina Alejandra Camposeo Palazzo, mediante el cual planteó oposición a la Medida Cautelar acordada por la Sala Electoral en sentencia N° 122 en fecha 30 de octubre de 2023, en consecuencia, se acuerda abrir cuaderno separado para la tramitación de la referida oposición, el cual se iniciará con la copia certificada del presente auto. Asimismo, a los fines de conformar el cuaderno separado se ordena expedir copia certificada del escrito libelar, de la sentencia dictada por la Sala Electoral N° 122 en fecha 30 de noviembre de 2023, del escrito presentado en fecha 23 de noviembre de 2023, y copia simple de los anexos. |
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7. | AA70E2023000065 |
El ciudadano JOSÉ DIONISIO BRITO RODRÍGUEZ, en su condición de "Diputado a la Asamblea Nacional y aspirante a participar en las elecciones primaria" del día 22 de octubre de 2023, asistido por el abogado Orlando Javier Sarti Montiel, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra los actos inconstitucionales e ilegales de la Comisión Nacional de Primaria, que realizó el proceso electoral de primaria el pasado domingo 22 de octubre de 2023, para elegir la candidata o candidato presidencial unitario para las elecciones presidenciales de 2024. |
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APERTURA DE CUADERNO SEPARADO: Visto el escrito presentado en fecha 06 de noviembre de 2023, por el abogado Otoniel Pautt Andrade, titular de la cédula de identidad N° V-13.638.880, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.755, en el alegado carácter de ciudadano venezolano inscrito en el Registro Nacional Electoral del Consejo Nacional Electoral y por haber participado como votante en el proceso eleccionario realizado el 22/10/2023, mediante el cual planteó oposición a la medida cautelar decretada en sentencia N° 122, dictada por la Sala Electoral en fecha 30/10/2023, en consecuencia, se acordó abrir cuaderno separado para la tramitación de la referida oposición, el cual se iniciará con la copia certificada del presente auto. Asimismo, a los fines de conformar el cuaderno separado se ordenó expedir copia certificada del escrito libelar, de la sentencia dictada por esta Sala Electoral N° 122 en fecha 30 de octubre de 2023, y del escrito presentado en fecha 06 de noviembre de 2023. |
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8. | AA70E2023000065 |
El ciudadano JOSÉ DIONISIO BRITO RODRÍGUEZ, en su condición de "Diputado a la Asamblea Nacional y aspirante a participar en las elecciones primaria" del día 22 de octubre de 2023, asistido por el abogado Orlando Javier Sarti Montiel, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra los actos inconstitucionales e ilegales de la Comisión Nacional de Primaria, que realizó el proceso electoral de primaria el pasado domingo 22 de octubre de 2023, para elegir la candidata o candidato presidencial unitario para las elecciones presidenciales de 2024. |
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APERTURA CUADERNO SEPARADO: Visto el escrito presentado en fecha 23 de noviembre de 2023, por el abogado CÉSAR ALEJANDRO PÉREZ VIVAS, titular de la cédula de identidad N° V-4.094.459 e inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 15.911, actuando en el alegado carácter de ciudadano venezolano elector debidamente inscrito en el registro electoral y candidato del proceso de primarias que se realizó el 22 de octubre de 2023, mediante el cual solicitó; "(…) TERCERO: Revocar totalmente la medida cautelar innominada de amparo cautelar dictada en fecha 30 de octubre de 2023 (…), en consecuencia, se acuerda abrir cuaderno separado para la tramitación de la referida oposición a la medida cautelar acordada mediante sentencia Nº 122 dictada por la Sala Electoral en fecha 30 de octubre de 2023. |
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9. | AA70E2023000065 |
El ciudadano JOSÉ DIONISIO BRITO RODRÍGUEZ, en su condición de "Diputado a la Asamblea Nacional y aspirante a participar en las elecciones primaria" del día 22 de octubre de 2023, asistido por el abogado Orlando Javier Sarti Montiel, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra los actos inconstitucionales e ilegales de la Comisión Nacional de Primaria, que realizó el proceso electoral de primaria el pasado domingo 22 de octubre de 2023, para elegir la candidata o candidato presidencial unitario para las elecciones presidenciales de 2024. |
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CONSTANCIA DE CUADERNO SEPARADO: se deja constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de tramitar la oposición presentada contra la medida cautelar acordada mediante sentencia N° 122, dictada por esta Sala Electoral en fecha 30 de octubre de 2023, por el abogado Otoniel Pautt Andrade, titular de la cédula de identidad N° V-13.638.880, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.755, actuando con el carácter de ciudadano venezolano inscrito en el Registro Nacional Electoral del Consejo Nacional Electoral y por haber participado como votante en el proceso eleccionario realizado el 22 de octubre de 2023, cuaderno separado que le fue asignado el Nº AA70-X-2023-000011. |
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10. | AA70E2023000065 |
El ciudadano JOSÉ DIONISIO BRITO RODRÍGUEZ, en su condición de "Diputado a la Asamblea Nacional y aspirante a participar en las elecciones primaria" del día 22 de octubre de 2023, asistido por el abogado Orlando Javier Sarti Montiel, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra los actos inconstitucionales e ilegales de la Comisión Nacional de Primaria, que realizó el proceso electoral de primaria el pasado domingo 22 de octubre de 2023, para elegir la candidata o candidato presidencial unitario para las elecciones presidenciales de 2024. |
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APERTURA CUADERNO SEPARADO: Visto el escrito presentado en fecha 23 de noviembre de 2023, por el abogado CÉSAR ALEJANDRO PÉREZ VIVAS, titular de la cédula de identidad N° V-4.094.459 e inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 15.911, actuando en el alegado carácter de ciudadano venezolano elector debidamente inscrito en el registro electoral y candidato del proceso de primarias que se realizó el 22 de octubre de 2023, mediante el cual solicitó; "(…) TERCERO: Revocar totalmente la medida cautelar innominada de amparo cautelar dictada en fecha 30 de octubre de 2023 (…), en consecuencia, se acuerda abrir cuaderno separado para la tramitación de la referida oposición a la medida cautelar acordada mediante sentencia Nº 122 dictada por la Sala Electoral en fecha 30 de octubre de 2023. |
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11. | AA70E2023000065 |
El ciudadano JOSÉ DIONISIO BRITO RODRÍGUEZ, en su condición de "Diputado a la Asamblea Nacional y aspirante a participar en las elecciones primaria" del día 22 de octubre de 2023, asistido por el abogado Orlando Javier Sarti Montiel, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra los actos inconstitucionales e ilegales de la Comisión Nacional de Primaria, que realizó el proceso electoral de primaria el pasado domingo 22 de octubre de 2023, para elegir la candidata o candidato presidencial unitario para las elecciones presidenciales de 2024. |
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CONSTANCIA DE CUADERNO SEPARADO: Se deja constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de tramitar la aposición a la medida cautelar acordada por la Sala Electoral mediante sentencia N° 122 de fecha 30 de octubre de 2023, interpuesta por el ciudadano ANDRÉS MANUEL VELÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad número V-3.852.529, actuando en el alegado carácter de ciudadano venezolano inscrito en el Registro Nacional Electoral del Consejo Nacional Electoral y como candidato del proceso eleccionario realizado el 22 de octubre de 2023, asistido por la abogada Pierina Alejandra Camposeo Palazzo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 99.354, cuaderno separado que le fue asignado el Nº AA70-X-2023-00000013. |
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12. | AA70X2023000011 - AA70E2023000065 |
El abogado Otoniel Pautt Andrade, titular de la cédula de identidad N° V-13.638.880, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.755, en el alegado carácter de ciudadano venezolano inscrito en el Registro Nacional Electoral del Consejo Nacional Electoral y por haber participado como votante en el proceso eleccionario realizado el 22 de octubre de 2023, mediante el cual planteó oposición a la medida cautelar decretada en sentencia N° 122, dictada por la Sala Electoral en fecha 30 de octubre de 2023. |
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ARTICULACIÓN PROBATORIA: se abrió articulación probatoria de tres (03) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive, para que los interesados promuevan y evacuen las pruebas que consideren pertinentes. |
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13. | AA70X2023000012 - AA70E2023000065 |
El abogado CÉSAR ALEJANDRO PÉREZ VIVAS, titular de la cédula de identidad N° V-4.094.459 e inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 15.911, actuando en el alegado carácter de ciudadano venezolano elector debidamente inscrito en el registro electoral y candidato del proceso de primarias que se realizó el 22 de octubre de 2023, interpuso escrito mediante el cual solicitó; " "(…) TERCERO: Revocar totalmente la medida cautelar innominada de amparo cautelar dictada en fecha 30 de octubre de 2023 (…), por no cumplir con los extremos de ley para haber sido decretada y por cuanto conforme al artículo 6 numeral 3 de la Ley Orgánica sobre Derechos y Garantías Constitucionales tal "amparo cautelar" era abiertamente inadmisible debido a que versa sobre el hecho político consumado de la primaria y no se puede restablecer en este caso la supuesta situación jurídica infringida y, mucho menos, se pueden retrotraer las cosas al estado "político" en que se encontraban antes del 22 de octubre de 2023…" |
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ARTICULACION PROBATORIA: De conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se abre articulación probatoria de tres (03) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive, para que los interesados promuevan y evacuen las pruebas que consideren pertinentes |
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14. | AA70X2023000013 - AA70E2023000065 |
El ciudadano ANDRÉS MANUEL VELÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad número V-3.852.529, actuando en el alegado carácter de ciudadano venezolano inscrito en el Registro Nacional Electoral del Consejo Nacional Electoral y como candidato del proceso eleccionario realizado el 22 de octubre de 2023, asistido por la abogada Pierina Alejandra Camposeo Palazzo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 99.354, planteó oposición a la Medida Cautelar acordada por la Sala Electoral en sentencia N° 122 en fecha 30 de octubre de 2023. |
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ARTICULACIÓN PROBATORIA: Se abrió articulación probatoria de tres (03) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive, para que los interesados promuevan y evacuen las pruebas que consideren pertinentes. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2023000052 |
El ciudadano JOSÉ LUIS BLANCO HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.892.303, actuando en su alegado carácter de Socio Propietario de la acción N° 116, y aspirante a la Presidencia de la Junta Directiva del Centro Ítalo Venezolano de San Juan de los Morros, asistido por la abogada Marigle Soledad Torres Calatayud, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 177.626, en su condición de Defensora Pública Provisoria Tercera (3°) con competencia ante la Sala Constitucional, Político Administrativa, Casación Social, Casación Civil y Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las actuaciones y omisiones de la Junta Directiva y el Comité Electoral del referido Centro Ítalo Venezolano antes mencionado, periodo 2018-2023. |
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El ciudadano José Luis Blanco Hernández, titular de la cédula de identidad N° 9.892.303, actuando en su alegado carácter de Socio Propietario de la acción N° 116, y aspirante a la Presidencia de la Junta Directiva del Centro Ítalo Venezolano de San Juan de los Morros, asistido por la abogada Marigle Soledad Torres Calatayud, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 177.626, en su condición de Defensora Pública Provisoria Tercera (3°) con competencia ante la Sala Constitucional, Político Administrativa, Casación Social, Casación Civil y Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, presentó diligencia donde retiró cartel de emplazamiento para ser publicado en un diario de circulación nacional. |
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DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
1. | AA70E2021000001 |
El ciudadano CARLOS YOJHAN FONTAINES TOVAR, titular de la cédula de identidad N° V- 11.714.655, en su condición de Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de los Docentes Estatales del estado Barinas (CADEBA), asistido en este acto por el ciudadano OMAR ENRIQUE REVEROL VERGARA, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.451, interpuso acción de amparo contra la sentencia definitiva dictadas en fecha 25 de noviembre de 2020 y dos sentencias dictadas en fecha 07 de diciembre de 2020, por el Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.519, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas (Distribuidor), el cual hizo envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 20 de noviembre de 2023. |
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2. | AA70E2021000001 |
El ciudadano CARLOS YOJHAN FONTAINES TOVAR, titular de la cédula de identidad N° V- 11.714.655, en su condición de Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de los Docentes Estatales del estado Barinas (CADEBA), asistido en este acto por el ciudadano OMAR ENRIQUE REVEROL VERGARA, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.451, interpuso acción de amparo contra la sentencia definitiva dictadas en fecha 25 de noviembre de 2020 y dos sentencias dictadas en fecha 07 de diciembre de 2020, por el Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.517, librado al JUZGADO MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, (DISTRIBUIDOR), el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 20 de noviembre de 2023. |
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3. | AA70E2023000040 |
Los ciudadanos AURIS MILAGROS RIVERO DE TORREALBA, ELSA CASTILLO, MARCELO PETER QUIROZ, titulares de la cédula de identidad N° V-7.493, V-5.612.053 y V-5.021.649, respectivamente, en el alegado carácter de afiliados a la Federación Venezolana de Maestros, asistidos por los abogados RUBÉN DARÍO PÉREZ DÍAZ, titular de la cédula de identidad N° V-7.064.013, afiliado al Sindicato Venezolano de Maestros del Estado Carabobo, y GUILLERMO ANTONIO CARAO RAMIRO, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 139.323 y N° 69.148, en ese orden, mediante el cual interpusieron acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el proceso de convocatoria de elecciones de la Federación Venezolana de Maestros y, específicamente, del Sindicato Venezolano de Maestros del Estado Carabobo (SINVEMACA), realizado en fecha 07 de diciembre de 2022 y convocado en fecha 16 de septiembre de 2022. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.462, librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (DISTRIBUIDOR), el cual hizo envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 20 de noviembre de 2023, y la Sentencia Nº 106 de fecha 18 de octubre de 2023. |
La Presidenta, | |
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ | |
La Secretaria, | |
INTIANA LÓPEZ PÉREZ |