REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 06/12/2023
CUENTA, N° 175

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2020000015

Los ciudadanos CESAR ANTONIO RODRIGUEZ ESTRADA, DOMINGO ANTONIO PRIETO SILVA y PABLO DAVID COLMENARES CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad Nros V-18.866.394, V-14.230.355 y V-7.262.255, aludiendo su condición trabajadores de la entidad de trabajo ALPLA DE VENEZUELA, S.A. y afiliados al SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA EMPRESA ALPLA DE VENEZUELA, S.A. (SINTRABEALPVE), interpusieron "AMPARO CONSTITUCIONAL CONTRA EL FRAUDE PROCESAL ELECTORAL (…) REALIZADO POR LA JUNTA DIRECTIVA DEL SINDICATO, TRIBUNAL DISCIPLINARIO Y LA ILEGAL COMISION ELECTORAL (de la referida organización sindical) Y DEMANDAMOS (…) LA DESPLOCAMACION DE LA (…) JUNTA DIRECTIVA (…) Y DEL TRIBUNAL DISCIPLINARIO QUE FRAUDULENTAMENTE FUERON ADJUDICADAS Y PROCLAMADAS E INICIO SU PERIODO ELECTORAL EL (…) 24-08-2020"

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos, César Antonio Rodríguez y Domingo Antonio Prieto, titulares de las cedulas de identidad N° 18.866.394 y V-14.230.355, parte accionante, que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia donde se le notificó que esta Sala Electoral en fecha 19 de noviembre de 2020, dictó Sentencia N° 041.


2. AA70E2021000053

El ciudadano FRANK ALEXANDER MARTÍNEZ LARA titular de la cédula de identidad N° 11.977.686, en su condición de Presidente del consejo Administración de la Caja de Ahorro y préstamo de la Policía de Aragua, asistido por la abogada Ariagna González inscrita en el Inpreabogado bajo el número 160.212, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral efectuado el 18 de agosto de 2021.

Se acordó ratificar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua (Distribuidor), comisión a los fines de notificar a los miembros directivos de la Comisión Electoral, de la Junta Directiva del Consejo de Administración, el Consejo de Vigilancia, los salientes (período 2017) y los electos (período 2021-2024), parte recurrida de la sentencia N° 030 dictada el 20 de abril de 2023. Líbrese Oficios y Despacho.


3. AA70E2023000003

El ciudadano TEODORO ALFONZO SILVA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad número V-2.999.277, actuando en su alegado carácter de asociado de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistido por el abogado Ovidio Tocuyo Ford, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.239, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto administrativo del proceso electoral contenido en el calendario electoral, con fecha de reactivación 10 de noviembre al 09 de diciembre de 2022, y contra el acto de votación, escrutinio y totalización general de votos de fecha 07 de diciembre de 2022, realizado por la Comisión Electoral Ad Hoc de la referida caja de ahorro.

DIFERIMIENTO ACTO DE INFORMES: Vista la diligencia presentada por el abogado Luis Marcano López, inscrito en el Inpreabogado con el N° 112.711, actuando en su carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público para actuar ante la Sala Plena y las Salas Constitucional, Político Administrativa y Electoral de este Alto Tribunal, mediante la cual solicitó el diferimiento del acto de informes orales previsto para el día jueves siete (07) de diciembre de 2023, a la una de la tarde (1:00 pm), debido a la imposibilidad de asistir al mencionado acto, se acordó fijarlo por auto separado.


4. AA70E2023000004

Los abogados ROYMAR ARMAS GRATEROL y GIANNI EGIDIO PIVA TORRES, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.234.510 y V-9.564.600, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 55.134 y 186.405, en el alegado carácter de afiliados al Colegio de Abogado del Estado Carabobo, respectivamente, mediante el cual interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la mencionada organización gremial por "… desconoce[r] el derecho [de] todos los abogados de estar informado de manera oportuna, veraz y precisa sobre el proceso electoral de nuestro Colegio …".

NOTA SECRETARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se dejó constancia que en el día de hoy se remitió al correo comisionelectoralcaec@gmail.com, suministrado por la ciudadana RORAIMA BERMÚDEZ, en su condición de Presidenta de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Carabobo (parte recurrida), mediante el cual se le notificó de la decisión dictada por esta Sala en fecha 22 de noviembre de 2023, signada con el N° 124. A tal efecto, se anexo la sentencia antes mencionada y el auto de fecha 06 de diciembre de 2023. Asimismo, se deja constancia que la notificación será publicada en esta misma fecha en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.


5. AA70E2023000004

Los abogados ROYMAR ARMAS GRATEROL y GIANNI EGIDIO PIVA TORRES, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.234.510 y V-9.564.600, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 55.134 y 186.405, en el alegado carácter de afiliados al Colegio de Abogado del Estado Carabobo, respectivamente, mediante el cual interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la mencionada organización gremial por "… desconoce[r] el derecho [de] todos los abogados de estar informado de manera oportuna, veraz y precisa sobre el proceso electoral de nuestro Colegio …".

Se ACORDO notificar la sentencia N° 124 de fecha 22 de noviembre de 2023, conforme a lo previsto en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.


6. AA70E2023000052

El ciudadano JOSÉ LUIS BLANCO HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.892.303, actuando en su alegado carácter de Socio Propietario de la acción N° 116, y aspirante a la Presidencia de la Junta Directiva del Centro Ítalo Venezolano de San Juan de los Morros, asistido por la abogada Marigle Soledad Torres Calatayud, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 177.626, en su condición de Defensora Pública Provisoria Tercera (3°) con competencia ante la Sala Constitucional, Político Administrativa, Casación Social, Casación Civil y Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las actuaciones y omisiones de la Junta Directiva y el Comité Electoral del referido Centro Ítalo Venezolano antes mencionado, periodo 2018-2023.

Apertura de pieza II.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2023000009

La abogada Martha Gilles Redondo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.371, apoderada judicial de los ciudadanos Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, en el alegado carácter de candidato a la presidencia y representante electoral de la Plancha N° 2 de la Federación Nacional de Ganaderos (FEDENAGA), respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida organización civil y los ciudadanos Armando Enrique Chacín Chourio y Luis Rafael Prado Padrón, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.930.402 y V-6.371.481, en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo saliente y Vicepresidente saliente, en ese orden.

Los abogados Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, inscritos en el Inpreabogado N° 28.352 y 104.549 en su condición de recurrentes, presentaron escrito mediante el cual proponen a miembros de la asociación para que conformen una nueva comisión electoral.


2. AA70E2023000009

La abogada Martha Gilles Redondo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.371, apoderada judicial de los ciudadanos Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, en el alegado carácter de candidato a la presidencia y representante electoral de la Plancha N° 2 de la Federación Nacional de Ganaderos (FEDENAGA), respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida organización civil y los ciudadanos Armando Enrique Chacín Chourio y Luis Rafael Prado Padrón, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.930.402 y V-6.371.481, en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo saliente y Vicepresidente saliente, en ese orden.

Los abogados Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, inscritos en el Inpreabogado N° 28.352 y 104.549 en su condición de recurrentes, presentaron escrito mediante la cual consignaron listado de asociados que deben constituir el padrón electoral de la asociación.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2023000003

El ciudadano TEODORO ALFONZO SILVA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad número V-2.999.277, actuando en su alegado carácter de asociado de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistido por el abogado Ovidio Tocuyo Ford, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.239, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto administrativo del proceso electoral contenido en el calendario electoral, con fecha de reactivación 10 de noviembre al 09 de diciembre de 2022, y contra el acto de votación, escrutinio y totalización general de votos de fecha 07 de diciembre de 2022, realizado por la Comisión Electoral Ad Hoc de la referida caja de ahorro.

El abogado Luis Marcano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.711 actuando con el carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico, presentó diligencia mediante la cual solicitó el diferimiento de la audiencia.


2. AA70E2023000004

Los abogados ROYMAR ARMAS GRATEROL y GIANNI EGIDIO PIVA TORRES, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.234.510 y V-9.564.600, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 55.134 y 186.405, en el alegado carácter de afiliados al Colegio de Abogado del Estado Carabobo, respectivamente, mediante el cual interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la mencionada organización gremial por "… desconoce[r] el derecho [de] todos los abogados de estar informado de manera oportuna, veraz y precisa sobre el proceso electoral de nuestro Colegio …".

El abogado Gianni Egidio Piva Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 186.405, parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicitó se libre el cartel de emplazamiento.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2023000007

Los ciudadanos Leonardo Maldonado Madrid Monagas, Erice Gregorio Cañas, José Marcial López Oropeza y Luis Germán Castillo Zambrano, titulares de las cédulas de identidad N° V-2.139.201, V-4.856.898, V-3.123.320 y V-4.627.292, respectivamente, en el alegado carácter de socios de la Caja de Ahorro de los jubilados y pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención, asistidos por el último de los nombrados, abogado Luis Germán Castillo Oropeza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.536, interponen recurso contencioso electoral con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorro.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.455, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por la ciudadana Ilda Contreras, Secretaria Ejecutiva Jefe de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°104 de fecha 18 de octubre de 2023.


2. AA70E2023000007

Los ciudadanos Leonardo Maldonado Madrid Monagas, Erice Gregorio Cañas, José Marcial López Oropeza y Luis Germán Castillo Zambrano, titulares de las cédulas de identidad N° V-2.139.201, V-4.856.898, V-3.123.320 y V-4.627.292, respectivamente, en el alegado carácter de socios de la Caja de Ahorro de los jubilados y pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención, asistidos por el último de los nombrados, abogado Luis Germán Castillo Oropeza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.536, interponen recurso contencioso electoral con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorro.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.457, librado al ciudadano Reinaldo Muñoz Procurador General de la República, recibido por el ciudadano Henry Rodríguez Facchinetti, Gerente General de Litigio del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°104 de fecha 18 de octubre de 2023.


3. AA70E2023000007

Los ciudadanos Leonardo Maldonado Madrid Monagas, Erice Gregorio Cañas, José Marcial López Oropeza y Luis Germán Castillo Zambrano, titulares de las cédulas de identidad N° V-2.139.201, V-4.856.898, V-3.123.320 y V-4.627.292, respectivamente, en el alegado carácter de socios de la Caja de Ahorro de los jubilados y pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención, asistidos por el último de los nombrados, abogado Luis Germán Castillo Oropeza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.536, interponen recurso contencioso electoral con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorro.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.453, librado al PRESIDENTE Y DEMÁS MIEMBROS INTEGRANTES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA CAJA DE AHORRO DE LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS DE INTELIGENCIA Y PREVENCIÓN DISIP (CAJUPDISIP), recibido por la ciudadana Josefina Aponte, Secretaria del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°104 de fecha 18 de octubre de 2023.


4. AA70E2023000007

Los ciudadanos Leonardo Maldonado Madrid Monagas, Erice Gregorio Cañas, José Marcial López Oropeza y Luis Germán Castillo Zambrano, titulares de las cédulas de identidad N° V-2.139.201, V-4.856.898, V-3.123.320 y V-4.627.292, respectivamente, en el alegado carácter de socios de la Caja de Ahorro de los jubilados y pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención, asistidos por el último de los nombrados, abogado Luis Germán Castillo Oropeza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.536, interponen recurso contencioso electoral con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorro.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.452, librado al PRESIDENTE Y DEMÁS MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ELECTORAL DE LA CAJA DE AHORRO DE LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS DE INTELIGENCIA Y PREVENCIÓN DISIP (CAJUPDISIP), recibido por la ciudadana Hilde Moreno, Secretaria del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°104 de fecha 18 de octubre de 2023.


5. AA70E2023000007

Los ciudadanos Leonardo Maldonado Madrid Monagas, Erice Gregorio Cañas, José Marcial López Oropeza y Luis Germán Castillo Zambrano, titulares de las cédulas de identidad N° V-2.139.201, V-4.856.898, V-3.123.320 y V-4.627.292, respectivamente, en el alegado carácter de socios de la Caja de Ahorro de los jubilados y pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención, asistidos por el último de los nombrados, abogado Luis Germán Castillo Oropeza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.536, interponen recurso contencioso electoral con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorro.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.454, librado al PRESIDENTE Y DEMÁS MIEMBROS INTEGRANTES DEL CONSEJO DE VIGILANCIA DE LA CAJA DE AHORRO DE LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS DE INTELIGENCIA Y PREVENCIÓN DISIP (CAJUPDISIP), recibido por la ciudadana Hilde Moreno, Secretaria de (CAJUPDISIP), mediante el cual se le notificó la Sentencia N°104 de fecha 18 de octubre de 2023.


6. AA70E2023000007

Los ciudadanos Leonardo Maldonado Madrid Monagas, Erice Gregorio Cañas, José Marcial López Oropeza y Luis Germán Castillo Zambrano, titulares de las cédulas de identidad N° V-2.139.201, V-4.856.898, V-3.123.320 y V-4.627.292, respectivamente, en el alegado carácter de socios de la Caja de Ahorro de los jubilados y pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención, asistidos por el último de los nombrados, abogado Luis Germán Castillo Oropeza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.536, interponen recurso contencioso electoral con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorro.

El ciudadano Alguacil consignó boleta Original, librada a los ciudadanos LEONARDO MALDONADO MADRID MONAGAS, GREGORIO ERICE CAÑAS, JOSÉ MARCIAL LÓPEZ OROPEZA y LUIS GERMÁN CASTILLO ZAMBRANO, respectivamente, actuando con el carácter de socios de la Caja de Ahorro de Los Jubilados y Pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención DISIP (CAJUPDISIP), recibida por el abogado Luis Germán Castillo Zambrano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.536, parte actora, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°104 de fecha 18 de octubre de 2023.


7. AA70E2023000007

Los ciudadanos Leonardo Maldonado Madrid Monagas, Erice Gregorio Cañas, José Marcial López Oropeza y Luis Germán Castillo Zambrano, titulares de las cédulas de identidad N° V-2.139.201, V-4.856.898, V-3.123.320 y V-4.627.292, respectivamente, en el alegado carácter de socios de la Caja de Ahorro de los jubilados y pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención, asistidos por el último de los nombrados, abogado Luis Germán Castillo Oropeza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.536, interponen recurso contencioso electoral con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorro.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.456, librado a la Superintendencia de Cajas de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para la Economía, Finanzas y Banca Pública, recibido por la ciudadana Mercedes Castillo, funcionaria Analista de la Oficina de Gestión Administrativa Correspondencia del ente mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°104 de fecha 18 de octubre de 2023.


SENTENCIA
1. AA70X2023000011 - AA70E2023000065

El abogado Otoniel Pautt Andrade, titular de la cédula de identidad N° V-13.638.880, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.755, en el alegado carácter de ciudadano venezolano inscrito en el Registro Nacional Electoral del Consejo Nacional Electoral y por haber participado como votante en el proceso eleccionario realizado el 22 de octubre de 2023, mediante el cual planteó oposición a la medida cautelar decretada en sentencia N° 122, dictada por la Sala Electoral en fecha 30 de octubre de 2023.

Sentencia N° 125. Ponente: Ponencia Conjunta.La Sala declaró: 1) ADMITIDA la intervención en la causa, del ciudadano OTONIEL PAUTT ANDRADE, titular de la cédula de identidad número 13.638.880, como tercero verdadera parte (a favor de la parte recurrida), de conformidad con el ordinal 3° del artículo 370 del Código de Procedimiento Civil, norma aplicable por remisión expresa de los artículos 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 214 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. 2) SIN LUGAR la oposición presentada por el ciudadano OTONIEL PAUTT ANDRADE, previamente identificado, en su admitida condición de tercero, contra el amparo cautelar acordado mediante la sentencia número 122 dictada por esta Sala Electoral el 30 de octubre de 2023, ya que se DESESTIMARON todos los alegatos, al no aportar elementos suficientes para desvirtuar el amparo cautelar.


2. AA70X2023000012 - AA70E2023000065

El abogado CÉSAR ALEJANDRO PÉREZ VIVAS, titular de la cédula de identidad N° V-4.094.459 e inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 15.911, actuando en el alegado carácter de ciudadano venezolano elector debidamente inscrito en el registro electoral y candidato del proceso de primarias que se realizó el 22 de octubre de 2023, interpuso escrito mediante el cual solicitó; " "(…) TERCERO: Revocar totalmente la medida cautelar innominada de amparo cautelar dictada en fecha 30 de octubre de 2023 (…), por no cumplir con los extremos de ley para haber sido decretada y por cuanto conforme al artículo 6 numeral 3 de la Ley Orgánica sobre Derechos y Garantías Constitucionales tal "amparo cautelar" era abiertamente inadmisible debido a que versa sobre el hecho político consumado de la primaria y no se puede restablecer en este caso la supuesta situación jurídica infringida y, mucho menos, se pueden retrotraer las cosas al estado "político" en que se encontraban antes del 22 de octubre de 2023…"

Sentencia N° 126. Ponente: Ponencia Conjunta. La Sala declaró: 1) ADMITIDA la intervención en la causa, del ciudadano CÉSAR ALEJANDRO PÉREZ VIVAS, como tercero verdadera parte (a favor de la parte recurrida). 2) SIN LUGAR la oposición presentada por el ciudadano CÉSAR ALEJANDRO PÉREZ VIVAS, previamente identificado, en su admitida condición de tercero, contra el amparo cautelar acordado mediante la sentencia número 122 dictada por esta Sala Electoral el 30 de octubre de 2023, ya que se DESESTIMARON todos los alegatos, al no aportar elementos suficientes para desvirtuar el amparo cautelar, además que intentó contrarrestar los fundamentos del recurso interpuesto contra el PROCESO ELECTORAL CONDUCIDO POR LA COMISIÓN NACIONAL DE PRIMARIA, celebrado el 22 de octubre de 2023; lo cual es materia de fondo en la causa principal.


3. AA70X2023000013 - AA70E2023000065

El ciudadano ANDRÉS MANUEL VELÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad número V-3.852.529, actuando en el alegado carácter de ciudadano venezolano inscrito en el Registro Nacional Electoral del Consejo Nacional Electoral y como candidato del proceso eleccionario realizado el 22 de octubre de 2023, asistido por la abogada Pierina Alejandra Camposeo Palazzo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 99.354, planteó oposición a la Medida Cautelar acordada por la Sala Electoral en sentencia N° 122 en fecha 30 de octubre de 2023.

Sentencia N° 127. Ponente: Ponencia Conjunta. La Sala declaró: 1) ADMITIDA la intervención en la causa, el ciudadano ANDRÉS MANUEL VELÁSQUEZ, previamente identificado, como tercero verdadera parte (a favor de la parte recurrida). 2) SIN LUGAR la oposición presentada por el ciudadano ANDRÉS MANUEL VELÁSQUEZ, previamente identificado, en su admitida condición de tercero, contra el amparo cautelar acordado mediante la sentencia número 122 dictada por esta Sala Electoral el 30 de octubre de 2023, ya que se DESESTIMARON todos los alegatos, al no aportar elementos suficientes para desvirtuar el amparo cautelar, además que intentó contrarrestar los fundamentos del recurso interpuesto contra el PROCESO ELECTORAL CONDUCIDO POR LA COMISIÓN NACIONAL DE PRIMARIA, celebrado el 22 de octubre de 2023; lo cual es materia de fondo en la causa principal.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ