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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 23/02/2023 | |
CUENTA, N° 25 | |
NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN | |
1. | AA70E2023000014 |
El abogado Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.558, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JAVIER ALEXANDER GUILLEN CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° V-17.794.866, en el alegado carácter de candidato a Presidente de la nueva Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industria del Vigía y Sur del Lago (CAVISUR) para el periodo 2022-2025, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos de designación, totalización, acreditación y juramentación de la nueva Junta Directiva de la referida Cámara de Comercio para el periodo 2022-2025. |
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Se recibió recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. |
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DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
1. | AA70E2022000037 |
Las ciudadanas SANDRA CARNEVALE SABELLI y YURANCY ARTEAGA ZERPA, titulares de la cédula de identidad número V-9.628.173 y V-9.620.642, respectivamente, la segunda profesional del derecho inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.172, actuando en nombre propio y asistiendo a la primera de las nombradas, quienes alegan ser propietarias de los inmuebles ubicados en la Torre 7, Apto 7-6, Planta Baja, y Torre 3, Apto 3-1, Planta Baja, del Conjunto Residencial Centro Metropolitano Javier I Etapa, Barquisimeto, estado Lara, en ese mismo orden, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la decisión N° 005, emitida por la Comisión Electoral del mencionado Conjunto Residencial, que deja sin efecto la elección de la Presidenta de la Junta de Condominio elegida en Asamblea General Extraordinaria, celebrada en fecha 12 de junio de 2022, y contra el proceso electoral cuyo acto de votación se fijó para el 17 de julio de 2022. |
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INFORMES Y PONENTE: Vencido como se encuentra el lapso de evacuación de pruebas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 191 y 192 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se designó ponente al Magistrado INCENCIO FIGUEROA ARIZALETA, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa, dentro del plazo de quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de la presentación de los informes orales. Asimismo, se fijó el día jueves nueve (09) de marzo de 2023, a las diez y media de la mañana (10:30 a.m.), para que las partes presenten sus informes en forma oral. |
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2. | AA70X2022000009 - AA70E2022000037 |
Las ciudadanas SANDRA CARNEVALE SABELLI y YURANCY ARTEAGA ZERPA, titulares de la cédula de identidad número V-9.628.173 y V-9.620.642, respectivamente, la segunda profesional del derecho inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.172, actuando en nombre propio y asistiendo a la primera de las nombradas, quienes alegan ser propietarias de los inmuebles ubicados en la Torre 7, Apto 7-6, Planta Baja, y Torre 3, Apto 3-1, Planta Baja, del Conjunto Residencial Centro Metropolitano Javier I Etapa, Barquisimeto, estado Lara, en ese mismo orden, denunciaron el desacato a la sentencia N° 065 dictada por esta Sala en fecha 14 de julio de 2022, en la que se declaró procedente el amparo cautelar. |
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PONENTE: Vencida como se encuentra la articulación probatoria ordenada mediante sentencia N° 099 de fecha 06 de octubre de 2022 y recibidas las resultas de la comisión conferida al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 07 de diciembre de 2022, a través del correo electrónico se.secretaria@tsj.gob.ve, se designó ponente al Magistrado INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, a los fines de la decisión correspondiente. |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2021000065 |
El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025. |
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Apertura de pieza II |
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2. | AA70E2022000054 |
Los ciudadanos EDDY JESÚS RONDON APONTE, FREDDYS OMAR CASTILLO y PEDRO PABLO FLEITAS OJEDA, titulares de las cédulas de identidad número V-8.198.311, V-8.167.746 y V-8.159.384, respectivamente, el primero abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.252, actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos últimos, todos alegando el carácter de Asociados de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la elección de la Comisión Electoral Principal y de las Sub-comisiones Electorales Regionales respectivas, que adelantan el proceso de la elección de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, para el periodo 2022-2025, celebrada en fecha 08 de noviembre de 2022. |
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RECEPCION DE COMISION: Por recibido oficio N° 23-38, emanado del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del estado Apure, anexo al cual remitió la comisión que le fuere conferida en fecha 15 de diciembre de 2022, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como sus anexos. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2022000049 |
Por recibido oficio N° 134-22 de fecha 18 de octubre de 2022, emitido por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, mediante el cual remitió expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado OSCAR IGNACIO LOSSADA GASPERI, titular de la cédula de identidad número V-5.507.464, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.249, quien actúa en su propio nombre como propietario de la acción N° A-367, de la Asociación Civil Gran Marina del Rey, contra la asamblea extraordinaria celebrada en fecha 13 de noviembre de 2021, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 28 de septiembre de 2022, conforme a la cual el referido Juzgado reguló la competencia en el presente asunto. |
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El abogado Oscar Ignacio Lossada Gasperi, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.249, parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual desiste del presente recurso contencioso electoral y solicitó sea homologado el mismo. |
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2. | AA70E2022000061 |
El abogado Luis Lemus Sifontes, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 144.403, en representación de las ciudadanas ESPERANZA SIFONTES BRICEÑO y MAITTE COROMOTO DAVID APONTE, titulares de las cédulas de identidad N° V-17.444.852 y V-10.534.617, en el alegado carácter de copropietarias de los apartamentos N° 6 y 5 del Edificio Sabana Grande, respectivamente, interpuso amparo constitucional conjuntamente con solicitud cautelar, contra la sociedad mercantil ADMINISTRADORA PIFANO, C.A. y las ciudadanas MARIA ESPERANZA CAROLLA SEPULVEDA, GERGORIA MERCEDES ROJO ARAUJO y JUDITH BUSTILLOS, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.672.391, V-13.997.197 y V-6.350.245, Administradora y miembros de la Junta de Condominio del mencionado edificio, en ese orden. |
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El abogado Luis Alfredo Lemus, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 144.403, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento en la presente causa. |
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DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
1. | AA70E2022000032 |
Los ciudadanos MENFRI PARIS y GONZALO ANGÚLO, quienes alegan actuar el primero con la condición de Secretario General en funciones y electo del Comité Ejecutivo Seccional Caracas del Partido Acción Democrática para el periodo 2022-2026, y el segundo profesional del derecho alegando su condición como candidato electo a Secretario Político proclamado y asistiendo al primero de los nombrados, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo cautelar contra la "…omisión de la Comisión Electoral Interna Nacional (CEIN) de recibir el Acta de Proclamación de Autoridades electas para el Comité Ejecutivo Seccional Caracas, de fecha 11 de junio de 2022, emanada de la Comisión Electoral Interna Seccional Caracas (CEIS- Caracas) del Partido Acción Democrática, (…) contra las actuaciones desarrolladas por el Presidente del Consejo Electoral Interno Nacional en las cuales se pretende desconocer el proceso electoral (…) y contra el Proceso Electoral Nacional…". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.531, librado a la COMISIÓN ELECTORAL INTERNA NACIONAL (CEIN), recibida por el ciudadano Luis Sánchez, Miembro Principal del CEIN, mediante la cual se le notificó la Sentencia N°124 de fecha 14 de diciembre 2022. |
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2. | AA70E2022000032 |
Los ciudadanos MENFRI PARIS y GONZALO ANGÚLO, quienes alegan actuar el primero con la condición de Secretario General en funciones y electo del Comité Ejecutivo Seccional Caracas del Partido Acción Democrática para el periodo 2022-2026, y el segundo profesional del derecho alegando su condición como candidato electo a Secretario Político proclamado y asistiendo al primero de los nombrados, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo cautelar contra la "…omisión de la Comisión Electoral Interna Nacional (CEIN) de recibir el Acta de Proclamación de Autoridades electas para el Comité Ejecutivo Seccional Caracas, de fecha 11 de junio de 2022, emanada de la Comisión Electoral Interna Seccional Caracas (CEIS- Caracas) del Partido Acción Democrática, (…) contra las actuaciones desarrolladas por el Presidente del Consejo Electoral Interno Nacional en las cuales se pretende desconocer el proceso electoral (…) y contra el Proceso Electoral Nacional…". |
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El ciudadano Alguacil consignó Boleta original dirigida a los ciudadanos MENFRI PARIS y GONZALO ANGÚLO, sin practicar, señalando lo siguiente: "El día 24 de enero, el día 13 de febrero y 23 de febrero del dos mil veintitrés, me trasladé a las siguiente dirección: Zamuro a Mírasela, Res. Morichal, Piso 10, Parroquia Santa Rosalia, Diagonal al Palacio de Justicia, Caracas, Distrito Capital, a los fines de practicar la notificación, librada a los ciudadanos MENFRI PARIS y GONZALO ANGÚLO, parte recurrente, estando en el domicilio fue imposible practicar dicha notificación, porque no se encontraba nadie en el mismo". |
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3. | AA70E2022000034 |
El ciudadano LUIS JOSÉ PACHECO, titular de la cédula de identidad número V-25.000.633, quien alega actuar con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral Interna del Partido Acción Democrática - Seccional Caracas, y de los miembros de la Comisión Electoral Interna Seccional Caracas (CEIS-CARACAS), asistido por el abogado Alexis Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 308.958, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Interna Nacional (CEIN), por la presunta omisión de recibir el acta de proclamación de las Autoridades Electas de la Seccional Caraca de fecha 11 de junio de 2022. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.530, librado a la COMISIÓN ELECTORAL INTERNA SECCIONAL CARACAS (CEIN-CARACAS), recibida por el ciudadano Luis Sánchez, Miembro Principal del CEIN y encargado de la Comisión del CEIN de Caracas, mediante la cual se le notificó la Sentencia N°125 de fecha 14 de diciembre 2022. |
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4. | AA70E2022000034 |
El ciudadano LUIS JOSÉ PACHECO, titular de la cédula de identidad número V-25.000.633, quien alega actuar con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral Interna del Partido Acción Democrática - Seccional Caracas, y de los miembros de la Comisión Electoral Interna Seccional Caracas (CEIS-CARACAS), asistido por el abogado Alexis Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 308.958, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Interna Nacional (CEIN), por la presunta omisión de recibir el acta de proclamación de las Autoridades Electas de la Seccional Caraca de fecha 11 de junio de 2022. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.529, librado a la COMISIÓN ELECTORAL INTERNA NACIONAL (CEIN), recibida por el ciudadano Luis Sánchez, Miembro Principal del CEIN, mediante la cual se le notificó la Sentencia N°125 de fecha 14 de diciembre 2022. |
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5. | AA70E2022000034 |
El ciudadano LUIS JOSÉ PACHECO, titular de la cédula de identidad número V-25.000.633, quien alega actuar con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral Interna del Partido Acción Democrática - Seccional Caracas, y de los miembros de la Comisión Electoral Interna Seccional Caracas (CEIS-CARACAS), asistido por el abogado Alexis Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 308.958, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Interna Nacional (CEIN), por la presunta omisión de recibir el acta de proclamación de las Autoridades Electas de la Seccional Caraca de fecha 11 de junio de 2022. |
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El ciudadano Alguacil consignó Boleta original dirigida al ciudadano LUIS JOSÉ PACHECO, parte recurrente, sin practicar, señalando lo siguiente: "El día 24 de enero, el día 13 de febrero y 23 de febrero del dos mil veintitrés, me trasladé a las siguiente dirección: Zamuro a Mírasela, Res. Morichal, Piso 10, Parroquia Santa Rosalía, Diagonal al Palacio de Justicia, Caracas, Distrito Capital, a los fines de practicar la notificación, librada al ciudadano LUIS JOSÉ PACHECO, parte recurrente, estando en el domicilio fue imposible practicar dicha notificación, porque no se encontraba nadie en el mismo". |
La Presidenta, | |
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ | |
La Secretaria, | |
INTIANA LÓPEZ PÉREZ |