REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 06/03/2023
CUENTA, N° 31

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN
1. AA70X2023000004 - AA70E2022000011

El abogado Carlos Rafael Molinar Cedeño, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.804, interpuso"…acción por estimación e intimación de honorarios profesionales por VIA INCIDENTAL en contra de la ASOCIACIÓN DE SOFTBOL DEL ESTADO CARABOBO (…) representada legalmente por la ciudadana EMILCE MARÍA OSTOS, Venezolana, titular de la cédula de identidad número C.I V-7.129.740…".

Se abrió cuaderno separado.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2022000011

Los ciudadanos ERIK J. GARCÍA HERNÁNDEZ y CRISTINA I. RODRÍGUEZ MASERES, titulares de la cédula de identidad números V-16.633.552 y V-18.168.317, respectivamente, actuando en su condición de Presidente y Vicepresidenta de la ASOCIACIÓN DE SOFFTBOL DEL ESTADO CARABOBO, asistidos por la abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente, con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado con la Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de fecha 17 de diciembre de 2021.

CONSTANCIA DE CUADERNO SEPARADO: En fecha 06 de marzo de 2023, se dejó constancia que se abrió cuaderno separado a los fines de tramitar la acción por estimación e intimación de honorarios profesionales solicitada por el abogado Carlos Rafael Molinar Cedeño, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.804, cuaderno separado que le fue asignado el Nº AA70-X-2023-000004.


2. AA70E2022000011

Los ciudadanos ERIK J. GARCÍA HERNÁNDEZ y CRISTINA I. RODRÍGUEZ MASERES, titulares de la cédula de identidad números V-16.633.552 y V-18.168.317, respectivamente, actuando en su condición de Presidente y Vicepresidenta de la ASOCIACIÓN DE SOFFTBOL DEL ESTADO CARABOBO, asistidos por la abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente, con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado con la Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de fecha 17 de diciembre de 2021.

APERTURA DE CUADERNO SEPARADO: Visto el escrito presentado en fecha 02 de marzo de 2023, por el abogado Carlos Rafael Molinar Cedeño, mediante el cual interpuso"…acción por estimación e intimación de honorarios profesionales por VIA INCIDENTAL en contra de la ASOCIACIÓN DE SOFTBOL DEL ESTADO CARABOBO (…)…", esta Sala acordó abrir cuaderno separado para la tramitación de la referida estimación e intimación de honorarios profesionales, el cual se iniciará con la copia certificada del presente auto. Igualmente, a los fines de conformar el cuaderno separado se ordena expedir copia certificada del auto de fecha 03/03/2022, del Oficio N° 22.094 de fecha 03/03/2022 recibido por la ciudadana EMILCE MARÍA OSTOS, del auto de fecha 15/11/2022 mediante el cual se dejó constancia de la recepción del escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho y los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, así como del referido escrito.


3. AA70E2022000019

El abogado Tulio Sánchez González, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7282, actuando en su condición de apoderado judicial del Comité Paralímpico Venezolano (COPAVEN), interpuso demanda de nulidad contenciosa electoral e impugnación contra las convocatorias, de fechas 06 de diciembre de 2021 (Designación de la Comisión Electoral), 28 de diciembre de 2021 (Designación de la Autoridad Provisional), 25 de enero de 2022 (Designación de la Comisión Electoral), 17 de febrero de 2022 (Convocatoria y Cronograma Electoral) y contra el Acto Electoral realizado en fecha 31 de marzo de 2022.

El Juzgado de Sustanciación INADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto y en consecuencia ordenó notificar a la parte recurrente y a la Comisión Electoral del Comité Paralímpico Venezolano (COPAVEN) parte recurrida. Se libró boleta y oficio N° 23.023.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2022000032

Los ciudadanos MENFRI PARIS y GONZALO ANGÚLO, quienes alegan actuar el primero con la condición de Secretario General en funciones y electo del Comité Ejecutivo Seccional Caracas del Partido Acción Democrática para el periodo 2022-2026, y el segundo profesional del derecho alegando su condición como candidato electo a Secretario Político proclamado y asistiendo al primero de los nombrados, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo cautelar contra la "…omisión de la Comisión Electoral Interna Nacional (CEIN) de recibir el Acta de Proclamación de Autoridades electas para el Comité Ejecutivo Seccional Caracas, de fecha 11 de junio de 2022, emanada de la Comisión Electoral Interna Seccional Caracas (CEIS- Caracas) del Partido Acción Democrática, (…) contra las actuaciones desarrolladas por el Presidente del Consejo Electoral Interno Nacional en las cuales se pretende desconocer el proceso electoral (…) y contra el Proceso Electoral Nacional…".

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos MENFRI PARIS, y GONZALO ANGULO, el primero en su alegada condición de Secretario General de Acción Democrática y el segundo en su condición de candidato electo al cargo de Secretario Político,(parte recurrente), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de 2022, con la advertencia de que con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.


2. AA70E2022000034

El ciudadano LUIS JOSÉ PACHECO, titular de la cédula de identidad número V-25.000.633, quien alega actuar con el carácter de Presidente de la Comisión Electoral Interna del Partido Acción Democrática - Seccional Caracas, y de los miembros de la Comisión Electoral Interna Seccional Caracas (CEIS-CARACAS), asistido por el abogado Alexis Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 308.958, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra la Comisión Electoral Interna Nacional (CEIN), por la presunta omisión de recibir el acta de proclamación de las Autoridades Electas de la Seccional Caraca de fecha 11 de junio de 2022.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano LUIS JOSÉ PACHECO, el primero en su alegada condición de Presidente de la Comisión Electoral del partido Acción Democrática (CEIN-CARACAS) (parte recurrente), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de 2022, con la advertencia de que con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral del cartel, se les tendrá por notificados.


3. AA70E2023000008

Los ciudadanos ZULIA PERDOMO B., NOIRA M. VARGAS, LILIAMAR FRANCO, KARLA TORRES, MARÍA V. BARRIOS, RAMÓN VIVAS, JESÚS NATERA, WILMER J. PRIETO, YENNY TORRES, YULVIS AREVALO y RAFIC ISMAIL, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.129.672, V-17.325.819, V-8.913.773, V-15.984.125, V-24.159.147, V-14.364.618, V-18.943.230 y V-24.889.564, respectivamente, invocando su condición de miembros activos y legítimos de la Cámara de Comercio del Municipio Cedeño, Caicara del Orinoco del estado Bolívar, asistidos en este acto por los abogados Sergio Ramón Aranguren Carrero e Iván Alexis Bustamante Prieto, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 51.303 y 252.461, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad con medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva y la Comisión Electoral que llevo a cabo el proceso electoral de la referida Cámara de Comercio en fecha 15 de diciembre de 2022.

El ciudadano Pablo Loreto, titular de la cédula de identidad N° V-11.845.759, asistido por el abogado Vicente Siso García, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°16.457 (parte recurrida) , presentó diligencia mediante la cual consignó escrito original de contestación.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ