REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 16/03/2023
CUENTA, N° 38

ACTA DE INFORMES ORALES EN
1. AA70E2022000058

Los ciudadanos NICANOR GARCIA RIVADULLA, JORGUE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.129.380, V-16.909.432 y V-16.889.676, respectivamente, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado, asistidos por el abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la convocatoria publicada en fecha 14 de noviembre de 2022, por la Asociación Civil Puerto Encantado, para la Asamblea de miembros y propietarios a celebrarse en fecha 10 de diciembre de 2022, donde se nombrará la Junta Directiva para el periodo 2022-2024.

Se deja constancia que se agregó al expediente, disco compacto (CD) contentivo del acto de informes orales celebrado en esta misma fecha.


2. AA70E2022000058

Los ciudadanos NICANOR GARCIA RIVADULLA, JORGUE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.129.380, V-16.909.432 y V-16.889.676, respectivamente, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado, asistidos por el abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la convocatoria publicada en fecha 14 de noviembre de 2022, por la Asociación Civil Puerto Encantado, para la Asamblea de miembros y propietarios a celebrarse en fecha 10 de diciembre de 2022, donde se nombrará la Junta Directiva para el periodo 2022-2024.

Abierto el acto, se dejó constancia de la comparecencia del abogado ALEJANDRO GARCIA PÉREZ, apoderado judicial de los ciudadanos NICANOR GARCIA RIVADULLA, JORGE ENRIQUE GARCIA PÉREZ Y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, (parte recurrente). Asimismo, se dejó constancia de la incomparecencia de la representación judicial de la parte recurrida. Finalmente, se dejó constancia que se encontraba presente el abogado JOSÉ LUIS ÁLVAREZ DOMINGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°58.165, actuando en su condición de Fiscal Provisorio Octavo del Ministerio Público. Seguidamente, la Presidenta de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían la parte recurrente y la representación del Ministerio Público para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el disco compacto contentivo del acto de informes orales.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2014000039

El ciudadano JUAN CARLOS BRACHO ROMERO, interpuso acción de amparo constitucional contra la Junta Directiva y Comisión Electoral del COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO ZULIA, a los fines que presenten a la brevedad un proyecto de ELECCIONES PARA LA DESIGNACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA Y TRIBUNAL DISCIPLINARIO.

Vista la Sentencia N° 007 dictada en fecha 09 de marzo de 2023 se acuerda notificar al ciudadano Alexy Palmar Castillo Presidente de la Comisión Electoral del Colegio De Abogados Del Estado Zulia. Remítase copia certificada del mencionado fallo y del presente auto. Líbrese oficio. Ahora bien, se comisiona al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor).


2. AA70E2020000007

Por recibido de fecha 29 de enero de 2020, Oficio N° 042-2020, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, mediante el cual remitió expediente N° KP02-N-2019-000066, contentivo del recurso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, interpuesto por el abogado JUAN CARLOS TORREALBA ESCALONA, titular de la cédula de identidad N° V-9559.995 e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 52.183, contra los actos proferidos por la comisión electoral de la Asociación Civil de Consumidores y Usuarios de la Urbanización Horizonte.

Vista la Sentencia N° 014 dictada en fecha 09 de marzo de 2023, se acordó notificar al ciudadano JUAN CARLOS TORREALBA ESCALONA, parte recurrente, a los miembros integrantes Comisión Electoral de la Asociación Civil de Consumidores y Usuarios de la Urbanización Horizonte, asimismo a los miembros integrantes de la Junta Directiva de dicha Asociación y al Ministerio Público.


3. AA70E2021000009

El ciudadano JOSE FRANCISCO ABREU DEVERA, titular de la cédula de identidad N° V-19.230.043, en su alegado carácter de Secretario General de la organización con fines políticos Carabobo Militancia Nacional (CAMINA), debidamente asistido por el abogado Nerio José Rico León, inscrito en el Inpreabogado N° 231.593, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral contra la consignación ante el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, presentada por el ciudadano Carlos Alberto Lozano Parra, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 11.348.296, quien cumplía funciones de Presidente de la referida organización .

Vista la Sentencia N° 005 dictada en fecha 09 de marzo de 2023, se acordó notificar al ciudadano JOSÉ FRANCISCO ABREU DEVERA, (parte recurrente), al ciudadano CARLOS ALBERTO LOZANO PARRA, quien cumplía funciones de Presidente de la Organización con fines Políticos Carabobo Militancia Nacional (CAMINA), al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio Público, se comisiona al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción del estado Carabobo (Distribuidor), Finalmente visto que en fecha 15 de noviembre de 2022 el Juzgado de Sustanciación de esta Sala Electoral libró cartel a los fines de notificar a los miembros Integrantes de la Organización Carabobo Militancia Nacional (CAMINA).


4. AA70E2021000076

Los ciudadanos Ayexa Lorena Bustillos y Ender Alfonzo Luzardo, titulares de la cédula de identidad N° 11.414.089 y 7.306.728, alegando el carácter de Directora General de la Comisión de Jueces y Árbitros de Deportes Acuáticos del Distrito Capital y Jueza del Seleccionado Nacional e Internacional, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral contra el proceso electoral llevado a cabo por la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos.

Vista la sentencia N° 003 de fecha 09 de marzo de 2023, se acordó notificar a los ciudadanos AYEXA LORENA BUSTILLO y ENDER ALFONZO LUZARDO, en su alegada condición de de Directora General de la Comisión de Jueces y Árbitros de Deportes Acuáticos del Distrito Capital y Jueza del Seleccionado Nacional e Internacional miembro de la Asamblea General de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE DEPORTES ACUÁTICOS (FEVEDA), (parte recurrente), a la Comisión Electoral, a la Junta Directiva, al Consejo de Honor y al Consejo Contralor de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos, al Ministerio Público y al Instituto Nacional del Deporte. Se libró boleta de notificación y oficios.


5. AA70E2022000023

El abogado Emmanuel José Ortiz Peraza, titular de la cédula de identidad N° V-15.176.809, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 102.283, actuando en nombre propio y representación de los derechos constitucionales, y los intereses y derechos colectivos de los miembros del Colegio de Abogados del estado Lara, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar subsidiaria, contra la escogencia de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisión Electoral de la referida organización gremial.

Vista la Sentencia N° 002 dictada por esta Sala Electoral en fecha 09 de marzo de 2023, se acordó notificar a la ciudadana Nancy Rodríguez de Rodríguez, parte recurrida. Se libró boleta. Asimismo, se acordó comisionar al Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara (Distribuidor), a los fines de practicar la correspondiente notificación. Se libró oficio N° 23.030 y despacho.


6. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con amparo cautelar, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Vista la Sentencia N° 017 dictada por la Sala Electoral en fecha 16 de marzo de 2023, se acordó notificar a las ciudadanas FELICITA GRACIELA DE LA COROMOTO CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, (parte recurrente), a la Junta Directiva de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF) y la Comisión Electoral de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF) (parte recurrida), a los ciudadanos HÉCTOR JOSÉ MARTÍNEZ CASIQUE, ÁNGELA MARGARITA CHARLES VELÁSQUEZ, MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ y JOSÉ LUIS MACHADO TORRELLAS, terceros interesados y al Ministerio Público. Se libró Líbrese boletas y oficios Nros. 23.035, 23.036 y 23.037.


7. AA70E2022000044

El ciudadano Daniel Mauricio Coronel Pinto, titular de la cédula de identidad N° V-20.697.015, en el alegado carácter de propietario de un local distinguido con las siglas T-15, ubicado en el Condominio Centro Cristal, asistido por el abogado Carlos Gómez Ordoñez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 302.815, interpuso recurso contencioso electoral con medida cautelar, contra la Asamblea realizada en fecha 11 de junio de 2022, para la elección de la Junta de Condominio y un Administrador temporal del referido condominio, convocada por la ciudadana Esmeralda del Consuelo Gutiérrez Cueto, en nombre propio y en representación del ciudadano Gerardo Antonio Gutiérrez Cueto.

Vista la Sentencia N° 015 de fecha 09 de marzo de 2023, se acordó notificar al ciudadano DANIEL MAURICIO CORONEL PINTO, (parte recurrente), dando cumplimiento a lo ordenado en la sentencia, se remite expediente signado con el Nº AA70-E-2022-000044, constante de ciento veintidós (122) folios útiles, en una (01) pieza, al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, para conocer y decidir el presente asunto, asimismo se acordó comisionar al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (DISTRIBUIDOR) a los fines de notificar a la parte recurrente.


8. AA70E2022000045

Por recibido oficio N° 0495-2022 de fecha 27 de julio de 2022, emanado del Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, mediante el cual remitió por declinatoria de competencia el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por la abogada Francys Johana Astudillo Mora, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 101.033, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JESÚS RICARDO BRICEÑO VILORIA, CARLOS RAMÓN NIEVES SALAZAR, JOSÉ GREGORIO HURTADO VILLEGAS, ORLANDO JOSÉ RIVERO FIGUEROA, LUIS REINALDO SEVILLA BETANCOURT, HENRRY AMTONIO BETANCOURT FERNÁNDEZ, y otros, en su condición de afiliados del Sindicato Único Bolivariano de Trabajadores y Trabajadoras de las empresas Flexoflex C.A, Poliflex C.A, Simpla C.A, Infleveca C.A (SUNBOTRAFLEXOFLEX).

Vista la Sentencia N° 004 dictada en fecha 09 de marzo de 2023, se acordó notificar a los afiliados del Sindicato Único Bolivariano de Trabajadores y Trabajadoras de las empresas Flexoflex C.A, Poliflex C.A, (parte accionante), de igual forma, dando cumplimiento a lo ordenado en la mencionada sentencia se acuerda citar a LA JUNTA DIRECTIVA DEL SINDICATO ÚNICO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LAS EMPRESAS FLEXOFLEX C.A, POLIFLEX C.A, SIMPLA C.A, INFLEVECA C.A (SUNBOTRAFLEXOFLEX); y la notificación del Ministerio Público. Se remite copia certificada de libelo de demanda, de la mencionada sentencia y del presente auto.


9. AA70E2022000048

Por recibido oficio N° 0/202-22 de fecha 11/05/2022, emanado del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, mediante el cual remitió expediente contentivo de recurso contencioso electoral interpuesto por los abogados Pedro Arévalo Semprún, Rafael Ángel Velásquez y Omar Salazar, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.962.588, V-4.651.655 y V-4.050.698, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 33.181, 18.841 y 28.682, en el alegado carácter de Presidente, Tesorero y Bibliotecario del Colegio de Abogados del Estado Nueva Esparta, respectivamente, contra la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Nueva Esparta y el acto administrativo emanado de la Oficina Nacional de Gremios y Sindicatos del Consejo Nacional Electoral, sin número.

Vista la Sentencia N° 010 dictada por esta Sala Electoral en fecha 09 de marzo de 2023, se acordó notificar a los ciudadanos Pedro Arévalo Semprún, Rafael Ángel Velásquez y Omar Salazar. Se libró boleta. Asimismo, se acordó comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, (Distribuidor), a los fines de practicar la correspondiente notificación. Se libró oficio N° 23.031 y despacho.


10. AA70E2022000049

Por recibido oficio N° 134-22 de fecha 18 de octubre de 2022, emitido por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, mediante el cual remitió expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado OSCAR IGNACIO LOSSADA GASPERI, titular de la cédula de identidad número V-5.507.464, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.249, quien actúa en su propio nombre como propietario de la acción N° A-367, de la Asociación Civil Gran Marina del Rey, contra la asamblea extraordinaria celebrada en fecha 13 de noviembre de 2021, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 28 de septiembre de 2022, conforme a la cual el referido Juzgado reguló la competencia en el presente asunto.

Vista la Sentencia N° 016 dictada en fecha 09 de marzo de 2023, se acordó notificar al ciudadano OSCAR IGNACIO LOSSADA GASPERI, parte recurrente y a los miembros integrantes de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN CIVIL GRAN MARINA DEL REY, parte recurrida.


11. AA70E2022000060

Por recibido oficio N° TSJ/SCS/OFIC/1335-2022 de fecha 15/11/2022, emitido por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional, interpuesta por el abogado Oswaldo Edmundo Rodríguez Baptista, actuando en representación del Colegio de Contadores Públicos del estado Lara, contra "…1.- la convocatoria extraordinaria a las elecciones gremiales del Colegio de Contadores Públicos del estado Lara realizada por la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Colegios de Contadores Públicos el 02/04/2016 y el acto de fecha 06/08/2016; 3.- los actos dictados por la Dirección General de la Oficina Nacional de Gremios y Sindicatos del Consejo Nacional Electoral el 20/09/2016, 28/09/2016 y 10/10/2016; 4.- el acto dictado por la Comisión Electoral Nacional de la Federación de Colegios de Contadores Públicos el 25/09/2016…", remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 14/10/2022.

Vista la Sentencia N° 019 dictada por esta Sala Electoral en fecha 14 de marzo de 2023, se acordó notificar al ciudadano Oswaldo Edmundo Rodríguez Baptista. Se libró boleta. Asimismo, se acordó comisionar Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara (Distribuidor), a los fines de practicar la correspondiente notificación. Se libró oficio N° 23.032 y despacho.


12. AA70E2022000061

El abogado Luis Lemus Sifontes, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 144.403, en representación de las ciudadanas ESPERANZA SIFONTES BRICEÑO y MAITTE COROMOTO DAVID APONTE, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.693.432 y V-10.534.617, en el alegado carácter de copropietarias de los apartamentos N° 6 y 5 del Edificio Sabana Grande, respectivamente, interpuso amparo constitucional conjuntamente con solicitud cautelar, contra la sociedad mercantil ADMINISTRADORA PIFANO, C.A. y las ciudadanas MARIA ESPERANZA CAROLLA SEPULVEDA, GERGORIA MERCEDES ROJO ARAUJO y JUDITH BUSTILLOS, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.672.391, V-13.997.197 y V-6.350.245, Administradora y miembros de la Junta de Condominio del mencionado edificio, en ese orden.

Vista la Sentencia N° 011 dictada por esta Sala Electoral en fecha 09 de marzo de 2023, se acordó notificar a las ciudadanas Esperanza Sifontes Briceño y Maitte Coromoto David Aponte, parte accionante. Se libró boleta.


13. AA70E2023000003

El ciudadano TEODORO ALFONZO SILVA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad número V-2.999.277, actuando en su alegado carácter de asociado de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistido por el abogado Ovidio Tocuyo Ford, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.239, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto administrativo del proceso electoral contenido en el calendario electoral, con fecha de reactivación 10 de noviembre al 09 de diciembre de 2022, y contra el acto de votación, escrutinio y totalización general de votos de fecha 07 de diciembre de 2022, realizado por la Comisión Electoral Ad Hoc de la referida caja de ahorro.

Vista la sentencia N° 009 de fecha 09 de marzo de 2023, se acordó notificar al ciudadano TEODORO ALFONZO SILVA LÓPEZ, parte recurrente, a los miembros integrantes de a los miembros integrantes de la Comisión Electoral Principal Ad Hoc de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular Para la Salud (CAHORMINSA) parte recurrida, a la Junta Directiva del Consejo de Administración y el Consejo de Vigilancia de la referida Caja de ahorro, a la Superintendencia de Cajas de Ahorro, a la Procuraduría General de la República , al Ministerio Publico, a los candidatos principales y suplentes a los Consejo de Administración y Vigilancia, a los candidatos principales y suplentes para a optar al cargo de Delegados por los estados por los estados Amazonas, Anzoátegui, Apure, Aragua, Barinas, Carabobo, Bolívar, y otros. Se libraron Oficios.


14. AA70E2023000008

Los ciudadanos ZULIA PERDOMO B., NOIRA M. VARGAS, LILIAMAR FRANCO, KARLA TORRES, MARÍA V. BARRIOS, RAMÓN VIVAS, JESÚS NATERA, WILMER J. PRIETO, YENNY TORRES, YULVIS AREVALO y RAFIC ISMAIL, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.129.672, V-17.325.819, V-8.913.773, V-15.984.125, V-24.159.147, V-14.364.618, V-18.943.230 y V-24.889.564, respectivamente, invocando su condición de miembros activos y legítimos de la Cámara de Comercio del Municipio Cedeño, Caicara del Orinoco del estado Bolívar, asistidos en este acto por los abogados Sergio Ramón Aranguren Carrero e Iván Alexis Bustamante Prieto, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 51.303 y 252.461, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad con medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva y la Comisión Electoral que llevo a cabo el proceso electoral de la referida Cámara de Comercio en fecha 15 de diciembre de 2022.

Vista la Sentencia Nº 012 dictada en fecha 09 de marzo de 2023, en consecuencia, esta Sala Electoral acordó notificar a la parte recurrente, a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral de la Cámara de Comercio e Industria del Municipio Manuel Cedeño del estado Bolívar, Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se comisiona al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cedeño (Caicara del Orinoco) del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar.


15. AA70E2023000011

Por recibido oficio N° TSJ/SCS/OFIC/0127-2023 de fecha 23/01/2023, emitido por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano ANTONIO SALAS, titular de la cédula de identidad número E-81.616.875, actuando en el alegado carácter de Accionista de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, asistido por el abogado Eduardo Revete, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.946, contra la Comisión Electoral de la referida Asociación Civil 2020 - 2022, por la emisión de la decisión de fecha 03 de agosto de 2022, que acordó separarlo o excluirlo del proceso electoral en las elecciones que se realizaron el 25 de septiembre de 2022, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 14/12/2022, conforme a la cual declinó la competencia en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

Vista la Sentencia N° 013 dictada por esta Sala Electoral en fecha 09 de marzo de 2023, se acordó notificar al ciudadano Antonio Rafael Salas Eguis, parte accionante. Se libró boleta.


16. AA70E2023000012

Por recibido oficio N° 014 de fecha 25 de enero de 2023, emitido por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, mediante el cual remitió expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar, interpuesto por la ciudadana GISELA AMUNDARAIN HIDALGO, alegando el carácter de propietaria de un inmueble ubicado en la Urbanización Parque Residencial La Sabana, asistida por el abogado Nelson Alejandro Montilla Sosa, contra las elecciones realizadas en fecha 10 de septiembre de 2022, por la Junta Administradora de Condominio (2021-2022) y la Administradora Inversiones Admyser C.A, a los fines de conformar la nueva Junta Administradora del referido Conjunto Residencial (2022-2023); remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 17 de enero de 2023, conforme a la cual declinó el presente asunto en esta Sala.

Vista la sentencia N° 018 de fecha 09 de marzo de 2023,
se acordó notificar a la ciudadana GISELA AMUNDARIAN HIDALGO, parte recurrente, a los miembros integrantes de la Junta Administradora del Conjunto Residencial La Sabana período 2021-2022 (saliente) y los electos para el período 2022-2023, a los miembros integrantes de la ADMINISTRADORA INVERSIONES ADMYSER C.A y Ministerio Público. Se libró boleta y oficio.


17. AA70E2023000014

El abogado Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.558, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JAVIER ALEXANDER GUILLEN CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° V-17.794.866, en el alegado carácter de candidato a Presidente de la nueva Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industria del Vigía y Sur del Lago (CAVISUR) para el periodo 2022-2025, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos de designación, totalización, acreditación y juramentación de la nueva Junta Directiva de la referida Cámara de Comercio para el periodo 2022-2025.

Auto de correccion de foliatura.


18. AA70X2022000003 - AA70E2021000071

Los ciudadanos YOEL JOSÉ PÉREZ y EDGARD RAMÓN MUÑOZ MATA, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.050.923 y 17.111.061, parte recurrente, asistidos por la abogada Elis González, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, presentaron escrito mediante el cual solicitaron la ejecución de la sentencia N°101 dictada en fecha 14 de diciembre de 2021, en cuanto al amparo cautelar ordenado por esta Sala en el referido fallo, señalando que "… no consta (…) que la Comisión Electoral Ad-hoc haya dado cumplimiento al correspondiente mandato en consecuencia, desconocemos si existe un padrón electoral por cuanto no ha sido publicado, ni cuando iniciará el lapso de inscripción de postulaciones para el referido proceso…".

Vista la Sentencia N° 008 dictada por esta Sala Electoral en fecha 09 de marzo de 2023, se acordó notificar a los ciudadanos YOEL JOSÉ PÉREZ y EDGARD RAMÓN MUÑOZ MATA, parte recurrente. Se libró boleta.


19. AA70X2023000001 - AA70E2022000058

El abogado Alejandro García Pérez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos NICANOR GARCÍA RIVADULLA, JORGE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado (parte recurrente), solicitó a esta Sala acuerde el nombramiento de una Junta Directiva Ad-Hoc hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la presente causa "…Toda vez que a la fecha de hoy, todos los miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Puerto Encantado (ACPE) han renunciado a sus cargos…".

Vista la sentencia N° 006 de fecha 09 de marzo de 2023,
se acordó notificar a los ciudadanos NICANOR GARCÍA RIVADULLA, JORGE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, parte recurrente. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia y del presente auto. Líbrese boleta de notificación. Asimismo, se acordó notificar a la JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN CIVIL PUERTO ENCANTADO, parte recurrida. Se libró oficio.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2022000023

El abogado Emmanuel José Ortiz Peraza, titular de la cédula de identidad N° V-15.176.809, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 102.283, actuando en nombre propio y representación de los derechos constitucionales, y los intereses y derechos colectivos de los miembros del Colegio de Abogados del estado Lara, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar subsidiaria, contra la escogencia de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisión Electoral de la referida organización gremial.

La abogada Sileny Brito, titular de la cédula de identidad N° V-14.030.046, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 102.227, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrida, presentó escrito mediqante el cual solició aclaratoria de setencia y formula alegatos.


2. AA70E2022000058

Los ciudadanos NICANOR GARCIA RIVADULLA, JORGUE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.129.380, V-16.909.432 y V-16.889.676, respectivamente, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado, asistidos por el abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la convocatoria publicada en fecha 14 de noviembre de 2022, por la Asociación Civil Puerto Encantado, para la Asamblea de miembros y propietarios a celebrarse en fecha 10 de diciembre de 2022, donde se nombrará la Junta Directiva para el periodo 2022-2024.

El abogado José Luis Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.165, actuando en su condición de Fiscal Provisorio (Encargado) de la Fiscalía Octava del Ministerio Publico, presentó escrito de opinión fiscal.


DILIGENCIA EN
1. AA70X2023000001 - AA70E2022000058

El abogado Alejandro García Pérez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos NICANOR GARCÍA RIVADULLA, JORGE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado (parte recurrente), solicitó a esta Sala acuerde el nombramiento de una Junta Directiva Ad-Hoc hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la presente causa "…Toda vez que a la fecha de hoy, todos los miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Puerto Encantado (ACPE) han renunciado a sus cargos…".

El abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual la cual consignó listado de personas que integran la Junta Ad Hoc de la Asociación Civil Puerto Encantado (ACPE).


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2021000016

Los abogados JOSE GREGORIO SILVA BOCANEY y JULIO JOSE PINEDA SOCORRO, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 33.418 y 53.789, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano CRISANTO ANTONIO BELLO VETENCOURT, titular de la cédula de identidad N° V- 11.228.226, Tesorero y Miembro del Instituto Venezolano de Genealogía, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral y el acto de proclamación de las autoridades a los cargos de Junta Directiva y Junta Calificadora, para el periodo 2021-2023.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.464, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE GENEALOGÍA, recibido por el abogado Juan Andrés Miralles, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 304.868, apoderado judicial del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 112 de fecha 01 de diciembre de 2022.


2. AA70E2021000016

Los abogados JOSE GREGORIO SILVA BOCANEY y JULIO JOSE PINEDA SOCORRO, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 33.418 y 53.789, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano CRISANTO ANTONIO BELLO VETENCOURT, titular de la cédula de identidad N° V- 11.228.226, Tesorero y Miembro del Instituto Venezolano de Genealogía, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral y el acto de proclamación de las autoridades a los cargos de Junta Directiva y Junta Calificadora, para el periodo 2021-2023.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.266, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el ciudadano Ricardo Berbis, Secretario Jefe de Apoyo Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 112 de fecha 01 de diciembre de 2022.


3. AA70E2021000016

Los abogados JOSE GREGORIO SILVA BOCANEY y JULIO JOSE PINEDA SOCORRO, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 33.418 y 53.789, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano CRISANTO ANTONIO BELLO VETENCOURT, titular de la cédula de identidad N° V- 11.228.226, Tesorero y Miembro del Instituto Venezolano de Genealogía, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral y el acto de proclamación de las autoridades a los cargos de Junta Directiva y Junta Calificadora, para el periodo 2021-2023.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.465, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA DIRECCIÓN LEGAL DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE GENEALOGÍA, recibido por el abogado Juan Andrés Miralles, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 304.868, apoderado judicial del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 112 de fecha 01 de diciembre de 2022.


4. AA70E2021000016

Los abogados JOSE GREGORIO SILVA BOCANEY y JULIO JOSE PINEDA SOCORRO, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 33.418 y 53.789, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano CRISANTO ANTONIO BELLO VETENCOURT, titular de la cédula de identidad N° V- 11.228.226, Tesorero y Miembro del Instituto Venezolano de Genealogía, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral y el acto de proclamación de las autoridades a los cargos de Junta Directiva y Junta Calificadora, para el periodo 2021-2023.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.462, librado al PRESIDENTE Y DEMAS MIEMBROS INTEGRANTES DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE GENEALOGÍA, recibido por el abogado Juan Andrés Miralles, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 304.868, apoderado judicial del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 112 de fecha 01 de diciembre de 2022.


5. AA70E2021000016

Los abogados JOSE GREGORIO SILVA BOCANEY y JULIO JOSE PINEDA SOCORRO, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 33.418 y 53.789, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano CRISANTO ANTONIO BELLO VETENCOURT, titular de la cédula de identidad N° V- 11.228.226, Tesorero y Miembro del Instituto Venezolano de Genealogía, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral y el acto de proclamación de las autoridades a los cargos de Junta Directiva y Junta Calificadora, para el periodo 2021-2023.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 22.463, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA JUNTA CALIFICADORA DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE GENEALOGÍA, recibido por el abogado Juan Andrés Miralles, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 304.868, apoderado judicial del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 112 de fecha 01 de diciembre de 2022.


6. AA70E2021000016

Los abogados JOSE GREGORIO SILVA BOCANEY y JULIO JOSE PINEDA SOCORRO, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 33.418 y 53.789, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano CRISANTO ANTONIO BELLO VETENCOURT, titular de la cédula de identidad N° V- 11.228.226, Tesorero y Miembro del Instituto Venezolano de Genealogía, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra el proceso electoral y el acto de proclamación de las autoridades a los cargos de Junta Directiva y Junta Calificadora, para el periodo 2021-2023.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al ciudadano CRISANTO ANTONIO BELLO VETENCOURT, respectivamente, en su condición de Tesorero y Miembro de número del Instituto Venezolano de Genealogía parte recurrente, recibida por el abogado José Silva, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 33.418, apoderado judicial, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 112 de fecha 01 de diciembre de 2022.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ