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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 13/04/2023 | |
CUENTA, N° 50 | |
NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN | |
1. | AA70E2023000022 |
La ciudadana YHOANNA BEATRIZ LUENGO PÉREZ, actuando en su alegado carácter de co-propietaria y comerciante del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, asistida por la abogada Neris Elena Barrera Bravo, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Condominio y contra la Administradora del referido centro comercial, por presuntamente encontrarse su periodo vencido y no convocar a la Asamblea General para realizar la elección de la nueva Junta Directiva. |
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Se recibió acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada. |
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ACTA DE INFORMES ORALES EN | |
1. | AA70E2021000061 |
La ciudadana Jeniree Daniela Zerpa Arellano, titular de la cédula de identidad N° V-19.861.711, alegando el carácter de militante y Secretaria Juvenil del MOVIMIENTO ELECTORAL DEL PUEBLO (MEP), asistida por el abogado Luis Fernández Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 252.717, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Dirección Nacional del Movimiento Electoral del Pueblo. |
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Se dejó constancia que se agregó al expediente, disco compacto (CD) contentivo del acto de informes orales celebrado en esta misma fecha. |
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2. | AA70E2021000061 |
La ciudadana Jeniree Daniela Zerpa Arellano, titular de la cédula de identidad N° V-19.861.711, alegando el carácter de militante y Secretaria Juvenil del MOVIMIENTO ELECTORAL DEL PUEBLO (MEP), asistida por el abogado Luis Fernández Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 252.717, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Dirección Nacional del Movimiento Electoral del Pueblo. |
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Abierto el acto, se dejó constancia de la comparecencia de la ciudadana JENIREE ZERPA y del abogado JESÚS BARRERO (parte recurrente). Asimismo, se dejó constancia de la comparecencia de los ciudadanos, GILBERTO JESÚS GIMÉNEZ y BENITA ROMERO DE FINOL, asistidos por los abogados LUIS BETANCOURT y EDGAR HERNÁNDEZ, se dejó constancia que se encontraba presente el abogado Luis Marcano López, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.711, actuando en su condición de Fiscal Sexto del Ministerio Público con competencia para actuar ante esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia Seguidamente, la Presidenta de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían las partes y la representación del Ministerio Público para efectuar sus intervenciones, concediéndoles el derecho de palabra, tras lo cual expusieron sus informes orales. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el disco compacto contentivo del acto de informes orales. |
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DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
1. | AA70E2018000053 |
El abogado Tulio Rafael Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 152.982, actuando en nombre y representación de las sociedades mercantiles PROMOTORA CARIBBEAN C.A., DESARROLLO SAN JORGE C.A., CENTRO SIETE C.A., interpuso recurso contencioso electoral de nulidad y consecuente responsabilidad electoral contra la Asamblea Extraordinaria de Propietarios celebrada los días 26 y 31 de julio de 2018, y la responsabilidad electoral de los Co-Propietarios y los miembros de la actual junta de condominio del Centro Comercial Caribbean Plaza. |
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DESIGNACIÓN DE PONENTE: Vencido como se encuentra el lapso legal establecido en el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para retirar, publicar y consignar el cartel de emplazamiento a los interesados librado en fecha 13 de marzo de 2023, se designó ponente al Magistrado INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, a los fines del pronunciamiento correspondiente. |
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2. | AA70E2023000021 |
El abogado Luis Alfredo Lemus Sifontes, en el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Esperanza Sifontes Briceño, en el alegado carácter de co-propietaria del apartamento N° 6 del Edificio Sabana Grande, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar, contra la Administradora Pifano, C.A. y las ciudadanas María Esperanza Carolla Sepulveda, Gregoria Mercedes Rojo Araujo y Judith Bustillos, miembros de la Junta de Condominio del referido inmueble, por presuntamente no haber dado cumplimiento a lo decidido en la Asamblea de Copropietarios celebrada en fecha 26 de noviembre de 2022. |
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SOLICITUD DE ANTECEDENTES Y PONENTE: Se acordó solicitar a la Administradora Pifano, C.A. y a las ciudadanas María Esperanza Carolla Sepulveda, Gregoria Mercedes Rojo Araujo y Judith Bustillos, miembros de la Junta de Condominio mencionada, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, asimismo, teniendo en cuenta que el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 ejusdem, designó ponente al Magistrado INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA. Se Libró Oficio. |
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3. | AA70E2023000022 |
La ciudadana YHOANNA BEATRIZ LUENGO PÉREZ, actuando en su alegado carácter de co-propietaria y comerciante del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, asistida por la abogada Neris Elena Barrera Bravo, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Condominio y contra la Administradora del referido centro comercial, por presuntamente encontrarse su periodo vencido y no convocar a la Asamblea General para realizar la elección de la nueva Junta Directiva. |
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PONENTE: Se designó ponente al Magistrado INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, a quien se le remitió el expediente a los fines del pronunciamiento correspondiente. |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2017000096 |
Los ciudadanos MANUEL RIVAS y HERIBERTO CARDENAS, actuando en su carácter de Miembros Fundadores y Autoridades del Partido Político Nacional Movimiento Republicano, asistidos por el abogado Natalio Tarazona, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y solicitud de medida cautelar innominada, contra el ciudadano Julio Albarrán, actual Secretario General del Partido Político Movimiento Republicano (MR), por la presunta violación de los derechos colectivos y difusos de la Militancia y Directiva del (MR). |
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COPIA CERTIFICADAS: Esta Sala ACUERDA certificaciones de los documentos que cursan en los folios doscientos treinta y siete (237) al doscientos cincuenta y uno (251) del doscientos cincuenta y seis (256) al doscientos cincuenta y nueve (259) del folio doscientos setenta y tres (273) del cuatrocientos treinta y seis (436) al cuatrocientos ochenta y tres (483) y del quinientos cincuenta y tres (553) al quinientos sesenta (560), por cursar en original o certificado, y NIEGA la certificación de los documentos que corren insertos en los folios trescientos cuarenta y dos (342) al trescientos noventa y dos (392), del cuatrocientos treinta y dos (432) al cuatrocientos treinta y cinco (435) y del cuatrocientos ochenta y cuatro (484) al cuatrocientos noventa y cuatro (494) del expediente, por no cursar en original o en copia certificada, hecho éste que impide su confrontación, de allí que se ordena su expedición en copia simple. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2021000061 |
La ciudadana Jeniree Daniela Zerpa Arellano, titular de la cédula de identidad N° V-19.861.711, alegando el carácter de militante y Secretaria Juvenil del MOVIMIENTO ELECTORAL DEL PUEBLO (MEP), asistida por el abogado Luis Fernández Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 252.717, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Dirección Nacional del Movimiento Electoral del Pueblo. |
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El abogado Luis Betancourt, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.647, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, presentó diligencia consignando escrito de informe. |
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2. | AA70E2021000061 |
La ciudadana Jeniree Daniela Zerpa Arellano, titular de la cédula de identidad N° V-19.861.711, alegando el carácter de militante y Secretaria Juvenil del MOVIMIENTO ELECTORAL DEL PUEBLO (MEP), asistida por el abogado Luis Fernández Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 252.717, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Dirección Nacional del Movimiento Electoral del Pueblo. |
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El ciudadano Gilberto Jiménez Prieto, titular de la cédula de identidad N° V-6.964.295, en su carácter Presidente del MOVIMIENTO ELECTORAL DEL PUEBLO (MEP), parte recurrida, asistido por los abogados Luis Betancourt y Edgar Hernández, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 71.647 y 71.292 respectivamente, presentó diligencia mediante la cual otorga poder Apud Acta a los abogados asistentes. |
La Presidenta, | |
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ | |
La Secretaria, | |
INTIANA LÓPEZ PÉREZ |