![]() | |
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
---|---|
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 25/05/2023 | |
CUENTA, N° 77 | |
NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN | |
1. | AA70E2023000033 |
Por recibido el Oficio N° 2023-0162 de fecha 26 de abril de 2023, emitido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Obligación de Manutención de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos CARLOS ALBERTO MIJARES MONTILLA, ANTONIO VÁSQUEZ y DANIEL MÁRQUEZ, actuando en el alegado carácter de atletas (Senseis) instructores de Karate Do y representantes de los Clubes de Karate Do, asistidos por el abogado Félix Alejandro Bonaiuto Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.632, contra el ciudadano DIZON BRICEÑO, titular de la cédula de identidad N° V-12.041.154, en su carácter de Presidente de la Asociación de Karate del estado Trujillo; remisión efectuada en virtud de la decisión dictada en fecha del 26 de abril del 2023, mediante la cual declinó la competencia en esta Sala Electoral. |
|
Recepción de escrito de acción de amparo |
|
DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
1. | AA70E2023000033 |
Por recibido el Oficio N° 2023-0162 de fecha 26 de abril de 2023, emitido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Obligación de Manutención de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos CARLOS ALBERTO MIJARES MONTILLA, ANTONIO VÁSQUEZ y DANIEL MÁRQUEZ, actuando en el alegado carácter de atletas (Senseis) instructores de Karate Do y representantes de los Clubes de Karate Do, asistidos por el abogado Félix Alejandro Bonaiuto Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.632, contra el ciudadano DIZON BRICEÑO, titular de la cédula de identidad N° V-12.041.154, en su carácter de Presidente de la Asociación de Karate del estado Trujillo; remisión efectuada en virtud de la decisión dictada en fecha del 26 de abril del 2023, mediante la cual declinó la competencia en esta Sala Electoral. |
|
PONENTE: Se designó ponente a la Magistrada FANNY BEATRIZ MÁRQUEZ CORDERO a los fines del pronunciamiento correspondiente. |
|
ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2018000053 |
El abogado Tulio Rafael Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 152.982, actuando en nombre y representación de las sociedades mercantiles PROMOTORA CARIBBEAN C.A., DESARROLLO SAN JORGE C.A., CENTRO SIETE C.A., interpuso recurso contencioso electoral de nulidad y consecuente responsabilidad electoral contra la Asamblea Extraordinaria de Propietarios celebrada los días 26 y 31 de julio de 2018, y la responsabilidad electoral de los Co-Propietarios y los miembros de la actual junta de condominio del Centro Comercial Caribbean Plaza. |
|
Se dejó constancia del retiró de la cartelera de esta Sala cartel librado a los ciudadanos MANUEL JAVIER PULGAR DE LAS CASAS, MAIGUALIDA CABRERAS ARMAS, JOSÉ SEGUNDO DAHER KARAM, PEDRO PABLO PALOMINO VELASQUEZ, DAVID JESUS SANMIGUEL DE LAS CASAS, y Otros en su condición de Co-propietarios del Centro Comercial Caribean Plaza (parte recurrida), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 037 dictada en fecha 20 de abril de 2023. |
|
2. | AA70E2018000053 |
El abogado Tulio Rafael Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 152.982, actuando en nombre y representación de las sociedades mercantiles PROMOTORA CARIBBEAN C.A., DESARROLLO SAN JORGE C.A., CENTRO SIETE C.A., interpuso recurso contencioso electoral de nulidad y consecuente responsabilidad electoral contra la Asamblea Extraordinaria de Propietarios celebrada los días 26 y 31 de julio de 2018, y la responsabilidad electoral de los Co-Propietarios y los miembros de la actual junta de condominio del Centro Comercial Caribbean Plaza. |
|
Se dejó constancia del retiró de la cartelera de esta Sala cartel librado a los ciudadanos IVAN LUCAS ZANZI, LUIS VELÁSQUEZ, GERARDO FALLO y VIRGINIA REBOLLEDO, Miembros Directivos de la Junta de Condominio del Centro Comercial Caribbean Plaza, (parte recurrida), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 037 dictada en fecha 20 de abril de 2023. |
|
3. | AA70E2021000031 |
El abogado Wilder Márquez Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 145.571, actuando en su carácter de apoderado judicial de NESTLÉ DE VENEZUELA, S.A., interpuso demanda de nulidad contra elección de delegados de prevención de la Fábrica El Tocuyo del estado Lara, realizada en fecha 09 de junio de 2021. |
|
Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de esta Sala cartel librado a los ciudadanos LIME COLMENAREZ, JESÚS DOMÍNGUEZ, RONNY YEPEZ, SIXTO PEREZ, IRAN TORREA, JOSÉ YEPEZ, LEONEL ÁLVAREZ y otros, en su condición de Candidatos a los cargos de Delegados de Prevención de la entidad de trabajo NESTLE DE VENEZUELA, S.A de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles que este Juzgado de Sustanciación dictó auto de admisión en fecha 03 de octubre del 2022 . |
|
4. | AA70X2023000006 - AA70E2023000009 |
El abogado Jorge Enrique Núñez Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.838, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Federación Nacional de Ganaderos y de la Comisión Electoral de la referida organización civil, plateó oposición a la medida cautelar decretada mediante sentencia N° 024, dictada por la sala Electoral en fecha 20 de abril de 2023. |
|
AGREGADO DE PRUEBAS: escrito presentado en esta misma fecha por los abogados Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 104.549 y 28.352, respectivamente, recurrentes, mediante el cual promovieron pruebas. |
|
ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
1. | AA70E2022000047 |
Los ciudadanos EDUARDO REVETE, JAVIER URBANO y JORGUE ENRIQUE QUIJANO PEREA, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.113.790, V-9.935.373 y V-15.582.292, respectivamente, quienes actúan en su carácter de Socios propietarios de las cuotas de participación N° 2673, 3923 y 1021, de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, asistidos por el primero de los nombrados, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.946, quien además actúa en su propio nombre, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos periodo 2020-2022, que llevo a cabo el proceso electoral para elegir a los Miembros de la Junta Directiva y sus suplentes, Comisarios y sus suplentes en fecha 25 de septiembre de 2022. |
|
La abogada Elizabeth Suárez Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.374, actuando en su condición de Fiscal Provisorio (Encargado) de la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico, presentó escrito de opinión fiscal. |
|
2. | AA70E2023000015 |
Los ciudadanos JOAO IVO SIMAO, NORA ELENA SOTO ROSA y ARIANA CELESTE LÓPEZ DI ROCCO, titulares de las cédulas de identidad N° E-81.968.430, V-4.356.102 y V-20.093.857, respectivamente, la última representada por el ciudadano Rafael Ernesto López Borges, titular de la cédula de identidad N°V-5.115.555, todos actuando en su alegado carácter de propietarios de los inmuebles identificados TH-23, TH-30 y TH-33, ubicados en el Conjunto Residencial Porto Novo Town, asistidos por la abogada Adriana Yilin Casanova Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 270.821, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los actos, actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones u omisiones electorales llevados a cabo por la Junta de Condominio del referido Conjunto Residencial periodo 2022-2023, y la administradora Inversiones Admyser C,A, así como solicitaron se suspendan los efectos de la asamblea eleccionaria celebrada en fecha 28 de enero de 2023. |
|
La abogada Adriana Yilin Casanova Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 270.821, apoderada judicial de la parte recurrente, presentó dililgencia de alegatos relacionados al presente asunto |
|
3. | AA70E2023000022 |
La ciudadana YHOANNA BEATRIZ LUENGO PÉREZ, actuando en su alegado carácter de co-propietaria y comerciante del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, asistida por la abogada Neris Elena Barrera Bravo, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Condominio y contra la Administradora del referido centro comercial, por presuntamente encontrarse su periodo vencido y no convocar a la Asamblea General para realizar la elección de la nueva Junta Directiva. |
|
La abogada Elizabeth Suárez Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.374, actuando en su condición de Fiscal Provisorio (Encargado) de la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico, presentó escrito de opinión fiscal. |
|
4. | AA70X2023000002 - AA70E2022000024 |
El abogado Lorenzo Roberto Santana Gómez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos TAMARA VELÁSQUEZ, ERIC ALEXANDER MESA CARRILLO y ÁLVARO ALEJANDRO PADRÓN PONCE, quienes actúan la primera en su carácter de Presidenta de la Asociación de Surf del estado Nueva Esparta, el segundo como Secretario General de la Asociación de Surf del estado Miranda y el último como Entrenador Deportivo y Juez de Surf (parte recurrente), denunció el desacato a la sentencia N° 070 dictada por esta Sala en fecha 28 de julio 2022, por parte de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Surfing (FVS), presuntamente por no haber cumplido con el mandato judicial ordenado por esta Sala Electoral. |
|
La ciudadana Tahina Luna, Titular de la cedula de identidad N° V- 14.757.320, Presidenta de la Asociación de Surf del estado Nueva Esparta, asistida por el abogado Luis Lopez inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.017, presentó escrito de alegatos relacionados al presente asunto. |
|
DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2022000024 |
Los ciudadanos TAMARA VELÁSQUEZ, ERIC ALEXANDER MESA CARRILLO y ÁLVARO ALEJANDRO PADRÓN PONCE, titulares de las cédulas de identidad número V-16.337.499, V-10.543.114 y V-18.363.742, respectivamente, quienes actúan la primera en su carácter de Presidenta de la Asociación de Surf del estado Nueva Esparta, el segundo como Secretario General de la Asociación de Surf del estado Miranda y el último como Entrenador Deportivo y Juez de Surf, asistidos por el abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.062, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Surfing (FVS), llevado a cabo en fecha 09 de mayo de 2022. |
|
La ciudadana Tahina Luna, Titular de la cedula de identidad N° V- 14.757.320, Presidenta de la Asociación de Surf del estado Nueva Esparta, asistida por el abogado Luis Lopez inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.017, presentó diligencia otorgando poder apud acta al abogado asistente. |
|
2. | AA70E2023000015 |
Los ciudadanos JOAO IVO SIMAO, NORA ELENA SOTO ROSA y ARIANA CELESTE LÓPEZ DI ROCCO, titulares de las cédulas de identidad N° E-81.968.430, V-4.356.102 y V-20.093.857, respectivamente, la última representada por el ciudadano Rafael Ernesto López Borges, titular de la cédula de identidad N°V-5.115.555, todos actuando en su alegado carácter de propietarios de los inmuebles identificados TH-23, TH-30 y TH-33, ubicados en el Conjunto Residencial Porto Novo Town, asistidos por la abogada Adriana Yilin Casanova Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 270.821, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los actos, actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones u omisiones electorales llevados a cabo por la Junta de Condominio del referido Conjunto Residencial periodo 2022-2023, y la administradora Inversiones Admyser C,A, así como solicitaron se suspendan los efectos de la asamblea eleccionaria celebrada en fecha 28 de enero de 2023. |
|
La abogada Adriana Casanova Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 270.821, apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó librar cartel de emplazamiento. |
|
3. | AA70E2023000022 |
La ciudadana YHOANNA BEATRIZ LUENGO PÉREZ, actuando en su alegado carácter de co-propietaria y comerciante del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, asistida por la abogada Neris Elena Barrera Bravo, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Condominio y contra la Administradora del referido centro comercial, por presuntamente encontrarse su periodo vencido y no convocar a la Asamblea General para realizar la elección de la nueva Junta Directiva. |
|
La Abogada Karla González Terán inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 221.916, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte recurrida presento diligencia solicitando copias simples del acto de audiencia. |
|
4. | AA70X2023000002 - AA70E2022000024 |
El abogado Lorenzo Roberto Santana Gómez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos TAMARA VELÁSQUEZ, ERIC ALEXANDER MESA CARRILLO y ÁLVARO ALEJANDRO PADRÓN PONCE, quienes actúan la primera en su carácter de Presidenta de la Asociación de Surf del estado Nueva Esparta, el segundo como Secretario General de la Asociación de Surf del estado Miranda y el último como Entrenador Deportivo y Juez de Surf (parte recurrente), denunció el desacato a la sentencia N° 070 dictada por esta Sala en fecha 28 de julio 2022, por parte de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Surfing (FVS), presuntamente por no haber cumplido con el mandato judicial ordenado por esta Sala Electoral. |
|
La ciudadana Tahina Luna, Titular de la cedula de identidad N° V- 14.757.320, Presidenta de la Asociación de Surf del estado Nueva Esparta, asistida por el abogado Luis Lopez inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.017, presentó diligencia otorgando poder apud acta al abogado asistente. |
|
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN | |
1. | AA70E2023000022 |
La ciudadana YHOANNA BEATRIZ LUENGO PÉREZ, actuando en su alegado carácter de co-propietaria y comerciante del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, asistida por la abogada Neris Elena Barrera Bravo, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Condominio y contra la Administradora del referido centro comercial, por presuntamente encontrarse su periodo vencido y no convocar a la Asamblea General para realizar la elección de la nueva Junta Directiva. |
|
AGREGADO DE CD: Se dejó constancia que se agregó al expediente, disco compacto contentivo de la audiencia constitucional celebrada en esta misma fecha. |
|
2. | AA70E2023000022 |
La ciudadana YHOANNA BEATRIZ LUENGO PÉREZ, actuando en su alegado carácter de co-propietaria y comerciante del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, asistida por la abogada Neris Elena Barrera Bravo, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Condominio y contra la Administradora del referido centro comercial, por presuntamente encontrarse su periodo vencido y no convocar a la Asamblea General para realizar la elección de la nueva Junta Directiva. |
|
Esta Sala Electoral declaró: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpusesta con medidas cautelares innominadas por la ciudadana Yohanna Beatriz Luengo Pérez, antes identificada, asistida de abogada, en su condición de copropietaria del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, para la renovación de la Junta de Condominio del aludido inmueble; por consiguiente, se ORDENA a la Junta de Condominio en funciones del señalado Centro Comercial que dentro de los tres (3) días siguientes a la publicación del presente fallo, convoque a una Asamblea de Copropietarios con el propósito de elegir a la Comisión Electoral que tendrá a su cargo la realización del proceso para la elección de la Junta de Condominio. Así se decide. |
La Presidenta, | |
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ | |
La Secretaria, | |
INTIANA LÓPEZ PÉREZ |