REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 01/06/2023
CUENTA, N° 80

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN
1. AA70E2023000036

El ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, titular de la cédula de identidad N° V-10.257.075, en el alegado carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211 en el Centro Clínico Profesional Caracas, asistido por los abogados José Antonio Rodríguez y Carlos Alonso Prince Arellan, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 75.006 y 39.018, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, contra el Proceso Electoral para elegir a los miembros suplentes de la Junta de Condominio del Edificio Centro Clínico Profesional Caracas, convocada en fecha 10 de mayo del 2023 por la Comisión Electoral del referido Centro Clínico, acto electoral previsto para el 23 de junio de 2023.

Se recibió recurso contencioso electoral .


DESIGNACIÓN DE PONENTE
1. AA70X2023000006 - AA70E2023000009

El abogado Jorge Enrique Núñez Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.838, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Federación Nacional de Ganaderos y de la Comisión Electoral de la referida organización civil, plateó oposición a la medida cautelar decretada mediante sentencia N° 024, dictada por la sala Electoral en fecha 20 de abril de 2023.

PONENTE: Visto que en fecha 31 de mayo de 2023 venció el lapso correspondiente a la articulación probatoria prevista en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se designó ponente a la Magistrada CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda en la presente causa.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2019000032

Por recibido Oficio N° JNCARCO-CJ/002/2019, de fecha 20 de febrero de 2019, emanado del Juzgado Nacional de Jurisdicción Contencioso Administrativa de la Región Centro-Occidental, mediante el cual remitió expediente declinado por el Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada interpuesto por los ciudadanos ELIBANIO DE JESÚS UZCÁTEGUI MONSALVE, DIMBER PÉREZ CALDERÓN, YNES SÁNCHEZ ARANDA y CARLOS ZAMBRANO ARAUJO, titulares de la cédula de identidad N° V-8.146.739, V-6.340.213, V-9.266.533 y V-3498.017 e inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 30.610, 165.020, 143.256 y 36.545, respectivamente aludiendo el carácter de agremiados del Colegio de Abogados del estado Barinas, contra " la amenaza inminente de realización de elecciones gremiales del Colegio de Abogados del Estado Barinas".

PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Sr dejó constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación a los ciudadanos Elibanio de Jesús Uzcátegui Monsalve y Dimber Perez Calderón.


2. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con amparo cautelar, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los Miembros Integrantes de la Junta Directiva de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), parte recurrida, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 017 dictada en fecha 09 de marzo de 2023, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados.


3. AA70E2022000025

Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con amparo cautelar, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a Miembros Integrantes de la Comisión Electoral de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), parte recurrida, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 017 dictada en fecha 09 de marzo de 2023, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados.


4. AA70E2023000009

La abogada Martha Gilles Redondo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.371, apoderada judicial de los ciudadanos Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, en el alegado carácter de candidato a la presidencia y representante electoral de la Plancha N° 2 de la Federación Nacional de Ganaderos (FEDENAGA), respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida organización civil y los ciudadanos Armando Enrique Chacín Chourio y Luis Rafael Prado Padrón, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.930.402 y V-6.371.481, en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo saliente y Vicepresidente saliente, en ese orden.

APERTURA DE PIEZA II


5. AA70E2023000015

Los ciudadanos JOAO IVO SIMAO, NORA ELENA SOTO ROSA y ARIANA CELESTE LÓPEZ DI ROCCO, titulares de las cédulas de identidad N° E-81.968.430, V-4.356.102 y V-20.093.857, respectivamente, la última representada por el ciudadano Rafael Ernesto López Borges, titular de la cédula de identidad N°V-5.115.555, todos actuando en su alegado carácter de propietarios de los inmuebles identificados TH-23, TH-30 y TH-33, ubicados en el Conjunto Residencial Porto Novo Town, asistidos por la abogada Adriana Yilin Casanova Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 270.821, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los actos, actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones u omisiones electorales llevados a cabo por la Junta de Condominio del referido Conjunto Residencial periodo 2022-2023, y la administradora Inversiones Admyser C,A, así como solicitaron se suspendan los efectos de la asamblea eleccionaria celebrada en fecha 28 de enero de 2023.

PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación al abogado Angel Argenis Betancourt.


6. AA70E2023000015

Los ciudadanos JOAO IVO SIMAO, NORA ELENA SOTO ROSA y ARIANA CELESTE LÓPEZ DI ROCCO, titulares de las cédulas de identidad N° E-81.968.430, V-4.356.102 y V-20.093.857, respectivamente, la última representada por el ciudadano Rafael Ernesto López Borges, titular de la cédula de identidad N°V-5.115.555, todos actuando en su alegado carácter de propietarios de los inmuebles identificados TH-23, TH-30 y TH-33, ubicados en el Conjunto Residencial Porto Novo Town, asistidos por la abogada Adriana Yilin Casanova Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 270.821, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los actos, actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones u omisiones electorales llevados a cabo por la Junta de Condominio del referido Conjunto Residencial periodo 2022-2023, y la administradora Inversiones Admyser C,A, así como solicitaron se suspendan los efectos de la asamblea eleccionaria celebrada en fecha 28 de enero de 2023.

PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación al ciudadano Omar Mendoza.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2020000006

La abogada Nelly Esperanza Escalante, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 53.370, actuando con el carácter de apodera judicial de los ciudadanos CARMEN ROSARIO ACOSTA MONTES y ELÍAS ARNOLDO LOZADA SALAS, titulares de la cédula de identidad N° V-10.271.456 y V-2.915.688, respectivamente, aludiendo el carácter de presidente de la Asociación de Tenis del Estado Aragua y presidente de la Asociación de Tenis del estado Miranda, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el proceso electoral convocado para el día 08 de febrero de 2020 por la comisión electoral de la Federación Venezolana de Tenis.

El abogado Elías Arnoldo Lozada, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.228, actuando en su carácter de la parte recurrente, presentó escrito mediante la cual solicitó pronunciamiento en la presente causa.


2. AA70E2022000023

El abogado Emmanuel José Ortiz Peraza, titular de la cédula de identidad N° V-15.176.809, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 102.283, actuando en nombre propio y representación de los derechos constitucionales, y los intereses y derechos colectivos de los miembros del Colegio de Abogados del estado Lara, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar subsidiaria, contra la escogencia de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisión Electoral de la referida organización gremial.

Los abogados Juan Carlos Torrealba Escalona y Dionisio Yepez titulares de las cédulas de identidad N° V- 9.559.995 y V- 7.468.148 e inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 44.701 53.913, respectivamente, presentaron escrito de alegatos relacionados al presente asunto.


3. AA70E2023000007

Los ciudadanos Leonardo Maldonado Madrid Monagas, Erice Gregorio Cañas, José Marcial López Oropeza y Luis Germán Castillo Zambrano, titulares de las cédulas de identidad N° V-2.139.201, V-4.856.898, V-3.123.320 y V-4.627.292, respectivamente, en el alegado carácter de socios de la Caja de Ahorro de los jubilados y pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención, asistidos por el último de los nombrados, abogado Luis Germán Castillo Oropeza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.536, interponen recurso contencioso electoral con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorro.

El abogado Germán Castillo Zambrano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.536, en su carácter de socios de la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (parte recurrente), presentó escrito de alegatos relacionado al presente asunto.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2022000023

El abogado Emmanuel José Ortiz Peraza, titular de la cédula de identidad N° V-15.176.809, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 102.283, actuando en nombre propio y representación de los derechos constitucionales, y los intereses y derechos colectivos de los miembros del Colegio de Abogados del estado Lara, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar subsidiaria, contra la escogencia de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisión Electoral de la referida organización gremial.

Los abogados Juan Carlos Torrealba Escalona y Dionisio Yepez titulares de las cédulas de identidad N° V- 9.559.995 y V- 7.468.148 e inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 44.701 53.913, respectivamente, presentaron diligencia en cual consignan informe de gestión del periodo Noviembre 2022- Mayo 2023 del colegio de abogados del estado Lara.


2. AA70E2023000007

Los ciudadanos Leonardo Maldonado Madrid Monagas, Erice Gregorio Cañas, José Marcial López Oropeza y Luis Germán Castillo Zambrano, titulares de las cédulas de identidad N° V-2.139.201, V-4.856.898, V-3.123.320 y V-4.627.292, respectivamente, en el alegado carácter de socios de la Caja de Ahorro de los jubilados y pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención, asistidos por el último de los nombrados, abogado Luis Germán Castillo Oropeza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 154.536, interponen recurso contencioso electoral con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorro.

El abogado Leonardo de Jesús Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 270.109, apoderado judicial (parte recurrida), presentó diligencia mediante el cual solicitó pronunciamiento.


3. AA70E2023000009

La abogada Martha Gilles Redondo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.371, apoderada judicial de los ciudadanos Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, en el alegado carácter de candidato a la presidencia y representante electoral de la Plancha N° 2 de la Federación Nacional de Ganaderos (FEDENAGA), respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida organización civil y los ciudadanos Armando Enrique Chacín Chourio y Luis Rafael Prado Padrón, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.930.402 y V-6.371.481, en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo saliente y Vicepresidente saliente, en ese orden.

El abogado Jhonny Claret Duque Paz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.352 en su carácter de recurrente, presentó diligencia de alegatos.


4. AA70E2023000009

La abogada Martha Gilles Redondo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.371, apoderada judicial de los ciudadanos Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, en el alegado carácter de candidato a la presidencia y representante electoral de la Plancha N° 2 de la Federación Nacional de Ganaderos (FEDENAGA), respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida organización civil y los ciudadanos Armando Enrique Chacín Chourio y Luis Rafael Prado Padrón, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.930.402 y V-6.371.481, en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo saliente y Vicepresidente saliente, en ese orden.

El abogado Jhonny Claret Duque Paz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.352 en su carácter de recurrente, presentó diligencia relacionados al presente asunto.


5. AA70E2023000027

Los ciudadanos HÉCTOR ANTONIO ARANGUREN CARRERO, LUIS GRAZIA, HECTOR MANUEL ARANGUREN GONZÁLEZ, ERNESTO GOITIA, FREDDY PONCE y RELDY ARVELAIZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.082.651, V-6.436.337, V-19.606.114, V-10.819.615, V-4.824.518 y V-5.608.242, los tres primeros abogados, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 41.791, 68.157, 260.373, en el alegado carácter de socios del CLUB DE PLAYA & MARINA EL AGUASAL, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar, contra la comisión electoral de la referida organización civil que rige el proceso de elección de la junta directiva para el periodo 2023-2025, cuyo acto de votación se convocó para el 13 del mayo del 2023.

Los abogados Hector Aranguren y Hector Manuel Aranguren, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 41.791 y 260.373, (parte recurrente), presentaron diligencia ratificando actuación de fecha 30 de mayo del 2023 donde solicitaron se libre cartel de emplazamiento.


6. AA70X2022000002 - AA70E2021000057

El abogado Anibal Galindo Salazar, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 65.593, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, solicitó a esta Sala designar una Junta Administradora temporal de la Federación Motociclista Venezolana (FMV) integrada por tres (3) miembros a los fines de que realice de manera extraordinaria y excepcional los actos de simple administración y disposición necesarios [durante] el periodo actual en virtud de las faltas absolutas hasta que asuma la nueva Junta Directiva que debe ser electa en los comicios que ordene este Máximo Tribunal.

El ciudadano Guillermo Barroso titular de la cedula de identidad N° V- 6.970.267, inscrito en el Inpreabogado bajo el N ° 56.137, parte recurrente, asistidos por el abogada Rosmary Godoy inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 266.342 presentó diligencia solicitando sustituir el nombramiento de miembros principales.


7. AA70X2023000004 - AA70E2022000011

El abogado Carlos Rafael Molinar Cedeño, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.804, interpuso"…acción por estimación e intimación de honorarios profesionales por VIA INCIDENTAL en contra de la ASOCIACIÓN DE SOFTBOL DEL ESTADO CARABOBO (…) representada legalmente por la ciudadana EMILCE MARÍA OSTOS, Venezolana, titular de la cédula de identidad número C.I V-7.129.740…".

El abogado Carlos Molinar Cedeño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.804, presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento


OFICIOS RECIBIDOS EN
1. AA70E2022000053

Los ciudadanos JUAN JOSÉ MOORE GUTIÉRREZ, KLAUS MIGUEL HENY WERNER, BEATRIZ ELENA DEL GALLEGOS DE MARTÍNEZ, ANTONIO SALBINO AGUIAR ESTEVES y CONSUELO DEL CARMEN FLOREZ TAFUR, titulares de las cédulas de identidad número V-4.167.851, V-13.872.207, V-3.818.124, V-5.306.460 y V-13.691.156, respectivamente, actuando el primero en su condición de Socio y todos los demás como vecinos de la Asociación de Vecinos Colinas de Bello Monte "ASOCOLINAS", asistidos por el abogado Gonzalo Celta Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.718, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la conformación de la Comisión Electoral y el proceso electoral celebrado en fecha 06 de noviembre de 2022, donde se eligió la Junta Directiva de la referida Asociación.

Recepción de oficio N° 04627 de fecha 16 de mayo de 2023, emanado de la Dirección de Migración del SAIME, relacionados con el proceso electoral, donde se les solito movimientos migratorios.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2021000053

El ciudadano FRANK ALEXANDER MARTÍNEZ LARA titular de la cédula de identidad N° 11.977.686, en su condición de Presidente del consejo Administración de la Caja de Ahorro y préstamo de la Policía de Aragua, asistido por la abogada Ariagna González inscrita en el Inpreabogado bajo el número 160.212, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral efectuado el 18 de agosto de 2021.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.159, librado al JUEZ DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJERCUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA (DISTRIBUIDOR), mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 030 de fecha 20 de abril de 2023.


2. AA70E2021000053

El ciudadano FRANK ALEXANDER MARTÍNEZ LARA titular de la cédula de identidad N° 11.977.686, en su condición de Presidente del consejo Administración de la Caja de Ahorro y préstamo de la Policía de Aragua, asistido por la abogada Ariagna González inscrita en el Inpreabogado bajo el número 160.212, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral efectuado el 18 de agosto de 2021.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.167, librado al ciudadano Reinaldo Muñoz Procurador General de la República, recibido por el ciudadano Henry Rodríguez Facchinetti, Gerente General de Litigio del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 030 de fecha 20 de abril de 2023.


3. AA70E2021000053

El ciudadano FRANK ALEXANDER MARTÍNEZ LARA titular de la cédula de identidad N° 11.977.686, en su condición de Presidente del consejo Administración de la Caja de Ahorro y préstamo de la Policía de Aragua, asistido por la abogada Ariagna González inscrita en el Inpreabogado bajo el número 160.212, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral efectuado el 18 de agosto de 2021.

El ciudadano Alguacil Consigno copia del Oficio Nº 23.166, librado a la Superintendencia de Cajas de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para la Economía, Finanzas y Banca Pública, recibido por el ciudadano Carlos Salazar, Asistente de la Oficina de Gestión Administrativa Correspondencia del ente mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 030 de fecha 20 de abril de 2023.


4. AA70E2021000053

El ciudadano FRANK ALEXANDER MARTÍNEZ LARA titular de la cédula de identidad N° 11.977.686, en su condición de Presidente del consejo Administración de la Caja de Ahorro y préstamo de la Policía de Aragua, asistido por la abogada Ariagna González inscrita en el Inpreabogado bajo el número 160.212, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral efectuado el 18 de agosto de 2021.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.160, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el ciudadano Rafael González, Abogado Adjunto de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°030 de fecha 20 de abril de 2023.


5. AA70E2021000053

El ciudadano FRANK ALEXANDER MARTÍNEZ LARA titular de la cédula de identidad N° 11.977.686, en su condición de Presidente del consejo Administración de la Caja de Ahorro y préstamo de la Policía de Aragua, asistido por la abogada Ariagna González inscrita en el Inpreabogado bajo el número 160.212, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral efectuado el 18 de agosto de 2021.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.158, librado al librado al JUEZ DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJERCUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA (DISTRIBUIDOR), mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 030 de fecha 20 de abril de 2023.


6. AA70E2022000054

Los ciudadanos EDDY JESÚS RONDON APONTE, FREDDYS OMAR CASTILLO y PEDRO PABLO FLEITAS OJEDA, titulares de las cédulas de identidad número V-8.198.311, V-8.167.746 y V-8.159.384, respectivamente, el primero abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.252, actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos últimos, todos alegando el carácter de Asociados de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la elección de la Comisión Electoral Principal y de las Sub-comisiones Electorales Regionales respectivas, que adelantan el proceso de la elección de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, para el periodo 2022-2025, celebrada en fecha 08 de noviembre de 2022.

El ciudadano Alguacil Consigno copia del Oficio Nº 23.144, librado a la Superintendencia de Cajas de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para la Economía, Finanzas y Banca Pública, recibido por el ciudadano Carlos Salazar, Asistente de la Oficina de Gestión Administrativa Correspondencia del ente mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 028 de fecha 20 de abril de 2023.


7. AA70E2022000054

Los ciudadanos EDDY JESÚS RONDON APONTE, FREDDYS OMAR CASTILLO y PEDRO PABLO FLEITAS OJEDA, titulares de las cédulas de identidad número V-8.198.311, V-8.167.746 y V-8.159.384, respectivamente, el primero abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.252, actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos últimos, todos alegando el carácter de Asociados de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la elección de la Comisión Electoral Principal y de las Sub-comisiones Electorales Regionales respectivas, que adelantan el proceso de la elección de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, para el periodo 2022-2025, celebrada en fecha 08 de noviembre de 2022.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.145, librado al ciudadano Reinaldo Muñoz Procurador General de la República, recibido por el ciudadano Henry Rodríguez Facchinetti, Gerente General de Litigio del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 028 de fecha 20 de abril de 2023.


8. AA70E2022000054

Los ciudadanos EDDY JESÚS RONDON APONTE, FREDDYS OMAR CASTILLO y PEDRO PABLO FLEITAS OJEDA, titulares de las cédulas de identidad número V-8.198.311, V-8.167.746 y V-8.159.384, respectivamente, el primero abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.252, actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos últimos, todos alegando el carácter de Asociados de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la elección de la Comisión Electoral Principal y de las Sub-comisiones Electorales Regionales respectivas, que adelantan el proceso de la elección de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, para el periodo 2022-2025, celebrada en fecha 08 de noviembre de 2022.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.142, librado al JUEZ DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJERCUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO DE APURE Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE (DISTRIBUIDOR), mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 028 de fecha 20 de abril de 2023.


9. AA70E2022000054

Los ciudadanos EDDY JESÚS RONDON APONTE, FREDDYS OMAR CASTILLO y PEDRO PABLO FLEITAS OJEDA, titulares de las cédulas de identidad número V-8.198.311, V-8.167.746 y V-8.159.384, respectivamente, el primero abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.252, actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos últimos, todos alegando el carácter de Asociados de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la elección de la Comisión Electoral Principal y de las Sub-comisiones Electorales Regionales respectivas, que adelantan el proceso de la elección de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, para el periodo 2022-2025, celebrada en fecha 08 de noviembre de 2022.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.143, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por la ciudadana Karla Cartagena, Abogada Adj II de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 028 de fecha 20 de abril de 2023.


10. AA70E2023000005

Los ciudadanos AURIS MILAGROS RIVERO DE TORREALBA, ELSA CASTILLO y YULAIMA RODRIGUEZ RAMIREZ, la primera actuando en el alegado carácter de Presidente del Sindicato Venezolano de Maestros del estado Carabobo, y las demás de profesión Docente, asistidas por el abogado RUBÉN DARÍO PÉREZ DÍAZ, quien además actúa en su propio nombre y como afiliado del mencionado Sindicato, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso de elecciones de la Federación Venezolana de Maestros y sus Sindicatos Filiales, realizado en fecha 07 de diciembre de 2022.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, ibrada a los ciudadanos Auris Milagros Rivero de Torrealba, Elsa Castillo, Yulaima Rodríguez Ramírez y Rubén Darío Pérez Díaz, respectivamente, la primera en su carácter de Presidente del Sindicato Venezolano de Maestros del estado Carabobo, y la segunda de profesión Docente, ahora bien, en cuanto a los ciudadanos Auris Milagros Rivero de Torrealba, Elsa Castillo y el abogado Rubén Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°139.323, los mismos presentaron diligencia en fecha 25-04-2023, dandose por notifiacado de la Sentencia N° 25 fecha 20 de abril de 2023, boleta recibida por la ciudadana Yulaima Rodríguez, el día treinta y uno de mayo del año en curso, mediante el cual se notificó la Sentencia N° 25 fecha 20 de abril de 2023


11. AA70E2023000005

Los ciudadanos AURIS MILAGROS RIVERO DE TORREALBA, ELSA CASTILLO y YULAIMA RODRIGUEZ RAMIREZ, la primera actuando en el alegado carácter de Presidente del Sindicato Venezolano de Maestros del estado Carabobo, y las demás de profesión Docente, asistidas por el abogado RUBÉN DARÍO PÉREZ DÍAZ, quien además actúa en su propio nombre y como afiliado del mencionado Sindicato, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso de elecciones de la Federación Venezolana de Maestros y sus Sindicatos Filiales, realizado en fecha 07 de diciembre de 2022.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.122, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÒN ELECTORAL NACIONAL DE LA FEDERACION VENEZOLANA DE MAESTROS (FVM), recibido por la ciudadana Nelba Godoy, Presidenta del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nª025 de fecha 20 de abril de 2023.


SENTENCIA
1. AA70E2019000021

Los ciudadanos JOSÉ MANUEL RIVERO GALINDEZ y GABRIEL JOSÉ BAPTISTA ROMERO, titulares de la cédula de identidad N° V-23.849.266 y V-19.262.897, respectivamente, actuando en su condición de afiliados al Sindicato Unido Bolivariano de Trabajadores y Trabajadoras de Industria de Alimentos del estado Lara (SUNTRALIMLARA), asistidos por el abogado GABRIEL RAMÓN LEAL CEDILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 98.593, interpusieron recurso contencioso electoral contra el Sindicato Unido Bolivariano de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria de Alimentos del estado Lara (SUBTRALIM LARA) y la comisión electoral al omitir "LA CONVOCATORIA DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS DE CARNES EL PAZO, C.A. PARA LA APROBACIÓN O NO DEL INICIO DEL PROCESO ELECTORAL, Y A SU VEZ A LA CONVOCATORIA PARA CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL".

SENTENCIA N° 045. PONENTE MAGISTRADA CARYSLIA RODRIGUEZ. La Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, respecto del presente recurso contencioso electoral, interpuesto por los ciudadanos JOSÉ SAMUEL RIVERO GALÍNDEZ y GABRIEL JOSÉ BAPTISTA ROMERO, titulares de las cédulas de identidad números V- 23.849.266 y V-19.262.897, respectivamente, alegando su condición de "…afiliados del SINDICATO UNIDO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS DEL ESTADO LARA (SUBTRALIMLARA)…", asistidos por el abogado GABRIEL RAMÓN LEAL CEDILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 98.593, contra el mencionado Sindicato y su Comisión Electoral "al omitir LA CONVOCATORIA DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS A CARNES EL PAZO, C.A., PARA LA APROBACIÓN O NO DEL INICIO DEL PROCESO ELECTORAL, Y A SU VEZ LA CONVOCATORIA PARA LA CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL…".


2. AA70E2021000013

El ciudadano RAFAEL YGNACIO REYMI MACHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.752.526, asistido por los abogados Manuel Desiderio Rosales y Agueda Amelia Romero Pérez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 279.806 y 126.635, en el orden mencionado, quienes también actúan en su propio nombre y representación con el carácter de propietarios de las viviendas ubicadas en el Conjunto Residencial Puerto Príncipe, interpusieron recurso contencioso electoral contra el "…ACTO DE CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE PROPIETARIOS SOLVENTES´…".

SENTENCIA N° 059 PONENTE MAGISTRADO INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA La Sala declaró:
1.- IMPROCEDENTE la impugnación de los poderes efectuada por la apoderada judicial de los recurrentes RAFAEL REYMI, MANUEL ROSALES y AGUEDA ROMERO; por lo tanto, los abogados LUIS MEJÍAS y CARLOS CEDEÑO, todos previamente identificados, se encuentran válidamente legitimados para ejercer la representación de la parte recurrida en este juicio.2.- IMPROCEDENTE la solicitud de participación en la causa como tercero del ciudadano JOSÉ LIRA, antes identificado, en razón de ser verdadera parte (integrante de la Junta Directiva de la Asociación Civil Puerto Príncipe).3.- IMPROCEDENTE la solicitud de reposición de la causa presentada por la parte recurrida, al estado de librar nuevamente el cartel de emplazamiento a los terceros interesados. 4.- IMPROCEDENTE la impugnación del poder realizada por la representación judicial de la Asociación Civil accionada; por consiguiente, la abogada MARÍA VILCHEZ.


3. AA70E2021000049

Los abogados JOSÉ RAMÓN SEVILLA MATA, DARLING GRACIELA VIVAS CALCURIAN y XIOMARA MENDOZA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 63.576, 178.502 y 78.936, respectivamente, en su condición de apoderados judiciales del ciudadano JULIO RAFAEL ROJAS, titular de la cédula de identidad N° V- 7.362.058, en su carácter de Presidente del Consejo de Administración de la Asociación Civil Caja de Ahorros y Préstamos de de los Funcionarios Policiales del estado Lara, (CAPFPEL), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los ciudadanos LUIS GERARDO PENA QUEVEDO, en su carácter de Director General del Instituto Autónomo del Cuerpo de la Policía del estado Lara, y los ciudadanos CARLOS PEÑA, GREGORYS VEGAS, CUICA AGNI, LUIS PACHECO, YIMI CEGARRA y ROBINSON MORLES.

SENTENCIA N° 053. PONENTE MAGISTRADA FANNY MÁRQUEZ CORDERO. La Sala declaró: CON LUGAR el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar en los siguientes términos: 1.- IMPROCEDENTE el punto previo referido a la falta de cualidad del ciudadano Julio Rafael Rojas, antes identificado.2.- La NULIDAD ABSOLUTA de la Autorización del 3 de septiembre de 2021 suscrita por el Director General del IACPEL y se ORDENA el cese de todas las acciones u omisiones, vías de hecho y actuaciones ilegales, de carácter electoral, para el nombramiento de directivos de CAPFPEL, realizadas por los representantes del empleador ciudadanos Luis Peña, Carlos Peña, Gregory Vegas, Benigno Álvarez, Cuica Agni, Luis Pacheco, Yimi Cegarra y Robinson Morles, todos antes identificados, 3.- Vista la morosidad existente en la renovación de las autoridades de CAPFPEL, se ORDENA a la Junta Directiva, tal como está conformada actualmente, a que dentro del lapso de quince (15) días hábiles.


4. AA70E2021000061

La ciudadana Jeniree Daniela Zerpa Arellano, titular de la cédula de identidad N° V-19.861.711, alegando el carácter de militante y Secretaria Juvenil del MOVIMIENTO ELECTORAL DEL PUEBLO (MEP), asistida por el abogado Luis Fernández Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 252.717, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Dirección Nacional del Movimiento Electoral del Pueblo.

SENTENCIA N° 048. PONENTE MAGISTRADA CARYSLIA RODRIGUEZ. La Sala declaró : EL DECAIMIENTO DEL OBJETO LITIGIOSO del recurso contencioso electoral, por haber perdido vigencia el hecho o acto impugnado en virtud de la Asamblea del 28 de mayo de 2022, donde se eligió la Comisión Electoral Nacional de carácter Ad Hoc de la organización con fines políticos nacionales Movimiento Electoral del Pueblo (MEP).


5. AA70E2022000006

El abogado Alcy Raimond Salazar Lozada, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.928, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil C.A. CERVECERÍA REGIONAL, interpuso recurso contencioso electoral contra la comisión electoral para la elección de los delegados de prevención de la C.A. Cervecería Regional y la Gerencia estadal de Salud de los Trabajadores Aragua (GERESAT-ARAGUA) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL).

SENTENCIA N° 050. PONENTE MAGISTRADA CARYSLIA RODRIGUEZ. La Sala declaró: PRIMERO: CON LUGAR el presente Recurso Contencioso Electoral. SEGUNDO: NULA la elección de delegados de prevención llevada a cabo el 15 de diciembre de 2021, en la Planta Cagua de la sociedad mercantil C.A. Cervecería Regional, y el acto de reconocimiento que otorgó el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL). TERCERO: Se REPONE el proceso electoral a su fase inicial de convocatoria y reconstitución de la Comisión Electoral, supliendo la ausencia de uno de sus miembros fallecidos.


6. AA70E2022000020

Por recibido oficio N° 072-2022 de fecha 05 de abril de 2022, emitido por el Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesta por las abogadas Ludy Pérez de González, Alicia Figueroa Romero y Carmen Luisa Durán, actuando en su propio nombre, contra los abogados JACOB MÁRMOL, MARINA RODRÍGUEZ y ORLANDO CHIRINOS, por los presuntos actos ilegítimos realizados en nombre del Colegio de Abogados del estado Lara, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 05 de abril de 2022, conforme a la cual el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

SENTENCIA N° 046. PONENTE MAGISTRADA CARYSLIA RODRIGUEZ. La Sala declaró: 1.- INADMISIBLE la acción amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada interpuesta por las ciudadanas Ludy Pérez de González, Alicia Figueroa Romero y Carmen Luisa Durán, ya identificadas, contra "los ciudadanos JACOBO MÁRMOL, MARINA RODRÍGUEZ Y ORLANDO CHIRINOS, titulares de las cédulas de identidad números 15.597.103, 16.898.956 y 16.088.002, respectivamente, en el marco del proceso electoral de renovación de las autoridades del Colegio de Abogados del Estado Lara", de conformidad con el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.


7. AA70E2022000037

Las ciudadanas SANDRA CARNEVALE SABELLI y YURANCY ARTEAGA ZERPA, titulares de la cédula de identidad número V-9.628.173 y V-9.620.642, respectivamente, la segunda profesional del derecho inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.172, actuando en nombre propio y asistiendo a la primera de las nombradas, quienes alegan ser propietarias de los inmuebles ubicados en la Torre 7, Apto 7-6, Planta Baja, y Torre 3, Apto 3-1, Planta Baja, del Conjunto Residencial Centro Metropolitano Javier I Etapa, Barquisimeto, estado Lara, en ese mismo orden, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la decisión N° 005, emitida por la Comisión Electoral del mencionado Conjunto Residencial, que deja sin efecto la elección de la Presidenta de la Junta de Condominio elegida en Asamblea General Extraordinaria, celebrada en fecha 12 de junio de 2022, y contra el proceso electoral cuyo acto de votación se fijó para el 17 de julio de 2022.

SENTENCIA N° 060 PONENTE MAGISTRADO INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA La Sala declaró: 1.- CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por las ciudadanas SANDRA CARNEVALE SABELLI y YURANCY MERCEDES ARTEAGA ZERPA, ambas previamente identificadas, asistiendo la última de las nombradas a la primera, contra la Decisión Nro. 005 de fecha 22 de junio de 2022, dictada por la COMISIÓN ELECTORAL del "Conjunto Ciudad Residencial Centro Metropolitano Javier I Etapa", de la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara. Por ende: 1.1.- La NULIDAD de la precitada Decisión Nro. 005 del 22 de junio de 2022, así como NULAS todas las actuaciones posteriores a la emisión de ese acto. 1.2.- FIRME el proceso eleccionario llevado a cabo el día 12 de junio de 2022.2.- QUEDA SIN EFECTOS JURÍDICOS el amparo cautelar decretado mediante la sentencia Nro. 065 de fecha 14 de julio de 2022, dado su carácter provisional e instrumental a la acción principal de nulidad .


8. AA70E2022000038

Por recibido oficio N° 22-0496 de fecha 22 de julio de 2022, emitido por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar, interpuesto por el ciudadano DIDALCO ANTONIO BOLÍVAR GRATEROL, titular de la cédula de identidad N° V-4.106.743, invocando su condición de Secretario General Nacional Adjunto del Movimiento por la Democracia Social (PODEMOS), asistido por la abogada María Cristina Buj Atencio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 176.012, contra el ciudadano ISMAEL CONCEPCIÓN GARCÍA, Secretario General de la mencionada Organización, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 14 de junio de 2022, conforme a la cual la referida Sala declaró su incompetencia y declinó el presente asunto en esta Sala Electoral.

SENTENCIA N° 047. PONENTE MAGISTRADA CARYSLIA RODRIGUEZ. La Sala declaró: 1.- ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA efectuada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia mediante sentencia dictada el 14 de junio de 2022; en consecuencia se declara COMPETENTE para conocer y decidir la acción interpuesta. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta.


9. AA70E2022000047

Los ciudadanos EDUARDO REVETE, JAVIER URBANO y JORGUE ENRIQUE QUIJANO PEREA, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.113.790, V-9.935.373 y V-15.582.292, respectivamente, quienes actúan en su carácter de Socios propietarios de las cuotas de participación N° 2673, 3923 y 1021, de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, asistidos por el primero de los nombrados, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.946, quien además actúa en su propio nombre, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos periodo 2020-2022, que llevo a cabo el proceso electoral para elegir a los Miembros de la Junta Directiva y sus suplentes, Comisarios y sus suplentes en fecha 25 de septiembre de 2022.

SENTENCIA N° 056. PONENTE MAGISTRADO INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA La Sala declaró: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el recurso contencioso electoral incoado con solicitud de amparo cautelar por los ciudadanos EDUARDO REVETE, JAVIER URBANO y JORGE ENRIQUE QUIJANO PEREA, actuando con el carácter de propietarios de algunas acciones en la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB CAMPESTRE PARACOTOS -asistidos los dos últimos por el primero de los mencionados-, todos supra identificados, contra las actuaciones y omisiones de la Comisión Electoral de la preindicada Asociación Civil en el proceso electoral dirigido a elegir los miembros de la Junta Directiva, Comisarios y sus respectivos Suplentes, cuyo acto de votación tuvo lugar el 25 de septiembre de 2022.


10. AA70E2022000059

Los ciudadanos MIRIAN ZULAY VELIZ DE BORRERO, JOSE ENRIQUE SANCHEZ FLORES, REINALDO ENRIQUE GARCIA MANZABEL y RAFAEL LUCIANO PEREZ MOOCHETT, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.855.399, V-5.218.872, V-6.209.730 y V-4.390.591, alegando su condición de Candidatos a los cargos de Vicepresidenta del Consejo de Vigilancia, Tesorero, Secretario y Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros del Personal del Ministerio Público (CAPMP), respectivamente, el último de los nombrados abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 27.064, actuando en su propio nombre y asistiendo a los tres primeros, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso electoral realizado en fecha 10 de noviembre de 2022, para elegir las nuevas autoridades de la referida Caja de Ahorros, que se efectuaron en el cronograma de actividades para el periodo de gestión 2022-2025.

SENTENCIA N° 057 PONENTE MAGISTRADO INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA La Sala declaró: 1.- IMPROCEDENTE la solicitud planteada por la parte actora mediante escrito de fecha 19 de enero de 2023 2.- LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar incoado por los ciudadanos MIRIAN ZULAY VELIZ, JOSÉ ENRIQUE SÁNCHEZ, REINALDO GARCÍA MANZABEL y RAFAEL LUCIANO PÉREZ MOOCHETT, actuando en su condición de candidatos a los cargos de Vicepresidenta del Consejo de Vigilancia, Tesorero, Secretario y Presidente del Consejo de Administración, en ese orden, asistidos por el último de los nombrados, todos supra identificados, contra el proceso comicial tendiente a elegir las autoridades de la CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO (CAPMP) para el período 2022-2025, cuyo acto de votación tuvo lugar el 10 de noviembre de 2022.


11. AA70E2023000001

Por recibido oficio N° 007/23 de fecha 10 de enero de 2023, emitido por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar, interpuesto por el ciudadano LUIS GERMÁN CASTILLO ZAMBRANO, invocando su condición societaria de la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (CAJUPDISIP), contra los miembros de la Comisión Electoral de la mencionada Caja de Ahorros, por presuntamente negarle el derecho a la participación, para optar a un cargo de elección popular dentro de la comunidad societaria; remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 06/01/2023, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el presente asunto en esta Sala Electoral.

SENTENCIA N° 051 PONENTE MAGISTRADA CARYSLIA RODRIGUEZ. La Sala declaró: ACEPTA la declinatoria formulada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia, ASUME LA COMPETENCIA para conocer la presente acción de amparo constitucional.2.- INADMISIBLE la "ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL" interpuesta por el ciudadano LUIS CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° V-4.627.592, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el N° 154.535, alegando actuar en su propio nombre y representación, en su condición de afiliado a la CAJA DE AHORRO DE LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS DE INTELIGENCIA Y PREVENCIÓN (CAJUPDISIP); contra "…los vicios electoral[es] en los que incurr[ieron] los socios Ramón Eudoro Ferrer Moros, titular de la cédula de identidad n[ú]mero V-3.739.349, Leonardo Rodríguez. 3.- INOFICIOSO realizar pronunciamiento .


12. AA70E2023000002

Por recibido oficio N° 006/23 de fecha 10 de enero de 2023, emitido por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar, interpuesta por el ciudadano LUIS GERMÁN CASTILLO ZAMBRANO, invocando su condición societaria de la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (CAJUPDISIP), contra los socios José Saturno Lara Galván y Alberto José Arenas González, en su condición de Presidente y Tesorero ambos suplentes de la mencionada Caja de Ahorro, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 06/01/2023, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el presente asunto en esta Sala Electoral.

SENTENCIA N° 052. PONENTE MAGISTRADA CARYSLIA RODRIGUEZ. La Sala declaró: 1.- ACEPTA la declinatoria formulada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia, ASUME LA COMPETENCIA para conocer la acción de amparo constitucional.2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar innominada por el ciudadano LUIS CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° V-4.627.592, inscrito en el (INPREABOGADO) N°154.535, en su condición de afiliado a la CAJA DE AHORRO DE LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS DE INTELIGENCIA Y PREVENCIÓN; contra el "…ejercicio de actos ilegales que asumen los socios JOSÉ LARA, titular de la cédula de identidad n[ú]mero V-7.521.531; [y] ALBERTO ARENAS, titular de la cédula de identidad número V-5.117.818,(sic, destacado del original, corchetes de de la Sala). 3.- INOFICIOSO realizar pronunciamiento sobre las medidas cautelares solicitadas.


13. AA70E2023000013

Por recibido Oficio N° 0410-04 de fecha 26 de enero de 2023, emitido por el Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional, interpuesta por el abogado Alexis Liendo Pérez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LUIS ANGEL CHACIN SABINO, JUAN RAFAEL JIMENEZ LUGO, DANNY DANILO CALMA BOLIVAR, MIRIAN DOMINGA RIVERO DE SALAZAR, MANUEL ANTONIO PEREZ GUARACHE, VICTOR RAFAEL URRIETA SALAZAR, YORDANIA ELIZABETH MARTINEZ JARAMILLO, y otros, actuando en el alegado carácter de socios activos de la Asociación Civil Unión Conductores Lecherías, contra el dictamen emitido por la Comisión Electoral de la referida Asociación Civil, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 25 de enero de 2023, donde declinó la competencia en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

SENTENCIA N° 049.PONENTE MAGISTRADA CARYSLIA RODRIGUEZ. La Sala declaró: 1.- ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA efectuada por el Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo del Estado Anzoátegui, mediante sentencia dictada el 25 de enero de 2023; en consecuencia asume la COMPETENCIA para conocer y decidir la acción interpuesta.2- Declara la NULIDAD de la sentencia dictada el 16 de diciembre de 2022, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Anzoátegui, que declaró con lugar la "ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL". 3.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos: LUIS ÁNGEL CHACIN SABINO, JUAN RAFAEL JIMÉNEZ LUGO, DANNY DANILO CALMA BOLÍVAR, MIRIAN RIVERO DE SALAZAR, y Otros, respectivamente todos alegando la condición de socios activos de la Asociación Civil, UNIÓN DE CONDUCTORES LECHERÍAS; contra la Comisión Electoral de dicha asociación electa el 14 de mayo de 2022.


14. AA70E2023000014

El abogado Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.558, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JAVIER ALEXANDER GUILLEN CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° V-17.794.866, en el alegado carácter de candidato a Presidente de la nueva Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industria del Vigía y Sur del Lago (CAVISUR) para el periodo 2022-2025, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos de designación, totalización, acreditación y juramentación de la nueva Junta Directiva de la referida Cámara de Comercio para el periodo 2022-2025.

SENTENCIA N° 054. PONENTE MAGISTRADA FANNY MÁQUEZ CORDERO La Sala declaró: 1.- SU COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el abogado Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.558, en su condición de apoderado judicial del ciudadano Javier Alexander Guillen Contreras, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.794.866, en su alegado carácter de afiliado y candidato a Presidente de la nueva Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industria de El Vigía y Sur del Lago (CAVISUR), contra "…los actos, actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones u omisiones electorales de totalización, adjudicación, proclamación y juramentación (…) realizados por la Comisión Electoral…".2.- IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar solicitado, por ameritar el análisis sobre el fondo de la causa en fase preliminar.3.-. ADMITE el recurso contencioso electoral interpuesto..


15. AA70X2022000009 - AA70E2022000037

Las ciudadanas SANDRA CARNEVALE SABELLI y YURANCY ARTEAGA ZERPA, titulares de la cédula de identidad número V-9.628.173 y V-9.620.642, respectivamente, la segunda profesional del derecho inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.172, actuando en nombre propio y asistiendo a la primera de las nombradas, quienes alegan ser propietarias de los inmuebles ubicados en la Torre 7, Apto 7-6, Planta Baja, y Torre 3, Apto 3-1, Planta Baja, del Conjunto Residencial Centro Metropolitano Javier I Etapa, Barquisimeto, estado Lara, en ese mismo orden, denunciaron el desacato a la sentencia N° 065 dictada por esta Sala en fecha 14 de julio de 2022, en la que se declaró procedente el amparo cautelar.

SENTENCIA N° 058 PONENTE MAGISTRADO INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA La Sala declaró: IMPROCEDENTE la solicitud formulada por las ciudadanas SANDRA CARNEVALE SABELLI, y YURANCY MERCEDES ARTEAGA ZERPA, supra identificadas, relativa a la declaratoria de desacato de la sentencia Nro. 065 de fecha 14 de julio de 2022 dictada por este Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.


16. AA70X2023000001 - AA70E2022000058

El abogado Alejandro García Pérez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos NICANOR GARCÍA RIVADULLA, JORGE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado (parte recurrente), solicitó a esta Sala acuerde el nombramiento de una Junta Directiva Ad-Hoc hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la presente causa "…Toda vez que a la fecha de hoy, todos los miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Puerto Encantado (ACPE) han renunciado a sus cargos…".

SENTENCIA N° 055. PONENTE MAGISTRADA FANNY MÁRQUEZ CORDERO La Sala declaró: La Sala declaró: DESIGNA como integrantes de la Junta Directiva Ad Hoc de la Asociación Civil Puerto Encantado, la cual sólo realizará actos de simple administración hasta tanto se dicte la sentencia definitiva en la causa principal, a los siguientes ciudadanos: Jorge Enrique García Pérez, Carlos Mauricio Franciosi Zuleta, Héctor Nicolás Guevara Rodríguez y Jhon Edicson Domínguez Ceballos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.- 16.909.433, V- 11.034.137, V- 10.181.703, y V- 12.562.962, respectivamente, de cuyo seno deberán designarse quiénes ocuparán los cargos de Presidente, Secretario, Tesorero y Secretario de Relaciones Públicas.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ