REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 02/06/2023
CUENTA, N° 81

SENTENCIA
1. AA70E2023000022

La ciudadana YHOANNA BEATRIZ LUENGO PÉREZ, actuando en su alegado carácter de co-propietaria y comerciante del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, asistida por la abogada Neris Elena Barrera Bravo, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Condominio y contra la Administradora del referido centro comercial, por presuntamente encontrarse su periodo vencido y no convocar a la Asamblea General para realizar la elección de la nueva Junta Directiva.

SENTENCIA N° 061 PONENTE MAGISTRADO INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA La Sala declaró: 1.- CON LUGAR la acción de amparo constitucional incoada con solicitud de medidas cautelares innominadas, por la ciudadana YOHANNA LUENGO, actuando en su condición de copropietaria del CENTRO COMERCIAL GRAN BAZAR MARACAIBO, asistida de abogada, contra la omisión de la Junta de Condominio 2019-2020 del referido inmueble al no convocar a la Asamblea General de Copropietarios para elegir a la nueva Junta y al Administrador para el período 2023-2024. En consecuencia: 1.1.- Se ORDENA a la Junta de Condominio en funciones del señalado inmueble, que dentro de los tres (3) días continuos siguientes a la publicación de este fallo, convoque a una Asamblea de Copropietarios con el objeto de elegir a la Comisión Electoral que tendrá a su cargo la realización del proceso. 1.2.- Se ORDENA a la Junta de Condominio en funciones realizar únicamente labores administración hasta tanto tomen posesión las nuevas autoridades.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ