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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 22/06/2023 | |
CUENTA, N° 92 | |
NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN | |
1. | AA70E2023000041 |
El abogado Carlos Marquina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.574, actuando en su carácter de apoderado judicial del los ciudadanos MARTIN FELICIANO ROJAS, FELIX BAUTISTA, MAIZ GARCIA, WILLIAM JOSE CORTES, ADALBERTO MATIAS MARTINEZ y JOSE MANUEL BRITO TIRADO, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.668.178, V-8.442.528, V-8.635.099, V-6.374.617 y V-5.910.575, respectivamente, alegando el carácter de Secretario General el primero de los nombrados y los demás como Secretarios Ejecutivos del Sindicato Único de la Industria de la Construcción del Distrito Capital, estados Miranda y Vargas (SUTIC), interpuso solicitud de convocatoria contra el Comité Ejecutivo del referido Sindicato. |
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Se recibió solicitud de de convocatoria contra el Comité Ejecutivo del Sindicato Único de la Industria de la Construcción del Distrito Capital, estados Miranda y Vargas (SUTIC). |
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DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
1. | AA70E2023000041 |
El abogado Carlos Marquina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.574, actuando en su carácter de apoderado judicial del los ciudadanos MARTIN FELICIANO ROJAS, FELIX BAUTISTA, MAIZ GARCIA, WILLIAM JOSE CORTES, ADALBERTO MATIAS MARTINEZ y JOSE MANUEL BRITO TIRADO, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.668.178, V-8.442.528, V-8.635.099, V-6.374.617 y V-5.910.575, respectivamente, alegando el carácter de Secretario General el primero de los nombrados y los demás como Secretarios Ejecutivos del Sindicato Único de la Industria de la Construcción del Distrito Capital, estados Miranda y Vargas (SUTIC), interpuso solicitud de convocatoria contra el Comité Ejecutivo del referido Sindicato. |
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PONENTE: Se designó ponente a la Magistrada FANNY BEATRIZ MÁRQUEZ CORDERO, a los fines del pronunciamiento correspondiente. |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2021000006 |
Los ciudadanos MARY OLIMPIA PARRA FALCÓN, LUIS OLINTO LUPI CASTRO, ESTEBAN ENRIQUE RADA BENÍTEZ, MARÍA TERESA FLORES DE HURTADO, PEDRO MANUEL ROJAS OBREGÓN, LUZ MARINA ISABEL CUETO SIMÓN y LUIS ENRIQUE VERA ROJAS, debidamente asistidos por la abogada Ana María Villanueva Araviche, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, invocando la condición de propietarios en la Urbanización Lomas de Monteclaro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de Junta Directiva 2021-2022 de la comunidad de propietarios de la Urbanización Lomas de Monteclaro y la designación de los miembros de la Comisión Electoral. |
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AUTO ABRIENDO ARTICULACIÓN PROBATORIA: Se abrió articulación probatoria de ocho (08) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive. |
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2. | AA70E2022000025 |
Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con amparo cautelar, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación. |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a Miembros Integrantes de la Comisión Electoral de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), parte recurrida, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó la Sentencia N° 017 dictada en fecha 09 de marzo de 2023. |
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3. | AA70E2022000025 |
Las ciudadanas FELICITA GRACIELA CHACÓN DE ALVARADO, MARIBEL FERRER DE D´COSTA, CARMEN YOLANDA CARDOZO SÁNCHEZ y LUISA FERNANDA D´ANGELO GRISOLIA, titulares de las cédula de identidad N° V-3.813.717, V-4.521.517, V-5.218.483 y V-14.123.014, respectivamente, quienes actúan en su carácter de integrantes de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), asistidas por la abogada Jordana Campos de Palomo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 80.698, interpusieron recurso contencioso electoral con amparo cautelar, contra el proceso electoral organizado y ejecutado en fecha 03 de abril de 2.022, por la Comisión Electoral de la referida Asociación. |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los Miembros Integrantes de la Junta Directiva de la Asociación de Propietarios, Residentes y Amigos de el Cafetal (APRACAF), parte recurrida, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó de la Sentencia N° 017 dictada en fecha 09 de marzo de 2023. |
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4. | AA70E2023000003 |
El ciudadano TEODORO ALFONZO SILVA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad número V-2.999.277, actuando en su alegado carácter de asociado de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistido por el abogado Ovidio Tocuyo Ford, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.239, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto administrativo del proceso electoral contenido en el calendario electoral, con fecha de reactivación 10 de noviembre al 09 de diciembre de 2022, y contra el acto de votación, escrutinio y totalización general de votos de fecha 07 de diciembre de 2022, realizado por la Comisión Electoral Ad Hoc de la referida caja de ahorro. |
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APERTURA A PRUEBAS: Se abrió la presente causa a pruebas por el lapso de cinco (05) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive. |
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5. | AA70E2023000009 |
La abogada Martha Gilles Redondo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.371, apoderada judicial de los ciudadanos Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, en el alegado carácter de candidato a la presidencia y representante electoral de la Plancha N° 2 de la Federación Nacional de Ganaderos (FEDENAGA), respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida organización civil y los ciudadanos Armando Enrique Chacín Chourio y Luis Rafael Prado Padrón, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.930.402 y V-6.371.481, en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo saliente y Vicepresidente saliente, en ese orden. |
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RESERVA DE PRUEBAS: En el día de hoy, veintidós (22) de junio de 2023, el abogado Jorge Núñez Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.838, en el alegado carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Luis Rafael Prado Padrón y José Antonio Coraspe Mieres, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.371.481 y V-8.355.812, (pretensos intervinientes), consignó escrito de promoción de pruebas, en consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 110 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó reservar el escrito consignado hasta el día siguiente a aquel en que venza el lapso de promoción. |
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6. | AA70E2023000011 |
Por recibido oficio N° TSJ/SCS/OFIC/0127-2023 de fecha 23/01/2023, emitido por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano ANTONIO SALAS, titular de la cédula de identidad número E-81.616.875, actuando en el alegado carácter de Accionista de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, asistido por el abogado Eduardo Revete, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.946, contra la Comisión Electoral de la referida Asociación Civil 2020 - 2022, por la emisión de la decisión de fecha 03 de agosto de 2022, que acordó separarlo o excluirlo del proceso electoral en las elecciones que se realizaron el 25 de septiembre de 2022, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 14/12/2022, conforme a la cual declinó la competencia en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Auto de correción de foliatura. |
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7. | AA70E2023000036 |
El ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, titular de la cédula de identidad N° V-10.257.075, en el alegado carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211 en el Centro Clínico Profesional Caracas, asistido por los abogados José Antonio Rodríguez y Carlos Alonso Prince Arellan, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 75.006 y 39.018, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, contra el Proceso Electoral para elegir a los miembros suplentes de la Junta de Condominio del Edificio Centro Clínico Profesional Caracas, convocada en fecha 10 de mayo del 2023 por la Comisión Electoral del referido Centro Clínico, acto electoral previsto para el 23 de junio de 2023. |
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Vista la Sentencia N° 065 dictada por la Sala Electoral en fecha 22 de junio de 2023, se acordó notificar al ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, (parte recurrente), a la Junta Directiva y la Comisión Electoral del Condominio del Centro Clínico Profesional Caracas y al Ministerio Público. Se libró boleta y oficios Nros. 23.280, 23.281 y 23.282. Asimismo, se acordó notificar a los ciudadanos MARANELLA BOZZI PEREZ, ANNALISA DI ROCCO D' ANTONI y ELIZABETH DONELLI DE PINEDO, en su condición de candidatos a los cargos de suplentes de la referida Junta de Condominio Periodo 2022 -2023, y visto que en el presente expediente no consta domicilio procesal de los ciudadanos antes mencionados, se ordenó librar cartel. |
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8. | AA70X2023000003 - AA70E2022000005 |
El abogado Neill Jesús Reaño García, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO JOSÉ CARRERO, en su condición de Presidente de la Asociación de Voleibol Tachirense (AVT), (parte recurrente), interpuso escrito solicitando se "…dicte una nueva medida cautelar, dejando sin efecto oficio S/N, de fecha 31 de mayo de 2022, donde la Federación Venezolana de Voleibol, nombra una comisión interventora para la Asociación de Voleibol Tachirense (AVT)…". |
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RECEPCIÓN DE COMISION: Por recibido, oficio N° 099-2023, de fecha 25 de mayo de 2023, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, anexo al cual remitió la comisión fuere conferida en fecha 26 de abril de 2023, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo. |
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ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
1. | AA70E2023000022 |
La ciudadana YHOANNA BEATRIZ LUENGO PÉREZ, actuando en su alegado carácter de co-propietaria y comerciante del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, asistida por la abogada Neris Elena Barrera Bravo, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Condominio y contra la Administradora del referido centro comercial, por presuntamente encontrarse su periodo vencido y no convocar a la Asamblea General para realizar la elección de la nueva Junta Directiva. |
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La ciudadana Thaiti Coromoto Trompiz, titular de la cédula de identidad N° 13.550.797, en su condición de Administradora del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo,, asistida por la abogada Nathaly Querales inscrita en el inpreabogado bajo el N° 294.848, presentó escrito de ejecución de sentencia voluntaria. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2021000020 |
Por recibido oficio N° 2021-107 de fecha 09 de julio del 2021, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remite expediente contentivo de nulidad de asamblea, interpuesto por el abogado LEOPOLDO MICETT CABELLO inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.974, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES 10-28-A, C.A., contra los ciudadanos Maygret Ordoñez, Kiomara Scovino; Zoraida Federico; Vicente Figarella, María Beatriz Peña Dumas, María Elena Villamizar, Rosa Rodríguez de Caravallo, terea Rodríguez, Petras Suarez y Claudia Varela, titulares de la cédula de identidad N° 9.483.158, 4.434.749, 2.458.818, 2.767.415, 7.006.012, 3.969.042, 3.902.693, 4.355.727, 10.336.592 y 17.981.688 respectivamente, miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residente de Prados del Este (ASOPRAES). |
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El ciudadano Pascual Tufano Perreta, titular de la cédula de identidad N° V-2.767.318, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil Inversiones 10-28 C.A (parte recurrente), asistido por el abogado Rafael Visi, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 40.236, presentó diligencia de solicitud de aclaratoria de sentencia. |
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2. | AA70E2023000009 |
La abogada Martha Gilles Redondo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.371, apoderada judicial de los ciudadanos Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, en el alegado carácter de candidato a la presidencia y representante electoral de la Plancha N° 2 de la Federación Nacional de Ganaderos (FEDENAGA), respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida organización civil y los ciudadanos Armando Enrique Chacín Chourio y Luis Rafael Prado Padrón, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.930.402 y V-6.371.481, en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo saliente y Vicepresidente saliente, en ese orden. |
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La abogada Martha Virginia Gilles, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 35.371, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual consignó copia simple de documento anexo. |
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3. | AA70E2023000009 |
La abogada Martha Gilles Redondo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.371, apoderada judicial de los ciudadanos Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, en el alegado carácter de candidato a la presidencia y representante electoral de la Plancha N° 2 de la Federación Nacional de Ganaderos (FEDENAGA), respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida organización civil y los ciudadanos Armando Enrique Chacín Chourio y Luis Rafael Prado Padrón, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.930.402 y V-6.371.481, en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo saliente y Vicepresidente saliente, en ese orden. |
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El abogado Jorge Enrique Núñez Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.838, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, presentó diligencia solicitando cómputos. |
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4. | AA70E2023000022 |
La ciudadana YHOANNA BEATRIZ LUENGO PÉREZ, actuando en su alegado carácter de co-propietaria y comerciante del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, asistida por la abogada Neris Elena Barrera Bravo, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Condominio y contra la Administradora del referido centro comercial, por presuntamente encontrarse su periodo vencido y no convocar a la Asamblea General para realizar la elección de la nueva Junta Directiva. |
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La ciudadana Thaiti Coromoto Trompiz, titular de la cédula de identidad N° 13.550.797, en su condición de Administradora del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, asistida por la abogada Nathaly Querales inscrita en el inpreabogado bajo el N° 294.848, presentó diligencia mediante la cual se da por notificada de la sentencia. |
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5. | AA70E2023000022 |
La ciudadana YHOANNA BEATRIZ LUENGO PÉREZ, actuando en su alegado carácter de co-propietaria y comerciante del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, asistida por la abogada Neris Elena Barrera Bravo, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Condominio y contra la Administradora del referido centro comercial, por presuntamente encontrarse su periodo vencido y no convocar a la Asamblea General para realizar la elección de la nueva Junta Directiva. |
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La ciudadana Thaiti Coromoto Trompiz, titular de la cédula de identidad N° 13.550.797, en su condición de Administradora del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, parte accionada, asistida por la abogada Nathaly Querales inscrita en el inpreabogado bajo el N°294.848, presentó diligencia otorgando poder Apud Acta a la abogada asistente. |
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DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
1. | AA70E2023000022 |
La ciudadana YHOANNA BEATRIZ LUENGO PÉREZ, actuando en su alegado carácter de co-propietaria y comerciante del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, asistida por la abogada Neris Elena Barrera Bravo, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Condominio y contra la Administradora del referido centro comercial, por presuntamente encontrarse su periodo vencido y no convocar a la Asamblea General para realizar la elección de la nueva Junta Directiva. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.211, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), el cual hice envío a través de la empresa de encomiendas MRW, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°061 de fecha 02 de junio de 2023. |
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2. | AA70E2023000022 |
La ciudadana YHOANNA BEATRIZ LUENGO PÉREZ, actuando en su alegado carácter de co-propietaria y comerciante del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, asistida por la abogada Neris Elena Barrera Bravo, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Condominio y contra la Administradora del referido centro comercial, por presuntamente encontrarse su periodo vencido y no convocar a la Asamblea General para realizar la elección de la nueva Junta Directiva. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.214, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el ciudadano Héctor Landaez, Secretario Ejecutivo Jefe de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°061 de fecha 02 de junio de 2023. |
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3. | AA70E2023000022 |
La ciudadana YHOANNA BEATRIZ LUENGO PÉREZ, actuando en su alegado carácter de co-propietaria y comerciante del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, asistida por la abogada Neris Elena Barrera Bravo, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Junta Directiva del Condominio y contra la Administradora del referido centro comercial, por presuntamente encontrarse su periodo vencido y no convocar a la Asamblea General para realizar la elección de la nueva Junta Directiva. |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a la ciudadana YHOANNA BEATRIZ LUENGO PÉREZ, actuando en su carácter de Co-porpietaria y comerciante del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, parte accionante, recibida por el abogado William Sequera inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 47.106, actuando en su carácter de apoderado judicial, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°061 de fecha 02 de junio de 2023. |
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SENTENCIA | |
1. | AA70E2023000036 |
El ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, titular de la cédula de identidad N° V-10.257.075, en el alegado carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211 en el Centro Clínico Profesional Caracas, asistido por los abogados José Antonio Rodríguez y Carlos Alonso Prince Arellan, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 75.006 y 39.018, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, contra el Proceso Electoral para elegir a los miembros suplentes de la Junta de Condominio del Edificio Centro Clínico Profesional Caracas, convocada en fecha 10 de mayo del 2023 por la Comisión Electoral del referido Centro Clínico, acto electoral previsto para el 23 de junio de 2023. |
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Sentencia N° 065. Magistrado Ponente: INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA. La Sala declaró: 1.- Que es COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral incoado conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por el ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, actuando en su condición de propietario de los consultorios 713 y 1211 del CENTRO CLÍNICO PROFESIONAL CARACAS. 2.- ADMITE el recurso contencioso electoral ejercido. 3.- PROCEDENTE el amparo cautelar solicitado; en consecuencia, se SUSPENDE el proceso comicial que tendría lugar el día 23 del mismo mes y año, con el propósito de elegir a “…un (1) miembro Suplente del Presidente, un (1) miembro Suplente del Tesorero, un (1) miembro Suplente del Secretario…”, hasta tanto se dicte el fallo definitivo. |
La Presidenta, | |
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ | |
La Secretaria, | |
INTIANA LÓPEZ PÉREZ |