REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 26/06/2023
CUENTA, N° 93

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN
1. AA70E2023000042

La abogada MARÍA ELENA TORO DUPOUY, titular de la cédula de identidad N° 6.822.079, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 28.876, actuando en su alegado carácter de socio jubilado de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Obreros, Empleados y Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (C.A.P.R.E.S-TSJ), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo constitucional cautelar, contra la Resolución N° 2023-001, de fecha 05 de junio de 2023 dictada por la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorro.

Se recibió recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo cautelar.


2. AA70E2023000043

La abogada MARÍA ELENA TORO DUPOUY, titular de la cédula de identidad N° 6.822.079, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 28.876, actuando en su alegado carácter de socio jubilado de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Obreros, Empleados y Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (C.A.P.R.E.S-TSJ), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo constitucional cautelar, contra la Resolución N° 2023-002, de fecha 05 de junio de 2023 dictada por la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorro.

Se recibió recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo cautelar.


DESIGNACIÓN DE PONENTE
1. AA70E2021000020

Por recibido oficio N° 2021-107 de fecha 09 de julio del 2021, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remite expediente contentivo de nulidad de asamblea, interpuesto por el abogado LEOPOLDO MICETT CABELLO inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.974, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES 10-28-A, C.A., contra los ciudadanos Maygret Ordoñez, Kiomara Scovino; Zoraida Federico; Vicente Figarella, María Beatriz Peña Dumas, María Elena Villamizar, Rosa Rodríguez de Caravallo, terea Rodríguez, Petras Suarez y Claudia Varela, titulares de la cédula de identidad N° 9.483.158, 4.434.749, 2.458.818, 2.767.415, 7.006.012, 3.969.042, 3.902.693, 4.355.727, 10.336.592 y 17.981.688 respectivamente, miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios y Residente de Prados del Este (ASOPRAES).

PONENTE: Vista la diligencia presentada en fecha 22 de junio de 2023, por el ciudadano Pascual Tuffano Perreta, titular de la cédula de identidad N° 2.767.318, asistido por el abogado Rafael Viso Ingenuo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 40.236, mediante la cual consignó escrito con el cual solicitó aclaratoria de la sentencia N° 038, dictada en fecha 20 de abril de 2023 por esta Sala Electoral, se designó ponente al Magistrado INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, a los fines de la decisión correspondiente.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2015000078

Los ciudadanos LUIS RODRÍGUEZ SOSA, RAFAEL ARTURO LEÓN y la abogada CARMEN CANACHE, titulares de la cédula de identidad No. 1.853.999, 3.354.271 y 3.551.757, respectivamente, la última inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.407, quien actúa en nombre propio y asistiendo a los dos primeros, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Ministerio de Poder Popular para el Transporte Terrestre y Obras Públicas, respecto al proceso electoral para elegir a los miembros de la Junta Directiva de la referida asociación civil, cuyo acto de votación se fijó para el 29 de junio de 2015.

Se acordó librar cartel a los fines de notificar a los ciudadanos Alexis Ramón Borges Blasco, Luis Enrique Rubio Araujo y Juan Dámaso Hidalgo, representantes de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte (ANJUPEN), así como a la Comisión Electoral Ad Hoc de la referida Asociación de la Sentencia N° 058 dictada en fecha 10 de diciembre de 2020. Se Libró Carteles.


2. AA70E2022000003

Los abogados MARILÚ BELLO CASTILLO y ÁNGEL REINALDO FLORES CORONEL, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.135 y 30.099, respectivamente, la primera actuando en su condición de Presidenta de la Sociedad mercantil INVERSIONES OWL, C.A., y el segundo actuando en representación de la mencionada compañía, interpusieron demanda contenciosa electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso eleccionario efectuado por los propietarios del Edificio Mansión Arenas, realizado el 08 de diciembre de 2021.

Se acordó librar cartel a los fines de notificar a los ciudadanos MARILÚ BELLO CASTILLO y ÁNGEL REINALDO FLORES CORONEL, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.581.615 y V-6.849.007, respectivamente, de la Sentencia N° 035 dictada por esta Sala en fecha 20 de abril de 2023.


3. AA70E2023000009

La abogada Martha Gilles Redondo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.371, apoderada judicial de los ciudadanos Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, en el alegado carácter de candidato a la presidencia y representante electoral de la Plancha N° 2 de la Federación Nacional de Ganaderos (FEDENAGA), respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida organización civil y los ciudadanos Armando Enrique Chacín Chourio y Luis Rafael Prado Padrón, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.930.402 y V-6.371.481, en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo saliente y Vicepresidente saliente, en ese orden.

AGREGADO DE PRUEBAS: Escrito presentado en fecha veintidós (22) de junio de 2023, por el abogado Jorge Núñez Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.838, en el alegado carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Luis Rafael Prado Padrón y José Antonio Coraspe Mieres, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.371.481 y V-8.355.812, respectivamente, (pretensos intervinientes), mediante el cual promovió pruebas.


4. AA70E2023000009

La abogada Martha Gilles Redondo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.371, apoderada judicial de los ciudadanos Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, en el alegado carácter de candidato a la presidencia y representante electoral de la Plancha N° 2 de la Federación Nacional de Ganaderos (FEDENAGA), respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida organización civil y los ciudadanos Armando Enrique Chacín Chourio y Luis Rafael Prado Padrón, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.930.402 y V-6.371.481, en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo saliente y Vicepresidente saliente, en ese orden.

OPOSICIÓN: Se fijó un lapso de dos (02) días de despacho a los fines de que las partes puedan oponerse a las pruebas promovidas, contados a partir de la presente fecha, inclusive.


5. AA70E2023000009

La abogada Martha Gilles Redondo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.371, apoderada judicial de los ciudadanos Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, en el alegado carácter de candidato a la presidencia y representante electoral de la Plancha N° 2 de la Federación Nacional de Ganaderos (FEDENAGA), respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida organización civil y los ciudadanos Armando Enrique Chacín Chourio y Luis Rafael Prado Padrón, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.930.402 y V-6.371.481, en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo saliente y Vicepresidente saliente, en ese orden.

AGREGADO DE PRUEBAS: Escrito presentado en fecha veintiuno (21) de junio de 2023, por la abogada Martha Gilles Redondo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.371, en el alegado carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, (parte recurrente), mediante el cual promovió pruebas.


6. AA70E2023000011

Por recibido oficio N° TSJ/SCS/OFIC/0127-2023 de fecha 23/01/2023, emitido por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano ANTONIO SALAS, titular de la cédula de identidad número E-81.616.875, actuando en el alegado carácter de Accionista de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, asistido por el abogado Eduardo Revete, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.946, contra la Comisión Electoral de la referida Asociación Civil 2020 - 2022, por la emisión de la decisión de fecha 03 de agosto de 2022, que acordó separarlo o excluirlo del proceso electoral en las elecciones que se realizaron el 25 de septiembre de 2022, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 14/12/2022, conforme a la cual declinó la competencia en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

Se acordó librar cartel a los fines de notificar al ciudadano ANTONIO RAFAEL SALAS EGUIS, titular de la cédula de identidad N° E-81.616.875, de la Sentencia N° 013 dictada por esta Sala Electoral en fecha 09 de marzo de 2023.


7. AA70E2023000025

El abogado Rolando Pérez Soto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 118.722, actuando en nombre propio, interpuso recurso de interpretación del artículo 25, numerales 7 y 8 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares.

Vista la Sentencia N° 066 dictada por la Sala Electoral en fecha 26 de junio de 2023, se acordó notificar al ciudadano ROLANDO ENRIQUE PÉREZ SOTO, (parte recurrente). Se Libró boleta de notificación.


8. AA70E2023000036

El ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, titular de la cédula de identidad N° V-10.257.075, en el alegado carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211 en el Centro Clínico Profesional Caracas, asistido por los abogados José Antonio Rodríguez y Carlos Alonso Prince Arellan, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 75.006 y 39.018, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, contra el Proceso Electoral para elegir a los miembros suplentes de la Junta de Condominio del Edificio Centro Clínico Profesional Caracas, convocada en fecha 10 de mayo del 2023 por la Comisión Electoral del referido Centro Clínico, acto electoral previsto para el 23 de junio de 2023.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos Maranella Bozzi Perez, Analisa Di Rocco D´ Antoni y Elizabhet Donelli de Pinedo, en su condición de candidatos a los cargos de suplentes de la Junta de Condominio del Centro Clinico Profesional Caracas, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 065 dictada en fecha 22 de junio de 2023, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2023000032

Los ciudadanos ANA MARIA VILLANUEVA ARAVICHE, FRANK ALIRIO GUERRERO GAMBOA, CECILIA GONZÁLEZ DE GUERRA, HUMBERTOS DE JESÚS PRATO VILLANUEVA, y XIOMARA ANTONIA HERNÁNDEZ DE BRICEÑO, titulares de la cédulas de identidad N° V-6.226.046, V-10.380.626, V-5.976.412, V-7.954.303 y V-9.486.649, en el alegado carácter de legítimos propietarios de las acciones en la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, identificadas N° 2922, 1264, 2925, 0120 y 2427, respectivamente, asistidos por la abogada Ana María Villanueva, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, mediante el cual interponen acción de amparo constitucional, contra la omisión de convocar a la Asamblea General para conformar la comisión electoral de la referida asociación civil.

El abogado Oscar Specht Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo los N° 32.714, en su condición de Presidente de la Junta Directiva de la Asociación Civil Monteclaro Contry Club, parte accionada, presentó escrito de alegatos.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2017000096

Los ciudadanos MANUEL RIVAS y HERIBERTO CARDENAS, actuando en su carácter de Miembros Fundadores y Autoridades del Partido Político Nacional Movimiento Republicano, asistidos por el abogado Natalio Tarazona, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y solicitud de medida cautelar innominada, contra el ciudadano Julio Albarrán, actual Secretario General del Partido Político Movimiento Republicano (MR), por la presunta violación de los derechos colectivos y difusos de la Militancia y Directiva del (MR).

El abogado Carlos Guerrero Quintana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.988, actuando con el carácter de Defensor Público Provisorio Segundo con competencia para actuar ante la Sala Electoral, en representación de los ciudadanos Juan Pablo Rodríguez Rodríguez y Nilma Josefina Martínez, en el alegado carácter de Secretario General Nacional y integrante de la Comisión de Ética de la organización con fines políticos Movimiento Republicano, respectivamente, presentó diligencia mediante el cual solicitó copias simples de los folios, 496 al 565 del 566 al 610.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2023000036

El ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, titular de la cédula de identidad N° V-10.257.075, en el alegado carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211 en el Centro Clínico Profesional Caracas, asistido por los abogados José Antonio Rodríguez y Carlos Alonso Prince Arellan, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 75.006 y 39.018, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, contra el Proceso Electoral para elegir a los miembros suplentes de la Junta de Condominio del Edificio Centro Clínico Profesional Caracas, convocada en fecha 10 de mayo del 2023 por la Comisión Electoral del referido Centro Clínico, acto electoral previsto para el 23 de junio de 2023.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.282, librado a los MIEMBROS DIRECTIVOS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL CENTRO CLÍNICO PROFESIONAL CARACAS, recibida por los ciudadanos Attilio Villarmosa, Erika Páez y Augusto Pereira, Presidente, Secretaria y Director de Vigilancia y Seguimiento del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°036 de fecha 22 de junio de 2023.


2. AA70E2023000036

El ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, titular de la cédula de identidad N° V-10.257.075, en el alegado carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211 en el Centro Clínico Profesional Caracas, asistido por los abogados José Antonio Rodríguez y Carlos Alonso Prince Arellan, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 75.006 y 39.018, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, contra el Proceso Electoral para elegir a los miembros suplentes de la Junta de Condominio del Edificio Centro Clínico Profesional Caracas, convocada en fecha 10 de mayo del 2023 por la Comisión Electoral del referido Centro Clínico, acto electoral previsto para el 23 de junio de 2023.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.279, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL CENTRO CLÍNICO PROFESIONAL CARACAS, recibida por los ciudadanos Attilio Villarmosa, Erika Páez y Augusto Pereira, Presidente, Secretaria y Director de Vigilancia y Seguimiento del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó del auto de fecha 21 de junio de 2023.


3. AA70E2023000036

El ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, titular de la cédula de identidad N° V-10.257.075, en el alegado carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211 en el Centro Clínico Profesional Caracas, asistido por los abogados José Antonio Rodríguez y Carlos Alonso Prince Arellan, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 75.006 y 39.018, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, contra el Proceso Electoral para elegir a los miembros suplentes de la Junta de Condominio del Edificio Centro Clínico Profesional Caracas, convocada en fecha 10 de mayo del 2023 por la Comisión Electoral del referido Centro Clínico, acto electoral previsto para el 23 de junio de 2023.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.281, librado a los MIEMBROS DIRECTIVOS DE LA JUNTA DE CONDOMINIO DEL CENTRO CLÍNICO PROFESIONAL CARACAS, recibida por la ciudadana Adriana Verdú, Asistente Administrativo del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°036 de fecha 22 de junio de 2023.


4. AA70E2023000036

El ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, titular de la cédula de identidad N° V-10.257.075, en el alegado carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211 en el Centro Clínico Profesional Caracas, asistido por los abogados José Antonio Rodríguez y Carlos Alonso Prince Arellan, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 75.006 y 39.018, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, contra el Proceso Electoral para elegir a los miembros suplentes de la Junta de Condominio del Edificio Centro Clínico Profesional Caracas, convocada en fecha 10 de mayo del 2023 por la Comisión Electoral del referido Centro Clínico, acto electoral previsto para el 23 de junio de 2023.

El ciudadano Alguacil consignó boleta Original, librada al ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, actuando en su carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211, en el Centro Clínico Profesional de Caracas, recibida por el ciudadano Manuel Aguilar, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 036 de fecha 22 de junio de 2023.


5. AA70E2023000036

El ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, titular de la cédula de identidad N° V-10.257.075, en el alegado carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211 en el Centro Clínico Profesional Caracas, asistido por los abogados José Antonio Rodríguez y Carlos Alonso Prince Arellan, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 75.006 y 39.018, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, contra el Proceso Electoral para elegir a los miembros suplentes de la Junta de Condominio del Edificio Centro Clínico Profesional Caracas, convocada en fecha 10 de mayo del 2023 por la Comisión Electoral del referido Centro Clínico, acto electoral previsto para el 23 de junio de 2023.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.280, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el ciudadano Héctor Landaez, Secretario Ejecutivo Jefe de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°036 de fecha 22 de junio de 2023.


SENTENCIA
1. AA70E2023000025

El abogado Rolando Pérez Soto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 118.722, actuando en nombre propio, interpuso recurso de interpretación del artículo 25, numerales 7 y 8 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares.

Sentencia N° 066. Magistrada Ponente CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ. La Sala declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer el recurso de interpretación interpuesto por el abogado ROLANDO E. PÉREZ SOTO, titular de la cédula de identidad número V-6.454.752, actuando en su propio nombre, en el que solicita “…la interpretación del artículo 25 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones De Ahorro Similares (…) específicamente en su[s] numerales 7 y 8…”. 2.- INADMISIBLE el recurso de interpretación.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ