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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 27/06/2023 | |
CUENTA, N° 94 | |
DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
1. | AA70E2023000042 |
La abogada MARÍA ELENA TORO DUPOUY, titular de la cédula de identidad N° 6.822.079, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 28.876, actuando en su alegado carácter de socio jubilado de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Obreros, Empleados y Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (C.A.P.R.E.S-TSJ), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo constitucional cautelar, contra la Resolución N° 2023-001, de fecha 05 de junio de 2023 dictada por la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorro. |
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SOLICITUD DE ANTECEDENTES Y PONENTE: Se acordó solicitar a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Obreros, Empleados y Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (C.A.P.R.E.S-TSJ), los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, asimismo, teniendo en cuenta que el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 ejusdem, designó ponente a la Magistrada CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ. Se Libró Oficio N° 23.283. |
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2. | AA70E2023000043 |
La abogada MARÍA ELENA TORO DUPOUY, titular de la cédula de identidad N° 6.822.079, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 28.876, actuando en su alegado carácter de socio jubilado de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Obreros, Empleados y Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (C.A.P.R.E.S-TSJ), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con acción de amparo constitucional cautelar, contra la Resolución N° 2023-002, de fecha 05 de junio de 2023 dictada por la Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorro. |
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SOLICITUD DE ANTECEDENTES Y PONENTE: Se acordó solicitar a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Obreros, Empleados y Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (C.A.P.R.E.S-TSJ), los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, asimismo, teniendo en cuenta que el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 ejusdem, designó ponente a la Magistrada CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ. Se Libró Oficio N°23.284. |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2015000078 |
Los ciudadanos LUIS RODRÍGUEZ SOSA, RAFAEL ARTURO LEÓN y la abogada CARMEN CANACHE, titulares de la cédula de identidad No. 1.853.999, 3.354.271 y 3.551.757, respectivamente, la última inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.407, quien actúa en nombre propio y asistiendo a los dos primeros, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Ministerio de Poder Popular para el Transporte Terrestre y Obras Públicas, respecto al proceso electoral para elegir a los miembros de la Junta Directiva de la referida asociación civil, cuyo acto de votación se fijó para el 29 de junio de 2015. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al Luis Enrique Rubio Araujo en su carácter de Representante de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 058 dictada en fecha 10 de diciembre de 2020, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se le tendrá por notificado. |
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2. | AA70E2015000078 |
Los ciudadanos LUIS RODRÍGUEZ SOSA, RAFAEL ARTURO LEÓN y la abogada CARMEN CANACHE, titulares de la cédula de identidad No. 1.853.999, 3.354.271 y 3.551.757, respectivamente, la última inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.407, quien actúa en nombre propio y asistiendo a los dos primeros, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Ministerio de Poder Popular para el Transporte Terrestre y Obras Públicas, respecto al proceso electoral para elegir a los miembros de la Junta Directiva de la referida asociación civil, cuyo acto de votación se fijó para el 29 de junio de 2015. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los Miembros Integrantes de la Comisión Electoral Ad-Hoc de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 058 dictada en fecha 10 de diciembre de 2020, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados. |
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3. | AA70E2015000078 |
Los ciudadanos LUIS RODRÍGUEZ SOSA, RAFAEL ARTURO LEÓN y la abogada CARMEN CANACHE, titulares de la cédula de identidad No. 1.853.999, 3.354.271 y 3.551.757, respectivamente, la última inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.407, quien actúa en nombre propio y asistiendo a los dos primeros, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Ministerio de Poder Popular para el Transporte Terrestre y Obras Públicas, respecto al proceso electoral para elegir a los miembros de la Junta Directiva de la referida asociación civil, cuyo acto de votación se fijó para el 29 de junio de 2015. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano Alexis Ramón Borges Blasco en su carácter de Representante de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 058 dictada en fecha 10 de diciembre de 2020, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se le tendrá por notificado. |
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4. | AA70E2015000078 |
Los ciudadanos LUIS RODRÍGUEZ SOSA, RAFAEL ARTURO LEÓN y la abogada CARMEN CANACHE, titulares de la cédula de identidad No. 1.853.999, 3.354.271 y 3.551.757, respectivamente, la última inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.407, quien actúa en nombre propio y asistiendo a los dos primeros, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Ministerio de Poder Popular para el Transporte Terrestre y Obras Públicas, respecto al proceso electoral para elegir a los miembros de la Junta Directiva de la referida asociación civil, cuyo acto de votación se fijó para el 29 de junio de 2015. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano Juan Damaso Hidalgo en su carácter de Representante de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre (ANJUPEN), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 058 dictada en fecha 10 de diciembre de 2020, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se le tendrá por notificado. |
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5. | AA70E2022000003 |
Los abogados MARILÚ BELLO CASTILLO y ÁNGEL REINALDO FLORES CORONEL, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.135 y 30.099, respectivamente, la primera actuando en su condición de Presidenta de la Sociedad mercantil INVERSIONES OWL, C.A., y el segundo actuando en representación de la mencionada compañía, interpusieron demanda contenciosa electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso eleccionario efectuado por los propietarios del Edificio Mansión Arenas, realizado el 08 de diciembre de 2021. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos Marilu Bello y Angel Reinaldo Flores titulares de las cédulas de identidad N° V-4.581.615 y V-6.849.007 respectivamente, (recurrentes) de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 035 dictada en fecha 20 de abril de 2023, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados. |
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6. | AA70E2023000009 |
La abogada Martha Gilles Redondo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.371, apoderada judicial de los ciudadanos Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, en el alegado carácter de candidato a la presidencia y representante electoral de la Plancha N° 2 de la Federación Nacional de Ganaderos (FEDENAGA), respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida organización civil y los ciudadanos Armando Enrique Chacín Chourio y Luis Rafael Prado Padrón, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.930.402 y V-6.371.481, en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo saliente y Vicepresidente saliente, en ese orden. |
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Auto acordando la solicitud de cómputo de los días de despacho en esta Sala. |
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7. | AA70E2023000009 |
La abogada Martha Gilles Redondo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.371, apoderada judicial de los ciudadanos Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, en el alegado carácter de candidato a la presidencia y representante electoral de la Plancha N° 2 de la Federación Nacional de Ganaderos (FEDENAGA), respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida organización civil y los ciudadanos Armando Enrique Chacín Chourio y Luis Rafael Prado Padrón, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.930.402 y V-6.371.481, en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo saliente y Vicepresidente saliente, en ese orden. |
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Nota de la Secretaria mediante la cual dejó constancia del cómputo de días de despacho acordado en esta misma fecha. |
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8. | AA70E2023000011 |
Por recibido oficio N° TSJ/SCS/OFIC/0127-2023 de fecha 23/01/2023, emitido por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano ANTONIO SALAS, titular de la cédula de identidad número E-81.616.875, actuando en el alegado carácter de Accionista de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, asistido por el abogado Eduardo Revete, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.946, contra la Comisión Electoral de la referida Asociación Civil 2020 - 2022, por la emisión de la decisión de fecha 03 de agosto de 2022, que acordó separarlo o excluirlo del proceso electoral en las elecciones que se realizaron el 25 de septiembre de 2022, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 14/12/2022, conforme a la cual declinó la competencia en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano Antonio Rafael Salas Euguis titular de la cédula de identidad N° E- 81.616.875, accionista de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos (parte accionante), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 013 dictada en fecha 09 de marzo de 2023, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados. |
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9. | AA70E2023000036 |
El ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, titular de la cédula de identidad N° V-10.257.075, en el alegado carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211 en el Centro Clínico Profesional Caracas, asistido por los abogados José Antonio Rodríguez y Carlos Alonso Prince Arellan, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 75.006 y 39.018, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, contra el Proceso Electoral para elegir a los miembros suplentes de la Junta de Condominio del Edificio Centro Clínico Profesional Caracas, convocada en fecha 10 de mayo del 2023 por la Comisión Electoral del referido Centro Clínico, acto electoral previsto para el 23 de junio de 2023. |
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RECEPCION DE LOS ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS: Por recibido escrito mediante el cual consigna los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, suscrito por los ciudadanos Attilio Javier Villarmosa León, Augusto Pereira González y Erika Josefina Páez Colombo, titulares de la cédula de identidad N° V-11.025.523, V-6.000.952 y V-6.040.053, respectivamente, en el alegado carácter miembros de la Comisión Electoral del Centro Clínico Profesional Caracas, asistidos por el abogado Juan Ramírez Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.273, este Juzgado acordó agregar a la pieza principal el mencionado escrito con los recaudos que lo acompañan. |
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10. | AA70E2023000036 |
El ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, titular de la cédula de identidad N° V-10.257.075, en el alegado carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211 en el Centro Clínico Profesional Caracas, asistido por los abogados José Antonio Rodríguez y Carlos Alonso Prince Arellan, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 75.006 y 39.018, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, contra el Proceso Electoral para elegir a los miembros suplentes de la Junta de Condominio del Edificio Centro Clínico Profesional Caracas, convocada en fecha 10 de mayo del 2023 por la Comisión Electoral del referido Centro Clínico, acto electoral previsto para el 23 de junio de 2023. |
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RECEPCION DE INFORME: Por recibido escrito contentivo del informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionado con el presente recurso contencioso electoral, suscrito por los ciudadanos Attilio Javier Villarmosa León, Augusto Pereira González y Erika Josefina Páez Colombo, titulares de la cédula de identidad N° V-11.025.523, V-6.000.952 y V-6.040.053, respectivamente, en el alegado carácter miembros de la Comisión Electoral del Centro Clínico Profesional Caracas, asistidos por el abogado Juan Ramírez Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.273, este Juzgado acordó agregar a la pieza principal el mencionado escrito. |
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11. | AA70X2023000003 - AA70E2022000005 |
El abogado Neill Jesús Reaño García, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO JOSÉ CARRERO, en su condición de Presidente de la Asociación de Voleibol Tachirense (AVT), (parte recurrente), interpuso escrito solicitando se "…dicte una nueva medida cautelar, dejando sin efecto oficio S/N, de fecha 31 de mayo de 2022, donde la Federación Venezolana de Voleibol, nombra una comisión interventora para la Asociación de Voleibol Tachirense (AVT)…". |
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Se dejó constancia que en el día de hoy se estableció comunicación telefónica con el ciudadano TONY ALEXANDER MEDINA, titular de la cédula de identidad N° V- 26.352.410, en su condición de Miembro Integrante de la Comisión Electoral de la Asociación Tachirense de Voleibol, mediante la cual se le notificó la decisión dictada por esta Sala N° 027 de fecha 20 de abril de 2023. A tal efecto, se le remitió vía correo electrónico, la mencionada sentencia. |
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12. | AA70X2023000003 - AA70E2022000005 |
El abogado Neill Jesús Reaño García, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO JOSÉ CARRERO, en su condición de Presidente de la Asociación de Voleibol Tachirense (AVT), (parte recurrente), interpuso escrito solicitando se "…dicte una nueva medida cautelar, dejando sin efecto oficio S/N, de fecha 31 de mayo de 2022, donde la Federación Venezolana de Voleibol, nombra una comisión interventora para la Asociación de Voleibol Tachirense (AVT)…". |
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PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación al ciudadano Tony Alexander Medina. |
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13. | AA70X2023000003 - AA70E2022000005 |
El abogado Neill Jesús Reaño García, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO JOSÉ CARRERO, en su condición de Presidente de la Asociación de Voleibol Tachirense (AVT), (parte recurrente), interpuso escrito solicitando se "…dicte una nueva medida cautelar, dejando sin efecto oficio S/N, de fecha 31 de mayo de 2022, donde la Federación Venezolana de Voleibol, nombra una comisión interventora para la Asociación de Voleibol Tachirense (AVT)…". |
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RECEPCIÓN DE COMISION: Por recibido oficio N° 3190-169, de fecha 14 de junio de 2023, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, anexo al cual remitió la comisión fuere conferida en fecha 26 de abril de 2023, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo. |
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ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
1. | AA70E2021000002 |
La abogada BEATRIZ IRENE ALVAREZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.377.551, e inscrita en el Inpreabogado N° 242.401, actuando en nombre propio, como miembro activo de la Asociación de Scouts de Venezuela y Comisionada Distrital del Distrito Scout Chacao, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad ejercido conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra "el silencio de la CORTE DE HONOR que convalidó el proceso electoral que se pretende celebrar en el marco de la 107° Asamblea Nacional Scout a efectuarse en marzo 2021, para la renovación de las autoridades del Consejo Nacional de Scout y Corte de Honor proyecto electoral dispuesto en el Acta de fecha 31/5/2020 del Consejo Nacional Scout desarrollado en la comunicación N° CNS-2020-6-2, de fecha 28/06/2020 ratificado y ampliado en el Comunicado N° CNS-2020-10-5 de fecha 31/10/2020 de octubre de 2020 extendido a través del Comunicado N° CNS-2020-12-2 de fecha 15/12/2020". |
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El abogado Juan Arguello, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.198, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito de observaciones. |
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2. | AA70E2023000009 |
La abogada Martha Gilles Redondo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.371, apoderada judicial de los ciudadanos Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, en el alegado carácter de candidato a la presidencia y representante electoral de la Plancha N° 2 de la Federación Nacional de Ganaderos (FEDENAGA), respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida organización civil y los ciudadanos Armando Enrique Chacín Chourio y Luis Rafael Prado Padrón, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.930.402 y V-6.371.481, en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo saliente y Vicepresidente saliente, en ese orden. |
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El abogado Jorge Enrique Núñez Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 105.838, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, presentó escrito de impugnación de pruebas. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2021000009 |
El ciudadano JOSE FRANCISCO ABREU DEVERA, titular de la cédula de identidad N° V-19.230.043, en su alegado carácter de Secretario General de la organización con fines políticos Carabobo Militancia Nacional (CAMINA), debidamente asistido por el abogado Nerio José Rico León, inscrito en el Inpreabogado N° 231.593, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral contra la consignación ante el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, presentada por el ciudadano Carlos Alberto Lozano Parra, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 11.348.296, quien cumplía funciones de Presidente de la referida organización . |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano Jose Francisco Abreu Devera, alegando su condición de Secretario General de la Organización con fines políticos Carabobo Militancia Nacional (CAMINA,) parte recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia donde se le notificó de la Sentencia N° 005 dictada en fecha 09 de marzo de 2023. |
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2. | AA70E2023000003 |
El ciudadano TEODORO ALFONZO SILVA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad número V-2.999.277, actuando en su alegado carácter de asociado de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistido por el abogado Ovidio Tocuyo Ford, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.239, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto administrativo del proceso electoral contenido en el calendario electoral, con fecha de reactivación 10 de noviembre al 09 de diciembre de 2022, y contra el acto de votación, escrutinio y totalización general de votos de fecha 07 de diciembre de 2022, realizado por la Comisión Electoral Ad Hoc de la referida caja de ahorro. |
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El abogado Ovidio Tocuyo Ford, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.239, apoderado de la parte recurrente, presentó diligencia ratificando escrito de promoción de pruebas. |
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3. | AA70E2023000035 |
El abogado JESÚS ANTONIO GUTIÉRREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°59.553, Defensor Público Provisorio Cuarto con competencia para actuar ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, asistiendo a las ciudadanas THAIS MICHELENA, EUSEBIA MALAVE y CARMEN CANACHE, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.376.399, V-3.422.413 y V-3.551.757, en el alegado carácter de trabajadoras, jubiladas y asociadas de la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP), mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral contra el proceso eleccionario realizado para elegir a las autoridades del Consejo de Administración, del Consejo de Vigilancia, Principales y Suplentes, y los Delegados de la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos, (CASEP), para el periodo 2023-2026. |
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El abogado Jesús Antonio Gutierrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°59.553, Defensor Público Provisorio Cuarto, por las ciudadanas THAIS MICHELENA, EUSEBIA MALAVE y CARMEN CANACHE, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.376.399, V-3.422.413 y V-3.551.757, en el alegado carácter de trabajadoras, jubiladas y asociadas de la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP), presentó diligencia solicitando se le notifique de la decisión. |
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4. | AA70E2023000036 |
El ciudadano MANUEL ALFREDO AGUILAR PARILLI, titular de la cédula de identidad N° V-10.257.075, en el alegado carácter de propietario de los consultorios N° 713 y 1211 en el Centro Clínico Profesional Caracas, asistido por los abogados José Antonio Rodríguez y Carlos Alonso Prince Arellan, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 75.006 y 39.018, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, contra el Proceso Electoral para elegir a los miembros suplentes de la Junta de Condominio del Edificio Centro Clínico Profesional Caracas, convocada en fecha 10 de mayo del 2023 por la Comisión Electoral del referido Centro Clínico, acto electoral previsto para el 23 de junio de 2023. |
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Los ciudadanos Attilio Javier Villarmosa, Augusto González, y Ericka Páez, titulares de las cédulas de identidad N° 11.025.523, V-6.000.952 y V-6.040.053, en su condición de Miembros de la Comisión Electoral del Centro Clínico Profesional Caracas, parte recurrida, asistidos por el abogado Juan Ramírez inscrito en el Inpreabogado bajo el N°48.273, presentaron diligencia otorgando poder Apud Acta al abogado asistente. |
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DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
1. | AA70E2022000037 |
Las ciudadanas SANDRA CARNEVALE SABELLI y YURANCY ARTEAGA ZERPA, titulares de la cédula de identidad número V-9.628.173 y V-9.620.642, respectivamente, la segunda profesional del derecho inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.172, actuando en nombre propio y asistiendo a la primera de las nombradas, quienes alegan ser propietarias de los inmuebles ubicados en la Torre 7, Apto 7-6, Planta Baja, y Torre 3, Apto 3-1, Planta Baja, del Conjunto Residencial Centro Metropolitano Javier I Etapa, Barquisimeto, estado Lara, en ese mismo orden, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la decisión N° 005, emitida por la Comisión Electoral del mencionado Conjunto Residencial, que deja sin efecto la elección de la Presidenta de la Junta de Condominio elegida en Asamblea General Extraordinaria, celebrada en fecha 12 de junio de 2022, y contra el proceso electoral cuyo acto de votación se fijó para el 17 de julio de 2022. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.243, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el ciudadano Héctor Landaez, Secretario Ejecutivo Jefe de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 060 de fecha 01 de junio de 2023. |
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2. | AA70E2022000037 |
Las ciudadanas SANDRA CARNEVALE SABELLI y YURANCY ARTEAGA ZERPA, titulares de la cédula de identidad número V-9.628.173 y V-9.620.642, respectivamente, la segunda profesional del derecho inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.172, actuando en nombre propio y asistiendo a la primera de las nombradas, quienes alegan ser propietarias de los inmuebles ubicados en la Torre 7, Apto 7-6, Planta Baja, y Torre 3, Apto 3-1, Planta Baja, del Conjunto Residencial Centro Metropolitano Javier I Etapa, Barquisimeto, estado Lara, en ese mismo orden, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la decisión N° 005, emitida por la Comisión Electoral del mencionado Conjunto Residencial, que deja sin efecto la elección de la Presidenta de la Junta de Condominio elegida en Asamblea General Extraordinaria, celebrada en fecha 12 de junio de 2022, y contra el proceso electoral cuyo acto de votación se fijó para el 17 de julio de 2022. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.240, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO LARA (DISTRIBUIDOR), mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 060 de fecha 01 de junio de 2023. |
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3. | AA70E2023000001 |
Por recibido oficio N° 007/23 de fecha 10 de enero de 2023, emitido por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar, interpuesto por el ciudadano LUIS GERMÁN CASTILLO ZAMBRANO, invocando su condición societaria de la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (CAJUPDISIP), contra los miembros de la Comisión Electoral de la mencionada Caja de Ahorros, por presuntamente negarle el derecho a la participación, para optar a un cargo de elección popular dentro de la comunidad societaria; remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 06/01/2023, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el presente asunto en esta Sala Electoral. |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta Original, librada al ciudadano LUIS GERMÁN CASTILLO ZAMBRANO, parte accionante, recibida por el ciudadano Luis Castillo, mediante el cual se le notifico la Sentencia N°051 de fecha 01 de junio de 2023. |
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4. | AA70E2023000002 |
Por recibido oficio N° 006/23 de fecha 10 de enero de 2023, emitido por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar, interpuesta por el ciudadano LUIS GERMÁN CASTILLO ZAMBRANO, invocando su condición societaria de la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (CAJUPDISIP), contra los socios José Saturno Lara Galván y Alberto José Arenas González, en su condición de Presidente y Tesorero ambos suplentes de la mencionada Caja de Ahorro, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 06/01/2023, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el presente asunto en esta Sala Electoral. |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta Original, librada al ciudadano LUIS GERMÁN CASTILLO ZAMBRANO, parte accionante, recibida por el ciudadano Luis Castillo, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°052 de fecha 01 de junio de 2023. |
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5. | AA70E2023000025 |
El abogado Rolando Pérez Soto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 118.722, actuando en nombre propio, interpuso recurso de interpretación del artículo 25, numerales 7 y 8 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares. |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta Original, librada ciudadano ROLANDO ENRIQUE PÉREZ SOTO, (parte recurrente), recibida por el ciudadano Rolando Pérez, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 066 de fecha 26 de junio de 2023. |
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6. | AA70X2022000009 - AA70E2022000037 |
Las ciudadanas SANDRA CARNEVALE SABELLI y YURANCY ARTEAGA ZERPA, titulares de la cédula de identidad número V-9.628.173 y V-9.620.642, respectivamente, la segunda profesional del derecho inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 90.172, actuando en nombre propio y asistiendo a la primera de las nombradas, quienes alegan ser propietarias de los inmuebles ubicados en la Torre 7, Apto 7-6, Planta Baja, y Torre 3, Apto 3-1, Planta Baja, del Conjunto Residencial Centro Metropolitano Javier I Etapa, Barquisimeto, estado Lara, en ese mismo orden, denunciaron el desacato a la sentencia N° 065 dictada por esta Sala en fecha 14 de julio de 2022, en la que se declaró procedente el amparo cautelar. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.252, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO LARA (DISTRIBUIDOR), mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 058 de fecha 01 de junio de 2023. |
La Presidenta, | |
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ | |
La Secretaria, | |
INTIANA LÓPEZ PÉREZ |