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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 28/06/2023 | |
CUENTA, N° 95 | |
NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN | |
1. | AA70E2023000044 |
Por recibido oficio N° 412/2023 de fecha 22 de junio de 2023, emitido por el Juzgado Superior Estadal de los Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, interpuesto por el ciudadano MARCO ANTONIO GARCÍA, alegando el carácter de aspirante a la presidencia de la plancha N° 1 para las elecciones de la Asociación de Ganaderos del Estado Táchira (ASOGATA), asistido por los abogados Jhonny Claret Duque Paz y Paola Andrea Torres Dal Canto, contra la Comisión Electoral y contra el ciudadano Juan Carlos Parra Balsa, en su condición de aspirante a la presidencia de la plancha N° 2, ambos de la referida Asociación, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 22 de junio de 2023, conforme a la cual declinó el presente asunto en esta Sala Electoral. |
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Se recibió recurso contencioso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar. |
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DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
1. | AA70E2023000044 |
Por recibido oficio N° 412/2023 de fecha 22 de junio de 2023, emitido por el Juzgado Superior Estadal de los Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo del recurso contencioso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, interpuesto por el ciudadano MARCO ANTONIO GARCÍA, alegando el carácter de aspirante a la presidencia de la plancha N° 1 para las elecciones de la Asociación de Ganaderos del Estado Táchira (ASOGATA), asistido por los abogados Jhonny Claret Duque Paz y Paola Andrea Torres Dal Canto, contra la Comisión Electoral y contra el ciudadano Juan Carlos Parra Balsa, en su condición de aspirante a la presidencia de la plancha N° 2, ambos de la referida Asociación, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 22 de junio de 2023, conforme a la cual declinó el presente asunto en esta Sala Electoral. |
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SOLICITUD DE ANTECEDENTES Y PONENTE: Se acordó solicitar a la Comisión Electoral de la Asociación de Ganaderos del Estado Táchira (ASOGATA), los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, asimismo, teniendo en cuenta que el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 ejusdem, designó ponente a la Magistrada CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ. Se Libró Oficio N° 23.285. |
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ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
1. | AA70E2017000096 |
Los ciudadanos MANUEL RIVAS y HERIBERTO CARDENAS, actuando en su carácter de Miembros Fundadores y Autoridades del Partido Político Nacional Movimiento Republicano, asistidos por el abogado Natalio Tarazona, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y solicitud de medida cautelar innominada, contra el ciudadano Julio Albarrán, actual Secretario General del Partido Político Movimiento Republicano (MR), por la presunta violación de los derechos colectivos y difusos de la Militancia y Directiva del (MR). |
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La abogada Sofía Palencia Varela, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N°187.294, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento. |
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2. | AA70E2017000096 |
Los ciudadanos MANUEL RIVAS y HERIBERTO CARDENAS, actuando en su carácter de Miembros Fundadores y Autoridades del Partido Político Nacional Movimiento Republicano, asistidos por el abogado Natalio Tarazona, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y solicitud de medida cautelar innominada, contra el ciudadano Julio Albarrán, actual Secretario General del Partido Político Movimiento Republicano (MR), por la presunta violación de los derechos colectivos y difusos de la Militancia y Directiva del (MR). |
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El ciudadanos Juan Pablo Rodríguez Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° V- 4.185.328 en el alegado carácter de Secretario General Nacional y integrante de la Comisión de Ética de la organización con fines políticos Movimiento Republicano, asistido por el abogado Jairo Rodríguez inscrito en el Inpreabogado bajo el N°244.153, presentaron diligencia solicitando pronunciamiento. |
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3. | AA70E2021000013 |
El ciudadano RAFAEL YGNACIO REYMI MACHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.752.526, asistido por los abogados Manuel Desiderio Rosales y Agueda Amelia Romero Pérez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 279.806 y 126.635, en el orden mencionado, quienes también actúan en su propio nombre y representación con el carácter de propietarios de las viviendas ubicadas en el Conjunto Residencial Puerto Príncipe, interpusieron recurso contencioso electoral contra el "…ACTO DE CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE PROPIETARIOS SOLVENTES´…". |
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El abogado Luis Mejias Sarmiento, titular de la cédula de identidad N° 10.482.899 inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.217, actuando en su condición de Apoderado Judicial de la Asociación Civil "Conjunto Residencial Puerto Príncipe", presentó escrito de solicitud de aclaratoria. |
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4. | AA70E2022000050 |
El ciudadano HÉCTOR GUILLERMO VILLALOBOS FERRER, titular de la cédula de identidad N° V-1.099.779, en el alegado carácter de Presidente de la Asociación de Jubilados de la Industria Petrolera, Petroquímica y Carbonífera Nacional (AJIP) , asistido por el abogado Everett José Salazar Bossio, titular de la cédula de identidad V-4.704.486, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.295, este último actuando en su propio nombre y representación, miembro activo de la referida organización civil, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud cautelar contra la elección de la Junta Electoral y el proceso eleccionario de la mencionada asociación civil, de Jubilados de la Industria Petrolera, Petroquímica y Carbonífera Nacional, asimismo , contra el proceso eleccionario de las autoridades de la mencionada asociación civil, realizadas entre los meses de noviembre y diciembre de 2021 . |
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El abogado Everett José Salazar Bossio, titular de la cédula de identidad V-4.704.486, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.295, presentó escrito en el cual impugnó poder apud acta de fecha 15 de mayo de 2023. |
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5. | AA70E2023000032 |
Los ciudadanos ANA MARIA VILLANUEVA ARAVICHE, FRANK ALIRIO GUERRERO GAMBOA, CECILIA GONZÁLEZ DE GUERRA, HUMBERTOS DE JESÚS PRATO VILLANUEVA, y XIOMARA ANTONIA HERNÁNDEZ DE BRICEÑO, titulares de la cédulas de identidad N° V-6.226.046, V-10.380.626, V-5.976.412, V-7.954.303 y V-9.486.649, en el alegado carácter de legítimos propietarios de las acciones en la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, identificadas N° 2922, 1264, 2925, 0120 y 2427, respectivamente, asistidos por la abogada Ana María Villanueva, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, mediante el cual interponen acción de amparo constitucional, contra la omisión de convocar a la Asamblea General para conformar la comisión electoral de la referida asociación civil. |
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El abogado Oscar Specht Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo los N° 32.714, en su condición de Presidente de la Junta Directiva de la Asociación Civil Monteclaro Contry Club, parte accionada, presentó escrito formulando alegatos. |
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DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
1. | AA70E2021000013 |
El ciudadano RAFAEL YGNACIO REYMI MACHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.752.526, asistido por los abogados Manuel Desiderio Rosales y Agueda Amelia Romero Pérez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 279.806 y 126.635, en el orden mencionado, quienes también actúan en su propio nombre y representación con el carácter de propietarios de las viviendas ubicadas en el Conjunto Residencial Puerto Príncipe, interpusieron recurso contencioso electoral contra el "…ACTO DE CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE PROPIETARIOS SOLVENTES´…". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.266, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI (DISTRIBUIDOR), el cual hice envío a través de la empresa de encomiendas MRW, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 059 de fecha 01 de junio de 2023. |
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2. | AA70E2021000013 |
El ciudadano RAFAEL YGNACIO REYMI MACHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.752.526, asistido por los abogados Manuel Desiderio Rosales y Agueda Amelia Romero Pérez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 279.806 y 126.635, en el orden mencionado, quienes también actúan en su propio nombre y representación con el carácter de propietarios de las viviendas ubicadas en el Conjunto Residencial Puerto Príncipe, interpusieron recurso contencioso electoral contra el "…ACTO DE CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE PROPIETARIOS SOLVENTES´…". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.269, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el ciudadano Héctor Landaez, Secretario Ejecutivo Jefe de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 059 de fecha 01 de junio de 2023. |
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3. | AA70E2021000013 |
El ciudadano RAFAEL YGNACIO REYMI MACHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.752.526, asistido por los abogados Manuel Desiderio Rosales y Agueda Amelia Romero Pérez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 279.806 y 126.635, en el orden mencionado, quienes también actúan en su propio nombre y representación con el carácter de propietarios de las viviendas ubicadas en el Conjunto Residencial Puerto Príncipe, interpusieron recurso contencioso electoral contra el "…ACTO DE CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE PROPIETARIOS SOLVENTES´…". |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a los ciudadanos RAFAEL YGNACIO REYMI MACHEZ, MANUEL DESIDERIO ROSALES y AGUEDA AMELIA ROMERO PÉREZ, respectivamente, parte recurrente, recibida por la abogada María Antonietta Vílchez , inscrito en el Inprebogado bajo el N° 108.169, apoderada judicial, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 059 de fecha 01 de junio de 2023. |
La Presidenta, | |
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ | |
La Secretaria, | |
INTIANA LÓPEZ PÉREZ |