REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 29/06/2023
CUENTA, N° 96

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN
1. AA70E2023000045

El ciudadano JHONNY ALBERTO CHACÓN SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad número V-13.172.437, actuando en su alegado carácter de entrenador de la escuela de Hapkido Ying Yang Kwan y como Vicepresidente de la Asociación de Hapkido del Distrito Capital, asistido por el abogado José de Jesús Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 207.539, interpuso recurso contencioso electoral contra la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Hapkido.

Se recibió recurso contencioso electoral.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2023000045

El ciudadano JHONNY ALBERTO CHACÓN SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad número V-13.172.437, actuando en su alegado carácter de entrenador de la escuela de Hapkido Ying Yang Kwan y como Vicepresidente de la Asociación de Hapkido del Distrito Capital, asistido por el abogado José de Jesús Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 207.539, interpuso recurso contencioso electoral contra la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Hapkido.

SOLICITUD DE ANTECEDENTES: Se acordó solicitar a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Hapkido, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso. Se Libró Oficio N° 23.287 y 23.288.


2. AA70X2023000001 - AA70E2022000058

El abogado Alejandro García Pérez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos NICANOR GARCÍA RIVADULLA, JORGE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado (parte recurrente), solicitó a esta Sala acuerde el nombramiento de una Junta Directiva Ad-Hoc hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la presente causa "…Toda vez que a la fecha de hoy, todos los miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Puerto Encantado (ACPE) han renunciado a sus cargos…".

RECEPCIÓN DE COMISION: Por recibido oficio N° 2780-7328, de fecha 28 de junio de 2023, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buroz de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, anexo al cual remitió la comisión que fuere conferida en fecha 07 de junio de 2023, se acordó agregar al expediente judicial el referido oficio, así como su anexo.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2022000022

El abogado Luis Martínez Hernández, titular de la cédula de identidad número V-2.532.379, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 12.377, actuando en su condición de socio propietario de la cuota de participación N° 1190, del Club Campestre Los Cortijos, interpuso demanda contencioso electoral con amparo cautelar, contra los actos realizados por la Junta Electoral del Club Campestre Los Cortijos, durante el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva para el periodo 2022-2024.

El abogado Luis Marcano, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.711, actuando con el carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico, presentó escrito de opinión fiscal.


2. AA70E2023000015

Los ciudadanos JOAO IVO SIMAO, NORA ELENA SOTO ROSA y ARIANA CELESTE LÓPEZ DI ROCCO, titulares de las cédulas de identidad N° E-81.968.430, V-4.356.102 y V-20.093.857, respectivamente, la última representada por el ciudadano Rafael Ernesto López Borges, titular de la cédula de identidad N°V-5.115.555, todos actuando en su alegado carácter de propietarios de los inmuebles identificados TH-23, TH-30 y TH-33, ubicados en el Conjunto Residencial Porto Novo Town, asistidos por la abogada Adriana Yilin Casanova Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 270.821, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los actos, actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones u omisiones electorales llevados a cabo por la Junta de Condominio del referido Conjunto Residencial periodo 2022-2023, y la administradora Inversiones Admyser C,A, así como solicitaron se suspendan los efectos de la asamblea eleccionaria celebrada en fecha 28 de enero de 2023.

El abogado Fracisco José Villegas, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 279.102, actuando en su condición de apoderado especial de la comunidad de co-propietario del Conjunto Residencial Porto Novo Town House presentó escrito de impugnación a la demanda de nulidad.


3. AA70E2023000032

Los ciudadanos ANA MARIA VILLANUEVA ARAVICHE, FRANK ALIRIO GUERRERO GAMBOA, CECILIA GONZÁLEZ DE GUERRA, HUMBERTOS DE JESÚS PRATO VILLANUEVA, y XIOMARA ANTONIA HERNÁNDEZ DE BRICEÑO, titulares de la cédulas de identidad N° V-6.226.046, V-10.380.626, V-5.976.412, V-7.954.303 y V-9.486.649, en el alegado carácter de legítimos propietarios de las acciones en la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, identificadas N° 2922, 1264, 2925, 0120 y 2427, respectivamente, asistidos por la abogada Ana María Villanueva, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, mediante el cual interponen acción de amparo constitucional, contra la omisión de convocar a la Asamblea General para conformar la comisión electoral de la referida asociación civil.

La abogada Eunises del Carmen Millán Peña, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 172.027, actuando en su condición de Fiscal Quinta del Ministerio Publico, presentó escrito de opinión fiscal.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2019000021

Los ciudadanos JOSÉ MANUEL RIVERO GALINDEZ y GABRIEL JOSÉ BAPTISTA ROMERO, titulares de la cédula de identidad N° V-23.849.266 y V-19.262.897, respectivamente, actuando en su condición de afiliados al Sindicato Unido Bolivariano de Trabajadores y Trabajadoras de Industria de Alimentos del estado Lara (SUNTRALIMLARA), asistidos por el abogado GABRIEL RAMÓN LEAL CEDILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 98.593, interpusieron recurso contencioso electoral contra el Sindicato Unido Bolivariano de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria de Alimentos del estado Lara (SUBTRALIM LARA) y la comisión electoral al omitir "LA CONVOCATORIA DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS DE CARNES EL PAZO, C.A. PARA LA APROBACIÓN O NO DEL INICIO DEL PROCESO ELECTORAL, Y A SU VEZ A LA CONVOCATORIA PARA CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN ELECTORAL".

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.218, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del estado Lara (DISTRIBUIDOR), el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 045 de fecha 01 de junio de 2023.


2. AA70E2019000026

El ciudadano ALI GUAIRA MORILLO, titular de cédula de identidad N° V-7.113.522, alegando su condición de asociado a la Caja de Ahorro y Bienestar Social del Personal de la Policía del estado Carabobo, asistido por el abogado José Antonio Soteldo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.213, mediante el cual interpuso impugnación de "TODAS Y CADA UNA DE LAS ACTUACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DE LA CAJA DE AHORRO Y BIENESTAR SOCIAL DEL PERSONAL DE LA POLICÍA DE ESTADO CARABOBO".

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.276, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO LARA (DISTRIBUIDOR), mediante el cual se le notificó el auto de fecha 12 de junio de 2023.


3. AA70E2020000015

Los ciudadanos CESAR ANTONIO RODRIGUEZ ESTRADA, DOMINGO ANTONIO PRIETO SILVA y PABLO DAVID COLMENARES CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad Nros V-18.866.394, V-14.230.355 y V-7.262.255, aludiendo su condición trabajadores de la entidad de trabajo ALPLA DE VENEZUELA, S.A. y afiliados al SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA EMPRESA ALPLA DE VENEZUELA, S.A. (SINTRABEALPVE), interpusieron "AMPARO CONSTITUCIONAL CONTRA EL FRAUDE PROCESAL ELECTORAL (…) REALIZADO POR LA JUNTA DIRECTIVA DEL SINDICATO, TRIBUNAL DISCIPLINARIO Y LA ILEGAL COMISION ELECTORAL (de la referida organización sindical) Y DEMANDAMOS (…) LA DESPLOCAMACION DE LA (…) JUNTA DIRECTIVA (…) Y DEL TRIBUNAL DISCIPLINARIO QUE FRAUDULENTAMENTE FUERON ADJUDICADAS Y PROCLAMADAS E INICIO SU PERIODO ELECTORAL EL (…) 24-08-2020"

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.208, librado al librado al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), mediante el cual se le notificó el auto de fecha 05 de junio de 2023.


4. AA70E2022000020

Por recibido oficio N° 072-2022 de fecha 05 de abril de 2022, emitido por el Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesta por las abogadas Ludy Pérez de González, Alicia Figueroa Romero y Carmen Luisa Durán, actuando en su propio nombre, contra los abogados JACOB MÁRMOL, MARINA RODRÍGUEZ y ORLANDO CHIRINOS, por los presuntos actos ilegítimos realizados en nombre del Colegio de Abogados del estado Lara, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 05 de abril de 2022, conforme a la cual el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.274, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO LARA (DISTRIBUIDOR), el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 046 de fecha 01 de junio de 2023.


5. AA70X2023000001 - AA70E2022000058

El abogado Alejandro García Pérez, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos NICANOR GARCÍA RIVADULLA, JORGE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado (parte recurrente), solicitó a esta Sala acuerde el nombramiento de una Junta Directiva Ad-Hoc hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la presente causa "…Toda vez que a la fecha de hoy, todos los miembros de la Junta Directiva de la Asociación Civil Puerto Encantado (ACPE) han renunciado a sus cargos…".

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 23.254, librado al TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BRIÓN Y EULALIA BUROZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA (DISTRIBUIDOR), el cual hice envío a través de la empresa de encomiendas MRW, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°055 de fecha 01 de junio de 2023.


AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN
1. AA70E2023000032

Los ciudadanos ANA MARIA VILLANUEVA ARAVICHE, FRANK ALIRIO GUERRERO GAMBOA, CECILIA GONZÁLEZ DE GUERRA, HUMBERTOS DE JESÚS PRATO VILLANUEVA, y XIOMARA ANTONIA HERNÁNDEZ DE BRICEÑO, titulares de la cédulas de identidad N° V-6.226.046, V-10.380.626, V-5.976.412, V-7.954.303 y V-9.486.649, en el alegado carácter de legítimos propietarios de las acciones en la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, identificadas N° 2922, 1264, 2925, 0120 y 2427, respectivamente, asistidos por la abogada Ana María Villanueva, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, mediante el cual interponen acción de amparo constitucional, contra la omisión de convocar a la Asamblea General para conformar la comisión electoral de la referida asociación civil.

Se dejó constancia que se agregó al expediente, disco compacto contentivo de la audiencia constitucional celebrada en esta misma fecha.


2. AA70E2023000032

Los ciudadanos ANA MARIA VILLANUEVA ARAVICHE, FRANK ALIRIO GUERRERO GAMBOA, CECILIA GONZÁLEZ DE GUERRA, HUMBERTOS DE JESÚS PRATO VILLANUEVA, y XIOMARA ANTONIA HERNÁNDEZ DE BRICEÑO, titulares de la cédulas de identidad N° V-6.226.046, V-10.380.626, V-5.976.412, V-7.954.303 y V-9.486.649, en el alegado carácter de legítimos propietarios de las acciones en la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, identificadas N° 2922, 1264, 2925, 0120 y 2427, respectivamente, asistidos por la abogada Ana María Villanueva, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.313, mediante el cual interponen acción de amparo constitucional, contra la omisión de convocar a la Asamblea General para conformar la comisión electoral de la referida asociación civil.

Esta Sala Electoral declaró: La INADMISIBILIDAD SOBREVENIDA de la acción de amparo constitucional ejercida por los ciudadanos Ana María Villanueva Araviche, Frank Alirio Guerrero Gamboa, Cecilia González de Guerra, Humberto de Jesús Prato Villanueva y Xiomara Antonia Hernández de Briceño, todos antes identificados; de conformidad con el numeral 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se determina.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ