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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 05/06/2024 | |
CUENTA, N° 102 | |
ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2016000021 |
Los ciudadanos GLADIMIR SANCHEZ LÓPEZ y VICTOR MARTINEZ MENDEZ, asistidos por el agado Lucio Valero Acevedo, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuado el día 11 de febrero de 2016. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JOSÉ GREGORIO SÁNCHEZ DAZA en su condición de Secretario General de la Junta Directiva (Saliente) del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 12 fecha 15 de marzo de 2018, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del respectivo cartel, se le tendrá por notificado. |
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2. | AA70E2016000021 |
Los ciudadanos GLADIMIR SANCHEZ LÓPEZ y VICTOR MARTINEZ MENDEZ, asistidos por el agado Lucio Valero Acevedo, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Comisión Electoral del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), con relación al proceso electoral para la elección de las nuevas autoridades del referido Sindicato para el periodo 2015-2018, efectuado el día 11 de febrero de 2016. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano GERARDO JOSÉ OCHOA en su condición de Secretario General de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Eléctrica y sus similares del estado Táchira (SUTIESETA), y demás integrantes, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 12 fecha 15 de marzo de 2018, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del respectivo cartel, se le tendrá por notificado. |
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3. | AA70E2018000060 |
La abogada Mariandry Faneitte Hidalgo, titular de la cédula de identidad N° V-15.230.507, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 113.824, en su condición de apoderada judicial de los ciudadanos VÍCTOR ALEXANDER GUTIÉRREZ PÉREZ y REMUALDO ANTONIO SEGUERI LINAREZ, titulares de las cédulas de identidad N° V- 10.964.967 y 12.849.209, respectivamente, interpuso "DEMANDA DE NULIDAD CONTRA LAS CERTIFICACIONES Y REGISTRO DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCIÓN DE LA ENTIDAD DE TRABAJO MONDELEZ VZ C.A". |
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Se acordó librar cartel a los fines de notificar el contenido de la sentencia Nº 106 de fecha 01 de diciembre de 2022, a los ciudadanos ROMUALDO ANTONIO SEGUERI LINAREZ (parte recurrente), RENE PINEDA, LEONARDO HEREDIA, EDWIN LINARES, GREGORIO NOGUERA, en su condición de trabajadores de la entidad de Trabajo Mondelez VZ C.A y del ciudadano RUBEN DARIO AGÜERO PAREDES, en su condición de postulado al cargo de Delegado de Prevención y Miembro del Comité de Salud y Seguridad Laboral de la mencionada entidad de trabajo y al ciudadano DANIEL GREGORIO ARRIECHE CASTRO, en su condición de candidato electo al cargo de Delegados de Prevención y Miembros del Comité de Salud y Seguridad Laboral de la citada entidad de trabajo, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del respectivo cartel se les tendrá por notificados. Librese cartel |
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4. | AA70E2019000020 |
Por recibido oficio N° JSCA-FAL-000335-2019, de fecha 09 de septiembre de 2019, mediante el cual el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, declinó la acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar interpuesta por el ciudadano JUAN CARLOS VARGAS titular de la cédula de identidad N° 12.788.738, en su carácter de candidato postulado a la Secretario General del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de las empresas Documentos Mercantiles S.A.. y Blindados del Zulia Occidente C.A del estado Falcón (SINPROBOTRADOBLINFALCON) asistido por los abogados Carlos Luis Rodríguez Mora y Leandro José Gutiérrez Gómez, inscritos en el inpreabogado bajo los N° 220.413 y 181.894, respectivamente, contra la decisión de la Comisión Electoral del referido Sindicato. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JUAN CARLOS VARGAS MORA en el alegado carácter de candidato postulado como Secretario General del Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de las empresas Documentos Mercantiles S.A., y Blindados del Zulia Occidente C.A del estado Falcón (SINPROBOTRADOBLINFALCON), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 068 fecha 11 de diciembre de 2019, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del respectivo cartel, se les tendrá por notificado. |
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5. | AA70E2022000020 |
Por recibido oficio N° 072-2022 de fecha 05 de abril de 2022, emitido por el Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesta por las abogadas Ludy Pérez de González, Alicia Figueroa Romero y Carmen Luisa Durán, actuando en su propio nombre, contra los abogados JACOB MÁRMOL, MARINA RODRÍGUEZ y ORLANDO CHIRINOS, por los presuntos actos ilegítimos realizados en nombre del Colegio de Abogados del estado Lara, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 05 de abril de 2022, conforme a la cual el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana LUDY PÉREZ DE GONZÁLEZ parte accionante, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 046 fecha 01 de junio de 2023, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificada. |
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ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
1. | AA70E2024000021 |
Los ciudadanos BLANCA BEATRIZ QUINTERO DE ACUÑA, GLADYS GRISELDA TOVAR SALAZAR, CARMEN AMANDA CLELIA ASTOR DE CARMONA, y otros, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 1.693.100, V-9.120.754, V- 3.661.457, respectivamente, en el carácter de propietarios y miembros de la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS Y RESIDENTES DE LA URBANIZACIÓN MIRANDA (APRUM), asistidos por el abogado en ejercicio LORENZO ROBERTO SANTANA, inscrito en el Inpreabogado N° 39.062, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la referida asociación de propietarios, llevado a cabo el día 23 de septiembre del año 2023. |
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El abogado Anibal Alexander Ruiz Alvarado, inscrito en el inpreabogado Nº 28.706, actuando en su carácter de apoderado de la Asociación de Propietarios y Residentes de Urbanización Miranda (APRUM), consignó escrito mediante el cual ratificó la solicitud del despacho saneador. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70X2024000003 - AA70E2023000058 |
El abogado Juan Carlos Toro Ávila, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.424, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO OLAVARRIAS ARÍAS, YORGE JOSÉ JIMÉNEZ LÓPEZ, y RENE FRANCISCO MÉNDEZ QUINTANA, en su condición de miembros de la Comisión Reorganizadora de la Asociación de Coleo del estado Aragua, mediante el cual presentaron Oposición al Amparo Cautelar dictado por esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia N° 099 de fecha 11 de octubre de 2023, contra la suspensión del proceso electoral previsto en la mencionada asociación realizada el día 13 de octubre de 2023. |
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El abogado Juan Carlos Toro, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.424, apoderado judicial, parte recurrida, presentó diligencia mediante la cual ratificó la solicitud de pronunciamiento. |
La Presidenta, | |
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ | |
La Secretaria, | |
INTIANA LÓPEZ PÉREZ |