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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 17/06/2024 | |
CUENTA, N° 110 | |
ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2012000088 |
Los ciudadanos ELVIS JOSÉ CHOURIO, ALÍ CORONADO y EUSTOQUIO PEDRA, interpusieron recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 120726-0420 de fecha 26 de julio de 2012, dictada por el Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: "CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos MIRNA COROMOTO GUZMÁN, SERGIO CHIQUITO, HÉCTOR DURAN, CARLOS OCHOA, JESÚS FAJARDO, JOSÉ NAVA, FRANCISCO BLANCO, MANUEL AROCHA, ALEXANDER PALACIO, VEDA ROJAS, JOSÉ ARAUJO, CARMEN DE LUNA y LUZMILA FLORES, actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación". |
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Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos Evis José Chourio, Alí Coronado y Eustoquio Pedra, titulares de la cedula de identidad Nros V-4.776.720, V-3.747.941 y V-5.264.019, que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia donde se les notifico que esta Sala Electoral dictó Sentencia N°09 en fecha 05 de febrero de 2014. |
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2. | AA70E2012000088 |
Los ciudadanos ELVIS JOSÉ CHOURIO, ALÍ CORONADO y EUSTOQUIO PEDRA, interpusieron recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 120726-0420 de fecha 26 de julio de 2012, dictada por el Consejo Nacional Electoral, publicada en Gaceta Electoral N° 641 de fecha 07 de septiembre de 2012, que declaró: "CON LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos MIRNA COROMOTO GUZMÁN, SERGIO CHIQUITO, HÉCTOR DURAN, CARLOS OCHOA, JESÚS FAJARDO, JOSÉ NAVA, FRANCISCO BLANCO, MANUEL AROCHA, ALEXANDER PALACIO, VEDA ROJAS, JOSÉ ARAUJO, CARMEN DE LUNA y LUZMILA FLORES, actuando en su condición de trabajadores afiliados [a] sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO ARAGUA (FETRARAGUA), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación. SEGUNDO: NULA la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación". |
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Se dejó constancia que se retiró en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana Mirna Coromoto Guzmán, titular de la cedula de identidad N° V-7.190.571, en su condición de trabajadora afiliada a sindicatos pertenecientes a la Federación de Trabajadores del estado Aragua (FETRARAGUA), que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia donde se le notificó que esta Sala Electoral dictó Sentencia N°09 en fecha 05 de febrero de 2014. |
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3. | AA70E2015000114 |
El abogado Manuel Antonio Suárez Ramírez, actuando en el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANGELINA POLITO, quien invoca el carácter de candidata a la presidenta por la plancha N° 2 en el proceso electoral para la elección de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Reestructurada de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar, encargada de dirigir el proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva de la referida Institución, período 2015-2017, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 25 de agosto de 2015. |
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Se acordó librar carteles a los fines de notificar la Sentencia N° 171 dictada por la Sala Electoral en fecha 10 de octubre de 2017, a los ciudadana, ANGELINA POLITO (parte recurrente), a la COMISIÓN ELECTORAL REESTRUCTURADA de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní, período 2015-2017 y a la JUNTA DIRECTIVA de la referida Cámara de Comercio (parte recurrida), con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de está Sala Electoral el respectivo cartel se le tendrán por notificados. |
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4. | AA70E2021000031 |
El abogado Wilder Márquez Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 145.571, actuando en su carácter de apoderado judicial de NESTLÉ DE VENEZUELA, S.A., interpuso demanda de nulidad contra elección de delegados de prevención de la Fábrica El Tocuyo del estado Lara, realizada en fecha 09 de junio de 2021. |
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NOTA SECRETARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que se recibió por medio del correo electrónico de la Secretaria de esta Sala Electoral, correo electrónico proveniente del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante el cual remite las resultas de la comisión encomendada por esta Sala Electoral en fecha 20 de noviembre de 2023. |
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5. | AA70E2023000003 |
El ciudadano TEODORO ALFONZO SILVA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad número V-2.999.277, actuando en su alegado carácter de asociado de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistido por el abogado Ovidio Tocuyo Ford, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.239, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto administrativo del proceso electoral contenido en el calendario electoral, con fecha de reactivación 10 de noviembre al 09 de diciembre de 2022, y contra el acto de votación, escrutinio y totalización general de votos de fecha 07 de diciembre de 2022, realizado por la Comisión Electoral Ad Hoc de la referida caja de ahorro. |
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PRÓRROGA DE SENTENCIA: se acordó prorrogar el lapso para dictar sentencia en la presente causa por un plazo de quince (15) días de despacho siguientes al de hoy, por cuanto la complejidad y naturaleza del asunto bajo examen así lo exige, dentro del cual se procederá a dictar el fallo correspondiente. |
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ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
1. | AA70E2023000007 |
Recurso contencioso electoral interpuesto con solicitud de medida cautelar por los ciudadanos LEONARDO MALDONADO MADRID MONAGAS, ERICE GREGORIO CAÑAS, JOSÉ MARCIAL LOPEZ OROPEZA y LUIS GERMÁN CASTILLO ZAMBRANO, en el alegado carácter de asociados de la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (ASOJUPDISIP), asistidos por el último de los nombrados, contra la Comisión Electoral de la referida organización civil por la ilegalidad en vicios electorales detectados en el desarrollo del proceso electoral realizado en fecha 14 de enero de 2024. |
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El abogado Robín Gámez Avilés, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 225.253, en su carácter de apoderado de la parte recurrida, consignó escrito mediante el cual presentó observaciones referente a la opinión fiscal. |
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2. | AA70E2023000052 |
El ciudadano JOSÉ LUIS BLANCO HERNÁNDEZ, actuando en el alegado carácter de Socio Propietario de la acción Nro. 116, y aspirante a la Presidencia de la Junta Directiva del Centro Ítalo Venezolano de San Juan de los Morros, asistido por la abogada Marigle Soledad Torres Calatayud, en su condición de Defensora Pública Provisoria Tercera (3°) con competencia ante la Sala Constitucional, Político Administrativa, Casación Social, Casación Civil y Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las actuaciones y omisiones de la Junta Directiva y el Comité Electoral del referido Centro Ítalo, periodo 2018-2023. |
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El abogado José Luis Blanco Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.496, en su condición de integrante del comité electoral del centro italo venezolano de San Juan de los Morros Estado Guarico, parte recurrente, presentó escrito mediante el cual solicitó la declaración de desacato. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2022000005 |
Por recibido oficio N° 461-2021 de fecha 22/11/2021, emanado del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo de recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar, por los ciudadanos MARIA FERNANDA SANABRIA BRAVO y BLAS ALFONSO OROPEZA BECERRA, titulares de la cédula de identidad N° V-20.628.618 y V-19.463.652, alegando el carácter de Presidentes de los clubes JUVENTUD PARA EL FUTURO, OMEGA y LUCHIVOL, asistido por el abogado PEDRO JOSE CARRERO, titular de la cédula de identidad N° V-10.162.298, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.660, quien actúa con el carácter de Presidente del CLUB DE VOLEIBOL JPF, contra las convocatorias realizadas en fecha 1 de noviembre de 2021, por clubes no afiliados a la "... ASOCIACION DE VOLEIBOL TACHIRENSE (...) BUFALOS DE COLON, CLUB LOS AMIGOS, CLUB PIRINEOS, CLUB QUINIMARI, CLUB JUDITH MALDONADO...". |
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El abogado PEDRO JOSE CARRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 97.660, quien actúa con el carácter de Presidente del CLUB DE VOLEIBOL JPF (Recurrente), consignó diligencia mediante la cual presentó solicitud de pronunciamiento. |
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DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
1. | AA70E2024000011 |
El abogado TOMÁS ZAMORA SARABIA, inscrito en el Inpreabogado N° 74.659, actuando en representación de los ciudadanos Heiler Ramón Carvajal Romer, Oswaldo Rafael Rivera Ventura y José Vicente Marín,mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra las actuaciones de las cuales resultaron electos los ciudadanos Jean Carlos Mendoza Rodríguez, Geovanny Alberto Marín Cordovez, Jesús Alberto Lisboa López, Rubén Darío Brito Silveira, Jesús Ramón Fuentes, Sebastián José Tovar, Julio César Herrera, Hernán José Páez Guerrero e Igor Alexander Aguilar Hernández, como miembros de la Junta Directiva del Sindicato de Industrias de Trabajadores de Empresas manufactureras de Madera y sus Similares (SITRAEMAS) y cualquier acto de proclamación, adjudicación e inscripción de la Junta Directiva ante el registro Nacional de Organizaciones Sindicales (RNOS). |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 24.145, librado al Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó el contenido el auto de fecha 13 de junio de 2024. |
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2. | AA70E2024000013 |
el ciudadano SOFANOR JOSÉ GARCÍA JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 25.714.426, actuando en el alegado carácter de Secretario Ejecutivo Suplente del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del estado Zulia (SUTICEZ), asistido por el abogado Cesar José Alfonzo Hurtado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 145.968, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.144, librado al ciudadano ELVIS HIDROGO AMOROSO, en su carácter de Presidente del Consejo Nacional Electoral, recibido por el ciudadano David Escobar, funcionario adscrito al Departamento de Correspondencia de ese Despacho, mediante el cual se le notificó el contenido del auto de fecha 06 de junio de 2024 |
La Presidenta, | |
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ | |
La Secretaria, | |
INTIANA LÓPEZ PÉREZ |