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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 19/06/2024 | |
CUENTA, N° 112 | |
NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN | |
1. | AA70E2024000027 |
Por recibido Oficio N° 159 de fecha 23 de mayo de 2024, emitido por el Juzgado Superior Tercero Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo del amparo constitucional sobrevenido, incoado por el ciudadano GUSTAVO URIBE DÍAZ, en su condición de Presidente del Colegio de Médicos del estado Táchira, asistido por el abogado Miguel Ángel Paz, contra la decisión de fecha 24 de abril de 2024 emanada del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor y de Medidas del Municipio San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, relacionada con la convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria de los Miembros del mencionado colegio, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 23 de mayo de 2024, conforme a la cual el referido Juzgado Superior Tercero declinó la competencia en el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia . |
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Recepción de escrito de acción de amparo constitucional sobrevenido |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2015000114 |
El abogado Manuel Antonio Suárez Ramírez, actuando en el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANGELINA POLITO, quien invoca el carácter de candidata a la presidenta por la plancha N° 2 en el proceso electoral para la elección de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Reestructurada de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar, encargada de dirigir el proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva de la referida Institución, período 2015-2017, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 25 de agosto de 2015. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los Miembros Integrantes de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní, período 2015-2017 (parte recurrida), que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 10 de octubre de 2017, dictó Sentencia N° 171, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados. |
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2. | AA70E2015000114 |
El abogado Manuel Antonio Suárez Ramírez, actuando en el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANGELINA POLITO, quien invoca el carácter de candidata a la presidenta por la plancha N° 2 en el proceso electoral para la elección de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Reestructurada de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar, encargada de dirigir el proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva de la referida Institución, período 2015-2017, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 25 de agosto de 2015. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los Miembros Integrantes de la Comisión Electoral Reestructurada de la Cámara de Comercio E Industrias del Municipio Caroní, período 2015-2017 (parte recurrida), que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 10 de octubre de 2017, dictó Sentencia N° 171, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados. |
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3. | AA70E2015000114 |
El abogado Manuel Antonio Suárez Ramírez, actuando en el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANGELINA POLITO, quien invoca el carácter de candidata a la presidenta por la plancha N° 2 en el proceso electoral para la elección de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral Reestructurada de la Cámara de Comercio e Industrias del Municipio Caroní del estado Bolívar, encargada de dirigir el proceso electoral para la escogencia de la Junta Directiva de la referida Institución, período 2015-2017, cuyo acto de votación tuvo lugar el día 25 de agosto de 2015. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana Angelina Polito, titular de la cédula de identidad Nº V-8.528.910, que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 10 de octubre de 2017, dictó Sentencia N° 171, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados. |
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4. | AA70E2021000031 |
El abogado Wilder Márquez Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 145.571, actuando en su carácter de apoderado judicial de NESTLÉ DE VENEZUELA, S.A., interpuso demanda de nulidad contra elección de delegados de prevención de la Fábrica El Tocuyo del estado Lara, realizada en fecha 09 de junio de 2021. |
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RECEPCIÓN DE COMISION: Por recibido en esta misma fecha el oficio N° 195-24, del 14 de junio de 2024, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 20 de noviembre de 2023, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo. |
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5. | AA70X2023000014 - AA70E2023000046 |
La abogada Carmen Natalí Moreno, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSÉ ÁNGEL BRUZUAL VARGAS en su alegado carácter de Miembro de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela (FEDECÁMARAS) con sede en el estado Bolívar, denunció el desacato de la sentencia N° 088 dictada por esta Sala en fecha 25 de julio 2023, por parte del ciudadano Austerio González, en su condición de Presidente Temporal del Comité Ejecutivo de Fedecámaras Bolívar, presuntamente por no haber cumplido con el mandato judicial ordenado por esta Sala Electoral. |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a las Cámaras y Asociaciones que conforman la Federación y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela con Sede en el estado Bolívar (FEDECÁMARAS BOLÍVAR), que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia donde se le notificó que esta Sala Electoral en fecha 13 de mayo de 2024 dictó Sentencia N° 022. |
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6. | AA70X2023000014 - AA70E2023000046 |
La abogada Carmen Natalí Moreno, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSÉ ÁNGEL BRUZUAL VARGAS en su alegado carácter de Miembro de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela (FEDECÁMARAS) con sede en el estado Bolívar, denunció el desacato de la sentencia N° 088 dictada por esta Sala en fecha 25 de julio 2023, por parte del ciudadano Austerio González, en su condición de Presidente Temporal del Comité Ejecutivo de Fedecámaras Bolívar, presuntamente por no haber cumplido con el mandato judicial ordenado por esta Sala Electoral. |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala, cartel librado a los Candidatos a las Elecciones del Comité ejecutivo de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela con Sede en el estado Bolívar (FEDECÁMARAS BOLÍVAR) Período 2023-2025, que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia donde se le notificó que esta Sala Electoral en fecha 13 de mayo de 2024 dictó Sentencia N° 022. |
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ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
1. | AA70E2023000053 |
La ciudadana AURIS MILAGROS RIVERO DE TORREALBA, titular de la cédula de identidad N° V-7.493.576, actuando en su alegado carácter de Presidenta del Sindicato Venezolano de Maestros del estado Carabobo (SINVEMACA), asistida por el abogado Rubén Darío Pérez Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 139.323, quien además actúa en su propio nombre como afiliado del referido sindicato, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar de suspensión de los efectos del acto de totalización, proclamación y adjudicación de cargos de las elecciones del referido Sindicato, derivadas de las elecciones del 07 de diciembre de 2022, convocadas por la directiva nacional de la Federación Venezolana de Maestros. |
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El abogado Rubén Darío Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°139.323, en su condición de parte recurrente, presentó escrito mediante el cual ratificó solicitud de fecha 16 de mayo de 2024. |
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2. | AA70E2023000058 |
La abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, actuando en su alegado carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JULIO JESÚS AVILA PÉREZ, ALEJANDRO JOSÉ JACOME RAMONES y JENNY CAROL LOZADA RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.469.747, V-26.792.211 y V-15.529.358, respectivamente, actuando en su alegado carácter de Miembros de la Asociación de Coleo del estado Aragua (ASOCOLEO ARAGUA), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado para la elección de los presuntos Miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Asociación de Coleo del estado Aragua para el periodo 2023-2027, y contra la convocatoria realizada por la Comisión Reorganizadora para la designación de la Comisión Electoral quien a su vez dirigió el proceso electoral cuestionado. |
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La abogada Carmen Julia Díaz Valero, inscrita en el Inpreabogado Nº 42.138, actuando en su condición de representante legal del Instituto Nacional de Deportes (IND), presentó escrito mediante el cual consignó poder notariado e informe solicitado por esta Sala. |
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3. | AA70E2024000021 |
Los ciudadanos BLANCA BEATRIZ QUINTERO DE ACUÑA, GLADYS GRISELDA TOVAR SALAZAR, CARMEN AMANDA CLELIA ASTOR DE CARMONA, y otros, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 1.693.100, V-9.120.754, V- 3.661.457, respectivamente, en el carácter de propietarios y miembros de la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS Y RESIDENTES DE LA URBANIZACIÓN MIRANDA (APRUM), asistidos por el abogado en ejercicio LORENZO ROBERTO SANTANA, inscrito en el Inpreabogado N° 39.062, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la referida asociación de propietarios, llevado a cabo el día 23 de septiembre del año 2023. |
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El abogado Anibal Alexander Ruiz Alvarado, inscrito en el inpreabogado Nº 28.706, actuando en su carácter de apoderado de la Asociación de Propietarios y Residentes de Urbanización Miranda (APRUM), consignó escrito mediante el cual ratificó solicitud presentada en fecha 5 de junio del 2024, así mismo consignó nuevos elementos probatorios. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2024000013 |
el ciudadano SOFANOR JOSÉ GARCÍA JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 25.714.426, actuando en el alegado carácter de Secretario Ejecutivo Suplente del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del estado Zulia (SUTICEZ), asistido por el abogado Cesar José Alfonzo Hurtado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 145.968, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral contra el Consejo Nacional Electoral. |
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El ciudadano Sofanor José García Jiménez, titular de la cédula de identidad Nº V-25.714.426, en su condición de recurrente, asistido por el abogado en ejercicio Ronny Rafael Reyes Acuña, inscrito en el Inpreabogado Nº 75.920, actuando en su carácter de recurrente, consignaron diligencia mediante la cual se dió por notificado. |
La Presidenta, | |
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ | |
La Secretaria, | |
INTIANA LÓPEZ PÉREZ |