REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 28/06/2024
CUENTA, N° 118

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN
1. AA70E2024000030

Los ciudadano FREDDY COROMOTO BOLÍVAR PÉREZ, RAMÓN ANTONIO RIVAS PEÑA y WILLIMS JOSÉ VALDERRAMA GARCÍA, asistidos por la abogada SANDRA CARINA MARTÍNEZ SUAREZ inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 102.125, interpusieron amparo constitucional contra la Organización Sindical Única de Trabajadores de la empresa COPOSA (UNSTRACOPOSA), en virtud de la negativa de la Junta Directiva para convocar a elecciones.

Recepción de escrito de acción de amparo


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2024000011

El abogado TOMÁS ZAMORA SARABIA, inscrito en el Inpreabogado Nro. 74.659, actuando en representación de los ciudadanos Heiler Ramón Carvajal Romer, Oswaldo Rafael Rivera Ventura y José Vicente Marín, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra las ilegales actuaciones de las cuales resultaron supuestamente electos los ciudadanos Jean Carlos Mendoza Rodríguez, Geovanny Alberto Marín Cordovez, Jesús Alberto Lisboa López, Rubén Darío Brito Silveira, Jesús Ramón Fuentes, Sebastián José Tovar, Julio César Herrera, Hernán José Páez Guerrero e Igor Alexander Aguilar Hernández, como miembros de la Junta Directiva del Sindicato de Industrias de Trabajadores de Empresas manufactureras de Madera y sus Similares (SITRAEMAS) y cualquier acto de proclamación, adjudicación e inscripción de la Junta Directiva ante el registro Nacional de Organizaciones Sindicales (RNOS).

RECEPCION DE INFORME Y LOS ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Por recibido, a través de la empresa de servicio de encomienda y envíos nacionales TEALCA, escrito suscrito por el ciudadano Jean Mendoza, titular de la cédula de identidad N° V-14.222.274, en el alegado carácter de Secretario General de Industrias de Trabajadores de Empresas Manufactureras de Maderas y Similares (SITRAEMAS), mediante el cual remitió el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho y los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, este Juzgado acordó agregar a la pieza principal el mencionado escrito, y a los fines del mejor manejo del expediente, se ordenó formar una (01) pieza de anexos con los recaudos consignados, pieza que será identificada como ANEXO 01.


2. AA70E2024000028

La ciudadana GLORIA MARGARITA AMARO FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.999.001, actuando en el carácter de miembro asociado de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C.), asistida por la abogada Rosana Herminia Cortez Alvarado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 122.041, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra las actuaciones de los miembros de la Comisión Electoral de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C), en virtud de la convocatoria del proceso electoral a realizarse en fecha 28 de junio de 2024.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a LOS DELEGADOS PRINCIPALES Y DELEGADOS SUPLENTES DE LA ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C.), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 023 fecha 27 de junio de 2024, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del respectivo cartel, se les tendrá por notificado.


3. AA70E2024000028

La ciudadana GLORIA MARGARITA AMARO FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.999.001, actuando en el carácter de miembro asociado de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C.), asistida por la abogada Rosana Herminia Cortez Alvarado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 122.041, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra las actuaciones de los miembros de la Comisión Electoral de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C), en virtud de la convocatoria del proceso electoral a realizarse en fecha 28 de junio de 2024.

PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación a la ciudadana GLORIA AMARO.


4. AA70E2024000028

La ciudadana GLORIA MARGARITA AMARO FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.999.001, actuando en el carácter de miembro asociado de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C.), asistida por la abogada Rosana Herminia Cortez Alvarado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 122.041, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra las actuaciones de los miembros de la Comisión Electoral de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C), en virtud de la convocatoria del proceso electoral a realizarse en fecha 28 de junio de 2024.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos LINO OJEDA, TAHIDY DURAN, JOSÉ TORREALBA, ALEJANDRO LUJAN, JOEL GUTIÉRREZ, y otros en el carácter de asociados de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C.), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 023 fecha 27 de junio de 2024, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del respectivo cartel, se les tendrá por notificado.



5. AA70E2024000028

La ciudadana GLORIA MARGARITA AMARO FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.999.001, actuando en el carácter de miembro asociado de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C.), asistida por la abogada Rosana Herminia Cortez Alvarado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 122.041, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra las actuaciones de los miembros de la Comisión Electoral de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C), en virtud de la convocatoria del proceso electoral a realizarse en fecha 28 de junio de 2024.

NOTA SECRETARIA: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la ley orgánica del tribunal supremo de justicia, deja constancia que en el día de hoy se estableció comunicación telefónica con la ciudadana OLIVIA RAMOS en su carácter de presidenta de la Asociación Civil Caja De Ahorro del Personal Administrativo del Ejecutivo del estado Carabobo (A.C.C.A.P.A.E.E.C), (parte recurrida), a los fines de notificar la decisión dictada por esta sala en fecha 27 de junio de 2024, signada con el n° 023, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra las actuaciones de los miembros de la comisión electoral de mencionada la Asociación. A tal fin, se remitió vía correo electrónico anexándole oficio de notificación de fecha 27de junio de 2024. Asimismo, se deja constancia que la notificación será publicada en esta misma fecha en el portal electrónico del TSJ.


6. AA70E2024000028

La ciudadana GLORIA MARGARITA AMARO FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.999.001, actuando en el carácter de miembro asociado de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C.), asistida por la abogada Rosana Herminia Cortez Alvarado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 122.041, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra las actuaciones de los miembros de la Comisión Electoral de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C), en virtud de la convocatoria del proceso electoral a realizarse en fecha 28 de junio de 2024.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los CANDIDATOS Y CANDIDATAS A LOS DIFERENTES CARGOS QUE INTEGRAN LA ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C.), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 023 fecha 27 de junio de 2024, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del respectivo cartel, se les tendrá por notificado.


7. AA70E2024000028

La ciudadana GLORIA MARGARITA AMARO FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.999.001, actuando en el carácter de miembro asociado de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C.), asistida por la abogada Rosana Herminia Cortez Alvarado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 122.041, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra las actuaciones de los miembros de la Comisión Electoral de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C), en virtud de la convocatoria del proceso electoral a realizarse en fecha 28 de junio de 2024.

NOTA SECRETA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la ley orgánica del tribunal supremo de justicia, deja constancia que en el día de hoy se estableció comunicación telefónica con la ciudadana GLORIA AMARO, titular de la cédula de identidad Nº V-4.999.001, actuando en el carácter de miembro de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C), (parte recurrente),a los fines de notificar la decisión dictada por esta sala en fecha 27 de junio de 2024, signada con el n° 023, en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra las actuaciones de los miembros de la comisión electoral de la mencionada Asociación. A tal fin, se remitió vía correo electrónico anexándole oficio de notificación de fecha 27de junio de 2024. Asimismo, se deja constancia que la notificación será publicada en esta misma fecha en el portal electrónico del TSJ.


8. AA70E2024000028

La ciudadana GLORIA MARGARITA AMARO FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.999.001, actuando en el carácter de miembro asociado de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C.), asistida por la abogada Rosana Herminia Cortez Alvarado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 122.041, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra las actuaciones de los miembros de la Comisión Electoral de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C), en virtud de la convocatoria del proceso electoral a realizarse en fecha 28 de junio de 2024.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a TODOS LOS ASOCIADOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C.), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 023 fecha 27 de junio de 2024, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del respectivo cartel, se les tendrá por notificado.


9. AA70E2024000028

La ciudadana GLORIA MARGARITA AMARO FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.999.001, actuando en el carácter de miembro asociado de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C.), asistida por la abogada Rosana Herminia Cortez Alvarado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 122.041, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra las actuaciones de los miembros de la Comisión Electoral de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C), en virtud de la convocatoria del proceso electoral a realizarse en fecha 28 de junio de 2024.

PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación a la ciudadana OLIVIA RAMOS .


DILIGENCIA EN
1. AA70E2017000035

Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017".

El abogado Lorenzo Roberto Santana Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual ratificó la solicitud de pronunciamiento.


2. AA70E2021000061

La ciudadana Jeniree Daniela Zerpa Arellano, titular de la cédula de identidad N° V-19.861.711, alegando el carácter de militante y Secretaria Juvenil del MOVIMIENTO ELECTORAL DEL PUEBLO (MEP), asistida por el abogado Luis Fernández Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 252.717, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Dirección Nacional del Movimiento Electoral del Pueblo.

El abogado Luis Betancourt, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.647, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, presentó diligencia consignando documentos referentes al presente recurso.


3. AA70E2022000018

La ciudadana GAUDY JOSEFINA COLINA CARDOZO, titular de la cédula de identidad N° V-12.863.602, con el carácter de Asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistida por el abogado Raúl Santana Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.586, interpuso acción de amparo constitucional con medida cautelar para la suspensión del proceso electoral para elegir a las nuevas autoridades de la referida caja de ahorro, pautado para el día 26 de Abril de 2022, convocado por la comisión electoral Ad Hoc.

EL abogado Lorenzo Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento.


4. AA70E2022000024

Los ciudadanos TAMARA VELÁSQUEZ, ERIC ALEXANDER MESA CARRILLO y ÁLVARO ALEJANDRO PADRÓN PONCE, titulares de las cédulas de identidad número V-16.337.499, V-10.543.114 y V-18.363.742, respectivamente, quienes actúan la primera en su carácter de Presidenta de la Asociación de Surf del estado Nueva Esparta, el segundo como Secretario General de la Asociación de Surf del estado Miranda y el último como Entrenador Deportivo y Juez de Surf, asistidos por el abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.062, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Surfing (FVS), llevado a cabo en fecha 09 de mayo de 2022.

El abogado Lorenzo Roberto Santana Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual ratificó la solicitud de pronunciamiento.


5. AA70E2023000006

El ciudadano ANGEL EDUARDO VARGAS RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad número V-4.180.642, actuando en el alegado carácter de expelotero profesional, expresidente y miembro de la Asociación Única de Peloteros Profesionales de Venezuela (AUPPV), asistido por el abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra los actuales miembros de la Junta Directiva de la referida Asociación, por presuntamente no haber convocado el proceso electoral en los términos establecidos en los Estatutos Sociales.

El abogado Lorenzo Roberto Santana Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento.


6. AA70E2024000021

Los ciudadanos BLANCA BEATRÍZ QUINTERO DE ACUÑA, GLADYS GRISELDA TOVAR SALAZAR, CARMEN AMANDA CLELIA ASTOR DE CARMONA, y otros, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 1.693.100, V-9.120.754, V- 3.661.457, respectivamente, en el carácter de propietarios y miembros de la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS Y RESIDENTES DE LA URBANIZACIÓN MIRANDA (APRUM), asistidos por el abogado en ejercicio LORENZO ROBERTO SANTANA, inscrito en el Inpreabogado N° 39.062, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la referida asociación de propietarios, llevado a cabo el día 23 de septiembre del año 2023.

El abogado Lorenzo Roberto Santana Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ