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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 19/11/2024 | |
CUENTA, N° 184 | |
ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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AUTO ABRIENDO ARTICULACIÓN PROBATORIA: Se abrió articulación probatoria de ocho (08) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive. |
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2. | AA70E2023000072 |
Los ciudadanos JEAN CARLOS DUDAMEL GÓMEZ y AGNIS JOSÉ CUICA TORREZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.307.478 y V-9.628.993, respectivamente, actuando en el alegado carácter de Asociados de la Asociación Civil Caja de Ahorros y Préstamo de los Funcionarios Policiales del estado Lara (CAPFPEL), asistidos por el abogado José Rafael Rincón Ríos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.326, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar con suspensión de efectos, contra los actos y actuaciones del Consejo de Administración y Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorros. |
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CARTEL DE EMPLAZAMIENTO: Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento a lo previsto en el auto dictado en fecha 26 de abril de 2024, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acordó librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional, según sea el caso, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Agréguese copia del cartel a los autos. |
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ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
1. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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La ciudadana GAUDY COLINA, titular de la cedula de identidad N° 12.863.602, parte recurrente, asistida por el abogado Jesus Alberto García Sánchez, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 148.669, presentó escrito mediante el cual desistió de la presente causa. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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Los ciudadanos Yohana Arévalo, Migdalys Rodríguez, Glavimar García y Darío Parra, titulares de la cedula de identidad Nº V-15.240.044, V-13.841.057, V-28.059.686 y V-4.746.295, respectivamente, parte recurrida, debidamente asistidos por el abogado Andres Felipe Salazar, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 69.791, presentarón diligencia mediante la cual otorgarón Poder Apud Acta al abogado asistente. |
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2. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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La ciudadana GAUDY COLINA, titular de la cedula de identidad N° 12.863.602, parte recurrente, asistida por el abogado Jesus Alberto García Sánchez, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 148.669, presentó diligencia mediante el cual revocó poder Apud Acta a los abogados Jose Luis Urbaez Navarro y Lorenzo Santana Gómez, inscritos en el inpreabogado bajo el Nº 939 y Nº39.062, respectivamente. |
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3. | AA70E2022000055 |
Por recibido oficio N° 2022-294 de fecha 18/11/2022, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta por los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO y ALEXANDER ANTONIO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.485.260, V-4.218.795 y V-11.910.519, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Sarmiento Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.274, contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas, Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio "Simón Bolivar" (SIPROMUSOP), conforme a la cual el referido Juzgado declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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La abogada Belen Ramírez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 88.534, actuando con el carácter de Defensora Pública Provisoria Segundo con competencia para actuar ante la Sala Electoral, presentó diligencia mediante la solicito pronunciamiento. |
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4. | AA70E2023000027 |
Los ciudadanos HÉCTOR ANTONIO ARANGUREN CARRERO, LUIS GRAZIA, HECTOR MANUEL ARANGUREN GONZÁLEZ, ERNESTO GOITIA, FREDDY PONCE y RELDY ARVELAIZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.082.651, V-6.436.337, V-19.606.114, V-10.819.615, V-4.824.518 y V-5.608.242 , respectivamente los tres primeros abogados, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 41.791, 68.157, 260.373, en el alegado carácter de socios del CLUB DE PLAYA & MARINA EL AGUASAL, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar, contra la comisión electoral de la referida organización civil que rige el proceso de elección de la junta directiva para el periodo 2023-2025, cuyo acto de votación se convocó para el 13 del mayo del 2023. |
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Los abogados Héctor Antonio Aranguren y Héctor Manuel Aranguren, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 41.791 y 260.373, respectivamente, parte recurrente, consignaron diligencia mediante el cual solicitarón pronunciamiento. |
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5. | AA70E2023000062 |
Los Defensores Públicos Provisorios Segundo (2°), ciudadanos CARLOS ALBERTO GUERRERO QUINTANA y ADRIANA CAROLINA TORRES TERÁN, conforme a Resolución Nros: DDPG-2018-0755 y DDPG-2023-326, Abogados inscritos en el Inpreabogado Nros: 57.988 y 297.063, respectivamente, en representación de los ciudadanos ELVIS LEONEL VILLEGAS MÉNDEZ y MARLÓN JOSÉ PALMA CHAVARRÍOA, titulares de las cédula de identidad Nros: V-19.473.145, V-14.583.435, respectivamente, quienes actúan en su alegado carácter de representantes de la organización sindical SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES OBREROS DE LA EMPRESA CEMENTOS CARIBE, C.A., interpusieron solicitud de convocatoria de elecciones. |
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La abogada Belen Ramírez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 88.534, actuando con el carácter de Defensora Pública Provisoria Segundo, con competencia para actuar ante la Sala Electoral, presentó diligencia mediante el cual solicitó pronunciamiento. |
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DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
1. | AA70E2024000017 |
Los ciudadanos BEATRÍZ ELENA DEL GALLEGOS DE MARTÍNEZ, MELANIA MONTEVERDE PENSO, ANTONIO SALBINO AGUIAR ESTEVES, KLAUS MIGUEL HENY WERNER, ROSA AMÉRICA BORGES DE DUARTE, GABRIEL ENRIQUE HENY WERNER y MARITZA COROMOTO MOLINA MANZILLA, actuando en el alegado carácter de miembros de la Asociación de Vecinos de Colinas de Bello Monte "ASOCOLINAS", asistidos por la abogada MARITZA COROMOTO MOLINA MANZILLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.003, interpusieron acción de amparo constitucional con medidas precautelativas, contra la designación de la Comisión Electoral, escogida por la Junta Directiva de la Asociación de Vecinos de Colinas de Bello Monto (ASOCOLINAS), en la Asamblea General Extraordinaria celebrada el 24 de febrero 2024, en las instalaciones de la Unidad Educativa Colegio Fray Luis Amigó, ubicado en la Avenida Caurimare, Urbanización Colinas de Bello Monte, Municipio Baruta del estado Bolivariano de Miranda. |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a los ciudadanos BEATRÍZ ELENA DEL GALLEGOS DE MARTÍNEZ, MELANIA MONTEVERDE PENSO, ANTONIO SALBINO AGUIAR ESTEVES, KLAUS MIGUEL HENY WERNER, ROSA AMÉRICA BORGES DE DUARTE, GABRIEL ENRIQUE HENY WERNER y MARITZA COROMOTO MOLINA MANZILLA, parte accionante, recibida por la abogada Maritza Molina, inscrita en el Inprebogado bajo el N° 47.003 y apoderada judicial y parte accionante, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°040 de fecha 18 de octubre de 2024. |
La Presidenta, | |
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
La Secretaria, | |
Intiana López Pérez |