REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 25/11/2024
CUENTA, N° 188

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2017000121

El ciudadano JOSÉ GREGORIO RUIZ, asistido por los abogados LYLI LÓPEZ y FRANCISCO VILLAFAÑE, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y medida de suspensión de efectos contra el acto de votación de la elección municipal celebrada el 10 de diciembre de 2017, en el Municipio San Diego del Estado Carabobo, para el periodo constitucional 2017-2022, efectuada por el Consejo Nacional Electoral.

Se acordó librar cartel a los fines de notificar del contenido de la Sentencia Nro. 090 de fecha 09 de diciembre de 2021, al ciudadano José Gregorio Ruiz (parte recurrente), con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del respectivo cartel se le tendrá por notificado.


2. AA70E2018000031

Los ciudadanos JOSÉ MONTILLA CONTRERAS, EDGAR RODRÍGUEZ CARVAJAL Y DOUGLAS GONZÁLEZ, asistidos en este acto por el abogado Roberto Ali Colmenares, mediante la cual interpusieron "recurso contencioso electoral de nulidad por razones de inconstitucionalidad o ilegalidad, conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos periodo 2018-2020; por sus actos u omisión y abuso de derecho en el proceso electoral para elegir a los miembros de la Junta Directiva y Suplentes de la referida Asociación.

RECEPCION DE COMISIÓN: Por recibido en esta misma fecha el oficio N° 5370-301-2023, del 25 de septiembre de 2023, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 12 de abril de 2021, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo.


3. AA70E2018000031

Los ciudadanos JOSÉ MONTILLA CONTRERAS, EDGAR RODRÍGUEZ CARVAJAL Y DOUGLAS GONZÁLEZ, asistidos en este acto por el abogado Roberto Ali Colmenares, mediante la cual interpusieron "recurso contencioso electoral de nulidad por razones de inconstitucionalidad o ilegalidad, conjuntamente con medida cautelar innominada contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos periodo 2018-2020; por sus actos u omisión y abuso de derecho en el proceso electoral para elegir a los miembros de la Junta Directiva y Suplentes de la referida Asociación.

RECEPCION DE COMISIÓN: Por recibido en esta misma fecha el oficio N° 5370-302-2023, del 25 de septiembre de 2023, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 22 de julio de 2021, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo.


4. AA70E2024000019

Por recibido oficio N° 2024-152 de fecha 17 de abril de 2024, emanado del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del edo. Anzoátegui, anexo al cual remitió Exp. N° BE01-0-2023-000001, contentivo de acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada, interpuesta por los ciudadanos IVETT ZAMORA, MIGUEL ALCARAS, DORIEL FIGUEREDO, JOAQUÍN DA SILVA, RICARDO JIMÉNEZ, ROSA CARABALLON y SAD BAUCHARAD, actuando en el alegado carácter de Directores de la Junta Directiva de la Asociación Civil de Propietarios del Complejo Turístico el Morro (APMO), asistidos por la abogada MARIA AQUIAS, contra los ciudadanos Sergio Ramos, miembro de la Junta Directiva Saliente de la referida Asociación y Manuel Ferreira, Alcalde del Municipio Diego Bautista Urbaneja del estado Anzoátegui, remisión que se hace en virtud de la sentencia dictada por ese Juzgado en fecha 08 de abril de 2024, mediante la cual declaró la declinatoria de competencia en esta Sala Electoral.

Se remitió Oficio N° 343-2024, del 20 de noviembre de 2024, con anexos, emanados del Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, correspondiente al expediente N° AA70-E-2024-000019 (nomenclatura de esta Sala), ello en razón de la sentencia N° 042, dictada en fecha 18 de octubre de 2024, mediante la cual se declaró la regulación de competencia en la referida causa, expediente que fue enviado a la Sala Constitucional mediante Oficio N° 24.220 de fecha 24 de octubre de 2024.


La Presidenta,
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez