REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 03/12/2024
CUENTA, N° 194

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2021000052

Los ciudadanos OMAILYN ALCALÁ y LUIS GABRIEL GARCÍA, Atletas de la Selección Nacional de Boxeo y Entrenador de Boxeo de la Asociación de Boxeo, titulares de la cédulas de identidad N° 21.103.343 y 6.128.942, respectivamente, asistidos por los abogados Elena Mundaray y Gustavo Mijares inscritos en el Inpreabogado bajo los números 289.369 y 299.799, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral contra la elección de la Comisión Reorganizadora, la Comisión Electoral y contra la convocatoria y el proceso electoral realizados por la mencionada Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX) para el período 2021-2025.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos JULIO LUGO, EZEQUIEL BLANK, INGMNACIO BLANK, WILMER GUTIERREZ, JESUS TORRES, LARRY TALAVERA, YONATA CARREÑO, YOANGEL MARIN, EDGAR MUÑOZ, JHOINNER BONILLA, GILLERMO RAMIREZ, YOEL MEDINA y otros en su condición de Atletas, y Entrenadores Regionales de la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX); a fin de notificarle la Sentencia N° 053 dictada por esta Sala Electoral en fecha 29 de noviembre de 2024, lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.


2. AA70E2021000052

Los ciudadanos OMAILYN ALCALÁ y LUIS GABRIEL GARCÍA, Atletas de la Selección Nacional de Boxeo y Entrenador de Boxeo de la Asociación de Boxeo, titulares de la cédulas de identidad N° 21.103.343 y 6.128.942, respectivamente, asistidos por los abogados Elena Mundaray y Gustavo Mijares inscritos en el Inpreabogado bajo los números 289.369 y 299.799, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral contra la elección de la Comisión Reorganizadora, la Comisión Electoral y contra la convocatoria y el proceso electoral realizados por la mencionada Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX) para el período 2021-2025.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a las ASOCIACIONES DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE BOXEO (FEVEBOX) de los estados Lara (ASOBOX-LARA), Falcón (ASOBOX-FALCON), Sucre (ASOBOX-SUCRE), Nueva Esparta (ASOBOX-NUEVA ESPARTA), Carabobo (ASOBOX-CARABOBO), Aragua (ASOBOX-ARAGUA), Trujillo (ASOBOX-TRUJILLO) y otras, a fin de notificarle la Sentencia N° 053 dictada por esta Sala Electoral en fecha 29 de noviembre de 2024, lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.


3. AA70E2022000055

Por recibido oficio N° 2022-294 de fecha 18/11/2022, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta por los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO y ALEXANDER ANTONIO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.485.260, V-4.218.795 y V-11.910.519, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Sarmiento Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.274, contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas, Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio "Simón Bolivar" (SIPROMUSOP), conforme a la cual el referido Juzgado declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

RECEPCION DE COMISIÓN: Se recibió en esta misma fecha el Oficio N° 2023-173, del 19 de julio de 2023, emanado del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 26 de abril de 2023, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo.


4. AA70E2023000027

Los ciudadanos HÉCTOR ANTONIO ARANGUREN CARRERO, LUIS GRAZIA, HECTOR MANUEL ARANGUREN GONZÁLEZ, ERNESTO GOITIA, FREDDY PONCE y RELDY ARVELAIZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.082.651, V-6.436.337, V-19.606.114, V-10.819.615, V-4.824.518 y V-5.608.242 , respectivamente los tres primeros abogados, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 41.791, 68.157, 260.373, en el alegado carácter de socios del CLUB DE PLAYA & MARINA EL AGUASAL, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar, contra la comisión electoral de la referida organización civil que rige el proceso de elección de la junta directiva para el periodo 2023-2025, cuyo acto de votación se convocó para el 13 del mayo del 2023.

Vista la Sentencia Nro. 056 dictada por la Sala Electoral en fecha 29 de noviembre de de 2024, se acordó notificar la parte recurrente, al abogado VÍCTOR NAVARRO, apoderado judicial de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club El Aguasal periodo 2018-2020, a la Junta Directiva, tanto del período 2016 -2018 como del 2018 -2020, a la Comisión Electoral de la referida Asociación Civil y al Ministerio Público. Se libró boletas y oficios. Igualmente, se acordó notificar a los candidatos de la Plancha Nro.1 y Plancha Nro. 2, quienes optan a la elección para los diferentes cargos de la asociación Civil CLUB DE PLAYA & MARINA EL AGUASAL período 2023-2025. De igual manera, se ordena notificar a la ciudadana EMILIA CARRILLO, propietaria de la acción N° 4803 de la mencionada asociación civil, y a todos los accionistas del referido club. Visto que en el presente expediente no consta el domicilio procesal de los antes mencionados, se ordenó librar carteles.


5. AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en su alegado carácter apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de las cédula de identidad Nros V-15.016.395 y V-7.523.079, respectivamente, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, ambos miembros activos de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguana (CACOINPAR), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de amparo cautelar, contra "la comisión electoral, designada para llevar el proceso electoral y de la decisión tomada por [la referida comisión] en fecha 03 de noviembre de 2023, en la cual juramento (…) sin haber celebrado el proceso electoral una junta directiva presidida por la ciudadana GLENDA GALVIS (…), [quien presuntamente] no es miembro asociada de la [referida Cámara de Comercio]".

Vista la Sentencia Nro. 078 dictada por la Sala Electoral en fecha 29 de noviembre de 2024, se acordó notificar a la parte recurrente, a la Comisión Electoral, a la Junta Directiva (Electa en fecha 03 de noviembre de 2023) y la Junta Directiva (electos para el período anterior) de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguana (CACOINPAR) y al Ministerio Público. Se libró boleta y oficios. Igualmente, se acordó notificar a los candidatos por la plancha N° 2, asimismo, a los socios afiliados de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguana (CACOINPAR) participantes en la Asamblea Extraordinaria de dicha Cámara de Comercio de fecha 03 de noviembre de 2023, y todos los socios de la referida cámara de comercio, y visto que no consta domicilio procesal de los ciudadanos antes mencionados, se ordenó librar cartel.


6. AA70E2024000010

Visto el oficio N° 164 de fecha 15 de marzo de 2024, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado HUGO HUMBERTO SAAVEDRA FONTIVEROS, contra los ciudadanos MIGUEL SALAZAR, JUAN CARLOS ALVARADO YURY GONZÁLEZ, JULIO PABÓN,JOHANFER GARCÍA, YEISON CABRERA, VÍCTOR CHACÓN, LUZ DARI RÁMIREZ MARTÍNEZ y YOLEIDA VENERO, Presidente y Secretario General Nacional de la Organización con fines Políticos COPEI, el primero y el segundo, respectivamente, y los otros, miembros y autoridades de la Dirección Estadal de la referida organización, remisión que se hace en virtud de la decisión dictada en fecha 15 de marzo de 2023, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

Vista la Sentencia N° 057 dictada en fecha 29 de noviembre de 2024, conforme a la cual el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, se comisiona al Tribunal De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes del Estado Táchira (Distribuidor), a los fines de que practique las correspondientes notificaciones. Se libró oficio.


7. AA70E2024000016

Por recibido oficio N° 117-2024 de fecha 10 de abril de 2024, del Juzgado Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guácara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, anexo al cual remitió exp. N° 3574-2024 contentivo de solicitud de nulidad interpuesta por el ciudadano ROBERTO ANTONIO CONTRERAS RAMÍREZ, en su alegado carácter de propietario de un apartamento ubicado en el conjunto residencial "Ciudad Parque la Pradera", asistido por la abogada Judith María Martínez Jiménez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 263.994, contra la Junta de Condominio de la Macromanzana "3", del Municipio San Joaquín del estado Carabobo, a los fines de dejar sin efectos todos los acuerdos y actos realizados por la mencionada Junta de Condominio, remisión que se efectuó en virtud de la Sentencia dictada en fecha diez (10) de abril del año 2024, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia.

Vista la Sentencia N° 068 dictada por la Sala Electoral en fecha 29 de noviembre de 2024, se acordó notificar al ciudadano ROBERTO ANTONIO CONTRERAS RAMÍREZ, actuando en su alegado carácter de propietario de un apartamento ubicado en el conjunto Residencial "Ciudad Parque la Pradera". Asimismo, se comisionó al ROBERTO ANTONIO CONTRERAS RAMÍREZ, actuando en su alegado carácter de propietario de un apartamento ubicado en el conjunto Residencial "Ciudad Parque la Pradera", a los fines de practicar la correspondiente notificación. Se libró oficio.


8. AA70E2024000037

El abogado SERGIO OMAR VARGAS, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE INSTITUCIONES DE CIEGOS (FVIC), interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los ciudadanos MAGUER PALOMO, LUIS ZAMBRANO y LUIS CORREDOR, integrantes del Comité Ejecutivo (Saliente), en virtud de la negativa de hacer entrega de los documentos, bienes muebles e inmuebles, oficinas y demás actuaciones de la referida Federación al Comité Ejecutivo (Electo).

Vista la Sentencia Nro. 073 dictada por la Sala Electoral en fecha 29 de noviembre de 2024, se acordó notificar a la parte accionante, se acordó citar a los ciudadanos MAGUER PALOMO, LUIS ZAMBRANO y LUIS CORREDOR, y notificar al Ministerio Público. Se libró boleta de notificación, citación y oficios. Asimismo, se comisionó a los Juzgados de Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara del estado Aragua (Distribuidor), Tribunal de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta del estado Miranda (Distribuidor), Tribunal de los Municipios San Cristóbal y Torbes del estado Táchira (Distribuidor), a los fines de practicar las correspondientes notificaciones. Se Libró oficios y despachos.


9. AA70E2024000042

Por recibidó oficio N° 24-0.472 de fecha 15 de octubre de 2024, emitido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Constitucional, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Aeronáutico del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, contentivo de la acción de amparo constitucional con medida cautelar, interpuesta por los ciudadanos CLAUDIA ANDREA QUEZADA, MARÍA ELENA BARROSO, CARLOS ROJAS y JOSÉ ALVÁREZ, , actuando en el alegado carácter de socios de la Asociación Civil "Club los Raudales", e integrantes de la Plancha N° 2 para las próximas elecciones de la Junta Directiva periodo 2024-2025, asistidos por el abogado Evelio Guerra Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.256, contra la Comisión Electoral 2024 de la mencionada Asociación Civil, remisión que se hizo en virtud de la decisión dictada en fecha 09 de octubre de 2024, conforme a la cual el referido Juzgado

Vista la Sentencia Nro. 074 dictada por la Sala Electoral en fecha 29 de noviembre de 2024, se acordó notificar a la parte accionante, y al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Constitucional, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Aeronáutico del Segundo Circuito del estado Bolívar. Se libró boleta y oficio. Asimismo, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor), a los fines de practicar las correspondientes notificaciones. Se libró oficio y despacho.


10. AA70X2023000005 - AA70E2021000065

La abogada Elis González Camacho, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), parte recurrente, denunció el desacato al amparo cautelar decretado en la sentencia N° 051 dictada por esta Sala en fecha 22 de junio 2022, por parte de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Boxeo, presuntamente por no haber cumplido con el mandato judicial ordenado por esta Sala Electoral.

Vista la Sentencia Nro. 055 dictada por la Sala Electoral en fecha 29 de noviembre de 2024, se acordó notificar al ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS (parte recurrente). Se libró boleta. Asimismo, se acordó notificar a los ciudadanos LUISA BENÍTEZ GÓMEZ y WILLIAM GONZÁLEZ, en su condición de Presidenta y Secretario General de la Federación Venezolana de Boxeo (parte recurrida), y que no consta en auto otro domicilio procesal, se ordenó librar Cartel.


11. AA70X2024000003 - AA70E2023000058

El abogado Juan Carlos Toro Ávila, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.424, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO OLAVARRIAS ARÍAS, YORGE JOSÉ JIMÉNEZ LÓPEZ, y RENE FRANCISCO MÉNDEZ QUINTANA, en su condición de miembros de la Comisión Reorganizadora de la Asociación de Coleo del estado Aragua, mediante el cual presentaron Oposición al Amparo Cautelar dictado por esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia N° 099 de fecha 11 de octubre de 2023, contra la suspensión del proceso electoral previsto en la mencionada asociación realizada el día 13 de octubre de 2023.

Vista la Sentencia N° 059 dictada por la Sala Electoral en fecha 29 de noviembre de 2024, se acordó notificar a los ciudadanos JOSÉ ANTONIO OLAVARRÍAS ARIAS, YORGE JOSÉ JIMÉNEZ LÓPEZ Y RENÉ FRANCISCO MÉNDEZ QUINTANA, MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN REORGANIZADORA DE LA ASOCIACIÓN DE COLEO DEL ESTADO ARAGUA, y al abogado JUAN CARLOS TORO ÁVILA apoderado judicial, parte recurrente. Se libró oficio y despacho.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2021000049

Los abogados JOSÉ RAMÓN SEVILLA MATA, DARLING GRACIELA VIVAS CALCURIAN y XIOMARA MENDOZA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 63.576, 178.502 y 78.936, respectivamente, en su condición de apoderados judiciales del ciudadano JULIO RAFAEL ROJAS, titular de la cédula de identidad N° V- 7.362.058, en su carácter de Presidente del Consejo de Administración de la Asociación Civil Caja de Ahorros y Préstamos de los Funcionarios Policiales del estado Lara, (CAPFPEL), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los ciudadanos LUIS GERARDO PENA QUEVEDO, en su carácter de Director General del Instituto Autónomo del Cuerpo de la Policía del estado Lara, y los ciudadanos CARLOS PEÑA, GREGORYS VEGAS, CUICA AGNI, LUIS PACHECO, YIMI CEGARRA y ROBINSON MORLES.

Los abogados Ulises Ledezma y José Maldonado, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 187.259 y 96.801 respectivamente, actuando en la condición de apoderados judiciales de la parte recurrida, presentaron escrito mediante la cual solicitan se deje sin efecto la declaratoria de desacato según sentencia N°036 del 18 de octubre de 2024.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2021000065

El ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 14.760.096 en su condición de Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), asistido por el abogado Wilmer Mora Salcedo, inscrito en el Inpreabogado N° 289.430, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral, el acto de votación, el acto de escrutinio, el acto de totalización y el acto de proclamación del ganador, de las elecciones celebradas el día 15 de noviembre de 2021, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025.

La abogada Elis Elena, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, apoderada de la parte recurrente, presentó diligencia mediante el cual solicitó sean practicadas las notificaciones de la sentencia N° 054 del 29 de noviembre de 2024.


2. AA70E2023000037

Los ciudadanos CARLOS ENRRIQUE AREVALO POUCHOULO, DORIS IRALY BAUTISTA PULGAR, LUIS ALBERTO BENÍTEZ BETANCOURT, DELINGER JOSE UMBRIA BLANCO , ARGELIA ALEJANDRA MEZA y Otros, titulares de las cédula de identidad N° V- 13.828.647, V-12.204.591, V-6.449.712, V-13.538.352, V-13.070.465, respectivamente, todos actuando en el alegado carácter de socios de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (CAPSEOJPAN), asistidos por la abogada Egle Coromoto Pérez, inscrita en el Inpreabogado N° 21.310, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de suspensión de efectos contra la decisión dictada en el Acta de fecha 28 de abril del 2023 por los miembros integrantes de la Comisión Electoral de esa Caja de Ahorros.

La abogada Brígida Contreras inscrita en el Inpreabogado Nro. 17.175, apoderada judicial de la parte recurrida, presentó diligencia mediante la cual solicitó se declare inadmisible el pedimento esgrimido por la parte recurrente.


3. AA70E2024000024

Los ciudadanos PEDRO RANGEL ESCALANTE, SUSANA NG YU, MARÍA MILAGROS BENITES, LISETT PAOLA BRICEÑO CONTRERAS y AURORA PINEDA, invocando el carácter de propietarios de inmuebles habitacionales ubicados en el Conjunto Residencial Edificio Centro Caracas, ubicado en la Avenida San Martin, Parroquia San Juan del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, asistidos por la abogada Lilian Marlyn Kunaizeh Olivares, interpusieron solicitud de avocamiento en el juicio de nulidad de asamblea de propietarios de inmuebles conformados por apartamentos del Conjunto Residencial Edificio Centro Caracas, en la cual se eligió la Junta de Condominio del referido inmueble para el periodo 2023-2024 el cual cursa en el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

La abogada Lilian Kunaizeh, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 64.822, actuando en el carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicitó se expida copia certificada de la sentencia N°067 del 29 de noviembre del 2024, se libré oficio dirigido al Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Area Metropolitana de Caracas, y se le designe como correo especial .


La Presidenta,
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez