REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 19/12/2024
CUENTA, N° 205

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2015000102

Los ciudadanos ADERMNIS RAFAEL BORGES, GREGORY RAFAEL RIVAS FANEITE, FÉLIX ENRIQUE GRATEROL CABRERA, ROLLER ALEXANDER SÁNCHEZ TORRES y MAURICIO RENÉ MARIN VÁSQUEZ, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos contra los actos de formación del registro electoral preliminar y definitivo, así como contra los actos de escrutinio, adjudicación y proclamación dictados y realizados por la Comisión Electoral de SUNTINS, e igualmente contra el acto de generación del registro electoral definitivo realizado por la Oficina Regional Electoral del estado Carabobo, entre los días 20 al 26 de enero de 2015, en el marco del procedimiento de elección de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Naval y sus Similares del Municipio Puerto Cabello, así como contra la Resolución N° 150611-134 del 11 de junio de 2015 dictada por el Consejo Nacional Electoral.

Vista la Sentencia Nro. 117 dictada por la Sala Electoral en fecha 17 de diciembre de 2024, se acordó notificar a los ciudadanos EGLEE YAMISLE LAMAS, WILLIAM WILFREDO MORA SALAZAR, DE JONGH D. MARTÍNEZ y MARCOS ALEJANDRO GUANIPA, en el carácter de miembros integrantes de la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Naval y sus Similares del Municipio Puerto Cabello (SUTINS). Se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, a los fines de practicar las notificaciones correspondientes. Se libró oficio y despacho.


2. AA70E2016000073

Los ciudadanos HECMI RAMÓN GARCÍA VILLAROEL y MANUEL LARA, titulares de la cédula de identidad Nos. 13.520.130 y 16.345.800, respectivamente, aludiendo su condición de trabajadores activos de la entidad de trabajo Minera Loma de Níquel C.A., y miembros del Sindicato Nacional Profesional de Trabajadores y Trabajadoras, socialistas de la Industria Minera Loma de Níquel (SINPROTRAS-NIQUEL), asistidos por el abogado Ulises Jesús Wateyma Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.282, interponen solicitud de convocatoria a elecciones sindicales de la referida organización.

Se acordó librar cartel a los fines de notificar a los ciudadanos HECMI RAMÓN GARCÍA VILLAROEL y MANUEL LARA, afiliados al Sindicato Nacional Profesional de Trabajadores y Trabajadoras, Socialista de la Industria Minera Loma de Níquel (SINPROTRAS-NIQUEL), (accionantes) del contenido de la Sentencia Nro. 108 de fecha 19 de diciembre de 2024, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del respectivo cartel se le tendrá por notificado. Igualmente se acordó notificar a la Junta Directiva del Sindicato Nacional Profesional de Trabajadores y Trabajadoras Socialistas de la Industria Minera (SINPROTRAS- NÍQUEL), (accionado). Se libró Oficio.


3. AA70E2016000076

El ciudadano EUDIS FELIPE GIROTT, aludiendo el carácter de afiliado y miembro del comité ejecutivo de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del Gas, sus Similares y Derivados de Venezuela (FUTPV), asistido por el abogado José Rafael Rangel Aguiar, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida de amparo cautelar contra la decisión emanada de la Comisión Electoral de la mencionada Federación de fecha 13 de septiembre de 2016.

Vista la Sentencia N° 116 dictada en fecha 17 de diciembre de 2024, se acordó notificar a los ciudadanos EUDIS FELIPE GIROTT (parte recurrente), a la COMISIÓN ELECTORAL DE LA FEDERACIÓN UNITARIA DE TRABAJADORES DEL PETRÓLEO, DEL GAS, SUS SIMILARES Y DERIVADOS DE VENEZUELA (FUTPV) (parte recurrida), a la JUNTA DIRECTIVA DE LA FEDERACIÓN UNITARIA DE TRABAJADORES DEL PETRÓLEO, DEL GAS, SUS SIMILARES Y DERIVADOS DE VENEZUELA (FUTPV) y a los ciudadanos ROBERT JOSÉ GONZÁLEZ y ÁNGEL RAÚL PARICA, en su condición de Terceros Intervinientes, afiliados y miembros de la Junta Directiva de la mencionada Federación. Líbrese boletas y oficios de notificación.


4. AA70E2017000006

El abogado ALEXANDER RAFAEL SUSARREY RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 180.393, aludiendo el carácter de apoderado judicial de los Trabajadores y Trabajadoras de la Entidad de Trabajo Hierros San Felix, C.A., interpuso solicitud de convocatoria a elecciones.

Vista la Sentencia N° 107 dictada por la Sala Electoral en fecha 17 de diciembre de 2024, se acordó notificar al abogado ALEXANDER RAFAEL SUSARREY RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 11.519.411 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 180.393,( parte recurrente) a los fines de practicar las correspondientes notificaciones. Se libró oficios.


5. AA70E2017000035

Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017".

Vista la sentencia Nro 105 dictada por la Sala Electoral en fecha 17 de diciembre de 2024, se acordó notificar a la parte recurrente, a la Comisión Electoral de CATRAJUP, Autoridad Temporal de la referida Caja de Ahorro, a la Superintendencia de Cajas de Ahorro, a la Procuraduría General de la República, a los terceros interesados, a la Junta Directiva Ad Hoc y al Ministerio Público. Se libró boletas y oficios. Asimismo, se acordó notificar a los candidatos y los asociados de la referida caja de ahorro. Se libró carteles. Igualmente se comisionó a los siguientes tribunales: Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cabimas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor) y Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, para practicar las correspondientes notificaciones. Se libró oficio y despacho.


6. AA70E2020000004

El ciudadano YANI ANTONIO CAPUZZI CARAFA, titular de la cédula de identidad N° V-9.967.613, actuando en nombre propio y con el carácter de Gerente General del Club Deportivo Anzoátegui, asistido por la abogada Elena Mundaray, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 289.369, interpuso recurso contencioso electoral y amparo cautelar, contra el proceso electoral para elegir a la Junta Directiva , Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Liga Venezolana de Voleibol, que se llevara a cabo el 31 de enero de 2020.

Vista la Sentencia Nro. 118 dictada por la Sala Electoral en fecha 17 de diciembre de 2024, se acordó notificar a la Junta Directiva de la Liga Venezolana de Voleibol. Se libró oficio.


7. AA70E2021000005

El ciudadano FRANKLIN AMILCAR CARDILLO ROMERO, titular de la cédula de identidad V-14.916.951, en su condición de VICEPRESIDENTE de la Federación Venezolana de Ciclismo, asistido por la abogada Olga Chacón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 305.228, interpuso recurso de interpretación del alcance "… de los artículos 15 numeral 9, articulo 17 numeral 1, 7 y 8. Artículo 21, numeral 3° (…) artículo 28 [numerales 5 y 14] (…) artículo 31 numeral 6, artículos 41, 48 y 51 de la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física…"

Vista la Sentencia N° 100 dictada por la Sala Electoral en fecha 17 de diciembre de 2024, se acordó notificar al ciudadano AMILCAR CARDILLO ROMERO, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.916.951, actuando en su alegado carácter de Vicepresidente de la Federación Venezolana de Ciclismo (FVC), a los fines de practicar las correspondientes notificaciones. Se libró boleta.


8. AA70E2021000045

El abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ELÍAS DELLAN SALAZAR, GABIEL ANTONIO HERRERA NARVAEZ, LISANDRO ENRIQUE FARIÑAS ZACARÍAS y OMAR RAMÓN PATRIZ JIMÉNEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.860.219, V-13.057.919, V-11.206.138, y V-8.547.764, en su condición de miembros activos del Colegio de Abogados del estado Delta Amacuro, interpuso acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada contra los miembros actuales de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Delta Amacuro, 14 de octubre de 2021.

Vista la Sentencia N° 129 dictada en fecha 17 de diciembre de 2024, se acordó notificar al Consejo Nacional Electoral. Líbrese oficio


9. AA70E2022000006

El abogado Alcy Raimond Salazar Lozada, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.928, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil C.A. CERVECERÍA REGIONAL, interpuso recurso contencioso electoral contra la comisión electoral para la elección de los delegados de prevención de la C.A. Cervecería Regional y la Gerencia estadal de Salud de los Trabajadores Aragua (GERESAT-ARAGUA) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL).

Vista la Sentencia N° 096 dictada por la Sala Electoral en fecha 17 de diciembre de 2024, se acordó notificar a los MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DE LA ENTIDAD DE TRABAJO DE LA SOCIEDAD MERCANTIL C.A CERVECERÍA REGIONAL (parte recurrida), a los fines de practicar las correspondientes notificaciones. Se libró oficios.


10. AA70E2022000007

Los ciudadanos CESAR ALEJANDRO PEREZ VIVAS, NICMER NICOLAS EVANS, NELSON JOSÉ CHI4TTY LARROCHE, ANA MAIGUALIDA YANES, OSCAR ENRIQUE ARNAL GARCÍA y GUILLERMO MOLINA YANES, titulares de las cédulas de identidad número V-4.094.459, V-12.500.855, V-3.949.509, V-5.565.893, V-5.533.859 y V-26.454.314, respectivamente, actuando en su condición de electores inscritos ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) y como representantes del Movimiento Venezolano por el Revocatorio (MOVER), asistidos por el abogado Carlos Daniel Moreno Barrios, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 142.096, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar, contra el "… Acto contentivo de los Términos de la Recolección de las Manifestaciones determinado por el CNE el 21 de enero de 2022 [y] el Acto Administrativo que declaró "sin lugar" [la] solicitud de Referéndum Revocatorio [que] sólo fue publicado en la página web oficial del CNE (…) en fecha 27 de enero de 2022…".

Vista la Sentencia Nro. 090 dictada por la Sala Electoral en fecha 17 de diciembre de 2024, se acordó notificar al la parte recurrente, los ciudadanos, CESAR ALEJANDRO PÉREZ VIVAS, NICMER NICOLÁS EVANS, NELSÓN JOSÉ CHITTY LAROCHE, ANA MAIGUALIDA YANES, OSCAR ENRIQUE ARNAL GARCÍA Y GUILLERMO MOLINA YANES, respectivamente, actuando en su condición de electores inscritos ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) y como representantes del Movimiento Venezolano por el Revocatorio (MOVER). Se libró boleta y oficio. Igualmente, se acordó notificar al Consejo Nacional Electoral (CNE). Se libro boletas y oficio.


11. AA70E2022000041

El abogado ALI AMERICO RANGEL SALAS, titular de la cédula de identidad V-14.048.262,inscrito en el IPSA bajo el N° 107.362, en representación del ciudadano IGOR ENRIQUE FUENTES SEGARRA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Caracas, titular de la cédula de identidad V-19.868.237, egresado de la Universidad Central de Venezuela, de la escuela de Arquitectura, Facultad de Arquitectura y Urbanismo, conforme se desprende de poder autenticado ante la Notaría Pública Sexta del Municipio Chacao, bajo el N° 16, Tomo 86, en fecha 02 de agosto de 2022, que se anexa marcado "A", comparece ante esta Sala Electoral a los fines de interponer recurso contencioso electoral de nulidad con amparo cautelar en contra el registro electoral y el proceso electoral, en cada una de sus fases, para la escogencia de los representantes de los egresados por la Facultad de Arquitectura y Urbanismo ante el Cogobierno Universitario de la Universidad Central de Venezuela, celebrado el 13 de julio de 2022.

Vista la Sentencia N° 111 dictada en fecha 17 de diciembre de 2024, se acordó notificar al ciudadano Igor Enrique Fuentes Segarra, egresado de la Universidad Central de Venezuela, de la escuela de Arquitectura, Facultad de Arquitectura y Urbanismo, y/o a su apoderado judicial Alí Américo Rangel Salas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 107.362, (recurrentes). Se libro boleta.


12. AA70E2022000058

Los ciudadanos NICANOR GARCIA RIVADULLA, JORGUE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.129.380, V-16.909.432 y V-16.889.676, respectivamente, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado, asistidos por el abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la convocatoria publicada en fecha 14 de noviembre de 2022, por la Asociación Civil Puerto Encantado, para la Asamblea de miembros y propietarios a celebrarse en fecha 10 de diciembre de 2022, donde se nombrará la Junta Directiva para el periodo 2022-2024.

Vista la Sentencia N° 119 dictada en fecha 17 de diciembre de 2024, se acordó comisionart al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Buróz estado Miranda (Distribuidor), a los fines de notificar a la Junta Directiva Ad Hoc de la Asociación Civil Puerto Encantado. Asimismo, se fija un (01) día del término de la distancia que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación, a los efectos de consignar lo solicitado. Líbrese Despacho y oficios.


13. AA70E2023000009

La abogada Martha Gilles Redondo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.371, apoderada judicial de los ciudadanos Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, en el alegado carácter de candidato a la presidencia y representante electoral de la Plancha N° 2 de la Federación Nacional de Ganaderos (FEDENAGA), respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida organización civil y los ciudadanos Armando Enrique Chacín Chourio y Luis Rafael Prado Padrón, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.930.402 y V-6.371.481, en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo saliente y Vicepresidente saliente, en ese orden.

Vista la Sentencia N° 087 dictada por la Sala Electoral en fecha 17 de diciembre de 2024, se acordó notificar al ciudadano LUIS EDUARDO PRADO HURTADO, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.534.897, (parte recurrida), a los fines de practicar las correspondientes notificaciones. Se libró boleta.


14. AA70E2023000014

El abogado Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.558, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JAVIER ALEXANDER GUILLEN CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° V-17.794.866, en el alegado carácter de candidato a Presidente de la nueva Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industria de El Vigía y Sur del Lago (CAVISUR) para el periodo 2022-2025, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos de designación, totalización, acreditación y juramentación de la nueva Junta Directiva de la referida Cámara de Comercio para el periodo 2022-2025.

Vista la Sentencia N° 121 dictada en fecha 17 de diciembre de 2024, se acordó notificar al ciudadano JAVIER ALEXANDER GUILLEN CONTRERAS, parte recurrente. Asimismo se comisionó Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Carracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del estado Mérida (Distribuidor), a los fines de notificar a la Junta Directiva y a la Comisión Electoral de la Cámara de Comercio e Industria de El Vigía y Sur del Lago (CAVISUR). Igualmente se acordó librar carteles a los ciudadanos ORIELA COROMOTO DI VITO ZAMBRANO, VERÓNICA ANDREA CASTRO CAMBÓN, ANA RAQUEL OCANDO DURAN y otros en su condición de candidatos y postulados a los diferentes cargos que integran la Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industria de El Vigía y Sur del Lago (CAVISUR) y a los afiliados que integran la mencionada Cámara de Comercio. Líbrese Boleta, Despacho, oficios, y carteles.


15. AA70E2023000053

La ciudadana AURIS MILAGROS RIVERO DE TORREALBA, titular de la cédula de identidad N° V-7.493.576, actuando en su alegado carácter de Presidenta del Sindicato Venezolano de Maestros del estado Carabobo (SINVEMACA), asistida por el abogado Rubén Darío Pérez Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 139.323, quien además actúa en su propio nombre como afiliado del referido sindicato, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar de suspensión de los efectos del acto de totalización, proclamación y adjudicación de cargos de las elecciones del referido Sindicato, derivadas de las elecciones del 07 de diciembre de 2022, convocadas por la directiva nacional de la Federación Venezolana de Maestros.

Vista la Sentencia N° 097 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar de suspensión de efectos, se acordó notificar a la ciudadana Auris Milagros Rivero de Torrealba, en su condición de Presidente del Sindicato Venezolano de Maestros del estado Carabobo, (parte recurrente), y, a la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Maestro del estado Carabobo, (recurrida). Se libro boleta.


16. AA70E2023000071

El ciudadano RAMÓN VLADIMIR ROMERO HERNÁNDEZ, actuando en el alegado carácter de miembro del Consejo de Honor de la Federación Venezolana de Baloncesto (FVB), Electo para el periodo 2019-2023, asistido en este acto por el abogado Gustavo Junior Guerra Reyes, interpuso recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso para elegir a la Junta Directiva, Consejos de Honor y Contralor de la mencionada Federación, así como contra los actos adelantados por la Comisión Electoral de la referida organización federativa.

Vista la Sentencia Nro. 126 dictada en fecha 17 de diciembre de 2024, se acordó notificar a la parte recurrente, a la Comisión Electoral, Junta Directiva, Consejo de Honor, Consejo Contralor, órganos de la Federación Venezolana de Baloncesto (FVB), al Comité Olímpico Venezolano, al Instituto Nacional del Deporte y al Ministerio Público. Se libró boleta y oficios. Asimismo, se acordó notificar por carteles a los candidatos, a los delegados y a las Asociaciones Regionales y a la Asamblea de dicha federación.


17. AA70E2024000003

Los ciudadanos ELENA CLARET VELÁZQUEZ DE CHIRIMENA, MÓNICA ELENA MUÑOZ CAMARGO, EVELIN DEL CARMEN ROJAS CAMACARO, CARLOS JESUS GUZMÁN TOVAR Y NORA EMILIA DE GIROLAMO STELLA, actuando en su condición de copropietario de los inmuebles identificados con los alfanuméricos 23-A-5, 19-A-6, 4-A-1, 8-A-2 y 22-A-8 del Parque RESIDENCIAL PARAÍSO PLAZA, Torre "A", asistido por la abogada Elis Elena González Camacho, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral para la elección de los miembros de la Junta de Condominio del Parque Residencial Paraíso Plaza para el periodo 2024-2025.

Vista la Sentencia N° 102 dictada en fecha 17 de diciembre de 2024, mediante la cual la Sala Electoral declaró: 1.- DECLARA SU COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar. 2.- IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar planteada por haberse realizado de manera genérica e imprecisa. 3.- INADMISIBLE el recurso contencioso electoral con respecto a la Asamblea mediante la cual se designó a la Comisión Electoral, por no cumplir la parte recurrente con los requisitos previstos. 4.- INOFICIOSO pronunciarse sobre la solicitud de medida cautelar interpuesta. En consecuencia, esta Sala acuerda notificar a los ciudadanos ELENA CLARET VELASQUEZ DE CHIRIMENA y otros en su condición de parte recurrente.


18. AA70E2024000039

Por recibido oficio N° J.M.M. SUCRE-090.2024 de fecha 19 de agosto de 2024, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Municipio Montes, Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre Cumanacoa , anexo al cual remitió expediente signado con el alfanumérico N° 157624, contentivo de la solicitud de acción de habeas data, interpuesto por ciudadano Ángel Manuel Rivas Cardie, actuando en el carácter de Presidente de la Asociación de Cañicultores de Cumanacoa, asistido por el abogado Augusto Ramón González Ramos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 106.895, interpuso Acción de Habeas Data, contra la Comisión Electoral de la Asociación Civil Cañicultores de Cumanacoa, remisión que se hace en virtud de la sentencia dictada por ese Juzgado en fecha 09 de agosto de 2024, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.


Vista la Sentencia N° 104 dictada por la Sala Electoral en fecha 17 de diciembre de 2024, se acordó notificar al ciudadano ANGEL MANUEL RIVAS, en su alegado carácter de Presidente de la Asociación de Cañicultores de Cumanacoa, (parte accionante), a los fines de practicar las correspondientes notificaciones. Se libró oficios.


19. AA70E2024000046

El abogado Johel Rafahel Vergara Labrador, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.151, actuando en el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO JOSÉ RANGEL PEÑA, titular de la cédula de identidad N° V-1.585.778 en el carácter de Socio del Club Alianza Sociedad Civil, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar y solicitud subsidiaria de medida innominada contra el acto de elección y proclamación realizado en fecha ocho (8) de noviembre de 2024 por la Junta Directiva del Club Alianza Sociedad Civil.

Vista la Sentencia Nro. 125 dictada por la Sala Electoral en fecha 17 de diciembre de 2024, se acordó notificar a la parte recurrente, Junta Directiva (Electa el 08 de diciembre de 2024, Periodo 2024-2026), de la Comisión Electoral y del Tribunal Disciplinario, todos órganos del Club Alianza Sociedad Civil y al Ministerio Público. Se libró boleta y oficios. Igualmente, se acuerda notificar a los candidatos y candidatas por la Plancha Única, y a todos los socios que integran dicho Club, y visto que en el presente expediente no consta el domicilio procesal de los candidatos y los socios antes mencionados, se acuerda librar cartel. Asimismo, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción del estado Táchira. (Distribuidor), a los fines de practicar las correspondientes notificaciones. Se libró oficio y despacho.


20. AA70X2023000004 - AA70E2022000011

El abogado Carlos Rafael Molinar Cedeño, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 78.804, interpuso"…acción por estimación e intimación de honorarios profesionales por VIA INCIDENTAL en contra de la ASOCIACIÓN DE SOFTBOL DEL ESTADO CARABOBO (…) representada legalmente por la ciudadana EMILCE MARÍA OSTOS, Venezolana, titular de la cédula de identidad número C.I V-7.129.740…".

Vista la Sentencia Nro. 106 dictada en fecha 17 de diciembre de 2024, se acordó comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción del estado Aragua (Distribuidor), a los fines de notificar al abogado CARLOS RAFAEL MOLINAR CEDEÑO, (parte intimante) y al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar a la ciudadana EMILCE MARÍA OSTOS HERNÁNDEZ, en su condición de Presidenta de la Asociación de Softbol del estado Carabobo, parte intimada. Líbrese boleta, despacho y oficios.


21. AA70X2024000007 - AA70E2023000064

El abogado Rafael Ángel Dávila, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.960, actuando en representación de la Universidad de los Andes (ULA), mediante el cual presentó escrito de "apelación al amparo cautelar" dictado por esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en Sentencia N° 015 de fecha 20 de marzo de 2024, y solicitó "sea levantado y revocado el amparo cautelar".

Vista la Sentencia N° 101 dictada en fecha 17 de diciembre de 2024, mediante la cual la Sala Electoral declaró: INADMISIBLE por extemporánea la oposición a la medida cautelar acordada el 20 de marzo de 2024. En consecuencia, esta Sala acuerda notificar al abogado RAFAEL ÁNGEL DÁVILA, actuando en representación de la Universidad de los Andes (ULA), parte recurrida. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, que resulta aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se comisiona al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida (Distribuidor), a los fines de notificar al abogado RAFAEL ÁNGEL DÁVILA.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2017000035

Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017".

La abogada Briseidy Donaye Contreras, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 147.329, apoderada judicial de los terceros interesados, presentó diliegencia mediante la cual ratificó su solicitud en donde expone que las notificaciones de los miembros que dirigen la Caja de Ahorros (CATRAJUP), se efectúen mediante Boleta enviada a través de sistema de comunicación telegráfico, fascímil, electrónicos o similares .


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2021000031

El abogado Wilder Márquez Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 145.571, actuando en su carácter de apoderado judicial de NESTLÉ DE VENEZUELA, S.A., interpuso demanda de nulidad contra elección de delegados de prevención de la Fábrica El Tocuyo del estado Lara, realizada en fecha 09 de junio de 2021.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.318, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por la ciudadana Fabiana García, Secretaria I de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°070 de fecha 29 de noviembre de 2024.


2. AA70E2021000031

El abogado Wilder Márquez Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 145.571, actuando en su carácter de apoderado judicial de NESTLÉ DE VENEZUELA, S.A., interpuso demanda de nulidad contra elección de delegados de prevención de la Fábrica El Tocuyo del estado Lara, realizada en fecha 09 de junio de 2021.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.319, librado al JUEZ DEL JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRRIBARREN, PALAVECINO, CRESPO, URDANETA, SIMÓN PLANAS, JIMÉNEZ ANDRÉS ELOY BLANCO, TORRES Y MORÁN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA (DISTRIBUIDOR), el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 070 de fecha 29 de noviembre de 2024.


3. AA70E2022000035

El abogado EDGAR ERNESTO CORDERO GUERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.023, quien actúa en su propio nombre y alega ser Miembro del Consejo Comunal "Cumbres de El Manzano", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso de elección de los Voceros y Voceras del Consejo Comunal "Cumbres de El Manzano", para el ciclo comunal 2022-2024, cuyo acto de votación se realizó en fecha 12 de junio de 2022.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.312, librado al Juez del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara (Distribuidor), el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 076 de fecha 29 de noviembre de 2024.


4. AA70E2022000035

El abogado EDGAR ERNESTO CORDERO GUERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.023, quien actúa en su propio nombre y alega ser Miembro del Consejo Comunal "Cumbres de El Manzano", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso de elección de los Voceros y Voceras del Consejo Comunal "Cumbres de El Manzano", para el ciclo comunal 2022-2024, cuyo acto de votación se realizó en fecha 12 de junio de 2022.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.311, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por la ciudadana Fabiana García, Secretaria I de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°076 de fecha 29 de noviembre de 2024.


5. AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en su alegado carácter apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de las cédula de identidad Nros V-15.016.395 y V-7.523.079, respectivamente, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, ambos miembros activos de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguana (CACOINPAR), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de amparo cautelar, contra "la comisión electoral, designada para llevar el proceso electoral y de la decisión tomada por [la referida comisión] en fecha 03 de noviembre de 2023, en la cual juramento (…) sin haber celebrado el proceso electoral una junta directiva presidida por la ciudadana GLENDA GALVIS (…), [quien presuntamente] no es miembro asociada de la [referida Cámara de Comercio]".

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.274, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por la ciudadana Emily Basabanco, Secretaria I de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°078 de fecha 29 de noviembre de 2024.


6. AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en su alegado carácter apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de las cédula de identidad Nros V-15.016.395 y V-7.523.079, respectivamente, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, ambos miembros activos de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguana (CACOINPAR), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de amparo cautelar, contra "la comisión electoral, designada para llevar el proceso electoral y de la decisión tomada por [la referida comisión] en fecha 03 de noviembre de 2023, en la cual juramento (…) sin haber celebrado el proceso electoral una junta directiva presidida por la ciudadana GLENDA GALVIS (…), [quien presuntamente] no es miembro asociada de la [referida Cámara de Comercio]".

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.275, librado al TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON (DISTRIBUIDOR), el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 078 de fecha 29 de noviembre de 2024.


7. AA70E2023000074

Por recibido oficio N° 2023-0671 de fecha 07 de diciembre de 2023, emanado del Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital mediante el cual remitió expediente contentivo de amparo constitucional interpuesto por el ciudadano CARLOS BARRIOS titular de la cédula de identidad Nº 2.651.047, actuando en el alegado carácter de candidato a la Secretaría General de COPEI en el estado Sucre, por las planchas números 10 y 20, asistido por el abogado Luis Osvaldo Marruffo , inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 33.311, contra la Comisión Electoral Nacional del Partido Social Cristiano COPEI, remisión efectuada en virtud de la declinatoria de competencia decretada por el referido Tribunal en fecha10 de agosto de 2001.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.339, librado al Tribunal Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre (Distribuidor), el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 066 de fecha 29 de noviembre de 2024.


8. AA70E2024000002

Por recibido oficio Nro. 2023-453 de fecha 18 de diciembre de 2023, emanado del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de estado Anzoátegui, anexo al cual remitió expediente signado con el alfanumérico Nro. BP02-G-2023-000015 contentivo de la Acción Mero Declarativa ejercida por el abogado Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, actuando en el aleado carácter de Presidente de la Federación Venezolana de Potencia (FEVEPO) periodo 2021-2025, contra el Instituto Nacional de Deportes (IND), remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha dieciocho (18) de diciembre de 2023, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.269, librado al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 058 de fecha 29 de noviembre de 2024


9. AA70E2024000002

Por recibido oficio Nro. 2023-453 de fecha 18 de diciembre de 2023, emanado del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de estado Anzoátegui, anexo al cual remitió expediente signado con el alfanumérico Nro. BP02-G-2023-000015 contentivo de la Acción Mero Declarativa ejercida por el abogado Jesús Rafael Rodríguez Bermúdez, actuando en el aleado carácter de Presidente de la Federación Venezolana de Potencia (FEVEPO) periodo 2021-2025, contra el Instituto Nacional de Deportes (IND), remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha dieciocho (18) de diciembre de 2023, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.268, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui (Distribuidor), el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 058 de fecha 29 de noviembre de 2024.


10. AA70E2024000004

El abogado LUIS GERARDO PINEDA TORRES, actuando en su condición de integrante de la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Trabajadores de la Industria de la Azúcar y sus derivados del estado Portuguesa (SIPTIADEP) y en representación de los ciudadanos RAMÓN ANTONIO SÁNCHEZ VARGAS, CRUZ ENRIQUE GARCÍA ÁLVAREZ, RONALD SMITH CASTILLO FERNÁNDEZ, RICHARD JOSÉ AVENDAÑO, EDER MANUEL GONZÁLEZ GRATEROL, CÉSAR D' AUGUSTO VELÁSQUEZ PÉREZN Y ADELIS RAMÓN GARCÍA, en su condición de miembros de la Junta Directiva del referido Sindicato, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Resolución Nro. 231.120 de fecha 20 de noviembre de 2023, emanada del Consejo Nacional Electoral (CNE) publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 1.040. Veinte de febrero de dos mil veinticuatro.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.349, librado al Juez del Juzgado Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 10 de diciembre de 2024


11. AA70E2024000010

Visto el oficio N° 164 de fecha 15 de marzo de 2024, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado HUGO HUMBERTO SAAVEDRA FONTIVEROS, contra los ciudadanos MIGUEL SALAZAR, JUAN CARLOS ALVARADO YURY GONZÁLEZ, JULIO PABÓN,JOHANFER GARCÍA, YEISON CABRERA, VÍCTOR CHACÓN, LUZ DARI RÁMIREZ MARTÍNEZ y YOLEIDA VENERO, Presidente y Secretario General Nacional de la Organización con fines Políticos COPEI, el primero y el segundo, respectivamente, y los otros, miembros y autoridades de la Dirección Estadal de la referida organización, remisión que se hace en virtud de la decisión dictada en fecha 15 de marzo de 2023, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.265, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor), el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 057 de fecha 29 de noviembre de 2024.


12. AA70E2024000010

Visto el oficio N° 164 de fecha 15 de marzo de 2024, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado HUGO HUMBERTO SAAVEDRA FONTIVEROS, contra los ciudadanos MIGUEL SALAZAR, JUAN CARLOS ALVARADO YURY GONZÁLEZ, JULIO PABÓN,JOHANFER GARCÍA, YEISON CABRERA, VÍCTOR CHACÓN, LUZ DARI RÁMIREZ MARTÍNEZ y YOLEIDA VENERO, Presidente y Secretario General Nacional de la Organización con fines Políticos COPEI, el primero y el segundo, respectivamente, y los otros, miembros y autoridades de la Dirección Estadal de la referida organización, remisión que se hace en virtud de la decisión dictada en fecha 15 de marzo de 2023, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.266, librado al Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 057 de fecha 29 de noviembre de 2024.


13. AA70E2024000016

Por recibido oficio N° 117-2024 de fecha 10 de abril de 2024, del Juzgado Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guácara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, anexo al cual remitió exp. N° 3574-2024 contentivo de solicitud de nulidad interpuesta por el ciudadano ROBERTO ANTONIO CONTRERAS RAMÍREZ, en su alegado carácter de propietario de un apartamento ubicado en el conjunto residencial "Ciudad Parque la Pradera", asistido por la abogada Judith María Martínez Jiménez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 263.994, contra la Junta de Condominio de la Macromanzana "3", del Municipio San Joaquín del estado Carabobo, a los fines de dejar sin efectos todos los acuerdos y actos realizados por la mencionada Junta de Condominio, remisión que se efectuó en virtud de la Sentencia dictada en fecha diez (10) de abril del año 2024, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.259, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 068 de fecha 29 de noviembre de 2024.


14. AA70E2024000016

Por recibido oficio N° 117-2024 de fecha 10 de abril de 2024, del Juzgado Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guácara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, anexo al cual remitió exp. N° 3574-2024 contentivo de solicitud de nulidad interpuesta por el ciudadano ROBERTO ANTONIO CONTRERAS RAMÍREZ, en su alegado carácter de propietario de un apartamento ubicado en el conjunto residencial "Ciudad Parque la Pradera", asistido por la abogada Judith María Martínez Jiménez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 263.994, contra la Junta de Condominio de la Macromanzana "3", del Municipio San Joaquín del estado Carabobo, a los fines de dejar sin efectos todos los acuerdos y actos realizados por la mencionada Junta de Condominio, remisión que se efectuó en virtud de la Sentencia dictada en fecha diez (10) de abril del año 2024, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.260, librado al Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 068 de fecha 29 de noviembre de 2024.


15. AA70E2024000027

Por recibido Oficio N° 159 de fecha 23 de mayo de 2024, emitido por el Juzgado Superior Tercero Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo del amparo constitucional sobrevenido, incoado por el ciudadano GUSTAVO URIBE DÍAZ, en su condición de Presidente del Colegio de Médicos del estado Táchira, asistido por el abogado Miguel Ángel Paz, contra la decisión de fecha 24 de abril de 2024 emanada del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor y de Medidas del Municipio San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, relacionada con la convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria de los Miembros del mencionado colegio, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 23 de mayo de 2024, conforme a la cual el referido Juzgado Superior Tercero declinó la competencia en el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia .

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.271, librado al Juez Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 072 de fecha 29 de noviembre de 2024


16. AA70E2024000027

Por recibido Oficio N° 159 de fecha 23 de mayo de 2024, emitido por el Juzgado Superior Tercero Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo del amparo constitucional sobrevenido, incoado por el ciudadano GUSTAVO URIBE DÍAZ, en su condición de Presidente del Colegio de Médicos del estado Táchira, asistido por el abogado Miguel Ángel Paz, contra la decisión de fecha 24 de abril de 2024 emanada del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor y de Medidas del Municipio San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, relacionada con la convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria de los Miembros del mencionado colegio, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 23 de mayo de 2024, conforme a la cual el referido Juzgado Superior Tercero declinó la competencia en el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia .

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.270, librado al Juez del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Distribuidor), el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 072 de fecha 29 de noviembre de 2024.


17. AA70E2024000040

Por recibido oficio N° 527-2024 de fecha 19 de julio 2024, emanado del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del estado Carabobo, anexo al cual remitió Exp. N° 12009-2023, contentivo de la demanda de nulidad, interpuesta por los ciudadanos ÁNGEL CÁRDENAS, MARÍA DE FREITAS DE RODRÍGUEZ, MELYS GÓMEZ, LILIANA REYNA, en el carácter de copropietarios del Conjunto Residencial "Residencias los Sauces", ubicado en la urbanización los Naranjos Municipio Valencia estado Carabobo, asistidos por el abogado Séptimo Carlos Ferri Córdova, contra los acuerdos de la Asamblea General Ordinaria de Propietarios celebrada en fecha 28 de julio del año 2023 por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, remisión que se hace en virtud de la sentencia dictada por ese Juzgado en fecha 11 de julio de 2024, mediante la cual declaró la declinatoria de competencia en esta Sala Electoral.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.298, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción del estado Carabobo (Distribuidor), el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 075 de fecha 29 de noviembre de 2024.


18. AA70E2024000042

Por recibidó oficio N° 24-0.472 de fecha 15 de octubre de 2024, emitido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Constitucional, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Aeronáutico del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, contentivo de la acción de amparo constitucional con medida cautelar, interpuesta por los ciudadanos CLAUDIA ANDREA QUEZADA, MARÍA ELENA BARROSO, CARLOS ROJAS y JOSÉ ALVÁREZ, , actuando en el alegado carácter de socios de la Asociación Civil "Club los Raudales", e integrantes de la Plancha N° 2 para las próximas elecciones de la Junta Directiva periodo 2024-2025, asistidos por el abogado Evelio Guerra Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.256, contra la Comisión Electoral 2024 de la mencionada Asociación Civil, remisión que se hizo en virtud de la decisión dictada en fecha 09 de octubre de 2024, conforme a la cual el referido Juzgado

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.331, librado al Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo civil, Constitucional, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Aeronáutico del Segundo Circuito la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 074 de fecha 29 de noviembre de 2024


19. AA70E2024000042

Por recibidó oficio N° 24-0.472 de fecha 15 de octubre de 2024, emitido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Constitucional, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Aeronáutico del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, contentivo de la acción de amparo constitucional con medida cautelar, interpuesta por los ciudadanos CLAUDIA ANDREA QUEZADA, MARÍA ELENA BARROSO, CARLOS ROJAS y JOSÉ ALVÁREZ, , actuando en el alegado carácter de socios de la Asociación Civil "Club los Raudales", e integrantes de la Plancha N° 2 para las próximas elecciones de la Junta Directiva periodo 2024-2025, asistidos por el abogado Evelio Guerra Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.256, contra la Comisión Electoral 2024 de la mencionada Asociación Civil, remisión que se hizo en virtud de la decisión dictada en fecha 09 de octubre de 2024, conforme a la cual el referido Juzgado

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.330, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor), el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 074 de fecha 29 de noviembre de 2024


20. AA70E2024000046

El abogado Johel Rafahel Vergara Labrador, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.151, actuando en el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO JOSÉ RANGEL PEÑA, titular de la cédula de identidad N° V-1.585.778 en el carácter de Socio del Club Alianza Sociedad Civil, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar y solicitud subsidiaria de medida innominada contra el acto de elección y proclamación realizado en fecha ocho (8) de noviembre de 2024 por la Junta Directiva del Club Alianza Sociedad Civil.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.246, librado al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción del estado Táchira. (Distribuidor), el cual hice envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 02 de diciembre de 2024


SENTENCIA
1. AA70E2023000062

Los Defensores Públicos Provisorios Segundo (2°), ciudadanos CARLOS ALBERTO GUERRERO QUINTANA y ADRIANA CAROLINA TORRES TERÁN, conforme a Resolución Nros: DDPG-2018-0755 y DDPG-2023-326, Abogados inscritos en el Inpreabogado Nros: 57.988 y 297.063, respectivamente, en representación de los ciudadanos ELVIS LEONEL VILLEGAS MÉNDEZ y MARLÓN JOSÉ PALMA CHAVARRÍOA, titulares de las cédula de identidad Nros: V-19.473.145, V-14.583.435, respectivamente, quienes actúan en su alegado carácter de representantes de la organización sindical SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES OBREROS DE LA EMPRESA CEMENTOS CARIBE, C.A., interpusieron solicitud de convocatoria de elecciones.

SENTENCIA N° 134. MAGISTRADO PONENTE INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA. Esta Sala Electoral declaró: 1.- Que es COMPETENTE para conocer y decidir la solicitud de Convocatoria a Elecciones formulada por los ciudadanos ELVIS LEONEL VILLEGAS MÉNDEZ y MARLON JOSÉ PALMA CHAVARRÍA, actuando en su alegada condición de afiliados al SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES OBREROS DE LA EMPRESA CEMENTOS CARIBE, C.A. (SINTRAOCECA), asistidos por los abogados Carlos Alberto Guerrero Quintana y Adriana Carolina Torres Terán, contra los miembros de la JUNTA DIRECTIVA de la señalada Organización Sindical, en virtud de encontrarse vencido el período para el cual fueron electos (2014-2017) en el proceso comicial llevado a cabo en el año 2014. 2.- TERMINADO EL PROCESO POR ABANDONO DEL TRÁMITE, en cuanto a la solicitud de Convocatoria a Elecciones.


2. AA70E2024000009

Por recibido oficio Nro. TSJ/SCS/OFIC/0657-2024 de fecha 21 de febrero de 2024, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, anexo al cual remitió expediente signado con el alfanumérico Nro. AA50-T-2023-001286 contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por las ciudadanas NILDA LUCIA RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, HEROLIDA ROSA ROJAS PALACIO, y otras, invocando el carácter de trabajadoras jubiladas, asociadas de la Caja de Ahorros del Sector de Empleados Públicos (CASEP), asistidas en este acto por los abogados Ovidio Tocuyo Ford, María Castellanos Pichardo, Humberto González Aguirre y Carmen Canache Flores, contra la Comisión Electoral Nacional de la referida Caja de Ahorros, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 05 de febrero de 2024, conforme a la cual declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

SENTENCIA N° 135. MAGISTRADO PONENTE INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA. Esta Sala Electoral declaró: 1.- QUE ACEPTA LA DECLINATORIA COMPETENCIA (¿) 2.- Su COMPETENCIA para conocer y decidir de la acción de amparo constitucional ejercida por las ciudadanas THAIS MARBELLA MICHELENA SOJO y EUSEBIA RAMONA MALAVE LÓPEZ, en su alegada condición de asociadas de la CAJA DE AHORROS SECTOR EMPLEADOS PÚBLICOS (CASEP) (¿). 3.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional a tenor de lo estatuido en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.


3. AA70E2024000049

Por recibido oficio N° TSJ/SCS/OFIC/1099-2024 de fecha 15 de octubre de 2024, emitido por la Sala Constitucional de este alto Tribunal, contentivo de la acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada y pretensión cautelar, interpuesta por el ciudadano JUAN RAMÓN CRESPO PINTO, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.819.685, actuando en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo de la Federación Nacional de Trabajadores de la Industria de la Harina, asistido por la abogada Raquel Montiel Álvarez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 9.034, contra el Comité Ejecutivo Nacional de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (C.T.V.).

SENTENCIA N° 133. MAGISTRADO PONENTE INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA. Esta Sala Electoral declaró: 1.- ACEPTA LA COMPETENCIA DECLINADA 2.- SU COMPETENCIA para conocer y decidir la acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada, 3.- SE ORDENA a la parte accionante consignar lo indicado seguidamente: i) los Estatutos Sociales vigentes que rigen la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV); ii) el listado vigente de la nómina de afiliados; iii) los documentos que acrediten que el período del mandato de las autoridades (¿) y iv) cualquier otro instrumento que guarde relación con la solicitud de Convocatoria a Elecciones, (¿)


La Presidenta,
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez