REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 20/12/2024
CUENTA, N° 206

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN
1. AA70E2024000051

El ciudadano ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, en su condición de candidato postulado para el cargo de Presidente por la Plancha N° 3 de la Asociación Civil Club Táchira, asistido por los abogados Jonathan Abraham Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral, representada por el ciudadano Pedro Paraqueimo en su condición de Presidente.

Se recibió recurso contencioso electoral con amparo cautelar


2. AA70E2024000052

La ciudadana MYRIAM TIBISAY WENDEHAKE GONZÁLEZ titular de la cédula de identidad N° V-2.768.424, en su condición de Presidente del Instituto de Previsión Social del Periodista (IPSP), asistida por los abogados Jonathan Abraham Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra el Proceso Electoral de Elección de los Miembros Principales y Suplentes del Directorio Ejecutivo del Instituto de Previsión Social del Periodista (IPSP) celebrado en fecha 01 de marzo de 2024, de conformidad con la Convocatoria publicada en el Diario 2001, página 3, de fecha 23 de febrero de 2024.

Se recibió solicitud de recurso contencio electoral


DESIGNACIÓN DE PONENTE
1. AA70E2024000051

El ciudadano ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, en su condición de candidato postulado para el cargo de Presidente por la Plancha N° 3 de la Asociación Civil Club Táchira, asistido por los abogados Jonathan Abraham Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral, representada por el ciudadano Pedro Paraqueimo en su condición de Presidente.

SE DESIGNO PONENTE AL MAGISTRADO: INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA. Asimismo, se acordó solicitar al ciudadano Pedro Paraqueimo en su condición de Presidente de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Club Táchira, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2012000113

Los ciudadanos JOSÉ CEDEÑO, YARISMA BOGARÍN, ALCIDES CARRIÓN, JOAQUÍN MALAVE CARDOZO, ERNARDO DANIEL DURAN, MERCEDES COROMOTO GUTIÉRREZ, EDGAR IZAGUIRRE y PABLO LEDEZMA, interpusieron recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 120919-0542 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 19 de septiembre de 2012, publicada en Gaceta Electoral N° 653 de fecha 31 de octubre de 2012, que declaró: "SIN LUGAR el Recurso Jerárquico interpuesto por los ciudadanos YARISMA BOGARÍN, JOSÉ CEDEÑO, ALCIDES CARRIÓN, JHONNY ECHEZURIA GÓMEZ, JOAQUÍN MALAVÉ CARDOZO, ERNARDO DURÁN CASTRO, REYNALDO DÍAZ BAUTISTA, JOSÉ ALVARADO, PABLO LEDEZMA, EDGAR IZAGUIRRE y MERCEDES COROMOTO GUTIÉRREZ, en su carácter de afiliados a sindicatos pertenecientes a la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA DE VENEZUELA (FETRAELEC), contra la elección de la Comisión Electoral de dicha Federación, llevada a cabo en fecha 18 de abril de 2012".

AUTO DE CORRECCIÓN DE FOLIATURA.


2. AA70E2021000003

El abogado ELÍAS ARNOLDO LOZADA SALAS, titular de la cédula de identidad N° V-2.915.688 e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 54.288 aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación de Tenis del estado Miranda, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada contra el proceso electoral para elegir a los miembros directivos de la Asociación de Tenis del estado Miranda, así como la designación de la Comisión Electoral, la cual llevará a cabo dicho proceso a celebrarse el día 20 de febrero de 2021.

Vista la Sentencia N° 127 dictada en fecha 17 de diciembre de 2024, se acordó notificar al ciudadano ELÍAS ARNOLDO LOZADA SALAS en su alegada condición de representante y Presidente de la Asociación de Tenis del estado Bolivariano de Miranda (parte recurrente), a los Miembros de la Asamblea General y a la Junta Directiva de la Asociación de Tenis del estado Miranda, a los Miembros Directivos de la Comisión Electoral, del Consejo de Honor y del Consejo Contralor de la mencionada Asociación, a los Miembros Directivos de la Federación Venezolana de Tenis, al Ministerio Público y al Instituto Nacional del Deporte. Se libró boleta y oficios.


3. AA70E2023000062

Los Defensores Públicos Provisorios Segundo (2°), ciudadanos CARLOS ALBERTO GUERRERO QUINTANA y ADRIANA CAROLINA TORRES TERÁN, conforme a Resolución Nros: DDPG-2018-0755 y DDPG-2023-326, Abogados inscritos en el Inpreabogado Nros: 57.988 y 297.063, respectivamente, en representación de los ciudadanos ELVIS LEONEL VILLEGAS MÉNDEZ y MARLÓN JOSÉ PALMA CHAVARRÍOA, titulares de las cédula de identidad Nros: V-19.473.145, V-14.583.435, respectivamente, quienes actúan en su alegado carácter de representantes de la organización sindical SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES OBREROS DE LA EMPRESA CEMENTOS CARIBE, C.A., interpusieron solicitud de convocatoria de elecciones.

Vista la Sentencia N° 134 dictada por esta Sala Electoral en fecha diecisiete (17) de diciembre de 2024, se acordó notificar a los ciudadanos ELVIS LEONEL VILLEGAS MÉNDEZ y MARLÓN JOSÉ PALMA CHAVARRÍOA, quienes actúan en su alegado carácter de representantes de la Organización Sindical Sindicato Nacional de Trabajadores Obreros de la Empresa Cementos Caribe, C.A, (recurrentes). Se Líbró boleta de notificación.


4. AA70E2023000066

El abogado Luis Gerardo Pineda Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.678, actuando en el carácter de apoderado judicial de la nueva Junta Directiva del Sindicato Profesional de Trabajadores de la Industria de la Azúcar y sus Derivados del estado Portuguesa (SIPTIADEP), y en representación de los ciudadanos RAMÓN ANTONIO SÁNCHEZ VARGAS, CRUZ ENRIQUE GARCÍA ÁLVAREZ, RONALD SMITH CASTILLO FERNÁNDEZ, RICHARD JOSÉ AVENDAÑO, EDER MANUEL GONZÁLEZ GRATEROL, CÉSAR D´AUGUSTO VELÁSQUEZ PÉREZ y ADELIS RAMÓN GARCÍA, titulares de la cédula de identidad Nros. V-10.050.234, V-13.488.479, V-19.533.169, V-14.001.561, V-16.644.977, V-14.995.868 y V-9.404.623, respectivamente, interpusieron acción de amparo constitucional, contra la Junta Directiva saliente del referido Sindicato por presuntamente negarse a hacer entrega formal de oficina sindical y seguir representando al Sindicato antes mencionado.

Vista la Sentencia N° 136 dictada en fecha 20 de diciembre de 2024, se acordó comisionar al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos RAMÓN ANTONIO SÁNCHEZ VERGAS, CRUZ ENRIQUE GARCÍA ÁLVAREZ, RONALD SMITH CASTILLO FERNÁNDEZ, RICHARD JOSÉ AVENDAÑO, EDER MANUEL GONZÁLEZ GRATEROL, CÉSAR D´AUSGUSTO VELÁSQUEZ PÉREZ y ADELIS RAMÓN GARCÍA, parte accionante. Líbrese boleta, Despacho y oficios.


5. AA70E2024000009

Por recibido oficio Nro. TSJ/SCS/OFIC/0657-2024 de fecha 21 de febrero de 2024, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, anexo al cual remitió expediente signado con el alfanumérico Nro. AA50-T-2023-001286 contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por las ciudadanas NILDA LUCIA RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, HEROLIDA ROSA ROJAS PALACIO, y otras, invocando el carácter de trabajadoras jubiladas, asociadas de la Caja de Ahorros del Sector de Empleados Públicos (CASEP), asistidas en este acto por los abogados Ovidio Tocuyo Ford, María Castellanos Pichardo, Humberto González Aguirre y Carmen Canache Flores, contra la Comisión Electoral Nacional de la referida Caja de Ahorros, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 05 de febrero de 2024, conforme a la cual declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

Vista la Sentencia Nro. 135 dictada en fecha 20 de diciembre de 2024, se acordó notificar Thais Marbella Michelena Sojo, Eusebia Ramona Malave López, y Carmen Josefina Canache Flores, en su alegada condición de asociadas de la Caja de Ahorros Sector Empleados Públicos (CASEP). Se libró boleta.


6. AA70E2024000024

Los ciudadanos PEDRO RANGEL ESCALANTE, SUSANA NG YU, MARÍA MILAGROS BENITES, LISETT PAOLA BRICEÑO CONTRERAS y AURORA PINEDA, invocando el carácter de propietarios de inmuebles habitacionales ubicados en el Conjunto Residencial Edificio Centro Caracas, ubicado en la Avenida San Martin, Parroquia San Juan del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, asistidos por la abogada Lilian Marlyn Kunaizeh Olivares, interpusieron solicitud de avocamiento en el juicio de nulidad de asamblea de propietarios de inmuebles conformados por apartamentos del Conjunto Residencial Edificio Centro Caracas, en la cual se eligió la Junta de Condominio del referido inmueble para el periodo 2023-2024 el cual cursa en el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

RECEPCION DE EXPEDIENTE: Por recibido en esta misma fecha el oficio N° 329-2024, del 17 de diciembre de 2024, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, anexo al cual remitió los expedientes N° AP31-F-V-2023-000639, pieza principal, y N° AN32-F-X-2023-000007, cuaderno de medidas, ambos nomenclatura de ese Juzgado, requerido en fecha 06 de diciembre del presente año mediante oficio N° 24.309, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio y formar dos (02) piezas con los recaudos que se acompañaron al mencionado oficio, piezas que serán identificadas como Pieza II y Pieza III.


7. AA70E2024000049

Por recibido oficio N° TSJ/SCS/OFIC/1099-2024 de fecha 15 de octubre de 2024, emitido por la Sala Constitucional de este alto Tribunal, contentivo de la acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada y pretensión cautelar, interpuesta por el ciudadano JUAN RAMÓN CRESPO PINTO, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.819.685, actuando en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo de la Federación Nacional de Trabajadores de la Industria de la Harina, asistido por la abogada Raquel Montiel Álvarez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 9.034, contra el Comité Ejecutivo Nacional de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (C.T.V.).

Vista Sentencia Nro. 133 dictada por la Sala Electoral en fecha 19 de diciembre de 2024, se acordó notificar al ciudadano Juan Ramón Crespo Pinto, actuando en su alegada condición de Presidente del Comité Ejecutivo de la Federación Nacional de Trabajadores de la Industria de la Harina, (accionante). Se libró oficio.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2023000033

Por recibido el Oficio N° 2023-0162 de fecha 26 de abril de 2023, emitido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Obligación de Manutención de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos CARLOS ALBERTO MIJARES MONTILLA, ANTONIO VÁSQUEZ y DANIEL MÁRQUEZ, actuando en el alegado carácter de atletas (Senseis) instructores de Karate Do y representantes de los Clubes de Karate Do, asistidos por el abogado Félix Alejandro Bonaiuto Ramírez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.632, contra el ciudadano DIZON BRICEÑO, titular de la cédula de identidad N° V-12.041.154, en su carácter de Presidente de la Asociación de Karate del estado Trujillo; remisión efectuada en virtud de la decisión dictada en fecha del 26 de abril del 2023, mediante la cual declinó la competencia en esta Sala Electoral.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a los ciudadanos CARLOS ALEBERTO MIJARES MONTILLA, ANTONIO VÁZQUEZ y DANIEL MÁRQUEZ, respectivamente, actuando en su alegado carácter de atletas (Sensei) instructores de Karate Do y representantes de los Clubes de Karate Do; Dojo Kado Carmi, Dojo Antonio Vásquez y Dojo Kuro Obi, en este mismo orden (parte accionante), recibida por la abogada Erenia Balvina Rojas inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 75.080, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte accionante, mediante el cual se notificó la Sentencia N°069 de fecha 29 de noviembre de 2024.


2. AA70X2024000003 - AA70E2023000058

El abogado Juan Carlos Toro Ávila, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.424, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO OLAVARRIAS ARÍAS, YORGE JOSÉ JIMÉNEZ LÓPEZ, y RENE FRANCISCO MÉNDEZ QUINTANA, en su condición de miembros de la Comisión Reorganizadora de la Asociación de Coleo del estado Aragua, mediante el cual presentaron Oposición al Amparo Cautelar dictado por esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia N° 099 de fecha 11 de octubre de 2023, contra la suspensión del proceso electoral previsto en la mencionada asociación realizada el día 13 de octubre de 2023.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.273, librado a los ciudadanos JOSÉ ANTONIO OLAVARRÍAS ARIAS, YORGE JOSÉ JIMÉNEZ LÓPEZ y RENÉ FRANCISCO MÉNDEZ QUINTANA. Miembros Integrantes de la Comisión Reorganizadora de la Asociación de Coleo del estado Aragua, recibida por el abogado Juan Carlos Toro, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 76.424, apoderado judicial, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°059 de fecha del 29 de noviembre de 2024.


SENTENCIA
1. AA70E2023000066

El abogado Luis Gerardo Pineda Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.678, actuando en el carácter de apoderado judicial de la nueva Junta Directiva del Sindicato Profesional de Trabajadores de la Industria de la Azúcar y sus Derivados del estado Portuguesa (SIPTIADEP), y en representación de los ciudadanos RAMÓN ANTONIO SÁNCHEZ VARGAS, CRUZ ENRIQUE GARCÍA ÁLVAREZ, RONALD SMITH CASTILLO FERNÁNDEZ, RICHARD JOSÉ AVENDAÑO, EDER MANUEL GONZÁLEZ GRATEROL, CÉSAR D´AUGUSTO VELÁSQUEZ PÉREZ y ADELIS RAMÓN GARCÍA, titulares de la cédula de identidad Nros. V-10.050.234, V-13.488.479, V-19.533.169, V-14.001.561, V-16.644.977, V-14.995.868 y V-9.404.623, respectivamente, interpusieron acción de amparo constitucional, contra la Junta Directiva saliente del referido Sindicato por presuntamente negarse a hacer entrega formal de oficina sindical y seguir representando al Sindicato antes mencionado.

SENTENCIA N°136. Ponencia del Magistrado INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA. Esta Sala Electoral declaró: 1.- SU COMPETENCIA para conocer y decidir de la acción de amparo constitucional incoada con medidas cautelares innominadas 2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada, de acuerdo a lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. 3.- INOFICIOSO conocer de las medidas cautelares innominadas solicitadas.


La Presidenta,
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez