REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 13/03/2024
CUENTA, N° 46

DILIGENCIA EN
1. AA70E2023000046

El ciudadano JOSÉ ÁNGEL BRUZUAL VARGAS, titular de la cédula de identidad N° V-9.949.202, actuando en su alegado carácter de Miembro y candidato a la Presidencia de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela con sede en el estado Bolívar (FEDECÁMARAS BOLÍVAR), asistido por la abogada Carmen Natalí Moreno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 181.163, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 16 de junio de 2023, para la designación de los Miembros del Comité Ejecutivo para el período 2023-2025, por la Comisión Electoral de la referida Federación.

El abogado Carlos Mendoza Guzmán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 116.906, en el alegado carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia donde retiró cartel de emplazamiento para ser publicado en un diario de circulación nacional.


SENTENCIA
1. AA70E2021000013

El ciudadano RAFAEL YGNACIO REYMI MACHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.752.526, asistido por los abogados Manuel Desiderio Rosales y Agueda Amelia Romero Pérez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 279.806 y 126.635, en el orden mencionado, quienes también actúan en su propio nombre y representación con el carácter de propietarios de las viviendas ubicadas en el Conjunto Residencial Puerto Príncipe, interpusieron recurso contencioso electoral contra el "…ACTO DE CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE PROPIETARIOS SOLVENTES´…".

SENTENCIA N° 013. MAGISTRADO PONENTE INOCENCIO FIGUEROA ARIZALETA. La Sala declaró: IMPROCEDENTE la solicitud de ejecución forzosa de la sentencia Nro. 059 dictada por esta Sala Electoral en fecha 1° de junio de 2023, presentada por el ciudadano RAFAEL YGNACIO REYMI MACHEZ, actuando en su condición de miembro principal de la Comisión Electoral de la Asociación Civil "Puerto Príncipe", asistido por la abogada María Antonieta Vílchez Olivares, ambos supra identificados.


2. AA70E2023000009

La abogada Martha Gilles Redondo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 35.371, apoderada judicial de los ciudadanos Edgar Orlando Medina Guerrero y Jhonny Claret Duque Paz, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.173.389 y V-9.213.887, en el alegado carácter de candidato a la presidencia y representante electoral de la Plancha N° 2 de la Federación Nacional de Ganaderos (FEDENAGA), respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la Comisión Electoral de la referida organización civil y los ciudadanos Armando Enrique Chacín Chourio y Luis Rafael Prado Padrón, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.930.402 y V-6.371.481, en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo saliente y Vicepresidente saliente, en ese orden.

SENTENCIA Nro. 014. MAGISTRADA PONENTE CARYSLIA BEATRIZ RODRIGUEZ RODRIGUEZ. La Sala declaró: 1.-) IMPROCEDENTE impugnación relativa a la caducidad de la acción. 2) IMPROCEDENTE el alegato de falta de competencia de esta Sala. 3) CON LUGAR el presente recurso contencioso electoral; en consecuencia, se ANULA la elección efectuada en la Asamblea Ordinaria celebrada el 05-11-2022, y se ORDENA la reposición del proceso electoral (…) se ORDENA la constitución de una Comisión Electoral Ad-hoc, de tres (3) miembros con el único propósito de dirigir la elección anulada y que se ha ordenado repetir (…). Asimismo, esta Comisión Electoral Ad-hoc deberá CONVOCAR a la Asamblea Eleccionaria para repetir la elección en los términos expuestos en el presente fallo (…). SE MANTIENE la medida adoptada en el amparo cautelar por esta Sala Electoral (…).


3. AA70E2023000037

Los ciudadanos CARLOS ENRRIQUE AREVALO POUCHOULO, DORIS IRALY BAUTISTA PULGAR, LUIS ALBERTO BENÍTEZ BETANCOURT, DELINGER JOSE UMBRIA BLANCO , ARGELIA ALEJANDRA MEZA y Otros, titulares de las cédula de identidad N° V- 13.828.647, V-12.204.591, V-6.449.712, V-13.538.352, V-13.070.465, respectivamente, todos actuando en su alegado carácter de socios de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados de la Asamblea Nacional (CAPSEOJPAN), asistidos por la abogada Egle Coromoto Pérez, inscrita en el Inpreabogado N° 21.310, interpusieron recurso contencioso electoral con medida cautelar de suspensión de efectos contra la decisión dictada en el Acta de fecha 28 de abril del 2023 por los miembros integrantes de la Comisión Electoral de esa Caja de Ahorros.

SENTENCIA N° 010. MAGISTRADA PONENTE CARYSLIA BEATRÍZ RODRÍGUZ RODRÍGUEZ. La Sala declaró: 1) Asume la COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso electoral. 2) Se ADMITE el presente recurso. 3) PROCEDENTE la referida solicitud cautelar y por tanto SUSPENDE los efectos de la elección celebrada el 19 de mayo de 2023, en la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (C.A.P.S.E.O.J.P.A.N.), hasta tanto se resuelva el fondo en la presente controversia. 4) Se ORDENA que la Junta Directiva que se encontraba en funciones, antes de la elección del 19 de mayo de 2023, asuma la dirección de la Caja de Ahorros, solo a los efectos de ejecutar actos de simple administración.


4. AA70E2023000073

Los abogados ALBERTO RIVAS SANCHEZ, HECTOR BRICEÑO DÍAZ, GLENYS YADIRA RUIZ ROJAS, ORLANDO ANTONIO TORRES, NANCY GARCÍA FERMIN, YOLANDA HERNANDEZ DE DÍAZ, RAMON ALEJANDRO INFANTE, JOSE GREGORIO DIVE MAHLUS, ORLANDO SANTORO SCATOLLINI, ALICIA VELASCO VISO Y DAGMAR XIOMARA RAMIREZ RUIZ, titulares de la cédulas de identidad Nros. V-10.279.874, v-628.916, V-8.678.441, V-4.052.213, V-6.719.916, V-3.589.312, V-3.586947, V-9.488.823, V-8.677.345, V-6.814.485 y V-6.110.605, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 50.753, 3.238, 46.910, 16.972, 54.107, 21.957, 20.558, 43.656, 41.120, 38.553 y 30.498, respectivamente, actuando en sus propios nombres y representación como litisconsortes activos, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Bolivariano de Miranda.


SENTENCIA N° 012. MAGISTRADA PONENTE FANNY MÁRQUEZ CORDERO. 1.- ACEPTA LA COMPETENCIA DECLINADA por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, mediante Sentencia N° 2001-556 de fecha 17 de abril de 2001, en consecuencia, se declara COMPETENTE para conocer del recurso interpuesto. 2.- Declara El DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso contencioso anteriormente de nulidad, ahora electoral, conjuntamente con medidas cautelares de suspensión de efectos interpuesto contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Bolivariano de Miranda.


5. AA70E2024000004

El abogado LUIS GERARDO PINEDA TORRES, actuando en su condición de integrante de la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Trabajadores de la Industria de la Azúcar y sus derivados del estado Portuguesa (SIPTIADEP) y en representación de los ciudadanos RAMÓN ANTONIO SÁNCHEZ VARGAS, CRUZ ENRIQUE GARCÍA ÁLVAREZ, RONALD SMITH CASTILLO FERNÁNDEZ, RICHARD JOSÉ AVENDAÑO, EDER MANUEL GONZÁLEZ GRATEROL, CÉSAR D' AUGUSTO VELÁSQUEZ PÉREZN Y ADELIS RAMÓN GARCÍA, en su condición de miembros de la Junta Directiva del referido Sindicato, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Resolución Nro. 231.120 de fecha 20 de noviembre de 2023, emanada del Consejo Nacional Electoral (CNE) publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 1.040. Veinte de febrero de dos mil veinticuatro.

SENTENCIA N° 011. MAGISTRADA PONENTE FANNY MÁRQUEZ CORDERO. La Sala declaró: 1.- SU COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado Luis Gerardo Pineda Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.678, en su condición de integrante de la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Trabajadores de la Industria del Azúcar y sus derivados del estado Portuguesa (SIPTIADEP), y en representación de los ciudadanos Ramón Antonio Sánchez Vargas, Cruz Enrique García Álvarez, Ronald Smith Castillo Fernández, Richard José Avendaño, Eder Manuel González Graterol, César D' Augusto Velásquez Pérez y Adelis Ramón García, respectivamente, actuando como miembros de la Junta Directiva del referido Sindicato. 2.- IMPROCEDENTE el Amparo Cautelar, por no cumplirse con los requisitos para otorgar la tutela cautelar solicitada. 3.-INADMISIBLE el recurso contencioso electoral, por haber operado el lapso de caducidad.


6. AA70X2023000015 - AA70E2023000055

El Abogado Leonel Pérez Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.650, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Universidad de Carabobo y de la Comisión Electoral Universitaria de la referida Universidad, parte recurrida, presentó escrito de oposición a la medida cautelar de amparo acordada mediante sentencia N° 123 dictada por esta Sala Electoral en fecha 13 de noviembre de 2023.

SENTENCIA N° 008. MAGISTRADA PONENTE CARYSLIA BETRÍZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ. La Sala declaró: 1.- TEMPESTIVA la oposición al amparo cautelar, decretado por esta Sala en la sentencia número 123 del 13 de noviembre de 2023, formulada por el ciudadano abogado LEONEL PÉREZ MÉNDEZ, previamente identificado, actuando en nombre y representación de la Universidad de Carabobo y de la Comisión Electoral Universitaria de la Universidad de Carabobo. 2.- SIN LUGAR la oposición formulada.


7. AA70X2023000017 - 202317 - AA70E2023000004

La abogada Roraima Bermúdez González, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 42.536, actuando en su alegado carácter de Presidenta de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Carabobo, en fecha 14 de diciembre de 2023 presentó escrito de oposición a la medida cautelar de amparo acordado mediante sentencia N° 124 dictada por esta sala Electoral en fecha 22 de noviembre de 2023.

SENTENCIA N° 009. MAGISTRADA PONENTE CARYSLIA BEATRÍZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ. La Sala declaró: SIN LUGAR, la oposición presentada por la abogada RORAIMA BERMÚDEZ GONZÁLEZ, actuando en su alegado carácter de Presidenta de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del Estado Carabobo, contra la decisión número 124 dictada por esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia el 22 de noviembre de 2023.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ