REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 01/04/2024
CUENTA, N° 57

NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN
1. AA70E2024000010

Visto el oficio N° 164 de fecha 15 de marzo de 2024, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado HUGO HUMBERTO SAAVEDRA FONTIVEROS, contra los ciudadanos MIGUEL SALAZAR, JUAN CARLOS ALVARADO YURY GONZÁLEZ, JULIO PABÓN,JOHANFER GARCÍA, YEISON CABRERA, VÍCTOR CHACÓN, LUZ DARI RÁMIREZ MARTÍNEZ y YOLEIDA VENERO, Presidente y Secretario General Nacional de la Organización con fines Políticos COPEI, el primero y el segundo, respectivamente, y los otros, miembros y autoridades de la Dirección Estadal de la referida orgianización, remisión que se hace en virtud de la decisión dictada en fecha 15 de marzo de 2023, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el presente declinó el presente asunto en esta Sala Electoral de del Tribunal Supremo de Justicia.

Recepción de escrito de acción de amparo.


DESIGNACIÓN DE PONENTE
1. AA70E2024000004

El abogado LUIS GERARDO PINEDA TORRES, actuando en su condición de integrante de la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Trabajadores de la Industria de la Azúcar y sus derivados del estado Portuguesa (SIPTIADEP) y en representación de los ciudadanos RAMÓN ANTONIO SÁNCHEZ VARGAS, CRUZ ENRIQUE GARCÍA ÁLVAREZ, RONALD SMITH CASTILLO FERNÁNDEZ, RICHARD JOSÉ AVENDAÑO, EDER MANUEL GONZÁLEZ GRATEROL, CÉSAR D' AUGUSTO VELÁSQUEZ PÉREZN Y ADELIS RAMÓN GARCÍA, en su condición de miembros de la Junta Directiva del referido Sindicato, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la Resolución Nro. 231.120 de fecha 20 de noviembre de 2023, emanada del Consejo Nacional Electoral (CNE) publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 1.040. Veinte de febrero de dos mil veinticuatro.

PONENTE: Visto el escrito presentado en fecha 20 de marzo de 2024, por la abogada Adriana Pacheco Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 56.196, en el alegado carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Ramón Antonio Sánchez Vargas, Cruz Enrique García Álvarez, Ronald Smith Castillo Fernández, Richard José Avendaño, Eder Manuel González Graterol, César D' Augusto Velásquez Pérez y Adelis Ramón García, en el carácter de miembros de la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Trabajadores de la Industria de la Azúcar y sus derivados del estado Portuguesa (SIPTIADEP), parte recurrente, mediante el cual solicitó a esta Sala Electoral "¿ se anule y/o revoque el fallo que aplicó la caducidad ¿", contenido en la sentencia N° 011 dictada en fecha 13 de marzo de 2024, se designó ponente a la Magistrada FANNY BEATRIZ MÁRQUEZ CORDERO, a los fines de la decisión correspondiente.


ACTUACIÓN EN
1. AA70E2023000003

El ciudadano TEODORO ALFONZO SILVA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad número V-2.999.277, actuando en su alegado carácter de asociado de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistido por el abogado Ovidio Tocuyo Ford, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.239, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto administrativo del proceso electoral contenido en el calendario electoral, con fecha de reactivación 10 de noviembre al 09 de diciembre de 2022, y contra el acto de votación, escrutinio y totalización general de votos de fecha 07 de diciembre de 2022, realizado por la Comisión Electoral Ad Hoc de la referida caja de ahorro.

DIFERIMIENTO DE INFORMES ORALES: Visto el auto de fecha 19 de marzo de 2024, mediante el cual se fijó el acto de informes orales para el día jueves cuatro (04) de abril de 2024, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), para la realización del mismo, esta Sala en razón de las ocupaciones inherentes a la Alta Investidura de los Magistrados acordó diferir el referido acto por auto separado.


2. AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en su alegado carácter apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.016.395 y V-7.523.079, respectivamente, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, ambos miembros activos de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguana (CACOINPAR), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de amparo cautelar, contra "la comisión electoral, designada para llevar el proceso electoral y de la decisión tomada por [la referida comisión] en fecha 03 de noviembre de 2023, en la cual juramento (…) sin haber celebrado el proceso electoral una junta directiva presidida por la ciudadana GLENDA GALVIS (…), [quien presuntamente] no es miembro asociada de la [referida Cámara de Comercio]".

PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación dirigida al ciudadano Agustín Martínez.


3. AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en su alegado carácter apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.016.395 y V-7.523.079, respectivamente, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, ambos miembros activos de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguana (CACOINPAR), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de amparo cautelar, contra "la comisión electoral, designada para llevar el proceso electoral y de la decisión tomada por [la referida comisión] en fecha 03 de noviembre de 2023, en la cual juramento (…) sin haber celebrado el proceso electoral una junta directiva presidida por la ciudadana GLENDA GALVIS (…), [quien presuntamente] no es miembro asociada de la [referida Cámara de Comercio]".

NOTA SECRETARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se deja constancia que en el día de hoy se estableció comunicación telefónica con el ciudadano NELSON QUEVEDO, en su condición de integrante de la Comisión Electoral de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguaná (CACOINPAR), (parte recurrida), mediante la cual se le notificó de la decisión dictada por esta Sala en fecha 19 de diciembre de 2023, signada con el N° 140. A tal fin, se remitió vía correo electrónico la referida notificación anexándole copia certificada de la mencionada sentencia y del auto de fecha 22 de diciembre de 2023. Asimismo, se dejó constancia que la notificación será publicada en esta misma fecha en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.


4. AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en su alegado carácter apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.016.395 y V-7.523.079, respectivamente, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, ambos miembros activos de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguana (CACOINPAR), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de amparo cautelar, contra "la comisión electoral, designada para llevar el proceso electoral y de la decisión tomada por [la referida comisión] en fecha 03 de noviembre de 2023, en la cual juramento (…) sin haber celebrado el proceso electoral una junta directiva presidida por la ciudadana GLENDA GALVIS (…), [quien presuntamente] no es miembro asociada de la [referida Cámara de Comercio]".

NOTA SECRETARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que en el día de hoy se estableció comunicación telefónica con el ciudadano AGUSTIN MARTINEZ, en su condición de integrante de la Comisión Electoral de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguaná (CACOINPAR), (parte recurrida), mediante la cual se le notificó de la decisión dictada por esta Sala en fecha 19 de diciembre de 2023, signada con el N° 140. A tal fin, se remitió vía correo electrónico la referida notificación anexándole copia certificada de la mencionada sentencia y del auto de fecha 22 de diciembre de 2023. Asimismo, se dejó constancia que la notificación será publicada en esta misma fecha en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.


5. AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en su alegado carácter apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.016.395 y V-7.523.079, respectivamente, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, ambos miembros activos de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguana (CACOINPAR), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de amparo cautelar, contra "la comisión electoral, designada para llevar el proceso electoral y de la decisión tomada por [la referida comisión] en fecha 03 de noviembre de 2023, en la cual juramento (…) sin haber celebrado el proceso electoral una junta directiva presidida por la ciudadana GLENDA GALVIS (…), [quien presuntamente] no es miembro asociada de la [referida Cámara de Comercio]".

PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación dirigida al ciudadano Nelson Quevedo.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2022000053

Los ciudadanos JUAN JOSÉ MOORE GUTIÉRREZ, KLAUS MIGUEL HENY WERNER, BEATRIZ ELENA DEL GALLEGOS DE MARTÍNEZ, ANTONIO SALBINO AGUIAR ESTEVES y CONSUELO DEL CARMEN FLOREZ TAFUR, titulares de las cédulas de identidad número V-4.167.851, V-13.872.207, V-3.818.124, V-5.306.460 y V-13.691.156, respectivamente, actuando el primero en su condición de Socio y todos los demás como vecinos de la Asociación de Vecinos Colinas de Bello Monte "ASOCOLINAS", asistidos por el abogado Gonzalo Celta Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.718, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la conformación de la Comisión Electoral y el proceso electoral celebrado en fecha 06 de noviembre de 2022, donde se eligió la Junta Directiva de la referida Asociación.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a los ciudadanos JUAN JOSÉ MOORE GUTIÉRREZ, KLAUS MIGUEL HENY WERNER, BEATRIZ ELENA DEL GALLEGOS DE MARTÍNEZ, ANTONIO SALBINO AGUIAR ESTEVES y CONSUELO DEL CARMEN FLOREZ TAFUR, respectivamente, actuando el primero en el carácter de Socio y los demás como vecinos de la Asociación de Vecinos Colinas de Bello Monte "ASOCOLINAS", recibida por el abogado Gonzalo Celta Rojas inscrito en Inpreabogado bajo el Nº 13.178, apoderado judicial, mediante el cual se notificó la Sentencia N°006 de fecha 29 de febrero de 2024


2. AA70X2023000015 - AA70E2023000055

El Abogado Leonel Pérez Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.650, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Universidad de Carabobo y de la Comisión Electoral Universitaria de la referida Universidad, parte recurrida, presentó escrito de oposición a la medida cautelar de amparo acordada mediante sentencia N° 123 dictada por esta Sala Electoral en fecha 13 de noviembre de 2023.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.058, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO (DISTRIBUIDOR), el cual hizo envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se notificó la Sentencia N°008 de fecha 13 de marzo de 2024.


3. AA70X2023000015 - AA70E2023000055

El Abogado Leonel Pérez Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.650, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Universidad de Carabobo y de la Comisión Electoral Universitaria de la referida Universidad, parte recurrida, presentó escrito de oposición a la medida cautelar de amparo acordada mediante sentencia N° 123 dictada por esta Sala Electoral en fecha 13 de noviembre de 2023.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.057, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA (DISTRIBUIDOR), el cual hizo envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se notificó la Sentencia N°008 de fecha 13 de marzo de 2024.


4. AA70X2023000017 - 202317 - AA70E2023000004

La abogada Roraima Bermúdez González, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 42.536, actuando en su alegado carácter de Presidenta de la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Carabobo, en fecha 14 de diciembre de 2023 presentó escrito de oposición a la medida cautelar de amparo acordado mediante sentencia N° 124 dictada por esta sala Electoral en fecha 22 de noviembre de 2023.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 24.061, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO (DISTRIBUIDOR), el cual hizo envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se notificó la Sentencia N°009 de fecha 13 de marzo de 2024.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ