REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 24/04/2024
CUENTA, N° 73

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2023000058

La abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, actuando en su alegado carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JULIO JESÚS AVILA PÉREZ, ALEJANDRO JOSÉ JACOME RAMONES y JENNY CAROL LOZADA RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.469.747, V-26.792.211 y V-15.529.358, respectivamente, actuando en su alegado carácter de Miembros de la Asociación de Coleo del estado Aragua (ASOCOLEO ARAGUA), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado para la elección de los presuntos Miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Asociación de Coleo del estado Aragua para el periodo 2023-2027, y contra la convocatoria realizada por la Comisión Reorganizadora para la designación de la Comisión Electoral quien a su vez dirigió el proceso electoral cuestionado.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los José Rodríguez Castillo, José Benitez Rodríguez, Miguel Ángel Gracía y otros, en su condición de representantes legales de los Clubes de Coleo Caña de Azucar, Club de Coleo los Potrillos, Club de Coleo El Limón, club de coleo Santa Clara y Club de Coleo Ortopédica, en ese orden, integran la asociación de coleo del estado Aragua (ASOCOLEO ARAGUA), que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia donde se le notificó que esta Sala Electoral en fecha 11 de octubre de 2024, dictó Sentencia N° 099


2. AA70E2023000058

La abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, actuando en su alegado carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JULIO JESÚS AVILA PÉREZ, ALEJANDRO JOSÉ JACOME RAMONES y JENNY CAROL LOZADA RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.469.747, V-26.792.211 y V-15.529.358, respectivamente, actuando en su alegado carácter de Miembros de la Asociación de Coleo del estado Aragua (ASOCOLEO ARAGUA), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado para la elección de los presuntos Miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Asociación de Coleo del estado Aragua para el periodo 2023-2027, y contra la convocatoria realizada por la Comisión Reorganizadora para la designación de la Comisión Electoral quien a su vez dirigió el proceso electoral cuestionado.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos Víctor Betancourt, Gustavo Pérez, Cesar Narváez y otros, en su condición de Presidentes de los Clubes de Coleo La Ceiba, Pueblo Nuevo Abajo, Andrés Bello, La Unión, La Frontera, Vecafo y Palo Negro, en ese orden, integran la asociación de coleo del estado Aragua (ASOCOLEO ARAGUA), que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia donde se le notificó que esta Sala Electoral en fecha 11 de octubre de 2024, dictó Sentencia N° 099.


3. AA70E2023000072

Los ciudadanos JEAN CARLOS DUDAMEL GÓMEZ y AGNIS JOSÉ CUICA TORREZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.307.478 y V-9.628.993, respectivamente, actuando en el alegado carácter de Asociados de la Asociación Civil Caja de Ahorros y Préstamo de los Funcionarios Policiales del estado Lara (CAPFPEL), asistidos por el abogado José Rafael Rincón Ríos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.326, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar con suspensión de efectos, contra los actos y actuaciones del Consejo de Administración y Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorros.

NOTA SECRETARIA; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que en el día de hoy se estableció comunicación telefónica con el ciudadano AGNIS JOSÉ CUICAS TORREZ, en su carácter de Asociado de la Asociación Civil Caja de Ahorros y Préstamo de los Funcionarios Policiales del estado Lara (CAPFPEL), (parte recurrente), mediante la cual se le notificó de la decisión dictada por esta Sala en fecha 23 de abril de 2024, signada con el N° 016. A tal fin, se remitió vía correo electrónico la referida notificación anexándole copia certificada de la mencionada sentencia y del auto de fecha 25 de abril de 2024. Asimismo, se deja constancia que la notificación será publicada en esta misma fecha en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.


4. AA70E2023000072

Los ciudadanos JEAN CARLOS DUDAMEL GÓMEZ y AGNIS JOSÉ CUICA TORREZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.307.478 y V-9.628.993, respectivamente, actuando en el alegado carácter de Asociados de la Asociación Civil Caja de Ahorros y Préstamo de los Funcionarios Policiales del estado Lara (CAPFPEL), asistidos por el abogado José Rafael Rincón Ríos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.326, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar con suspensión de efectos, contra los actos y actuaciones del Consejo de Administración y Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorros.

PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación dirigida al ciudadano CARLOS DUDAMEL GÓMEZ, en su carácter de Asociado de la Asociación Civil Caja de Ahorros y Préstamo de los Funcionarios Policiales del estado Lara (CAPFPEL).


5. AA70E2023000072

Los ciudadanos JEAN CARLOS DUDAMEL GÓMEZ y AGNIS JOSÉ CUICA TORREZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.307.478 y V-9.628.993, respectivamente, actuando en el alegado carácter de Asociados de la Asociación Civil Caja de Ahorros y Préstamo de los Funcionarios Policiales del estado Lara (CAPFPEL), asistidos por el abogado José Rafael Rincón Ríos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.326, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar con suspensión de efectos, contra los actos y actuaciones del Consejo de Administración y Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorros.

PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación dirigida al ciudadano AGNIS JOSÉ CUICAS TORREZ, en su carácter de Asociado de la Asociación Civil Caja de Ahorros y Préstamo de los Funcionarios Policiales del estado Lara (CAPFPEL), en su carácter de Asociado de la Asociación Civil Caja de Ahorros y Préstamo de los Funcionarios Policiales del estado Lara (CAPFPEL).


6. AA70E2023000072

Los ciudadanos JEAN CARLOS DUDAMEL GÓMEZ y AGNIS JOSÉ CUICA TORREZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.307.478 y V-9.628.993, respectivamente, actuando en el alegado carácter de Asociados de la Asociación Civil Caja de Ahorros y Préstamo de los Funcionarios Policiales del estado Lara (CAPFPEL), asistidos por el abogado José Rafael Rincón Ríos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.326, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar con suspensión de efectos, contra los actos y actuaciones del Consejo de Administración y Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorros.

NOTA SECRETARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que en el día de hoy se estableció comunicación telefónica con el ciudadano JULIO RAFAEL ROJAS, en su carácter de Presidente de la Asociación Civil Caja de Ahorros y Préstamo de los Funcionarios Policiales del estado Lara (CAPFPEL), (parte recurrida), mediante la cual se le notificó de la decisión dictada por esta Sala en fecha 23 de abril de 2024, signada con el N° 016. A tal fin, se remitió vía correo electrónico la referida notificación anexándole copia certificada de la mencionada sentencia y del auto de fecha 25 de abril de 2024. Asimismo, se deja constancia que la notificación será publicada en esta misma fecha en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia


7. AA70E2023000072

Los ciudadanos JEAN CARLOS DUDAMEL GÓMEZ y AGNIS JOSÉ CUICA TORREZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.307.478 y V-9.628.993, respectivamente, actuando en el alegado carácter de Asociados de la Asociación Civil Caja de Ahorros y Préstamo de los Funcionarios Policiales del estado Lara (CAPFPEL), asistidos por el abogado José Rafael Rincón Ríos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.326, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar con suspensión de efectos, contra los actos y actuaciones del Consejo de Administración y Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorros.

NOTA SECRETARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que en el día de hoy se estableció comunicación telefónica con el ciudadano JEAN CARLOS DUDAMEL GÓMEZ, en su carácter de Asociado de la Asociación Civil Caja de Ahorros y Préstamo de los Funcionarios Policiales del estado Lara (CAPFPEL), (parte recurrente), a los fines de notificarle la decisión dictada por esta Sala en fecha 23 de abril de 2024, signada con el N° 016. A tal fin, se remitió vía correo electrónico la referida notificación anexándole copia certificada de la mencionada sentencia y del auto de fecha 25 de abril de 2024. Asimismo, se deja constancia que la notificación será publicada en esta misma fecha en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.


8. AA70E2023000072

Los ciudadanos JEAN CARLOS DUDAMEL GÓMEZ y AGNIS JOSÉ CUICA TORREZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.307.478 y V-9.628.993, respectivamente, actuando en el alegado carácter de Asociados de la Asociación Civil Caja de Ahorros y Préstamo de los Funcionarios Policiales del estado Lara (CAPFPEL), asistidos por el abogado José Rafael Rincón Ríos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.326, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar con suspensión de efectos, contra los actos y actuaciones del Consejo de Administración y Comisión Electoral de la referida Caja de Ahorros.

PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación dirigida al ciudadano JULIO RAFAEL ROJAS, en su carácter de Presidente de la Asociación Civil Caja de Ahorros y Préstamo de los Funcionarios Policiales del estado Lara (CAPFPEL), parte recurrida.


9. AA70E2023000076

El ciudadano CÉSAR AUGUSTO GUILLEN CARREÑO, titular de la cédula de identidad N° V-10.100.463, en el alegado carácter de socio y propietario de la cuota de participación N° 1165 del Club Campestre Los Cortijos , asistido por la abogada María Alejandra Bonilla, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 183.040, interpuso recurso contencioso electoral y pretensión cautelar, contra el proceso electoral realizado por la Comisión Hípica del Club Campestre Los Cortijos en fecha 13 de diciembre de 2023.

Apertura de pieza II.


10. AA70E2024000008

Por recibido oficio Nro. 038-C de fecha 05 de marzo de 2024, emanado del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de estado Monagas, anexo al cual remitió expediente signado con el alfanumérico Nro. NP11-G-2024-000001 contentivo del recurso contencioso electoral con amparo cautelar ejercido por los ciudadanos ALFREDO LÓPEZ y MARITZA AGREDA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.933.774 y V-9.291.876, respectivamente, en el alegado carácter de propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización "Lomas del Bosque" ubicadas en la ciudad de Maturín estado Monagas, asistidos por el abogado William Eduardo Núñez Véliz, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 44.987, contra la Junta Administradora del Macro Condominio de la Urbanización "Lomas del Bosque", remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 22 de febrero de 2023, conforme a la cual declinó el presente asunto en esta Sala.

Vista la Sentencia Nro. 017 dictada por la Sala Electoral en fecha 23 de abril de 2024, se acordó notificar a la parte recurrente, a los miembros integrantes de la Junta Administradora del Macro Condominio de la Urbanización Lomas del Bosque (Saliente), y a los miembros integrantes de la referida Junta Administradora Electos el 14 de enero de 2024 y a la ciudadana MARÍA FAGUNDEZ, candidata integrante de la Plancha Nro.2 y al Ministerio Público. Se libró oficios Nros. 24.100, 24.101 y 24.102. Asimismo, se acordó notificar a los candidatos de las Planchas Nros. 1 y 2 y visto que en el expediente no consta domicilio procesal de los referidos candidatos se ordenó librar cartel. Asimismo, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del estado Monagas (Distribuidor), a los fines de practicar las correspondientes notificaciones. Se libró oficio Nro. 24.099.


11. AA70X2023000014 - AA70E2023000046

La abogada Carmen Natalí Moreno, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSÉ ÁNGEL BRUZUAL VARGAS en su alegado carácter de Miembro de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela (FEDECÁMARAS) con sede en el estado Bolívar, denunció el desacato de la sentencia N° 088 dictada por esta Sala en fecha 25 de julio 2023, por parte del ciudadano Austerio González, en su condición de Presidente Temporal del Comité Ejecutivo de Fedecámaras Bolívar, presuntamente por no haber cumplido con el mandato judicial ordenado por esta Sala Electoral.

ADMISIÓN DE PRUEBAS. El Juzgado de Sustanciación de esta Sala Electoral emitió pronunciamiento en cuanto a las pruebas promovidas.


12. AA70X2024000002 - AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en nombre y representación de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de la cédula de identidad N° V-15.016.395 y V-7.523.079, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, respectivamente, miembros de la Cámara De Comercio e Industria de Paraguaná (CACOINPAR), recurrente, solicitó "…medida preventiva innominada en la presente causa, necesarias e imprescindibles para evitar daños irreparables por lo que se hace necesario suspender inmediatamente las actividades de la j unta directiva escogida a dedo por la comisión electoral y que recayó sobre la ciudadana Glenda Galvis".

PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación dirigida al ciudadano NELSÓN QUEVEDO, miembro de la Comisión Electoral de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguaná.


13. AA70X2024000002 - AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en nombre y representación de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de la cédula de identidad N° V-15.016.395 y V-7.523.079, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, respectivamente, miembros de la Cámara De Comercio e Industria de Paraguaná (CACOINPAR), recurrente, solicitó "…medida preventiva innominada en la presente causa, necesarias e imprescindibles para evitar daños irreparables por lo que se hace necesario suspender inmediatamente las actividades de la j unta directiva escogida a dedo por la comisión electoral y que recayó sobre la ciudadana Glenda Galvis".

PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación dirigida a la ciudadana Lisbeth Médina, en su condición de representante legal de la sociedad INVERSIONES FRAVELIZ, C.A,.


14. AA70X2024000002 - AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en nombre y representación de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de la cédula de identidad N° V-15.016.395 y V-7.523.079, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, respectivamente, miembros de la Cámara De Comercio e Industria de Paraguaná (CACOINPAR), recurrente, solicitó "…medida preventiva innominada en la presente causa, necesarias e imprescindibles para evitar daños irreparables por lo que se hace necesario suspender inmediatamente las actividades de la j unta directiva escogida a dedo por la comisión electoral y que recayó sobre la ciudadana Glenda Galvis".

PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación dirigida al ciudadano JOSÉ ANTONIO PÉREZ, en su condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A.


15. AA70X2024000002 - AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en nombre y representación de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de la cédula de identidad N° V-15.016.395 y V-7.523.079, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, respectivamente, miembros de la Cámara De Comercio e Industria de Paraguaná (CACOINPAR), recurrente, solicitó "…medida preventiva innominada en la presente causa, necesarias e imprescindibles para evitar daños irreparables por lo que se hace necesario suspender inmediatamente las actividades de la j unta directiva escogida a dedo por la comisión electoral y que recayó sobre la ciudadana Glenda Galvis".

PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación dirigida a la ciudadana GLENDA GALVIS, miembro de la Junta Directiva (Entrante) de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguaná.


16. AA70X2024000002 - AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en nombre y representación de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de la cédula de identidad N° V-15.016.395 y V-7.523.079, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, respectivamente, miembros de la Cámara De Comercio e Industria de Paraguaná (CACOINPAR), recurrente, solicitó "…medida preventiva innominada en la presente causa, necesarias e imprescindibles para evitar daños irreparables por lo que se hace necesario suspender inmediatamente las actividades de la j unta directiva escogida a dedo por la comisión electoral y que recayó sobre la ciudadana Glenda Galvis".

NOTA SECRETARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que en el día de hoy se estableció comunicación telefónica con la ciudadana GLENDA GALVIS, titular de la cédula de identidad N° 11.772.776, en su condición de miembro de la Junta Directiva (Entrante) de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguaná, mediante la cual se le notificó de la decisión dictada por esta Sala en fecha 23 de abril de 2024, signada con el N° 021. A tal fin, se remitió vía correo electrónico la referida notificación anexándole copia certificada de la mencionada sentencia y del auto de fecha 24 de abril de 2024. Asimismo, se deja constancia que la notificación se publicó en esta misma fecha en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.


17. AA70X2024000002 - AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en nombre y representación de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de la cédula de identidad N° V-15.016.395 y V-7.523.079, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, respectivamente, miembros de la Cámara De Comercio e Industria de Paraguaná (CACOINPAR), recurrente, solicitó "…medida preventiva innominada en la presente causa, necesarias e imprescindibles para evitar daños irreparables por lo que se hace necesario suspender inmediatamente las actividades de la j unta directiva escogida a dedo por la comisión electoral y que recayó sobre la ciudadana Glenda Galvis".

PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que en el día de hoy se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación dirigida al ciudadano FRANCISCO MELIAN, en su condición de Presidente de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguaná.


18. AA70X2024000002 - AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en nombre y representación de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de la cédula de identidad N° V-15.016.395 y V-7.523.079, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, respectivamente, miembros de la Cámara De Comercio e Industria de Paraguaná (CACOINPAR), recurrente, solicitó "…medida preventiva innominada en la presente causa, necesarias e imprescindibles para evitar daños irreparables por lo que se hace necesario suspender inmediatamente las actividades de la j unta directiva escogida a dedo por la comisión electoral y que recayó sobre la ciudadana Glenda Galvis".

NOTA SECRETARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que en el día de hoy se estableció comunicación telefónica con el ciudadano FRANCISCO MELIAN, titular de la cédula de identidad N° 4.793.500 en su condición de Presidente de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguaná, mediante la cual se le notificó de la decisión dictada por esta Sala en fecha 23 de abril de 2024, signada con el N° 021. A tal fin, se remitió vía correo electrónico la referida notificación anexándole copia certificada de la mencionada sentencia y del auto de fecha 24 de abril de 2024. Asimismo, se deja constancia que la notificación se publicó en esta misma fecha en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.


19. AA70X2024000002 - AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en nombre y representación de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de la cédula de identidad N° V-15.016.395 y V-7.523.079, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, respectivamente, miembros de la Cámara De Comercio e Industria de Paraguaná (CACOINPAR), recurrente, solicitó "…medida preventiva innominada en la presente causa, necesarias e imprescindibles para evitar daños irreparables por lo que se hace necesario suspender inmediatamente las actividades de la j unta directiva escogida a dedo por la comisión electoral y que recayó sobre la ciudadana Glenda Galvis".

NOTA SECRETARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que en el día de hoy se estableció comunicación telefónica con la ciudadana LISBETH MÉDINA, titular de la cédula de identidad N° 7.523.079, en su condición de representante legal de la sociedad INVERSIONES FRAVELIZ, C.A, mediante la cual se le notificó de la decisión dictada por esta Sala en fecha 23 de abril de 2024, signada con el N° 021. A tal fin, se remitió vía correo electrónico la referida notificación anexándole copia certificada de la mencionada sentencia y del auto de fecha 24 de abril de 2024. Asimismo, se deja constancia que la notificación se publicó en esta misma fecha en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.


20. AA70X2024000002 - AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en nombre y representación de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de la cédula de identidad N° V-15.016.395 y V-7.523.079, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, respectivamente, miembros de la Cámara De Comercio e Industria de Paraguaná (CACOINPAR), recurrente, solicitó "…medida preventiva innominada en la presente causa, necesarias e imprescindibles para evitar daños irreparables por lo que se hace necesario suspender inmediatamente las actividades de la j unta directiva escogida a dedo por la comisión electoral y que recayó sobre la ciudadana Glenda Galvis".

NOTA SECRETARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que en el día de hoy se estableció comunicación telefónica con el ciudadano NELSÓN QUEVEDO, titular de la cédula de identidad N° 4.182.366, en su condición de miembro de la Comisión Electoral de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguaná, mediante la cual se le notificó de la decisión dictada por esta Sala en fecha 23 de abril de 2024, signada con el N° 021. A tal fin, se remitió vía correo electrónico la referida notificación anexándole copia certificada de la mencionada sentencia y del auto de fecha 24 de abril de 2024. Asimismo, se deja constancia que la notificación se publicó en esta misma fecha en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.


21. AA70X2024000002 - AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en nombre y representación de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de la cédula de identidad N° V-15.016.395 y V-7.523.079, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, respectivamente, miembros de la Cámara De Comercio e Industria de Paraguaná (CACOINPAR), recurrente, solicitó "…medida preventiva innominada en la presente causa, necesarias e imprescindibles para evitar daños irreparables por lo que se hace necesario suspender inmediatamente las actividades de la j unta directiva escogida a dedo por la comisión electoral y que recayó sobre la ciudadana Glenda Galvis".

NOTA SECRETARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, deja constancia que en el día de hoy se estableció comunicación telefónica con el ciudadano JOSÉ ANTONIO PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° 15.016.395, en su condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, mediante la cual se le notificó de la decisión dictada por esta Sala en fecha 23 de abril de 2024, signada con el N° 021. A tal fin, se remitió vía correo electrónico la referida notificación anexándole copia certificada de la mencionada sentencia y del auto de fecha 24 de abril de 2024. Asimismo, se deja constancia que la notificación se publicó en esta misma fecha en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2023000058

La abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, actuando en su alegado carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JULIO JESÚS AVILA PÉREZ, ALEJANDRO JOSÉ JACOME RAMONES y JENNY CAROL LOZADA RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.469.747, V-26.792.211 y V-15.529.358, respectivamente, actuando en su alegado carácter de Miembros de la Asociación de Coleo del estado Aragua (ASOCOLEO ARAGUA), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado para la elección de los presuntos Miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Asociación de Coleo del estado Aragua para el periodo 2023-2027, y contra la convocatoria realizada por la Comisión Reorganizadora para la designación de la Comisión Electoral quien a su vez dirigió el proceso electoral cuestionado.

El abogado Juan Carlos Toro, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.424, apoderado judicial, parte recurrida, presentó escrito de oposición al amparo cautelar acordado.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2023000007

Recurso contencioso electoral interpuesto con solicitud de medida cautelar por los ciudadanos LEONARDO MALDONADO MADRID MONAGAS, ERICE GREGORIO CAÑAS, JOSÉ MARCIAL LOPEZ OROPEZA y LUIS GERMÁN CASTILLO ZAMBRANO, en el alegado carácter de asociados de la Caja de Ahorro de los Jubilados y Pensionados de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (ASOJUPDISIP), asistidos por el último de los nombrados, contra la Comisión Electoral de la referida organización civil por la ilegalidad en vicios electorales detectados en el desarrollo del proceso electoral realizado en fecha 14 de enero de 2024.

El ciudadano Ramón Eudoro Ferrer Moros, titular N° V-3.739.349, asistido por el abogado Leonardo Rodriguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 270.109, presentó diligencia mediante el cual otorgó poder apud acta al abogado asistente para que lo represente en el acto de informe oral que se llevará a cabo en fecha 02 de mayo de 2024.


2. AA70E2023000070

Los ciudadanos DANIEL JESÚS HERNÁNDEZ SARMIENTO, MILAGRO DEL VALLE MONTILLA RIVEROS, KARINA ANDREA LAYES MEZZOROTOLO, KIM MELANY ORO FELSMANN CASTRO, HILMAR CARRILLO ROSALES y CARLOS ALBERTO ADAMES VAQUERO, actuando en el alegado carácter de miembros de la Asociación Civil Colegio Internacional de Caracas, asistidos por el abogado Lothar José Stolbun Barrios, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada, contra: "…i) Convocatoria emanada de la Junta Directiva del período 2021-2023 de la Asociación Civil Colegio Internacional de Caracas, a la Asamblea General ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2023, para renovar las autoridades de la señalada Asociación; ii) la elección de la Junta Directiva correspondiente al período 2021-2025, y iii) los artículos 13, 14 y 15 de los Estatutos de dicha asociación…".

El abogado Lothar José Stolbun Barrios inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.736, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó copia simple de la sentencia N°18 de fecha 23 de abril 2024.


3. AA70X2023000014 - AA70E2023000046

La abogada Carmen Natalí Moreno, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSÉ ÁNGEL BRUZUAL VARGAS en su alegado carácter de Miembro de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela (FEDECÁMARAS) con sede en el estado Bolívar, denunció el desacato de la sentencia N° 088 dictada por esta Sala en fecha 25 de julio 2023, por parte del ciudadano Austerio González, en su condición de Presidente Temporal del Comité Ejecutivo de Fedecámaras Bolívar, presuntamente por no haber cumplido con el mandato judicial ordenado por esta Sala Electoral.

El abogado Carlos Mendoza Guzmán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 116.906, en el alegado carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual desistió de las pruebas testimoniales promovidas.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2023000046

El ciudadano JOSÉ ÁNGEL BRUZUAL VARGAS, titular de la cédula de identidad N° V-9.949.202, actuando en su alegado carácter de Miembro y candidato a la Presidencia de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela con sede en el estado Bolívar (FEDECÁMARAS BOLÍVAR), asistido por la abogada Carmen Natalí Moreno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 181.163, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 16 de junio de 2023, para la designación de los Miembros del Comité Ejecutivo para el período 2023-2025, por la Comisión Electoral de la referida Federación.

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 24.097, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR (DISTRIBUIDOR), el cual hizo envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 18 de abril de 2024.


2. AA70E2023000046

El ciudadano JOSÉ ÁNGEL BRUZUAL VARGAS, titular de la cédula de identidad N° V-9.949.202, actuando en su alegado carácter de Miembro y candidato a la Presidencia de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela con sede en el estado Bolívar (FEDECÁMARAS BOLÍVAR), asistido por la abogada Carmen Natalí Moreno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 181.163, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 16 de junio de 2023, para la designación de los Miembros del Comité Ejecutivo para el período 2023-2025, por la Comisión Electoral de la referida Federación.

El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 24.095, librado al JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, SEDE EN PUERTO ORDAZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR (DISTRIBUIDOR), el cual hizo envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 18 de abril de 2024.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ