REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 13/05/2024
CUENTA, N° 85

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2022000039

Por recibido oficio N° 148-2022 de fecha 29 de junio de 2022, emitido por el Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante el cual remitió recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con media cautelar de suspensión de efectos interpuesto por los abogados Jacobo Haim Mármol y Orlando Teodoro Chirinos Álvarez, titulares de las cédulas de identidad número V-15.597.103 y V-16.088.002, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 104.083 y 223.029, respectivamente, quienes alegan su condición de Candidatos a la Secretaría General y Asuntos Laborales y Sindicales en el proceso electoral interno del Partido Político Acción Democrática y miembros de la plancha N° 11, en ese mismo orden, contra la Comisión Interna Nacional (CEIN) y la Comisión Electoral Interna Seccional Lara (CEIS-LARA) del Partido Político Acción Democrática.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano Orlando Teodoro Chirinos Álvarez, titular de la cédula de identidad N° V-15.597.103 (parte recurrente), de la Comisión Interna Nacional (CEIN) y la Comisión Electoral Interna Seccional Lara (CEIS-LARA) del Partido Político Acción Democrática , que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 14 de diciembre de 2022, dictó Sentencia N° 126.


2. AA70E2024000020

Los abogados MARÍA ELENA ARENAS CALEJO y FERNANDO LEÓN BARRIENTOS SÁNCHEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 26.518 y 53.759, actuando en el alegado carácter de Socios Propietarios de las Cuotas de Participación Nros. 238 y 1.071, del CLUB CAMPESTRE LOS CORTIJOS y como miembros de la COMUNIDAD ECUESTRE del mencionado club, mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el Reglamento de la Gerencia de Deportes y las Comisiones Deportivas aprobado por la Junta Directiva del Club Campestre Los Cortijos, en su sesión ordinaria de fecha 05 de marzo de 2024.

RECEPCION DE INFORME Y LOS ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Por recibido en esta misma fecha escrito mediante el cual son consignados los antecedentes administrativos y el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso contencioso electoral, por el abogado Jesús Rangel Rachadell, titular de la cédula de identidad N° V-6.520.332, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.906, en el alegado carácter de apoderado judicial de la Asociación Civil Club Campestre Los Cortijos, A.C., este Juzgado acordó agregar a la pieza principal el mencionado escrito con los recaudos que lo acompañan.


SENTENCIA
1. AA70X2023000014 - AA70E2023000046

La abogada Carmen Natalí Moreno, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSÉ ÁNGEL BRUZUAL VARGAS en su alegado carácter de Miembro de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela (FEDECÁMARAS) con sede en el estado Bolívar, denunció el desacato de la sentencia N° 088 dictada por esta Sala en fecha 25 de julio 2023, por parte del ciudadano Austerio González, en su condición de Presidente Temporal del Comité Ejecutivo de Fedecámaras Bolívar, presuntamente por no haber cumplido con el mandato judicial ordenado por esta Sala Electoral.

SENTENCIA 022. MAGISTRADO PONENTE: INOCENCIO FIGUEROA ARIZALETA. La Sala declaró: 1.- PROCEDENTE la solicitud formulada la abogada Carmen Natalí Moreno. 2.- ORDENA SUSTITUIR a los ciudadanos AUSTERIO GONZÁLEZ y DAVID BERMÚDEZ, por los ciudadanos JONI FARESS y NOEL NAAR COVA, vistas las postulaciones cursantes en las actas procesales- para ejercer los cargos de Presidente y Vicepresidente Provisionales, respectivamente, del Comité Ejecutivo de la FEDECÁMARAS BOLÍVAR, hasta tanto se dicte el fallo definitivo en este juicio; MANTENIÉNDOSE también los otros miembros que componen ese Órgano Ejecutivo en sus respectivos cargos, ADVIRTIÉNDOSE a todos que deberán limitar el ejercicio de sus funciones a lo dispuesto por esta Sala en las decisiones Nros. 088 y 098 del 25 de julio y 28 de septiembre de 2023. Asimismo, se INSTAN a los prenombr0ados ciudadanos a que una vez hayan tomado posesión de esos cargos, se sirvan informar a este Órgano de Justicia del cumplimiento de esta sentencia.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ