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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 15/05/2024 | |
CUENTA, N° 87 | |
NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN | |
1. | AA70E2024000023 |
El abogado HÉCTOR JOSÉ GALARRAGA GIMÉNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.519, actuando en nombre propio y el carácter de personal administrativo y asistiendo al ciudadano OMAR JESÚS PÉREZ AVENDAÑO, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.172.006, actuando en el carácter de profesor titular, ambos jubilados de la Universidad Experimental Simón Bolívar (USB), mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral por abstención u omisión contra el Consejo Directivo de la Universidad Nacional Experimental Simón Bolívar (USB), al no acatar lo dispuesto en la Sentencia N° 0047 de fecha 27 de febrero de dos mil veinte (2020), dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se recibió recurso contencioso electoral |
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DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
1. | AA70X2024000005 - AA70X2024000002 |
El abogado Argenis José Montero Guadarrama, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 123.282, actuando en el carácter de apoderado judicial de los Miembros Integrantes de la Junta Directiva (Electa en fecha 03 de noviembre de 2023) de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguaná (CACOINPAR) y los Miembros Integrantes de la Comisión Electoral de la respectiva cámara, mediante el cual presentó oposición a la medida cautelar innominada de suspensión de efectos dictada por esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia N° 021 de fecha 23 de abril de 2024. |
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PONENTE: Visto que en fecha 14 de mayo de 2024 venció el lapso correspondiente a la articulación probatoria prevista en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, esta Sala Electoral designa ponente a la MAGISTRADO INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, a los fines del pronunciamiento correspondiente. |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2023000045 |
El ciudadano JHONNY ALBERTO CHACÓN SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad número V-13.172.437, actuando en su alegado carácter de entrenador de la escuela de Hapkido Ying Yang Kwan y como Vicepresidente de la Asociación de Hapkido del Distrito Capital, asistido por el abogado José de Jesús Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 207.539, interpuso recurso contencioso electoral contra la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Hapkido. |
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RECEPCIÓN DE COMISION: Por recibido en esta misma fecha el oficio N° 243-2024, del 13 de mayo de 2024, emanado del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, anexo al cual remitió la comisión relativa a la prueba testimonial conferida en fecha conferida en fecha 01 de diciembre de 2023, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo. |
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2. | AA70E2023000058 |
La abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, actuando en su alegado carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JULIO JESÚS AVILA PÉREZ, ALEJANDRO JOSÉ JACOME RAMONES y JENNY CAROL LOZADA RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.469.747, V-26.792.211 y V-15.529.358, respectivamente, actuando en su alegado carácter de Miembros de la Asociación de Coleo del estado Aragua (ASOCOLEO ARAGUA), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado para la elección de los presuntos Miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Asociación de Coleo del estado Aragua para el periodo 2023-2027, y contra la convocatoria realizada por la Comisión Reorganizadora para la designación de la Comisión Electoral quien a su vez dirigió el proceso electoral cuestionado. |
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APERTURA A PRUEBAS: se abrió la presente causa a pruebas por el lapso de cinco (05) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive. |
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3. | AA70E2023000064 |
El abogado JOSÉ ELADIO QUINTERO MARQUINA, titular de la cédula de identidad N° 2.457.398, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7318, actuando en su propio nombre en su alegado carácter de profesor jubilado de la Universidad de los Andes (ULA), interpuso acción de amparo constitucional contra el Consejo Universitario de la referida Universidad, ante la inminente aprobación del Reglamento Electoral Transitorio para elegir Autoridades y Decanos. |
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RECEPCION DE INFORME Y LOS ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Por recibido en esta misma fecha escrito mediante el cual son consignados los antecedentes administrativos relacionados con el presente recurso contencioso electoral, por el abogado Rafael Ángel Dávila, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.960, en el alegado carácter de apoderado judicial de la Universidad de Los Andes, este Juzgado acordó agregar a la pieza principal el mencionado escrito con los recaudos que lo acompañan. |
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4. | AA70E2023000068 |
El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en su alegado carácter apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de las cédulas de identidad N° V-15.016.395 y V-7.523.079, respectivamente, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, ambos miembros activos de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguana (CACOINPAR), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de amparo cautelar, contra "la comisión electoral, designada para llevar el proceso electoral y de la decisión tomada por [la referida comisión] en fecha 03 de noviembre de 2023, en la cual juramento (…) sin haber celebrado el proceso electoral una junta directiva presidida por la ciudadana GLENDA GALVIS (…), [quien presuntamente] no es miembro asociada de la [referida Cámara de Comercio]". |
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ADMISIÓN DE PRUEBAS. El Juzgado de Sustanciación de esta Sala Electoral emitió pronunciamiento en cuanto a las pruebas promovidas. |
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ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
1. | AA70E2023000064 |
El abogado JOSÉ ELADIO QUINTERO MARQUINA, titular de la cédula de identidad N° 2.457.398, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7318, actuando en su propio nombre en su alegado carácter de profesor jubilado de la Universidad de los Andes (ULA), interpuso acción de amparo constitucional contra el Consejo Universitario de la referida Universidad, ante la inminente aprobación del Reglamento Electoral Transitorio para elegir Autoridades y Decanos. |
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El abogado Rafael Ángel Dávila, titular de la cédula de identidad N° 2.456.637, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.960, actuando en nombre y representación del ciudadano Mario Bonucci Rossini titular de la cédula de identidad N° V-4.595.968 (parte recurrida), actuando en el carácter de Rector de la Universidad de los Andes (ULA), presentó escrito de apelación asimismo solicitó que el amparo cautelar decretado en la sentencia N° 015 de fecha 20 de marzo de 2024 sea levantado y revocado. |
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2. | AA70E2023000064 |
El abogado JOSÉ ELADIO QUINTERO MARQUINA, titular de la cédula de identidad N° 2.457.398, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7318, actuando en su propio nombre en su alegado carácter de profesor jubilado de la Universidad de los Andes (ULA), interpuso acción de amparo constitucional contra el Consejo Universitario de la referida Universidad, ante la inminente aprobación del Reglamento Electoral Transitorio para elegir Autoridades y Decanos. |
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La abogada Adaly Josefina Molina Molina, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 313.959, actuando en nombre y representación de la ciudadana Maira Yadhira Duque titular de la cédula de identidad N° V-10.749.944, profesora titular activa de la Universidad de los Andes (ULA), presentó escrito mediante la cuál consignó Poder Notariado, y donde ratificó solicitud hecha por su representada de intervención como tercero interesado en la presente causa y asi mismo oposición a la medida cautelar decretada . |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El abogado Lorenzo Roberto Santana Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento. |
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2. | AA70E2022000024 |
Los ciudadanos TAMARA VELÁSQUEZ, ERIC ALEXANDER MESA CARRILLO y ÁLVARO ALEJANDRO PADRÓN PONCE, titulares de las cédulas de identidad número V-16.337.499, V-10.543.114 y V-18.363.742, respectivamente, quienes actúan la primera en su carácter de Presidenta de la Asociación de Surf del estado Nueva Esparta, el segundo como Secretario General de la Asociación de Surf del estado Miranda y el último como Entrenador Deportivo y Juez de Surf, asistidos por el abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 39.062, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar innominada de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la Federación Venezolana de Surfing (FVS), llevado a cabo en fecha 09 de mayo de 2022. |
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El abogado Lorenzo Roberto Santana Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento. |
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3. | AA70E2023000006 |
El ciudadano ANGEL EDUARDO VARGAS RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad número V-4.180.642, actuando en el alegado carácter de expelotero profesional, expresidente y miembro de la Asociación Única de Peloteros Profesionales de Venezuela (AUPPV), asistido por el abogado Lorenzo Roberto Santana, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra los actuales miembros de la Junta Directiva de la referida Asociación, por presuntamente no haber convocado el proceso electoral en los términos establecidos en los Estatutos Sociales. |
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El abogado Lorenzo Roberto Santana Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento. |
La Presidenta, | |
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ | |
La Secretaria, | |
INTIANA LÓPEZ PÉREZ |