REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 18/01/2024
CUENTA, N° 9

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2022000054

Los ciudadanos EDDY JESÚS RONDON APONTE, FREDDYS OMAR CASTILLO y PEDRO PABLO FLEITAS OJEDA, titulares de las cédulas de identidad número V-8.198.311, V-8.167.746 y V-8.159.384, respectivamente, el primero abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.252, actuando en su propio nombre y asistiendo a los dos últimos, todos alegando el carácter de Asociados de la Caja de Ahorro del Personal del Ejecutivo del estado Apure, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la elección de la Comisión Electoral Principal y de las Sub-comisiones Electorales Regionales respectivas, que adelantan el proceso de la elección de las autoridades de la Caja de Ahorros del Personal del Ejecutivo del Estado Apure, para el periodo 2022-2025, celebrada en fecha 08 de noviembre de 2022.

RECEPCIÓN DE COMISION: Por recibido en esta misma fecha el oficio N° 23-344, del 09 de agosto de 2023, emanado del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 27 de abril de 2023, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo.


2. AA70E2023000004

Los abogados ROYMAR ARMAS GRATEROL y GIANNI EGIDIO PIVA TORRES, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.234.510 y V-9.564.600, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 55.134 y 186.405, en el alegado carácter de afiliados al Colegio de Abogado del Estado Carabobo, respectivamente, mediante el cual interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la mencionada organización gremial por "… desconoce[r] el derecho [de] todos los abogados de estar informado de manera oportuna, veraz y precisa sobre el proceso electoral de nuestro Colegio …".

APERTURA A PRUEBAS: se abrió la presente causa a pruebas por el lapso de cinco (05) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive.


3. AA70E2023000063

Por recibido oficio N° TSJ/SCS/OFIC/1488-2023 de fecha 22 de septiembre de 2023, emitido por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano WILLIAMS ALEXANDER GIL LINARES, titular de la cédula de identidad N° V-12.314.220, asistido por el abogado Alfredo Gutiérrez Tovar, inscrito en el Inpreabogado N° 88.528 contra La Dirección Política de la Organización con Fines Políticos Cuentas Claras, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 26 de junio de 2023, conforme a la cual la referida Sala declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia la competencia.

Vista la Sentencia N° 130 dictada por la Sala Electoral en fecha 19 de diciembre de 2023, se acordó notificar al ciudadano WILLIAMS ALEXANDER GIL LINARES, parte accionante.


4. AA70E2023000067

El abogado Leonell Fernando Roque Acosta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.647, actuando en su alegado carácter apoderado judicial del ciudadano CARLOS ENRIQUE MÉNDEZ DE LA GUERRA, titular de la cédula de identidad N° V-10.278.890, invocando la condición de Propietario de un inmueble distinguido con el alfanumérico A-42 del Conjunto Residencial "VILLAS DE SAN DIEGO COUNTRY CLUB", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las elecciones convocadas y realizadas por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, para el periodo octubre 2023-2024, celebradas el 16 de octubre de 2023.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los Propietarios que Integran la Comunidad del Conjunto Residencial "Urbanización Villas de San Diego Country, que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 19 de diciembre de 2023, dictó Sentencia N° 133, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados.


5. AA70E2023000067

El abogado Leonell Fernando Roque Acosta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.647, actuando en su alegado carácter apoderado judicial del ciudadano CARLOS ENRIQUE MÉNDEZ DE LA GUERRA, titular de la cédula de identidad N° V-10.278.890, invocando la condición de Propietario de un inmueble distinguido con el alfanumérico A-42 del Conjunto Residencial "VILLAS DE SAN DIEGO COUNTRY CLUB", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las elecciones convocadas y realizadas por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, para el periodo octubre 2023-2024, celebradas el 16 de octubre de 2023.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos Michelle Rodríguez, Ramón Guevara, Cesar Molina, Iván Ordaz y otros, en su condición de Propietarios del Conjunto Residencial "Urbanización Villas de San Diego" Country Club, que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 19 de diciembre de 2023, dictó Sentencia N° 133, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados.


ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2023000004

Los abogados ROYMAR ARMAS GRATEROL y GIANNI EGIDIO PIVA TORRES, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.234.510 y V-9.564.600, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 55.134 y 186.405, en el alegado carácter de afiliados al Colegio de Abogado del Estado Carabobo, respectivamente, mediante el cual interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la mencionada organización gremial por "… desconoce[r] el derecho [de] todos los abogados de estar informado de manera oportuna, veraz y precisa sobre el proceso electoral de nuestro Colegio …".

El abogado Argenis Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°16.122 Apoderado Judicial de la parte recurrida, presentó escrito de alegatos solicitando inadmisibilidd de la acción propuesa por el abogado Egidio Piva y otros.


2. AA70E2023000066

El abogado Luis Gerardo Pineda Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.678, actuando en su carácter de apoderado judicial de la nueva Junta Directiva del Sindicato Profesional de Trabajadores de la Industria de la Azúcar y sus Derivados del estado Portuguesa (SIPTIADEP), los ciudadanos RAMÓN ANTONIO SÁNCHEZ VARGAS, CRUZ ENRIQUE GARCÍA ÁLVAREZ, RONALD SMITH CASTILLO FERNÁNDEZ, RICHARD JOSÉ AVENDAÑO, EDER MANUEL GONZÁLEZ GRATEROL, CÉSAR D´AUGUSTO VELÁSQUEZ PÉREZ y ADELIS RAMÓN GARCÍA, titulares de la cédula de identidad Nros. V-10.050.234, V-13.488.479, V-19.533.169, V-14.001.561, V-16.644.977, V-14.995.868 y V-9.404.623, respectivamente, interpusieron acción de amparo constitucional, contra la Junta Directiva Saliente del referido Sindicato por presuntamente negarse a hacer entrega formal de Oficina Sindical y seguir representando al Sindicato antes mencionado.

El abogado Luis Gerardo Pineda Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.678, actuando en su carácter de apoderado judicial de la nueva Junta Directiva del Sindicato Profesional de Trabajadores de la Industria de la Azúcar y sus Derivados del estado Portuguesa (SIPTIADEP), consignó diligencia mediante la cual solicitó se dicte sentencia sobre admisión de la presente causa.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2022000053

Los ciudadanos JUAN JOSÉ MOORE GUTIÉRREZ, KLAUS MIGUEL HENY WERNER, BEATRIZ ELENA DEL GALLEGOS DE MARTÍNEZ, ANTONIO SALBINO AGUIAR ESTEVES y CONSUELO DEL CARMEN FLOREZ TAFUR, titulares de las cédulas de identidad número V-4.167.851, V-13.872.207, V-3.818.124, V-5.306.460 y V-13.691.156, respectivamente, actuando el primero en su condición de Socio y todos los demás como vecinos de la Asociación de Vecinos Colinas de Bello Monte "ASOCOLINAS", asistidos por el abogado Gonzalo Celta Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.718, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra la conformación de la Comisión Electoral y el proceso electoral celebrado en fecha 06 de noviembre de 2022, donde se eligió la Junta Directiva de la referida Asociación.

El abogado Gonzalo Celta Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 13.718, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia donde solicitó aclaratoria.


2. AA70E2023000004

Los abogados ROYMAR ARMAS GRATEROL y GIANNI EGIDIO PIVA TORRES, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.234.510 y V-9.564.600, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 55.134 y 186.405, en el alegado carácter de afiliados al Colegio de Abogado del Estado Carabobo, respectivamente, mediante el cual interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud cautelar, contra la Comisión Electoral de la mencionada organización gremial por "… desconoce[r] el derecho [de] todos los abogados de estar informado de manera oportuna, veraz y precisa sobre el proceso electoral de nuestro Colegio …".

Los abogados Gianni Egidio Piva Torres y Roymar Armas inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 186.405 y 55.134, parte recurrente, presentarón diligencia mediante la cual promueven pruebas.


3. AA70X2023000016 - 202316 - AA70E2023000004

Visto el escrito presentado en fecha 05 de diciembre de 2023, los ciudadanos Carlos Ricardo Pimentel Rausseo, Yudith del Carmen Méndez Ángel, Eglee del Rosario Vásquez Montes, Carlos Armando Uribe Táriba, Victoria Eugenia Rosales Ramírez, Luisa Dayana Araque Peñaloza y Mireya Coromoto Gadea Bordones, actuando en su alegado carácter de Miembros legítimamente electos de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados del estado Carabobo y asistidos por el abogado Argenis Flores Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.122, mediante el cual interponen oposición al amparo cautelar acordado mediante sentencia N° 124 dictada por esta Sala Electoral en fecha 22 de noviembre de 2023, se acuerda abrir cuaderno separado para la tramitación de la referida oposición.

El abogado Argenis Flores, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°16.122 Apoderado Judicial de la parte recurrida, presentó escrito de alegatos.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ