REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 28/05/2024
CUENTA, N° 96

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2018000060

La abogada Mariandry Faneitte Hidalgo, titular de la cédula de identidad N° V-15.230.507, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 113.824, en su condición de apoderada judicial de los ciudadanos VÍCTOR ALEXANDER GUTIÉRREZ PÉREZ y REMUALDO ANTONIO SEGUERI LINAREZ, titulares de las cédulas de identidad N° V- 10.964.967 y 12.849.209, respectivamente, interpuso "DEMANDA DE NULIDAD CONTRA LAS CERTIFICACIONES Y REGISTRO DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCIÓN DE LA ENTIDAD DE TRABAJO MONDELEZ VZ C.A".

RECEPCIÓN DE COMISION: Por recibido en esta misma fecha el oficio N° 0209-2024, del 30 de abril de 2024, emanado del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 06 de diciembre de 2022, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo.


2. AA70E2022000020

Por recibido oficio N° 072-2022 de fecha 05 de abril de 2022, emitido por el Juzgado Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante el cual remitió expediente contentivo de la acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar interpuesta por las abogadas Ludy Pérez de González, Alicia Figueroa Romero y Carmen Luisa Durán, actuando en su propio nombre, contra los abogados JACOB MÁRMOL, MARINA RODRÍGUEZ y ORLANDO CHIRINOS, por los presuntos actos ilegítimos realizados en nombre del Colegio de Abogados del estado Lara, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 05 de abril de 2022, conforme a la cual el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

RECEPCIÓN DE COMISION: Por recibido en esta misma fecha el oficio N° 0016-2024, del 19 de enero de 2024, emanado del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 07 de diciembre de 2023, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo.


3. AA70E2023000018

El abogado Juan Andrés Miralles Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 304.868, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad de Comercio OXINOVA, C.A., interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente solicitud de medida de suspensión de efectos, contra el proceso de elección de los delegados de prevención llevado a cabo en fecha 31 de agosto y 01 de septiembre de 2021, y contra los actos administrativos subsiguientes conformados por seis (06) constancias de registros como delegados de prevención.

RECEPCIÓN DE COMISION: Por recibido en esta misma fecha el oficio N° 0921-112-2024, del 23 de abril de 2024, emanado del Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 19 de febrero de 2024, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo.


4. AA70E2023000058

La abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, actuando en su alegado carácter de apoderada judicial de los ciudadanos JULIO JESÚS AVILA PÉREZ, ALEJANDRO JOSÉ JACOME RAMONES y JENNY CAROL LOZADA RODRÍGUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.469.747, V-26.792.211 y V-15.529.358, respectivamente, actuando en su alegado carácter de Miembros de la Asociación de Coleo del estado Aragua (ASOCOLEO ARAGUA), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado para la elección de los presuntos Miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Asociación de Coleo del estado Aragua para el periodo 2023-2027, y contra la convocatoria realizada por la Comisión Reorganizadora para la designación de la Comisión Electoral quien a su vez dirigió el proceso electoral cuestionado.

ADMISIÓN DE PRUEBAS. El Juzgado de Sustanciación de esta Sala Electoral emitió pronunciamiento en cuanto a las pruebas promovidas.


5. AA70X2023000015 - AA70E2023000055

El Abogado Leonel Pérez Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.650, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Universidad de Carabobo y de la Comisión Electoral Universitaria de la referida Universidad, parte recurrida, presentó escrito de oposición a la medida cautelar de amparo acordada mediante sentencia N° 123 dictada por esta Sala Electoral en fecha 13 de noviembre de 2023.

RECEPCIÓN DE COMISION: Por recibido en esta misma fecha el oficio N° 192-2024, del 06 de mayo de 2024, emanado del Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 15 de marzo de 2024, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2024000005

Los ciudadanos LUIS ALBERTO RODRÍGUEZ DORDELLY y otros, actuando en su condición de Jubilados de la Compañía Anónima Teléfonos de Venezuela (CANTV) y Miembros asociados de la Asociación Civil de Jubilados, Pensionados y Sobrevivientes de la Compañía Anónima nacional Teléfonos de Venezuela (AJUPSTEL-CARACAS), debidamente asistidos por el abogado Jesús Gregorio Pérez Carreño, mediante el cual interpusieron solicitud de convocatoria a elecciones con medida cautelar innominada de los miembros integrantes de Junta Directiva de la referida asociación civil.

El abogado Jesús Gregorio Pérez Carreño inscrito en el inpreabogado N° 56.983, apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante el cual solicitó pronunciamiento.


La Presidenta,
CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria,
INTIANA LÓPEZ PÉREZ