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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 11/06/2025 | |
CUENTA, N° 101 | |
DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
1. | AA70E2023000067 |
El abogado Leonell Fernando Roque Acosta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.647, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS ENRIQUE MÉNDEZ DE LA GUERRA, titular de la cédula de identidad N° V-10.278.890, invocando la condición de propietario de un inmueble distinguido con el alfanumérico A-42 del Conjunto Residencial "VILLAS DE SAN DIEGO COUNTRY CLUB", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las elecciones convocadas y realizadas por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, para el periodo 2023-2024, celebradas el 16 de octubre de 2023. |
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INFORMES Y PONENTE: Vencido como se encuentra el lapso de evacuación de pruebas, conforme a lo previsto en los artículos 191 y 192 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se designó ponente a la Magistrada FANNY BEATRIZ MÁRQUEZ CORDERO, a los fines de que esta Sala dicte el fallo que corresponda, dentro del plazo de quince (15) días de despacho siguientes, contados a partir de la presentación de los informes orales. Asimismo, se fija el día jueves veintiséis (26) de junio de 2025, a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), para que las partes presenten sus informes en forma oral. |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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NOTA SECRETARIA: De conformidad con el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se dejó constancia se estableció comunicación telefónica con el abogado ANDRÉS SALAZAR RUIZ, titular de la cédula de identidad N° V-4.507.960, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.791, a los fines de notificarle que la Sala Electoral en fecha 28 de mayo de 2025, dictó sentencia signada con el Nº 046. A tal efecto, de conformidad con el artículo 7 del Decreto Ley sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, conjuntamente con la sentencia Nº 0386 dictada por la Sala Civil en fecha 12 de agosto de 2022, se remitió vía mensajería instantánea y/o red social WhatsApp perteneciente al ciudadano antes mencionado, la referida notificación anexándole la citada sentencia y del auto de fecha 28 de mayo de 2025, asimismo, se dejó constancia que la notificación será publicada en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia y surtirá los efectos correspondientes. |
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2. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia la boleta de notificación librada al ciudadano ANDRÉS SALAZAR RUIZ, titular de la cédula de identidad N° V-4.507.960, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.791, abogado asistente de la ciudadana GAUDY COLINA, titular de la cédula de identidad N°. V-12.863.602, actuando en su condición de Asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP). |
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OFICIOS RECIBIDOS EN | |
1. | AA70E2024000040 |
Por recibido oficio N° 527-2024 de fecha 19 de julio 2024, emanado del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del estado Carabobo, anexo al cual remitió Exp. N° 12009-2023, contentivo de la demanda de nulidad, interpuesta por los ciudadanos ÁNGEL CÁRDENAS, MARÍA DE FREITAS DE RODRÍGUEZ, MELYS GÓMEZ, LILIANA REYNA, en el carácter de copropietarios del Conjunto Residencial "Residencias los Sauces", ubicado en la urbanización los Naranjos Municipio Valencia estado Carabobo, asistidos por el abogado Séptimo Carlos Ferri Córdova, contra los acuerdos de la Asamblea General Ordinaria de Propietarios celebrada en fecha 28 de julio del año 2023 por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, remisión que se hace en virtud de la sentencia dictada por ese Juzgado en fecha 11 de julio de 2024, mediante la cual declaró la declinatoria de competencia en esta Sala Electoral. |
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Se recibió Oficio N°F8TSJ-2025-O56 emanado del Ministerio Público, presentado por la abogada Eunisis del Carmen Millán Peña, inscrita en Inpreabogado bajo el N° 172.027 en su caracter de Fiscal Provisorio, Fiscalía Octava (8°), mediante el cual remitió opinión fiscal . |
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DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
1. | AA70E2025000021 |
Por recibido Oficio JSESCA-0195-2025 de fecha 21 de abril de 2025, emanado del Juzgado Superior Estadal Séptimo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, remitió recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por la ciudadana JANETH ROJAS ESAA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.971.390, en el carácter de representante legal de la Asociación "Club Esgrima Altos Mirandinos", asistida por el abogado Ciro Sanoja Perdomo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 23.650, contra la Providencia Administrativa N° IRDEM-CJ-521-2005, emitida por el Instituto Regional de Deporte del estado Miranda, remisión que se efectuó en virtud de la Sentencia dictada en fecha veintiocho (28) de septiembre del año 2006, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.179, librado al PRESIDENTE DEL INSTITUO AUTONOMO DE DEPORTE Y RECREACION MIRANDINO, recibida por el ciudadano Carlos Palacios, Director de Alto Rendimiento de la Presidencia de Instituto Autónomo de Deporte y Recreación Mirandino (IDERMI), en la dirección avenida Rómulo Gallegos, Complejo Deportivo Parque Miranda, Los Dos Caminos, Municipio Sucre del estado Miranda, mediante el cual se le notifico la Sentencia Nº 040 de fecha 28 de mayo de 2025. |
La Presidenta, | |
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
La Secretaria, | |
Intiana López Pérez |