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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 25/06/2025 | |
CUENTA, N° 110 | |
DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
1. | AA70E2024000038 |
El abogado FREDDY JOSÉ DELGADO HERNÁNDEZ, actuando en nombre propio y en el alegado carácter de propietario de un inmueble ubicado en el Edificio TORRE PROFESIONAL DEL CENTRO; interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la convocatoria a la Asamblea Extraordinaria de Propietarios realizada en fecha 31 de julio de 2024 y el acto electoral ocurrido el 13 de agosto del mismo año, en el cual fueron electos los miembros de la Junta de Condominio del referido inmueble. |
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PONENTE: Vistas las diligencias presentadas en fechas 16 y 19 de junio de 2025 por el abogado Freddy José Delgado Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 109.933, actuando en su nombre y representación, mediante el cual solicitó que se declare el desacato de la sentencia N° 032, dictada por la Sala Electoral en fecha 27 de mayo de 2025, se designó ponente a la Magistrada CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, a los fines de la decisión correspondiente. |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2022000011 |
Los ciudadanos ERIK J. GARCÍA HERNÁNDEZ y CRISTINA I. RODRÍGUEZ MASERES, titulares de la cédula de identidad números V-16.633.552 y V-18.168.317, respectivamente, actuando en su condición de Presidente y Vicepresidenta de la ASOCIACIÓN DE SOFTBOL DEL ESTADO CARABOBO, asistidos por la abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente, con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado con la Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de fecha 17 de diciembre de 2021. |
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Apertura de pieza II. |
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2. | AA70E2022000055 |
Por recibido oficio N° 2022-294 de fecha 18/11/2022, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta por los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO y ALEXANDER ANTONIO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.485.260, V-4.218.795 y V-11.910.519, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Sarmiento Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.274, contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas, Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio "Simón Bolivar" (SIPROMUSOP), conforme a la cual el referido Juzgado declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano Luis Fernando Pérez, en el carácter de Secretario de Actas y Correspondencia del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar de Barcelona, estado Anzoátegui (SIPROMUSOP), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 20 de abril de 2023, dictó sentencia Nº 029, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se le tendrá por notificado. |
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3. | AA70E2022000055 |
Por recibido oficio N° 2022-294 de fecha 18/11/2022, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta por los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO y ALEXANDER ANTONIO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.485.260, V-4.218.795 y V-11.910.519, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Sarmiento Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.274, contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas, Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio "Simón Bolivar" (SIPROMUSOP), conforme a la cual el referido Juzgado declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Apertura de pieza II. |
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4. | AA70E2022000055 |
Por recibido oficio N° 2022-294 de fecha 18/11/2022, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta por los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO y ALEXANDER ANTONIO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.485.260, V-4.218.795 y V-11.910.519, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Sarmiento Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.274, contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas, Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio "Simón Bolivar" (SIPROMUSOP), conforme a la cual el referido Juzgado declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano Oscar Enrique Llovera Curpa, en el carácter de Secretario de Deporte del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar de Barcelona, estado Anzoátegui (SIPROMUSOP), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 20 de abril de 2023, dictó sentencia Nº 029, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se le tendrá por notificado. |
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5. | AA70E2022000055 |
Por recibido oficio N° 2022-294 de fecha 18/11/2022, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta por los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO y ALEXANDER ANTONIO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.485.260, V-4.218.795 y V-11.910.519, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Sarmiento Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.274, contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas, Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio "Simón Bolivar" (SIPROMUSOP), conforme a la cual el referido Juzgado declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano José Carmito Reyes Guzmán, en el carácter de Secretario de Reclamo del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar de Barcelona, estado Anzoátegui (SIPROMUSOP), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 20 de abril de 2023, dictó sentencia Nº 029, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se le tendrá por notificado. |
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6. | AA70E2022000055 |
Por recibido oficio N° 2022-294 de fecha 18/11/2022, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta por los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO y ALEXANDER ANTONIO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.485.260, V-4.218.795 y V-11.910.519, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Sarmiento Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.274, contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas, Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio "Simón Bolivar" (SIPROMUSOP), conforme a la cual el referido Juzgado declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana Yolys Elisabeth Hernández Mendoza, en el carácter de Secretaria de Finanzas del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar de Barcelona, estado Anzoátegui (SIPROMUSOP), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 20 de abril de 2023, dictó sentencia Nº 029, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se le tendrá por notificada. |
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7. | AA70E2022000055 |
Por recibido oficio N° 2022-294 de fecha 18/11/2022, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta por los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO y ALEXANDER ANTONIO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.485.260, V-4.218.795 y V-11.910.519, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Sarmiento Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.274, contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas, Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio "Simón Bolivar" (SIPROMUSOP), conforme a la cual el referido Juzgado declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano José Luis Calcurian Guaina, en el carácter de Secretario de Organización del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar de Barcelona, estado Anzoátegui (SIPROMUSOP), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 20 de abril de 2023, dictó sentencia Nº 029, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se le tendrá por notificado. |
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8. | AA70E2022000055 |
Por recibido oficio N° 2022-294 de fecha 18/11/2022, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta por los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO y ALEXANDER ANTONIO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.485.260, V-4.218.795 y V-11.910.519, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Sarmiento Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.274, contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas, Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio "Simón Bolivar" (SIPROMUSOP), conforme a la cual el referido Juzgado declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano José Natividad Arreaza Boada, en el carácter de Secretario del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar de Barcelona, estado Anzoátegui (SIPROMUSOP), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 20 de abril de 2023, dictó sentencia Nº 029, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se le tendrá por notificado. |
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9. | AA70E2022000055 |
Por recibido oficio N° 2022-294 de fecha 18/11/2022, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta por los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO y ALEXANDER ANTONIO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.485.260, V-4.218.795 y V-11.910.519, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Sarmiento Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.274, contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas, Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio "Simón Bolivar" (SIPROMUSOP), conforme a la cual el referido Juzgado declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana Gleddy Josefina Ramos Arevalos, en el carácter de Secretaria de Prensa y Propaganda del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar de Barcelona, estado Anzoátegui (SIPROMUSOP), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 20 de abril de 2023, dictó sentencia Nº 029, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se le tendrá por notificada. |
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10. | AA70E2025000013 |
Los ciudadanos FERNANDO LEÓN BARRIENTOS SÁNCHEZ y FARIDA INES NAGEL DE CANE LA, titulares de las cédula de identidad Nros: V-3.300.473, y V-9.880.270, respectivamente, en el alegado carácter de Socios Propietarios de la Cuota de Participación Nros. 1.071 y 004 y miembros de la comunidad Ecuestre del Club Campestre Los Cortijos, A.C., asistidos por las abogadas Carolina Laucho Contreras y Carmen Stebbing Villalonga, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 78.035 y 30.912, en ese orden, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra el acto emanado de la Junta Electoral del mencionado Club, relativo a la adjudicación y proclamación de la Comisión Deportiva de Actividades Ecuestres (antes Comisión Hípica) de fecha 22 de febrero de 2025. |
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APERTURA A PRUEBAS: se abrió la presente causa a pruebas por el lapso de cinco (05) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2025000015 |
La abogada JANETH JOSEFINA MENA NUÑEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 178.511, actuando en nombre propio y en el alegado carácter de Consejera Electa representante de los Egresados ante el Consejo de Escuela de la facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela (UCV), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el Boletín N° 004-05/2025 de fecha 05 de marzo de 2025 y Acta de Reconteo de Votos levantada en fecha 04 de diciembre de 2024, emitido por la Comisión Electoral de dicha casa de estudios, en el que se proclamó como representante de los egresados ante el Consejo de Escuela de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas al ciudadano GUERRA INCARY. |
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La abogada Jeaneth Josefina Mena Nuñez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 178.511, parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual ratificó solicitud de pronunciamiento. |
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OFICIOS RECIBIDOS EN | |
1. | AA70E2025000021 |
Por recibido Oficio JSESCA-0195-2025 de fecha 21 de abril de 2025, emanado del Juzgado Superior Estadal Séptimo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, remitió recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por la ciudadana JANETH ROJAS ESAA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.971.390, en el carácter de representante legal de la Asociación "Club Esgrima Altos Mirandinos", asistida por el abogado Ciro Sanoja Perdomo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 23.650, contra la Providencia Administrativa N° IRDEM-CJ-521-2005, emitida por el Instituto Regional de Deporte del estado Miranda, remisión que se efectuó en virtud de la Sentencia dictada en fecha veintiocho (28) de septiembre del año 2006, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se recibió Oficio N° CJ/001-06-2025 de fecha 19 de junio de 2025, del Instituto Regional de Deporte y Actividad Física de Miranda, en respuesta a Oficio N° 25-179 de fecha 04 de junio de 2025, mediante el cual se dió información sobre la Asociación "Club Esgrima Altos Mirandinos". |
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DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
1. | AA70E2022000011 |
Los ciudadanos ERIK J. GARCÍA HERNÁNDEZ y CRISTINA I. RODRÍGUEZ MASERES, titulares de la cédula de identidad números V-16.633.552 y V-18.168.317, respectivamente, actuando en su condición de Presidente y Vicepresidenta de la ASOCIACIÓN DE SOFTBOL DEL ESTADO CARABOBO, asistidos por la abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente, con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado con la Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de fecha 17 de diciembre de 2021. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.211, librado al JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, el cual se envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notifico el auto de fecha 28 de junio de 2025. |
La Presidenta, | |
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
La Secretaria, | |
Intiana López Pérez |