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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 04/07/2025 | |
CUENTA, N° 117 | |
DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
1. | AA70E2025000021 |
Por recibido Oficio JSESCA-0195-2025 de fecha 21 de abril de 2025, emanado del Juzgado Superior Estadal Séptimo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, remitió recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por la ciudadana JANETH ROJAS ESAA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.971.390, en el carácter de representante legal de la Asociación "Club Esgrima Altos Mirandinos", asistida por el abogado Ciro Sanoja Perdomo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 23.650, contra la Providencia Administrativa N° IRDEM-CJ-521-2005, emitida por el Instituto Regional de Deporte del estado Miranda, remisión que se efectuó en virtud de la Sentencia dictada en fecha veintiocho (28) de septiembre del año 2006, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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DESIGNACION DE PONENTE: Visto el mandato contenido en la sentencia N° 040 de fecha 28 de mayo de 2025 y el Oficio N° CJ/001-06-2025 de fecha 19 de junio de 2025, emanado del Instituto Regional de Deporte y Actividad Física de Miranda, mediante el cual se suministró la información solicitada por esta Sala, se designó ponente a la Magistrada FANNY BEATRIZ MÁRQUEZ CORDERO, a los fines del pronunciamiento correspondiente. |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2017000006 |
El abogado ALEXANDER RAFAEL SUSARREY RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 180.393, aludiendo el carácter de apoderado judicial de los Trabajadores y Trabajadoras de la Entidad de Trabajo Hierros San Felix, C.A., interpuso solicitud de convocatoria a elecciones. |
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Se dejó constancia que se libró comisión al Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar (Distribuidor) a los fines de notificar a los ciudadanos JOSÉ ANDERSON CARMONA y LUIS MOYA (parte accionante) y a los integrantes del Tribunal Disciplinario del Sindicato Bolivariano de Trabajadores de la empresa Hierros San Félix, C.A, de la decisión dictada por esta Sala bajo el N° 107 en fecha 19 de diciembre de 2024. |
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2. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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Vista la diligencia presentada en fecha 27 de junio de 2025, por el abogado Lorenzo Roberto Santana Gómez, en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano EDUARDO SALAS, Secretario de CATRAJUP, parte recurrente, y de la Junta Directiva Ad hoc de la referida Caja de Ahorros, mediante la cual solicitó copias certificadas de toda la pieza VI del expediente AA70-E-2017-000035, este Juzgado ACORDÓ expedir las certificaciones de los folios uno (01) al dos (02), del ciento once (111) al ciento treinta y uno (131), y del ciento treinta y nueve (139), todos del presente expediente por cursar en original, los folios del tres (03) al ciento diez (110) y del ciento treinta y dos (132) al ciento treinta y ocho (138), se NEGÓ su certificación por no cursar en original o en copia certificada. |
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3. | AA70E2025000001 |
Los ciudadanos CLAUDIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, JOSÉ GUSTAVO MONTILLA CONTRERAS, FREDDY JOSÉ LEYVA ZORRILLA y REINALDO JOEL FLORES ROJAS, los dos últimos abogados asistiendo a los dos primeros, y actuando en nombre propio y representación, todos en el alegado carácter de propietarios y accionistas de cuotas de participación (acción) de la Asociación Civil "Club Campestre Paracotos", interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la convocatoria a elecciones de la Junta Directiva, Comisarios y Suplentes para el periodo 2025-2029, publicada en fecha 11 de diciembre de 2024; así como contra la elección de la Comisión Electoral del 24 de noviembre de 2024; y contra el Reglamento Electoral aprobado en fecha 22 de septiembre del año 2015 de la referida asociación civil. |
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PRÓRROGA DE SENTENCIA: Se acordó prorrogar el lapso para dictar sentencia en la presente causa por un plazo de quince (15) días de despacho siguientes al de hoy, dentro del cual se procederá a dictar el fallo correspondiente. |
La Presidenta, | |
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
La Secretaria, | |
Intiana López Pérez |