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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 10/07/2025 | |
CUENTA, N° 121 | |
ACTA DE INFORMES ORALES EN | |
1. | AA70E2023000067 |
El abogado Leonell Fernando Roque Acosta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.647, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS ENRIQUE MÉNDEZ DE LA GUERRA, titular de la cédula de identidad N° V-10.278.890, invocando la condición de propietario de un inmueble distinguido con el alfanumérico A-42 del Conjunto Residencial "VILLAS DE SAN DIEGO COUNTRY CLUB", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las elecciones convocadas y realizadas por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, para el periodo 2023-2024, celebradas el 16 de octubre de 2023. |
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Abierto el acto, se dejó constancia de la comparecencia del abogado Leonell Roque, apoderado judicial de la parte recurrente, del abogado Luis Suárez, apoderado judicial del ciudadano OSWALDO ESPERANZA, parte recurrida, y de la ciudadana CLAUDIA MILLÁN, Administradora del Conjunto Residencia VILLAS DE SAN DIEGO COUNTRY CLUB, el abogado Ed Colina, Fiscal Séptimo del Ministerio Público con competencia para actuar ante esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. La Presidenta de la Sala comunicó a los presentes del tiempo que disponían las partes y la representación del Ministerio Público para efectuar sus intervenciones. Culminadas las exposiciones, se ordenó agregar a los autos el CD contentivo del acto de informes orales. Finalmente, se declaró terminado el acto. trece de noviembre de dos mil veintitrés |
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2. | AA70E2023000067 |
El abogado Leonell Fernando Roque Acosta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.647, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS ENRIQUE MÉNDEZ DE LA GUERRA, titular de la cédula de identidad N° V-10.278.890, invocando la condición de propietario de un inmueble distinguido con el alfanumérico A-42 del Conjunto Residencial "VILLAS DE SAN DIEGO COUNTRY CLUB", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las elecciones convocadas y realizadas por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, para el periodo 2023-2024, celebradas el 16 de octubre de 2023. |
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Se dejó constancia que se agregó al expediente, CD contentivo del acto de informes orales. |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2008000025 |
Las ciudadanas HERMINIA MERCEDES HERNÁNDEZ HERRERA, MADGIORY LEI JESUS FARRERA GAMARDO y GLENY ENEIDA INOJOSA ZERPA, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar innominada contra la decisión del Consejo Universitario de la Universidad del Zulia, de fecha 15 de mayo de 2008, en la cual se declaró procedente el recurso jerárquico interpuesto en contra del acto administrativo emanado de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, que declaró sin lugar la impugnación del padrón electoral; se revocó el acto administrativo recurrido y se ordena la exclusión del padrón electoral para las elecciones de cogobierno estudiantil de la Universidad del Zulia, a los estudiantes de cualquier plan especial de estudio. |
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RECEPCION DE COMISIÓN Se recibió oficio N° 232-2023, del 02 de agosto de 2023, emanado del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 23 de febrero de 2017, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo. |
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2. | AA70E2018000006 |
La abogada Raiza Padrino, titular de la cédula de identidad N° V- 10.982.775 e inscrita en el Inpreabogado N° 111.964, actuando como apoderada del ciudadano JUAN PABLO GUANIPA, titular de la cédula de identidad N° V- 7.822.949, interpuso recurso contencioso electoral en contra de la elección de Gobernador del estado Zulia, llevada a cabo el 10 de diciembre de 2017. |
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RECEPCION DE COMISIÓN Se recibió el oficio N° 49-2025, del 10 de marzo de 2025, emanado del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 25 de junio de 2018, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo. |
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3. | AA70E2019000001 |
El ciudadano LUIS ORLANDO LOSSADA MARÍN, titular de la cédula de identidad N° 4.145.286, invocando el carácter de Vocero Principal de los Pensionados Vitalicios de PDVSA Occidente y aspirante a candidato a la Dirección Regional de la Asociación de Jubilados de la Industria Petrolera, asistido por el abogado Carlos Alberto Guerrero Quintana, Defensor Público Provisorio Segundo ante la Sala Electoral, inscrito en el inpreabogado N° 57.988, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada, contra la Comisión Electoral de la Asociación de Jubilados de la Industria Petrolera. |
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Se acordó librar cartel a los fines de notificar del contenido de la Sentencia N° 074 de fecha 28 de julio de 2022, al ciudadano LUIS ORLANDO LOSSADA MARÍN, en su alegado carácter de Vocero principal de los Pensionados Vitalicios de PDVSA Occidente y aspirante a candidato a la Dirección Regional de la Asociación de Jubilados de la Industria Petrolera (AJIP), parte accionante, contra la Comisión Electoral de la referida Asociación, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo se le tendrá por notificado. |
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4. | AA70E2019000031 |
El ciudadano FRANCISCO CARRILLO, titular de la cédula de identidad N° V19.459.690, aludiendo su condición de afiliado al Sindicato de Trabajadores Urbanos de la Empresa Avícola la Rosita (SINTRUAVIROZUL), asistido por la abogada Nancy del Pilar Cadenas Briceño, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 52.450, interpuso solicitud de convocatoria a elecciones contra el referido sindicato. |
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Visto que en fecha 08 de julio de 2025, se recibió oficio Nro. T9M320-2024 de fecha veintiséis (26) de noviembre de 2024, emanado del Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, anexo al cual remitió las resultas de la comisión librada en fecha 24 de octubre de 2024, se acordó librar cartel a los fines de notificar al ciudadano FRANCISCO CARRILLO, titular de la cédula de identidad número 19.459.690, actuando con el alegado carácter de afiliado al Sindicato de Trabajadores Urbanos de la Empresa Avícola La Rosita en el estado Zulia (SINTRUAVIROZUL) del contenido de la Sentencia N° 34 de fecha 18 de octubre de 2024. |
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5. | AA70E2022000055 |
Por recibido oficio N° 2022-294 de fecha 18/11/2022, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta por los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO y ALEXANDER ANTONIO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.485.260, V-4.218.795 y V-11.910.519, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Sarmiento Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.274, contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas, Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio "Simón Bolivar" (SIPROMUSOP), conforme a la cual el referido Juzgado declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano José Natividad Arreaza Boada, en el carácter de Secretario del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar de Barcelona, estado Anzoátegui (SIPROMUSOP), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se le notificó que esta Sala Electoral en fecha 20 de abril de 2023, dictó sentencia Nº 029. |
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6. | AA70E2022000055 |
Por recibido oficio N° 2022-294 de fecha 18/11/2022, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta por los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO y ALEXANDER ANTONIO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.485.260, V-4.218.795 y V-11.910.519, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Sarmiento Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.274, contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas, Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio "Simón Bolivar" (SIPROMUSOP), conforme a la cual el referido Juzgado declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana Gleddy Josefina Ramos Arevalos, en el carácter de Secretaria de Prensa y Propaganda del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar de Barcelona, estado Anzoátegui (SIPROMUSOP), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se le notificó que esta Sala Electoral en fecha 20 de abril de 2023, dictó sentencia Nº 029. |
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7. | AA70E2022000055 |
Por recibido oficio N° 2022-294 de fecha 18/11/2022, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta por los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO y ALEXANDER ANTONIO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.485.260, V-4.218.795 y V-11.910.519, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Sarmiento Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.274, contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas, Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio "Simón Bolivar" (SIPROMUSOP), conforme a la cual el referido Juzgado declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano Luis Fernando Pérez, en el carácter de Secretario de Actas y Correspondencia del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar de Barcelona, estado Anzoátegui (SIPROMUSOP), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se le notificó que esta Sala Electoral en fecha 20 de abril de 2023, dictó sentencia Nº 029. |
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8. | AA70E2022000055 |
Por recibido oficio N° 2022-294 de fecha 18/11/2022, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta por los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO y ALEXANDER ANTONIO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.485.260, V-4.218.795 y V-11.910.519, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Sarmiento Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.274, contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas, Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio "Simón Bolivar" (SIPROMUSOP), conforme a la cual el referido Juzgado declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano José Luis Calcurian Guaina, en el carácter de Secretario de Organización del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar de Barcelona, estado Anzoátegui (SIPROMUSOP), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que esta Sala Electoral en fecha 20 de abril de 2023, dictó sentencia Nº 029. |
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9. | AA70E2022000055 |
Por recibido oficio N° 2022-294 de fecha 18/11/2022, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta por los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO y ALEXANDER ANTONIO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.485.260, V-4.218.795 y V-11.910.519, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Sarmiento Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.274, contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas, Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio "Simón Bolivar" (SIPROMUSOP), conforme a la cual el referido Juzgado declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano Oscar Enrique Llovera Curpa, en el carácter de Secretario de Deporte del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar de Barcelona, estado Anzoátegui (SIPROMUSOP), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que esta Sala Electoral en fecha 20 de abril de 2023, dictó sentencia Nº 029. |
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10. | AA70E2022000055 |
Por recibido oficio N° 2022-294 de fecha 18/11/2022, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta por los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO y ALEXANDER ANTONIO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.485.260, V-4.218.795 y V-11.910.519, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Sarmiento Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.274, contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas, Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio "Simón Bolivar" (SIPROMUSOP), conforme a la cual el referido Juzgado declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano José Carmito Reyes Guzmán, en el carácter de Secretario de Reclamo del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar de Barcelona, estado Anzoátegui (SIPROMUSOP), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que esta Sala Electoral en fecha 20 de abril de 2023, dictó sentencia Nº 029. |
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11. | AA70E2022000055 |
Por recibido oficio N° 2022-294 de fecha 18/11/2022, emitido por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remitió expediente contentivo de la solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta por los ciudadanos PEDRO PABLO GUAREPERO PERICANA, RAMÓN ENRIQUE MARTÍNEZ BARRERO y ALEXANDER ANTONIO VÁSQUEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.485.260, V-4.218.795 y V-11.910.519, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Sarmiento Matute, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.274, contra la Junta Directiva del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas, Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio "Simón Bolivar" (SIPROMUSOP), conforme a la cual el referido Juzgado declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana Yolys Elisabeth Hernández Mendoza, en el carácter de Secretaria de Finanzas del Sindicato Profesional de Obreros Municipales, Servicio y Obras Públicas Similares y Conexas de la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar de Barcelona, estado Anzoátegui (SIPROMUSOP), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se le notificó que esta Sala Electoral en fecha 20 de abril de 2023, dictó sentencia Nº 029. |
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12. | AA70E2023000067 |
El abogado Leonell Fernando Roque Acosta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.647, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS ENRIQUE MÉNDEZ DE LA GUERRA, titular de la cédula de identidad N° V-10.278.890, invocando la condición de propietario de un inmueble distinguido con el alfanumérico A-42 del Conjunto Residencial "VILLAS DE SAN DIEGO COUNTRY CLUB", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las elecciones convocadas y realizadas por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, para el periodo 2023-2024, celebradas el 16 de octubre de 2023. |
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Acta de audiencia telemática. |
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13. | AA70E2024000028 |
La ciudadana GLORIA MARGARITA AMARO FIGUEREDO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.999.001, actuando en el carácter de miembro asociado de la ASOCIACIÓN CIVIL CAJA DE AHORRO DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO CARABOBO (A.C.C.A.P.A.E.E.C.), asistida por la abogada Rosana Herminia Cortez Alvarado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 122.041, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada contra las actuaciones de los miembros de la Comisión Electoral de la mencionada Asociación, en virtud de la convocatoria al proceso electoral a realizarse en fecha 28 de junio de 2024. |
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RECEPCION DE COMISIÓN Se recibió el oficio N° 0208-2025, del 05 de junio de 2025, emanado del Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 11 de abril de 2025, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo. |
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14. | AA70E2025000006 |
La abogada Nathaly Del Carmen Querales Rudiño, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 294.842, actuando en el carácter de apoderada judicial del ciudadano JAVIER ANTONIO OSORIO BRACHO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.749.098, en el carácter de de propietario del Local ML-50, ubicado en el Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los actos, actuaciones, vías de hecho, abstenciones u omisiones electorales llevadas a cabo por la Junta de Condominio del Centro Comercial Gran Bazar de Maracaibo, periodo 2024-2025, por vulnerar el derecho al sufragio y la participación en el proceso eleccionario realizado el 24 de enero del 2025, donde se escogieron a los miembros integrantes de la referida Junta de Condominio para el periodo 2025-2026. |
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RECEPCION DE COMISIÓN Se recibió oficio N° 145-2025, del 20 de junio de 2025, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 02 de mayo de 2025, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo. |
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ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
1. | AA70E2023000067 |
El abogado Leonell Fernando Roque Acosta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.647, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS ENRIQUE MÉNDEZ DE LA GUERRA, titular de la cédula de identidad N° V-10.278.890, invocando la condición de propietario de un inmueble distinguido con el alfanumérico A-42 del Conjunto Residencial "VILLAS DE SAN DIEGO COUNTRY CLUB", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las elecciones convocadas y realizadas por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, para el periodo 2023-2024, celebradas el 16 de octubre de 2023. |
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El abogado Ed Edward Colina Sanjuan, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 145.177, en su carácter de Fiscal Provisorio Septimo del Ministerio Público, consignó escrito de opinión fiscal. |
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2. | AA70E2023000067 |
El abogado Leonell Fernando Roque Acosta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.647, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS ENRIQUE MÉNDEZ DE LA GUERRA, titular de la cédula de identidad N° V-10.278.890, invocando la condición de propietario de un inmueble distinguido con el alfanumérico A-42 del Conjunto Residencial "VILLAS DE SAN DIEGO COUNTRY CLUB", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las elecciones convocadas y realizadas por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, para el periodo 2023-2024, celebradas el 16 de octubre de 2023. |
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El abogado Leonell Roque, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.647, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó escrito mediante el cual consignó promoción de pruebas. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2024000030 |
Los ciudadano FREDDY COROMOTO BOLÍVAR PÉREZ, RAMÓN ANTONIO RIVAS PEÑA y WILLIMS JOSÉ VALDERRAMA GARCÍA, asistidos por la abogada SANDRA CARINA MARTÍNEZ SUÁREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 102.125, interpusieron amparo constitucional contra la Organización Sindical Única de Trabajadores de la empresa COPOSA (UNSTRACOPOSA), en virtud de la negativa de la Junta Directiva para convocar a elecciones. |
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La abogada Sandra Martinez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº102.125, apoderada judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento. |
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2. | AA70E2025000020 |
La ciudadana YETSALIDA CHIQUINQUIRA PÉREZ DE ROMERO, titular de la cédula de identidad N° V-13.529.962 en el alegado carácter de juez-arbitro, afiliada de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE ATLETISMO (FEVEATLETISMO), asistida por el abogado Daniel Alejandro Leal Lehman, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 136.694, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral nacional realizado en fecha 25 de abril de 2025, para la renovación de las nuevas autoridades de la referida Federación para el periodo 2025-2029. |
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El ciudadano Freddy Aberden Jhon, titular de la cédula de identidad Nº V-5.892.172, en el carácter de Presidente de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Atletismo, asistido por el abogado Reynaldo José Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 59.310, presentó diligencia mediante la cual consignaron documento referente a la presente causa. |
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3. | AA70E2025000020 |
La ciudadana YETSALIDA CHIQUINQUIRA PÉREZ DE ROMERO, titular de la cédula de identidad N° V-13.529.962 en el alegado carácter de juez-arbitro, afiliada de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE ATLETISMO (FEVEATLETISMO), asistida por el abogado Daniel Alejandro Leal Lehman, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 136.694, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral nacional realizado en fecha 25 de abril de 2025, para la renovación de las nuevas autoridades de la referida Federación para el periodo 2025-2029. |
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El ciudadano Freddy Aberden Jhon, titular de la cédula de identidad Nº V-5.892.172, en el carácter de Presidente de la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Atletismo, asistido por el abogado Reynaldo José Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 59.310, presentó diligencia mediante la cual otorgaron poder apud acta al abogado asistente. |
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DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
1. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil Consigno copia del Oficio Nº 25.197, librado al ciudadano JOEL JOSÉ GONZÁLEZ AVILAN, Superintendente de Cajas de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para la Economía, Finanzas y Comercio Exterior (SUDECA), recibido por la ciudadana Mercedes Castillo, funcionaria Analista de la Oficina de Gestión Administrativa y Correspondencia del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°037 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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2. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.199, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA (DISTRIBUIDOR), el cual envió a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°046 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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3. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.188, librado al ciudadano Reinaldo Muñoz Procurador General de la República, recibido por el ciudadano Henry Rodríguez Facchinetti, Gerente General de Litigio del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó las Sentencias N°036 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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4. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al abogado ANDRÉS SALAZAR RUIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.791, abogado asistente de la ciudadana GAUDY COLINA, actuando en su condición de Asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), recibido por el abogado Andrés Salazar inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.791, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°046 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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5. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al ciudadano EDUARDO SALAS, en su aludida condición de Secretario del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), recibido por el abogado Lorenzo Santana inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, actuando en su carácter de apoderado judicial, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°046 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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6. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.192, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, el cual envió a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°037 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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7. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 25.194, librado a los ciudadanos GUELMER JOHAN MARÍN FERNÁNDEZ, PEDRO RAFAEL MEJÍAS y LUIS GABRIEL REYES ROJAS, Miembros Integrantes de la Junta Directiva Ad Hoc de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), recibido por abogado Lorenzo Santana inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, actuando en su carácter de apoderado judicial del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°037 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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8. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.183, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, el cual envió a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°036 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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9. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.204, librado al ciudadano Reinaldo Muñoz, Procurador General de la República, recibido por el ciudadano Henry Rodríguez Facchinetti, Gerente General de Litigio del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó las Sentencias N°046 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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10. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a los ciudadanos RONNY RAMÓN CAMPOS TORREARLA, LUIS MANUEL ÁLVAREZ SUAREZ y DIONISIO JESÚS SÁNCHEZ VILLASMIL, respectivamente, en el carácter de asociados de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), terceros interesados, recibida por la abogada Briseidy Donaye Contreras, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 147.329, apoderada judicial, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°046 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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11. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 25.202, librado a los ciudadanos GUELMER JOHAN MARÍN FERNÁNDEZ, PEDRO RAFAEL MEJÍAS y LUIS GABRIEL REYES ROJAS, Miembros Integrantes de la Junta Directiva Ad Hoc de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), recibido por abogado Lorenzo Santana inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, actuando en su carácter de apoderado judicial del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°046 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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12. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.191, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA (DISTRIBUIDOR), el cual envió a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°037 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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13. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.206, librado al ciudadano Tarek Willians Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por la ciudadana Liselotte Arredondo, Abogada Adjunta III de la Dirección General de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó las Sentencias N°046 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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14. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del oficio Nº 25.185, librado a los ciudadanos GUELMER JOHAN MARÍN FERNÁNDEZ, PEDRO RAFAEL MEJÍAS y LUIS GABRIEL REYES ROJAS. Miembros Integrantes de la Junta Directiva Ad Hoc de la Caja de Ahorro y Préstamo de los Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), recibido por abogado Lorenzo Santana inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.062, actuando en su carácter de apoderado judicial del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°036 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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15. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.200, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, el cual envió a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°046 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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16. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.196, librado al ciudadano Reinaldo Muñoz, Procurador General de la República, recibido por el ciudadano Henry Rodríguez Facchinetti, Gerente General de Litigio del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó las Sentencias N°037 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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17. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a los ciudadanos RONNY RAMÓN CAMPOS TORREARLA, LUIS MANUEL ÁLVAREZ SUAREZ y DIONISIO JESÚS SÁNCHEZ VILLASMIL, respectivamente, en el carácter de asociados de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), terceros interesados, recibida por la abogada Briseidy Donaye Contreras, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 147.329, apoderada judicial, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°037 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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18. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.208, librado para el DEPARTAMENTO DE SISTEMA DE PAGO "TAQUILLA" DEL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA, recibido por el abogado ANDRÉS SALAZAR RUIZ, para dar cumplimiento a la Sentencia N° 105 de fecha 17 de diciembre de 2024 |
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19. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.187, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA (DISTRIBUIDOR)8, el cual envió a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°036 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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20. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.190, librado al ciudadano Tarek Willians Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por la ciudadana Liselotte Arredondo, Abogada Adjunta III de la Dirección General de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó las Sentencias N°036 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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21. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a los ciudadanos RONNY RAMÓN CAMPOS TORREARLA, LUIS MANUEL ÁLVAREZ SUAREZ y DIONISIO JESÚS SÁNCHEZ VILLASMIL, respectivamente, en el carácter de asociados de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), terceros interesados, recibida por la abogada Briseidy Donaye Contreras, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 147.329, apoderada judicial, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°036 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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22. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.198, librado al ciudadano Tarek Willians Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por la ciudadana Liselotte Arredondo, Abogada Adjunta III de la Dirección General de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó las Sentencias N°037 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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23. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil Consigno copia del Oficio Nº 25.205, librado al ciudadano JOEL JOSÉ GONZÁLEZ AVILAN, Superintendente de Cajas de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para la Economía, Finanzas y Comercio Exterior (SUDECA), recibido por la ciudadana Mercedes Castillo, funcionaria Analista de la Oficina de Gestión Administrativa de Correspondencia del ente antes mencionado, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°046 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
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24. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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El ciudadano Alguacil Consigno copia del Oficio Nº 25.189, librado al ciudadano JOEL JOSÉ GONZÁLEZ AVILAN, Superintendente de Cajas de Ahorro del Ministerio del Poder Popular para la Economía, Finanzas y Comercio Exterior (SUDECA), recibido por la ciudadana Mercedes Castillo, funcionaria Analista de la Oficina de Gestión Administrativa Correspondencia del ente mencionado, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°036 de fecha del 28 de mayo de 2025. |
La Presidenta, | |
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
La Secretaria, | |
Intiana López Pérez |