REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 06/08/2025
CUENTA, N° 139

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2022000035

El abogado EDGAR ERNESTO CORDERO GUERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.023, quien actúa en su propio nombre y alega ser Miembro del Consejo Comunal "Cumbres de El Manzano", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso de elección de los Voceros y Voceras del Consejo Comunal "Cumbres de El Manzano", para el ciclo comunal 2022-2024, cuyo acto de votación se realizó en fecha 12 de junio de 2022.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la Asamblea General de Ciudadanos y Ciudadanas del Consejo Comunal "Cumbres del Manzano", de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 070 dictada en fecha 25 de julio de 2025, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados.


2. AA70E2022000035

El abogado EDGAR ERNESTO CORDERO GUERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.023, quien actúa en su propio nombre y alega ser Miembro del Consejo Comunal "Cumbres de El Manzano", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso de elección de los Voceros y Voceras del Consejo Comunal "Cumbres de El Manzano", para el ciclo comunal 2022-2024, cuyo acto de votación se realizó en fecha 12 de junio de 2022.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a las Candidatas y Candidatos a la Elección de las Diferentes Vocerías que Integran El Consejo Comunal "Cumbres del Manzano", para el Ciclo Comunal 2022-2024, cuyo acto de votación se realizó en fecha 12 de junio de 2022, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 070 dictada en fecha 25 de julio de 2025, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados.


3. AA70E2023000068

El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en su alegado carácter apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de las cédula de identidad Nros V-15.016.395 y V-7.523.079, respectivamente, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, ambos miembros activos de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguana (CACOINPAR), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de amparo cautelar, contra "la comisión electoral, designada para llevar el proceso electoral y de la decisión tomada por [la referida comisión] en fecha 03 de noviembre de 2023, en la cual juramento (…) sin haber celebrado el proceso electoral una junta directiva presidida por la ciudadana GLENDA GALVIS (…), [quien presuntamente] no es miembro asociada de la [referida Cámara de Comercio]".

RECEPCION DE COMISIÓN Se recibió oficio N° 134-25, del 17 de marzo de 2025, emanado del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 03 de diciembre de 2024, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo.


4. AA70E2024000040

Por recibido oficio N° 527-2024 de fecha 19 de julio 2024, emanado del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del estado Carabobo, anexo al cual remitió Exp. N° 12009-2023, contentivo de la demanda de nulidad, interpuesta por los ciudadanos ÁNGEL CÁRDENAS, MARÍA DE FREITAS DE RODRÍGUEZ, MELYS GÓMEZ, LILIANA REYNA, en el carácter de copropietarios del Conjunto Residencial "Residencias los Sauces", ubicado en la urbanización los Naranjos Municipio Valencia estado Carabobo, asistidos por el abogado Séptimo Carlos Ferri Córdova, contra los acuerdos de la Asamblea General Ordinaria de Propietarios celebrada en fecha 28 de julio del año 2023 por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, remisión que se hace en virtud de la sentencia dictada por ese Juzgado en fecha 11 de julio de 2024, mediante la cual declaró la declinatoria de competencia en esta Sala Electoral.

Se deja constancia que se fijó en la cartelera de esta Sala cartel librado a las ciudadanas OLGA FURNARI y ANGELINA MARTUSCELLI, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 25 de julio de 2025, dictó Sentencia N° 067, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados.


5. AA70E2024000040

Por recibido oficio N° 527-2024 de fecha 19 de julio 2024, emanado del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del estado Carabobo, anexo al cual remitió Exp. N° 12009-2023, contentivo de la demanda de nulidad, interpuesta por los ciudadanos ÁNGEL CÁRDENAS, MARÍA DE FREITAS DE RODRÍGUEZ, MELYS GÓMEZ, LILIANA REYNA, en el carácter de copropietarios del Conjunto Residencial "Residencias los Sauces", ubicado en la urbanización los Naranjos Municipio Valencia estado Carabobo, asistidos por el abogado Séptimo Carlos Ferri Córdova, contra los acuerdos de la Asamblea General Ordinaria de Propietarios celebrada en fecha 28 de julio del año 2023 por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, remisión que se hace en virtud de la sentencia dictada por ese Juzgado en fecha 11 de julio de 2024, mediante la cual declaró la declinatoria de competencia en esta Sala Electoral.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de esta Sala cartel librado a Todos los Participantes en la Asamblea General Extraordinaria de Fecha 28 de julio de 2023 del Conjunto Residencial "Residencias Los Sauces", de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 25 de julio de 2025, dictó Sentencia N° 067, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados.


6. AA70E2024000040

Por recibido oficio N° 527-2024 de fecha 19 de julio 2024, emanado del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del estado Carabobo, anexo al cual remitió Exp. N° 12009-2023, contentivo de la demanda de nulidad, interpuesta por los ciudadanos ÁNGEL CÁRDENAS, MARÍA DE FREITAS DE RODRÍGUEZ, MELYS GÓMEZ, LILIANA REYNA, en el carácter de copropietarios del Conjunto Residencial "Residencias los Sauces", ubicado en la urbanización los Naranjos Municipio Valencia estado Carabobo, asistidos por el abogado Séptimo Carlos Ferri Córdova, contra los acuerdos de la Asamblea General Ordinaria de Propietarios celebrada en fecha 28 de julio del año 2023 por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, remisión que se hace en virtud de la sentencia dictada por ese Juzgado en fecha 11 de julio de 2024, mediante la cual declaró la declinatoria de competencia en esta Sala Electoral.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de esta Sala cartel librado a Todos los Propietarios de los Respectivos Inmuebles del Conjunto Residencial "Residencias Los Sauces", de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 25 de julio de 2025, dictó Sentencia N° 067, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados.


7. AA70E2024000040

Por recibido oficio N° 527-2024 de fecha 19 de julio 2024, emanado del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del estado Carabobo, anexo al cual remitió Exp. N° 12009-2023, contentivo de la demanda de nulidad, interpuesta por los ciudadanos ÁNGEL CÁRDENAS, MARÍA DE FREITAS DE RODRÍGUEZ, MELYS GÓMEZ, LILIANA REYNA, en el carácter de copropietarios del Conjunto Residencial "Residencias los Sauces", ubicado en la urbanización los Naranjos Municipio Valencia estado Carabobo, asistidos por el abogado Séptimo Carlos Ferri Córdova, contra los acuerdos de la Asamblea General Ordinaria de Propietarios celebrada en fecha 28 de julio del año 2023 por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, remisión que se hace en virtud de la sentencia dictada por ese Juzgado en fecha 11 de julio de 2024, mediante la cual declaró la declinatoria de competencia en esta Sala Electoral.

Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de esta Sala cartel librado a los ciudadanos MAURIET CAMPOS, JOSÉ ROJAS, ANGELA DE FRITAS y MERLYS GÓMEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 25 de julio de 2025, dictó Sentencia N° 067, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados.


8. AA70E2024000045

Los ciudadanos JUAN CRISTÓBAL DELIMA SEIJAS, DANIEL FRANCELI DE LOS ÁNGELES SEIJAS VALERA y DANIEL ALEXANDER ZAPATA ZURIA, titulares de la cédula de identidad Nros. V-13.600.771, V-18.693.201 y V-12.608.372, respectivamente, en el alegado carácter de integrantes para la constitución del Comité Paritario (Electos) por parte del sector arrendatario de la administración del Condominio del Centro Comercial "Parque los Aviadores", asistidos por el abogado José A. Castillo Suarez, inscrito en el Inpreabogado Nro. 30.911, interpusieron recurso contencioso electoral contra la Junta de Condominio del Centro Comercial "Parque los Aviadores", a los fines de que convoquen a elecciones para la conformación del Comité Paritario por parte de los copropietarios del mencionado centro comercial.

RECEPCION DE COMISIÓN Se recibió oficio N° 25-382, del 14 de julio de 2025, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 09 de abril de 2025, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo.


9. AA70E2025000024

El abogado Luis Emiro Mendoza Delgado, inscrito en el Inpreabogado N° 200.846, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano XIAO MIN FENG FENG, titular de la cédula de identidad N° V-24.647.264, en el alegado carácter de propietario de un apartamento ubicado en la Torre "A" del Conjunto Residencial VISTAPO (Torre A y B), mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral contra las elecciones realizadas en fecha 03 de abril de 2025, por la Junta de Condominio del mencionado conjunto residencial, en la que se eligió la nueva Junta de Condominio para el periodo 2025-2026.

El Juzgado de Sustanciación admitió cuanto ha lugar en derecho el recurso contencioso electoral y en consecuencia ordenó notificar a la parte recurrente, a los miembros integrantes de la Junta de Condominio (Saliente) del Conjunto Residencial VISTAPO (Torre A y B), a los miembros integrantes de la Junta de Condominio (Electa en Asamblea del 03-04-2025), a la Administradora y al Ministerio Público. Se acordó notificar a los ciudadanos ISAAC MENDOZA, LAURA GUEVARA, QUIQION ZHENG, a la Sociedad Mercantil Inversiones Tovar, a los participantes en la Asamblea de fecha 03-04-2025, y a todos los Copropietarios de inmuebles, y visto que en el presente expediente no consta domicilio procesal de los ciudadanos antes mencionados se acordó librar carteles. Igualmente, se comisionó al Tribunal de de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de practicar las referidas notificaciones. Se libró boletas, oficios y despacho.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2023000017

El abogado Juan Andrés Miralles Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 304.868, actuando en su carácter de apoderado judicial de FIBRANOVA, C.A., interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el proceso de elección de los delegados de prevención llevado a cabo en fecha 16 y 17 de diciembre de 2021, y contra los actos administrativos subsiguientes conformado por las dieciséis (16) constancias de registros como delegados de prevención y actos subsiguientes.

El abogado Juan Andrés Miralles Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 304.868, actuando en su carácter de apoderado judicial de FIBRANOVA, C.A., presentó diligencia mediante el cual dejó constancia del retiro del cartel de emplazamiento para su posterior publicación.


2. AA70E2023000046

El ciudadano JOSÉ ÁNGEL BRUZUAL VARGAS, titular de la cédula de identidad N° V-9.949.202, actuando en el alegado carácter de miembro y candidato a la Presidencia de la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela, con sede en el estado Bolívar (FEDECÁMARAS BOLÍVAR), asistido por la abogada Carmen Natalí Moreno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 181.163, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar innominada, contra el proceso electoral llevado a cabo en fecha 16 de junio de 2023, para la designación de los miembros del Comité Ejecutivo para el período 2023-2025, por la Comisión Electoral de la referida Federación.

El abogado Julio Díaz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 146.034, actuando en el carácter de apoderado judicial de la parte recurrida, presentó diligencia mediante la cual solicitó que sean practicadas las notificaciones mediante cartel librado en cartelera según lo estipulado en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.


3. AA70E2024000052

La ciudadana MYRIAM TIBISAY WENDEHAKE GONZÁLEZ titular de la cédula de identidad N° V-2.768.424, en su condición de Presidente del Instituto de Previsión Social del Periodista (IPSP), asistida por los abogados Jonathan Abraham Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra el Proceso Electoral de Elección de los Miembros Principales y Suplentes del Directorio Ejecutivo del Instituto de Previsión Social del Periodista (IPSP) celebrado en fecha 01 de marzo de 2024, de conformidad con la Convocatoria publicada en el Diario 2001, página 3, de fecha 23 de febrero de 2024.

La ciudadana MYRIAM TIBISAY WENDEHAKE GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° V-2.768.424, en su carácter de Presidente del Instituto de Previsión Social del Periodistas (IPSP) parte recurrente, asistida por el abogado Alfredo Saba Peña, inscrito en el Inpreabogado N° 49.494, consignó diligencia solicitando notificar a la parte recurrida.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2024000038

El abogado FREDDY JOSÉ DELGADO HERNÁNDEZ, actuando en nombre propio y en el alegado carácter de propietario de un inmueble ubicado en el Edificio TORRE PROFESIONAL DEL CENTRO; interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la convocatoria a la Asamblea Extraordinaria de Propietarios realizada en fecha 31 de julio de 2024 y el acto electoral ocurrido el 13 de agosto del mismo año, en el cual fueron electos los miembros de la Junta de Condominio del referido inmueble.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.246, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO "TORRE PROFESIONAL DEL CENTRO" (Vigente antes del 13 de agosto de 2024), recibida por la ciudadana Carlota Guevara, miembro del ente antes mencionado, mediante el cual se notificó la Sentencia N°058 de fecha 25 de julio de 2025.


2. AA70E2024000038

El abogado FREDDY JOSÉ DELGADO HERNÁNDEZ, actuando en nombre propio y en el alegado carácter de propietario de un inmueble ubicado en el Edificio TORRE PROFESIONAL DEL CENTRO; interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la convocatoria a la Asamblea Extraordinaria de Propietarios realizada en fecha 31 de julio de 2024 y el acto electoral ocurrido el 13 de agosto del mismo año, en el cual fueron electos los miembros de la Junta de Condominio del referido inmueble.

El ciudadano Alguacil entregó boleta original de notificación al abogado FREDDY JOSÉ DELGADO HERNÁNDEZ, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 109.933. En el carácter de propietario de un inmueble en la Torre Profesional del Centro, Av. Lecuna, caracas, parte recurrente, mediante el cual se le notificó la sentencia N.º 058 del 25 de julio de 2025.





3. AA70E2025000022

Los ciudadanos ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, HÉCTOR MALDONADO, CÉSAR ALFREDO VÁSQUEZ, PEDRO VIVAS OROPEZA, MITCHELLE ÁLVAREZ, JOSÉ USECHE, EDGARDO ACOSTA y FRANCISCO CHACÓN, titulares de las cédula de identidad Nros: V- 9.142.362, V-9.098.604, V-10.544.099, V-2.143.183, V-11.024.832, V-12.292.550, V-15.242.010 y V-6.367.419, respectivamente, en el alegado carácter de miembros integrantes de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, asistidos por los abogados Jonathan Abrahan Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra el acto dictada por el Tribunal Disciplinario del referido Club de fecha 30 de abril de 2025, mediante el cual se suspende a la Junta Directiva electa en fecha 01 de febrero de 2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.240, librado al COMISARIO PRINCIPAL DE LA ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, recibido por la ciudadana Darling Espinoza, Secretaria de la Junta Directiva del Club Táchira, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°069 de fecha del 25 de julio de 2025.


4. AA70E2025000022

Los ciudadanos ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, HÉCTOR MALDONADO, CÉSAR ALFREDO VÁSQUEZ, PEDRO VIVAS OROPEZA, MITCHELLE ÁLVAREZ, JOSÉ USECHE, EDGARDO ACOSTA y FRANCISCO CHACÓN, titulares de las cédula de identidad Nros: V- 9.142.362, V-9.098.604, V-10.544.099, V-2.143.183, V-11.024.832, V-12.292.550, V-15.242.010 y V-6.367.419, respectivamente, en el alegado carácter de miembros integrantes de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, asistidos por los abogados Jonathan Abrahan Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra el acto dictada por el Tribunal Disciplinario del referido Club de fecha 30 de abril de 2025, mediante el cual se suspende a la Junta Directiva electa en fecha 01 de febrero de 2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.237, librado a los ciudadanos ÁNGEL RAMIREZ y GERARDO ZAMBRANO. Miembros Integrantes de la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Táchira (Periodo Anterior, designada por el Tribunal Disciplinario mediante acto dictado el 30 de abril de 2025), recibido por la ciudadana Darling Espinoza, Secretaria de la Junta Directiva del Club Táchira, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°069 de fecha del 25 de julio de 2025.


5. AA70E2025000022

Los ciudadanos ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, HÉCTOR MALDONADO, CÉSAR ALFREDO VÁSQUEZ, PEDRO VIVAS OROPEZA, MITCHELLE ÁLVAREZ, JOSÉ USECHE, EDGARDO ACOSTA y FRANCISCO CHACÓN, titulares de las cédula de identidad Nros: V- 9.142.362, V-9.098.604, V-10.544.099, V-2.143.183, V-11.024.832, V-12.292.550, V-15.242.010 y V-6.367.419, respectivamente, en el alegado carácter de miembros integrantes de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, asistidos por los abogados Jonathan Abrahan Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra el acto dictada por el Tribunal Disciplinario del referido Club de fecha 30 de abril de 2025, mediante el cual se suspende a la Junta Directiva electa en fecha 01 de febrero de 2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.238, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN ELECTORAL DE LA ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, recibido por la ciudadana Darling Espinoza, Secretaria de la Junta Directiva del Club Táchira, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°069 de fecha del 25 de julio de 2025.


6. AA70E2025000022

Los ciudadanos ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, HÉCTOR MALDONADO, CÉSAR ALFREDO VÁSQUEZ, PEDRO VIVAS OROPEZA, MITCHELLE ÁLVAREZ, JOSÉ USECHE, EDGARDO ACOSTA y FRANCISCO CHACÓN, titulares de las cédula de identidad Nros: V- 9.142.362, V-9.098.604, V-10.544.099, V-2.143.183, V-11.024.832, V-12.292.550, V-15.242.010 y V-6.367.419, respectivamente, en el alegado carácter de miembros integrantes de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, asistidos por los abogados Jonathan Abrahan Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra el acto dictada por el Tribunal Disciplinario del referido Club de fecha 30 de abril de 2025, mediante el cual se suspende a la Junta Directiva electa en fecha 01 de febrero de 2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.236, librado al ciudadano Tarek Willians Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el ciudadano Oscar Batista, Abogado Adjunto de la Dirección General de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°069 de fecha del 25 de julio de 2025.


7. AA70E2025000022

Los ciudadanos ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, HÉCTOR MALDONADO, CÉSAR ALFREDO VÁSQUEZ, PEDRO VIVAS OROPEZA, MITCHELLE ÁLVAREZ, JOSÉ USECHE, EDGARDO ACOSTA y FRANCISCO CHACÓN, titulares de las cédula de identidad Nros: V- 9.142.362, V-9.098.604, V-10.544.099, V-2.143.183, V-11.024.832, V-12.292.550, V-15.242.010 y V-6.367.419, respectivamente, en el alegado carácter de miembros integrantes de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, asistidos por los abogados Jonathan Abrahan Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra el acto dictada por el Tribunal Disciplinario del referido Club de fecha 30 de abril de 2025, mediante el cual se suspende a la Junta Directiva electa en fecha 01 de febrero de 2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.239, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DEL TRIBUNAL DISCIPLINARIO DE LA ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, recibido por la ciudadana Darling Espinoza, Secretaria de la Junta Directiva del Club Táchira, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°069 de fecha del 25 de julio de 2025.


8. AA70E2025000022

Los ciudadanos ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, HÉCTOR MALDONADO, CÉSAR ALFREDO VÁSQUEZ, PEDRO VIVAS OROPEZA, MITCHELLE ÁLVAREZ, JOSÉ USECHE, EDGARDO ACOSTA y FRANCISCO CHACÓN, titulares de las cédula de identidad Nros: V- 9.142.362, V-9.098.604, V-10.544.099, V-2.143.183, V-11.024.832, V-12.292.550, V-15.242.010 y V-6.367.419, respectivamente, en el alegado carácter de miembros integrantes de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, asistidos por los abogados Jonathan Abrahan Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra el acto dictada por el Tribunal Disciplinario del referido Club de fecha 30 de abril de 2025, mediante el cual se suspende a la Junta Directiva electa en fecha 01 de febrero de 2025.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.241, librado al COMISARIO SUPLENTE DE LA ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, recibido por la ciudadana Darling Espinoza, Secretaria de la Junta Directiva del Club Táchira, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°069 de fecha del 25 de julio de 2025.


9. AA70E2025000022

Los ciudadanos ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, HÉCTOR MALDONADO, CÉSAR ALFREDO VÁSQUEZ, PEDRO VIVAS OROPEZA, MITCHELLE ÁLVAREZ, JOSÉ USECHE, EDGARDO ACOSTA y FRANCISCO CHACÓN, titulares de las cédula de identidad Nros: V- 9.142.362, V-9.098.604, V-10.544.099, V-2.143.183, V-11.024.832, V-12.292.550, V-15.242.010 y V-6.367.419, respectivamente, en el alegado carácter de miembros integrantes de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, asistidos por los abogados Jonathan Abrahan Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra el acto dictada por el Tribunal Disciplinario del referido Club de fecha 30 de abril de 2025, mediante el cual se suspende a la Junta Directiva electa en fecha 01 de febrero de 2025.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a los ciudadanos ROLANDO ENRIQUE PINZON BERNAL, HECTOR MALDONADO, CESAR ALFREDO VASQUEZ, PEDRO VIVAS OROPEZA, MITCHELLE ALVAREZ, JOSE USECHE, EDGARDO ACOSTA Y FRANCISCO CHACON, parte accionante, dicha boleta fue recibida por los ciudadanos, ROLANDO PINZÓN, HECTOR MALDONADO, PEDRO VIVAS, CÉSAR VASQUEZ y el abogado Jonathan Prieto, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 214.841, apoderado judicial del ciudadano Rolando Pinzón, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°069 de fecha del 25 de julio de 2025.


10. AA70E2025000026

La abogada MARILYN MÉNDEZ PINO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 178.209, actuando en nombre propio, y en el carácter de propietaria de un inmueble ubicado en el Edificio Metrobera, con dirección en la Avenida Santa Teresa a Cruz Verde, diagonal al Palacio de Justicia del Área Metropolitana de Caracas del Distrito Capital, interpuso acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada contra la ciudadana JACKELINE JOSEFINA RENGEL RIVERO, en el carácter de Vicepresidenta de la Junta de Condominio del Edificio Metrobera por violación del derecho al Sufragio perpetuado en perjuicio de la comunidad de copropietarios del referido edificio.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a la abogada MARILYN MÉNDEZ PINO, actuando en su propio nombre y representación, así como en su alegada condición de propietaria de un inmueble situado en el Edificio Metrobera, ubicado en la Avenida Este 8, Santa Teresa a Cruz Verde, del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, recibida por la abogada Marilyn Méndez Pino, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 178.209, parte accionante, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°072 de fecha del 25 de julio de 2025.


La Presidenta,
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez