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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 07/08/2025 | |
CUENTA, N° 140 | |
NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN | |
1. | AA70E2025000034 |
El abogado RÚBEN DARIO PÉREZ DÍAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 87.062, actuando en nombre y representación propia y afiliado al Sindicato Venezolano de Maestros seccional Carabobo, interpuso "recurso por vía de hecho" conjuntamente con amparo y medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra la decisión disciplinaria de la expulsión definitiva de la Federación Venezolana de Maestros, dictado por el Tribunal Disciplinario Nacional de la mencionada Federación en fecha 11 de febrero de 2025. |
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Recepción de recurso de hecho |
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DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
1. | AA70E2025000033 |
Por recibido oficio Nro. 349-25 de fecha 14 de julio de 2025, emanado del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, mediante el cual remitió recurso contencioso electoral con medida cautelar innominada de suspensión de efectos interpuesto por el ciudadano CARMELO JOSÉ FRANCISCO MELEAN SANTANA, en el alegado carácter de Presidente de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguaná (CACOINPAR), asistido por el abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917 contra el proceso electoral realizado en fecha 18 de junio de 2025, por la Comisión Electoral de Fedecámaras Falcón, para elegir a los miembros integrantes del Comité Ejecutivo Estadal Periodo 2025-2027 de la mencionada organización gremial, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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DESIGNACIÓN DE PONENTE: Se designó ponente al MAGISTRADO INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, a quien se le remitió el expediente a los fines del pronunciamiento correspondiente. |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2024000038 |
El abogado FREDDY JOSÉ DELGADO HERNÁNDEZ, actuando en nombre propio y en el alegado carácter de propietario de un inmueble ubicado en el Edificio TORRE PROFESIONAL DEL CENTRO; interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la convocatoria a la Asamblea Extraordinaria de Propietarios realizada en fecha 31 de julio de 2024 y el acto electoral ocurrido el 13 de agosto del mismo año, en el cual fueron electos los miembros de la Junta de Condominio del referido inmueble. |
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AUTO ABRIENDO ARTICULACIÓN PROBATORIA: Se abrió articulación probatoria de ocho (08) días de despacho, contados a partir de la presente fecha, inclusive. |
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2. | AA70E2024000045 |
Los ciudadanos JUAN CRISTÓBAL DELIMA SEIJAS, DANIEL FRANCELI DE LOS ÁNGELES SEIJAS VALERA y DANIEL ALEXANDER ZAPATA ZURIA, titulares de la cédula de identidad Nros. V-13.600.771, V-18.693.201 y V-12.608.372, respectivamente, en el alegado carácter de integrantes para la constitución del Comité Paritario (Electos) por parte del sector arrendatario de la administración del Condominio del Centro Comercial "Parque los Aviadores", asistidos por el abogado José A. Castillo Suarez, inscrito en el Inpreabogado Nro. 30.911, interpusieron recurso contencioso electoral contra la Junta de Condominio del Centro Comercial "Parque los Aviadores", a los fines de que convoquen a elecciones para la conformación del Comité Paritario por parte de los copropietarios del mencionado centro comercial. |
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NOTA SECRETARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se dejó constancia que se estableció comunicación telefónica con el abogado José Alejandro Verastegui Briceño, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 121.660, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Inversores Basingo, C.A.,Copropietarios del Centro Comercial "Parque Los Aviadores" (parte recurrida), a los fines de notificar auto de INADMISION de fecha 09 de abril de 2025. A tal fin, se remitió vía correo electrónico la referida notificación anexándole copia certificada del mencionado auto. Asimismo, se dejó constancia que la notificación será publicada en esta misma fecha en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia y surtirá los efectos correspondientes. |
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3. | AA70E2024000045 |
Los ciudadanos JUAN CRISTÓBAL DELIMA SEIJAS, DANIEL FRANCELI DE LOS ÁNGELES SEIJAS VALERA y DANIEL ALEXANDER ZAPATA ZURIA, titulares de la cédula de identidad Nros. V-13.600.771, V-18.693.201 y V-12.608.372, respectivamente, en el alegado carácter de integrantes para la constitución del Comité Paritario (Electos) por parte del sector arrendatario de la administración del Condominio del Centro Comercial "Parque los Aviadores", asistidos por el abogado José A. Castillo Suarez, inscrito en el Inpreabogado Nro. 30.911, interpusieron recurso contencioso electoral contra la Junta de Condominio del Centro Comercial "Parque los Aviadores", a los fines de que convoquen a elecciones para la conformación del Comité Paritario por parte de los copropietarios del mencionado centro comercial. |
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PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia el oficio de notificación librado al ciudadano SALVADOR GAMBINO, en su carácter de Gerente del Departamento Legal del Centro Comercial Parque Los Aviadores (parte recurrida). |
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4. | AA70E2024000045 |
Los ciudadanos JUAN CRISTÓBAL DELIMA SEIJAS, DANIEL FRANCELI DE LOS ÁNGELES SEIJAS VALERA y DANIEL ALEXANDER ZAPATA ZURIA, titulares de la cédula de identidad Nros. V-13.600.771, V-18.693.201 y V-12.608.372, respectivamente, en el alegado carácter de integrantes para la constitución del Comité Paritario (Electos) por parte del sector arrendatario de la administración del Condominio del Centro Comercial "Parque los Aviadores", asistidos por el abogado José A. Castillo Suarez, inscrito en el Inpreabogado Nro. 30.911, interpusieron recurso contencioso electoral contra la Junta de Condominio del Centro Comercial "Parque los Aviadores", a los fines de que convoquen a elecciones para la conformación del Comité Paritario por parte de los copropietarios del mencionado centro comercial. |
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NOTA SECRETARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se dejó constancia que se estableció comunicación telefónica con el ciudadano SALVADOR GAMBINO, en su carácter de Gerente del Departamento Legal del Centro Comercial Parque Los Aviadores (parte recurrida), a los fines de notificar auto de INADMISION de fecha 09 de abril de 2025. A tal fin, se remitió vía correo electrónico la referida notificación anexándole copia certificada del mencionado auto. Asimismo, se dejó constancia que la notificación será publicada en esta misma fecha en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia y surtirá los efectos correspondientes. |
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5. | AA70E2024000045 |
Los ciudadanos JUAN CRISTÓBAL DELIMA SEIJAS, DANIEL FRANCELI DE LOS ÁNGELES SEIJAS VALERA y DANIEL ALEXANDER ZAPATA ZURIA, titulares de la cédula de identidad Nros. V-13.600.771, V-18.693.201 y V-12.608.372, respectivamente, en el alegado carácter de integrantes para la constitución del Comité Paritario (Electos) por parte del sector arrendatario de la administración del Condominio del Centro Comercial "Parque los Aviadores", asistidos por el abogado José A. Castillo Suarez, inscrito en el Inpreabogado Nro. 30.911, interpusieron recurso contencioso electoral contra la Junta de Condominio del Centro Comercial "Parque los Aviadores", a los fines de que convoquen a elecciones para la conformación del Comité Paritario por parte de los copropietarios del mencionado centro comercial. |
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PUBLICACIÓN PORTAL ELECTRÓNICO TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA: Se dejó constancia que se publicó en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia, el oficio de notificación librado al abogado JOSE ALEJANDRO VERASTEGUI BRICEÑO, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Inversiones Basingo, C.A. |
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6. | AA70E2025000024 |
El abogado Luis Emiro Mendoza Delgado, inscrito en el Inpreabogado N° 200.846, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano XIAO MIN FENG FENG, titular de la cédula de identidad N° V-24.647.264, en el alegado carácter de propietario de un apartamento ubicado en la Torre "A" del Conjunto Residencial VISTAPO (Torre A y B), mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral contra las elecciones realizadas en fecha 03 de abril de 2025, por la Junta de Condominio del mencionado conjunto residencial, en la que se eligió la nueva Junta de Condominio para el periodo 2025-2026. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a Todos los Participantes de la Asamblea de Fecha 03 de Abril de 2025 del Conjunto Residencial Vistapo (Torre A y B), que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarle que este Juzgado de Sustanciación en fecha 06 de agosto de 2025, dictó auto mediante el cual admitió el presente recurso contencioso electoral, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados. |
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7. | AA70E2025000024 |
El abogado Luis Emiro Mendoza Delgado, inscrito en el Inpreabogado N° 200.846, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano XIAO MIN FENG FENG, titular de la cédula de identidad N° V-24.647.264, en el alegado carácter de propietario de un apartamento ubicado en la Torre "A" del Conjunto Residencial VISTAPO (Torre A y B), mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral contra las elecciones realizadas en fecha 03 de abril de 2025, por la Junta de Condominio del mencionado conjunto residencial, en la que se eligió la nueva Junta de Condominio para el periodo 2025-2026. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana QUIQION ZHENG, en el carácter de copropietaria del apartamento distinguido con el Nº 20-A, ubicado en el Conjunto Residencial VISTAPO (Torre A y B), que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarle que este Juzgado de Sustanciación en fecha 06 de agosto de 2025, dictó auto mediante el cual admitió el presente recurso contencioso electoral, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se le tendrá por notificada. |
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8. | AA70E2025000024 |
El abogado Luis Emiro Mendoza Delgado, inscrito en el Inpreabogado N° 200.846, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano XIAO MIN FENG FENG, titular de la cédula de identidad N° V-24.647.264, en el alegado carácter de propietario de un apartamento ubicado en la Torre "A" del Conjunto Residencial VISTAPO (Torre A y B), mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral contra las elecciones realizadas en fecha 03 de abril de 2025, por la Junta de Condominio del mencionado conjunto residencial, en la que se eligió la nueva Junta de Condominio para el periodo 2025-2026. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a Todos los Copropietarios de Inmuebles Ubicados en el Conjunto Residencial Vistapo (Torre A y B), que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que este Juzgado de Sustanciación en fecha 06 de agosto de 2025, dictó auto mediante el cual admitió el presente recurso contencioso electoral, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados. |
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9. | AA70E2025000024 |
El abogado Luis Emiro Mendoza Delgado, inscrito en el Inpreabogado N° 200.846, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano XIAO MIN FENG FENG, titular de la cédula de identidad N° V-24.647.264, en el alegado carácter de propietario de un apartamento ubicado en la Torre "A" del Conjunto Residencial VISTAPO (Torre A y B), mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral contra las elecciones realizadas en fecha 03 de abril de 2025, por la Junta de Condominio del mencionado conjunto residencial, en la que se eligió la nueva Junta de Condominio para el periodo 2025-2026. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la ciudadana LAURA BELÉN GUEVARA RAMÍREZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarle que este Juzgado de Sustanciación en fecha 06 de agosto de 2025, dictó auto mediante el cual admitió el presente recurso contencioso electoral, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se le tendrá por notificada. |
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10. | AA70E2025000024 |
El abogado Luis Emiro Mendoza Delgado, inscrito en el Inpreabogado N° 200.846, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano XIAO MIN FENG FENG, titular de la cédula de identidad N° V-24.647.264, en el alegado carácter de propietario de un apartamento ubicado en la Torre "A" del Conjunto Residencial VISTAPO (Torre A y B), mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral contra las elecciones realizadas en fecha 03 de abril de 2025, por la Junta de Condominio del mencionado conjunto residencial, en la que se eligió la nueva Junta de Condominio para el periodo 2025-2026. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano ISAAC ABRAHAM MENDOZA CASTILLO, en el carácter de propietario del Inmueble apartamento distinguido con el Nº 20-B, ubicado en el Conjunto Residencial VISTAPO (Torre A y B), que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle que este Juzgado de Sustanciación en fecha 06 de agosto de 2025, dictó auto mediante el cual admitió el presente recurso contencioso electoral, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se le tendrá por notificado. |
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11. | AA70E2025000024 |
El abogado Luis Emiro Mendoza Delgado, inscrito en el Inpreabogado N° 200.846, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano XIAO MIN FENG FENG, titular de la cédula de identidad N° V-24.647.264, en el alegado carácter de propietario de un apartamento ubicado en la Torre "A" del Conjunto Residencial VISTAPO (Torre A y B), mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral contra las elecciones realizadas en fecha 03 de abril de 2025, por la Junta de Condominio del mencionado conjunto residencial, en la que se eligió la nueva Junta de Condominio para el periodo 2025-2026. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la Sociedad Mercantil Inversiones Tovar, que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarle que este Juzgado de Sustanciación en fecha 06 de agosto de 2025, dictó auto mediante el cual admitió el presente recurso contencioso electoral, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2023000067 |
El abogado Leonell Fernando Roque Acosta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.647, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS ENRIQUE MÉNDEZ DE LA GUERRA, titular de la cédula de identidad N° V-10.278.890, invocando la condición de propietario de un inmueble distinguido con el alfanumérico A-42 del Conjunto Residencial "VILLAS DE SAN DIEGO COUNTRY CLUB", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las elecciones convocadas y realizadas por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, para el periodo 2023-2024, celebradas el 16 de octubre de 2023. |
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El abogado Leonell Roque, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.647, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó copias certificadas de los folios 15 al 22 y los folios 116 al 125 de la Pieza II del expediente contentivo del presente recurso. |
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DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
1. | AA70E2021000013 |
El ciudadano RAFAEL YGNACIO REYMI MACHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.752.526, asistido por los abogados Manuel Desiderio Rosales y Agueda Amelia Romero Pérez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 279.806 y 126.635, en el orden mencionado, quienes también actúan en su propio nombre y representación con el carácter de propietarios de las viviendas ubicadas en el Conjunto Residencial Puerto Príncipe, interpusieron recurso contencioso electoral contra el "…ACTO DE CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE PROPIETARIOS SOLVENTES´…". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.248, librado al JUEZ TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN BOLÍVAR, DIEGO BAUTISTA URBANEJA, JUAN ANTONIO SOTILLO Y GUANTA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, (DISTRIBUIDOR), mediante el cual se le notificó la Sentencia N°073 de fecha 25 de julio de 2025. |
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2. | AA70E2021000013 |
El ciudadano RAFAEL YGNACIO REYMI MACHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.752.526, asistido por los abogados Manuel Desiderio Rosales y Agueda Amelia Romero Pérez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 279.806 y 126.635, en el orden mencionado, quienes también actúan en su propio nombre y representación con el carácter de propietarios de las viviendas ubicadas en el Conjunto Residencial Puerto Príncipe, interpusieron recurso contencioso electoral contra el "…ACTO DE CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE PROPIETARIOS SOLVENTES´…". |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.247, librado al ciudadano Tarek Willians Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el ciudadano Oscar Bautista, Abogado Adjunto de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 073 de fecha 25 de julio de 2025. |
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3. | AA70E2022000035 |
El abogado EDGAR ERNESTO CORDERO GUERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.023, quien actúa en su propio nombre y alega ser Miembro del Consejo Comunal "Cumbres de El Manzano", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso de elección de los Voceros y Voceras del Consejo Comunal "Cumbres de El Manzano", para el ciclo comunal 2022-2024, cuyo acto de votación se realizó en fecha 12 de junio de 2022. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.260, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA (DISTRIBUIDOR), el cual envió a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 070 de fecha 25 de julio de 2025. |
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4. | AA70E2022000035 |
El abogado EDGAR ERNESTO CORDERO GUERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.023, quien actúa en su propio nombre y alega ser Miembro del Consejo Comunal "Cumbres de El Manzano", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso de elección de los Voceros y Voceras del Consejo Comunal "Cumbres de El Manzano", para el ciclo comunal 2022-2024, cuyo acto de votación se realizó en fecha 12 de junio de 2022. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.261, librado al ciudadano Tarek Willians Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el ciudadano Kevin Paduani, Abogado Adjunto de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 070 de fecha 25 de julio de 2025. |
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5. | AA70E2023000067 |
El abogado Leonell Fernando Roque Acosta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.647, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS ENRIQUE MÉNDEZ DE LA GUERRA, titular de la cédula de identidad N° V-10.278.890, invocando la condición de propietario de un inmueble distinguido con el alfanumérico A-42 del Conjunto Residencial "VILLAS DE SAN DIEGO COUNTRY CLUB", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las elecciones convocadas y realizadas por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, para el periodo 2023-2024, celebradas el 16 de octubre de 2023. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.259, librado al JUEZ DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO (DISTRIBUIDOR), el cual se envió a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se notificó la Sentencia N° 062 de fecha 25 de julio de 2025. |
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6. | AA70E2023000067 |
El abogado Leonell Fernando Roque Acosta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.647, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS ENRIQUE MÉNDEZ DE LA GUERRA, titular de la cédula de identidad N° V-10.278.890, invocando la condición de propietario de un inmueble distinguido con el alfanumérico A-42 del Conjunto Residencial "VILLAS DE SAN DIEGO COUNTRY CLUB", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las elecciones convocadas y realizadas por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, para el periodo 2023-2024, celebradas el 16 de octubre de 2023. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.255, librado al ciudadano Tarek Willians Saab, en su carácter de Fiscal General de la República,recibido por el ciudadano Kevin Paduani, Abogado Adjunto de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 062 de fecha 25 de julio de 2025. |
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7. | AA70E2023000067 |
El abogado Leonell Fernando Roque Acosta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.647, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS ENRIQUE MÉNDEZ DE LA GUERRA, titular de la cédula de identidad N° V-10.278.890, invocando la condición de propietario de un inmueble distinguido con el alfanumérico A-42 del Conjunto Residencial "VILLAS DE SAN DIEGO COUNTRY CLUB", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las elecciones convocadas y realizadas por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, para el periodo 2023-2024, celebradas el 16 de octubre de 2023. |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al ciudadano CARLOS ENRIQUE MÈNDEZ DE LA GUERRA, parte recurrente, actuando en su alegada condición de Propietario de un inmueble distinguido con el alfanumérico A-42 del Conjunto Residencial "VILLAS DE SAN DIEGO COUNTRY CLUB", recibida por el abogado Leonell Roque, inscrito en el Inprebogado bajo el N° 132.647, apoderado judicial, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 062 de fecha 25 de julio de 2025. |
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8. | AA70E2024000040 |
Por recibido oficio N° 527-2024 de fecha 19 de julio 2024, emanado del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del estado Carabobo, anexo al cual remitió Exp. N° 12009-2023, contentivo de la demanda de nulidad, interpuesta por los ciudadanos ÁNGEL CÁRDENAS, MARÍA DE FREITAS DE RODRÍGUEZ, MELYS GÓMEZ, LILIANA REYNA, en el carácter de copropietarios del Conjunto Residencial "Residencias los Sauces", ubicado en la urbanización los Naranjos Municipio Valencia estado Carabobo, asistidos por el abogado Séptimo Carlos Ferri Córdova, contra los acuerdos de la Asamblea General Ordinaria de Propietarios celebrada en fecha 28 de julio del año 2023 por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, remisión que se hace en virtud de la sentencia dictada por ese Juzgado en fecha 11 de julio de 2024, mediante la cual declaró la declinatoria de competencia en esta Sala Electoral. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.270, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el Abogado Kevin Paduani, Abogado Adjunto de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 067 de fecha 25 de julio de 2025 |
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9. | AA70E2024000040 |
Por recibido oficio N° 527-2024 de fecha 19 de julio 2024, emanado del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del estado Carabobo, anexo al cual remitió Exp. N° 12009-2023, contentivo de la demanda de nulidad, interpuesta por los ciudadanos ÁNGEL CÁRDENAS, MARÍA DE FREITAS DE RODRÍGUEZ, MELYS GÓMEZ, LILIANA REYNA, en el carácter de copropietarios del Conjunto Residencial "Residencias los Sauces", ubicado en la urbanización los Naranjos Municipio Valencia estado Carabobo, asistidos por el abogado Séptimo Carlos Ferri Córdova, contra los acuerdos de la Asamblea General Ordinaria de Propietarios celebrada en fecha 28 de julio del año 2023 por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, remisión que se hace en virtud de la sentencia dictada por ese Juzgado en fecha 11 de julio de 2024, mediante la cual declaró la declinatoria de competencia en esta Sala Electoral. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.268, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DEL ESTADO MIRANDA (DISTRIBUIDOR), mediante el cual se le notificó la Sentencia N°067 de fecha 25 de julio de 2025. |
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10. | AA70E2025000021 |
Por recibido Oficio JSESCA-0195-2025 de fecha 21 de abril de 2025, emanado del Juzgado Superior Estadal Séptimo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, remitió recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por la ciudadana JANETH ROJAS ESAA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.971.390, en el carácter de representante legal de la Asociación "Club Esgrima Altos Mirandinos", asistida por el abogado Ciro Sanoja Perdomo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 23.650, contra la Providencia Administrativa N° IRDEM-CJ-521-2005, emitida por el Instituto Regional de Deporte del estado Miranda, remisión que se efectuó en virtud de la Sentencia dictada en fecha veintiocho (28) de septiembre del año 2006, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.271, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DEL ESTADO MIRANDA (DISTRIBUIDOR), mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 063 de fecha 25 de julio de 2025. |
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11. | AA70E2025000024 |
El abogado Luis Emiro Mendoza Delgado, inscrito en el Inpreabogado N° 200.846, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano XIAO MIN FENG FENG, titular de la cédula de identidad N° V-24.647.264, en el alegado carácter de propietario de un apartamento ubicado en la Torre "A" del Conjunto Residencial VISTAPO (Torre A y B), mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral contra las elecciones realizadas en fecha 03 de abril de 2025, por la Junta de Condominio del mencionado conjunto residencial, en la que se eligió la nueva Junta de Condominio para el periodo 2025-2026. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.272, librado al TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO (DISTRIBIUDOR), el cual se envió a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notifico el auto de fecha 06 de agosto de 2025. |
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12. | AA70E2025000024 |
El abogado Luis Emiro Mendoza Delgado, inscrito en el Inpreabogado N° 200.846, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano XIAO MIN FENG FENG, titular de la cédula de identidad N° V-24.647.264, en el alegado carácter de propietario de un apartamento ubicado en la Torre "A" del Conjunto Residencial VISTAPO (Torre A y B), mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral contra las elecciones realizadas en fecha 03 de abril de 2025, por la Junta de Condominio del mencionado conjunto residencial, en la que se eligió la nueva Junta de Condominio para el periodo 2025-2026. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.276, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el Abogado Kevin Paduani, Abogado Adjunto de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó el auto de fecha 06 de agosto de 2025. |
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13. | AA70E2025000029 |
El abogado JOSÉ RAFAEL SALAZAR ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 52.299, actuando en nombre propio y en el alegado carácter de propietario de un inmueble ubicado en el Conjunto Residencial La Pradera, con dirección Casa Nro. 1, Sector Tipuro, Santa Elena de las Piñas, vía Viboral, Parroquia Boquerón del Municipio Maturín del estado Monagas, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las elecciones de la Junta de Condominio del referido Conjunto Residencial, Periodo 2024-2025, realizas el 21 de diciembre de 2024. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.254, librado al JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY Y SANTA BARBARA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS (DISTRIBUIDOR), mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 071 de fecha 25 de julio de 2025. |
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SENTENCIA | |
1. | AA70E2015000078 |
Los ciudadanos LUIS RODRÍGUEZ SOSA, RAFAEL ARTURO LEÓN y la abogada CARMEN CANACHE, titulares de la cédula de identidad No. 1.853.999, 3.354.271 y 3.551.757, respectivamente, la última inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.407, quien actúa en nombre propio y asistiendo a los dos primeros, interponen acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar contra la Comisión Electoral de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Ministerio de Poder Popular para el Transporte Terrestre y Obras Públicas, respecto al proceso electoral para elegir a los miembros de la Junta Directiva de la referida asociación civil, cuyo acto de votación se fijó para el 29 de junio de 2015. |
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SENTENCIA N°077. PONENTE MAGISTRADA FANNY BEATRIZ MARQUEZ CORDERO. La Sala Electoral declaró: Se ORDENÓ librar Oficio al CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, para que se sirva informar a esta Sala sobre el conocimiento que tenga en relación a si ha habido proceso electoral en la ASOCIACIÓN NACIONAL DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRANSPORTE TERRESTRE (ANJUPEN) o cualquier acto o diligencia tendiente a la realización del mismo, así como también indique cual es la conformación exacta de la Comisión Electoral Ad Hoc y si sus miembros están realizando las actividades correspondientes para renovar a las autoridades de la referida Asociación. |
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2. | AA70E2015000102 |
El abogado José Andrés Rodríguez Galán, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.575, apoderado judicial de los ciudadanos ADERMNIS BORGES, GREGORY RIVAS, FÉLIX GRATEROL, ROLLER SÁNCHEZ y MAURICIO MARIN VÁSQUEZ, afiliados al Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Naval y sus Similares del Municipio Puerto cabello, contra los actos de formación del registro electoral preliminar y definitivo y contra los actos de escrutinio, adjudicación y proclamación dictados y realizados por la Comisión Electoral de SUNTINS, e igualmente contra el acto de generación del registro electoral definitivo realizado por la Oficina Regional Electoral del estado Carabobo, entre los días 20 al 26 de enero de 2015, en el marco del procedimiento de elección de la Junta Directiva y Tribunal Disciplinario del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Naval y sus Similares del Municipio Puerto Cabello, así como contra la Resolución N° 150611-134 del 11 de junio de 2015 dictada por el CNE. |
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SENTENCIA N° 078. PONENTE MAGISTRADA FANNY BEATRIZ MARQUEZ CORDERO. La Sala Electoral declaró: ORDENÓ librar Oficio al CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, para que se sirva informar a esta Sala sobre el conocimiento que tenga en relación a si ha habido proceso electoral en el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Naval y sus Similares del Municipio Puerto Cabello (SUTINS), o cualquier acto o diligencia tendiente a la realización del mismo, así como también indique cual es la última Junta Directiva de SUTINS que tiene registrada en sus sistemas. |
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3. | AA70E2020000006 |
La abogada Nelly Esperanza Escalante, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 53.370, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos CARMEN ROSARIO ACOSTA MONTES y ELÍAS ARNOLDO LOZADA SALAS, titulares de la cédula de identidad N° V-10.271.456 y V-2.915.688, en ese orden, aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación de Tenis del estado Aragua y Presidente de la Asociación de Tenis del estado Miranda, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el proceso electoral convocado para el día 08 de febrero de 2020 por la comisión electoral de la Federación Venezolana de Tenis. |
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SENTENCIA N° 074. PONENTE MAGISTRADA FANNY BEATRIZ MARQUEZ CORDERO. La Sala Electoral declaró: ORDENÓ abrir una articulación probatoria de ocho (8) días de despacho, para que las autoridades de la Federación Venezolana de Tenis de Campo, restituidas en la sentencia que declaró la nulidad del proceso electoral convocado para el día 8 de febrero de 2020, periodo 2020-2024, en dicha liga; presenten su escrito de defensa, pruebas o lo que consideren pertinente en relación con la denuncia de desacato de la Sentencia de esta Sala número 092, publicada el 9 de diciembre de 2021, lo cual deberán hacer dentro de los ocho (8) días de despacho siguientes a aquel en que conste en autos la notificación del presente fallo. |
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4. | AA70E2022000023 |
El abogado ENMANUEL JOSÉ ORTIZ PERAZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 102.283, actuando en nombre propio y representación de los derechos constitucionales, y los intereses y derechos colectivos de los miembros del Colegio de Abogados del estado Lara, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar subsidiaria, contra la escogencia de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisión Electoral de la referida organización gremial. |
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SENTENCIA N°075. PONENTE MAGISTRADA CARYSLIA BEATRIZ RODRIGUEZ RODRIGUEZ. La Sala Electoral declaró: En virtud de las consideraciones expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, culminada la fase de sustanciación del recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara que conforme a lo dispuesto en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la presente causa SE GARANTIZÓ A LAS PARTES EL DERECHO A LA DEFENSA, ASÍ COMO TODOS LOS ASPECTOS DEL DEBIDO PROCESO, EN EL MARCO DE LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA. |
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5. | AA70E2022000058 |
Los ciudadanos NICANOR GARCIA RIVADULLA, JORGUE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.129.380, V-16.909.432 y V-16.889.676, respectivamente, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado, asistidos por el abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la convocatoria publicada en fecha 14 de noviembre de 2022, por la Asociación Civil Puerto Encantado, para la Asamblea de miembros y propietarios a celebrarse en fecha 10 de diciembre de 2022, donde se nombrará la Junta Directiva para el periodo 2022-2024. |
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SENTENCIA N°079. PONENTE MAGISTRADA FANNY BEATRIZ MARQUEZ CORDERO. La Sala Electoral DECLARÓ que efectivamente se realizó el proceso electoral destinado a renovar todas las autoridades de la Asociación Civil Puerto Encantado y en consecuencia, dando así cumplimiento a lo ordenado por esta Sala Electoral en la Sentencia N° 94 de fecha 10 de agosto de 2023. |
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6. | AA70E2023000018 |
El abogado Juan Andrés Miralles Quintero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 304.868, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad de Comercio OXINOVA, C.A., interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente solicitud de medida de suspensión de efectos, contra el proceso de elección de los delegados de prevención llevado a cabo en fecha 31 de agosto y 01 de septiembre de 2021, y contra los actos administrativos subsiguientes conformados por seis (06) constancias de registros como delegados de prevención. |
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SENTENCIA N°076. PONENTE MAGISTRADA CARYSLIA BEATRIZ RODRIGUEZ RODRIGUEZ. La Sala Electoral declaró: Se ordenó al Juzgado de Sustanciación de esta Sala Electoral, ACUMULAR por razones de continencia, las causas signadas con alfanuméricos AA70-E-2023-000017 y la AA70-E-2023-000018; perviviendo sólo la AA70-E-2023-000017, dado que resultó ser la causa continente, a la cual se acumula la causa contenida, todo ello de conformidad con el último aparte del artículo 51 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, la cual se entenderá como una unidad jurídica mayor, en la que deberán resolverse todas las impugnaciones contenidas inicialmente en ambas causas, en razón de ello también se ordenó al Juzgado de Sustanciación notificar la presente decisión a las partes en garantía del debido proceso, igualándolas a la etapa procesal en la que se encuentra la causa continente (AA70-E-2023-000017). |
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7. | AA70E2023000041 |
El abogado Carlos Marquina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.574, actuando en su carácter de apoderado judicial del los ciudadanos MARTIN FELICIANO ROJAS, FELIX BAUTISTA, MAIZ GARCIA, WILLIAM JOSE CORTES, ADALBERTO MATIAS MARTINEZ y JOSE MANUEL BRITO TIRADO, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.668.178, V-8.442.528, V-8.635.099, V-6.374.617 y V-5.910.575, respectivamente, alegando el carácter de Secretario General el primero de los nombrados y los demás como Secretarios Ejecutivos del Sindicato Único de la Industria de la Construcción del Distrito Capital, estados Miranda y Vargas (SUTIC), interpuso solicitud de convocatoria contra el Comité Ejecutivo del referido Sindicato. |
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SENTENCIA N° 080. PONENTE MAGISTRADA FANNY BEATRIZ MARQUEZ CORDERO. La Sala Electoral declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer la Solicitud de Convocatoria a Elecciones, interpuesta en fecha 22 julio de 2023, (...), SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN DEL DISTRITO CAPITAL, ESTADOS MIRANDA Y VARGAS (SUTIC), para la realización del proceso de elección de los miembros de la Junta Directiva. 2.- El ABANDONO DEL TRÁMITE por la absoluta inactividad procesal de la parte accionante, por más de un (1) año, (...). 3.- TERMINADO EL PROCEDIMIENTO de Solicitud de Convocatoria a elecciones, efectuada por los mencionados ciudadanos para la elección de las autoridades del Sindicato Único De Trabajadores de la Industria de la Construcción del Distrito Capital, estados Miranda y Vargas (SUTIC). |
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8. | AA70E2024000043 |
La ciudadana JUSTINA MARGARITA BLANCO HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.132.249, abogada inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 72.264, actuando en el alegado carácter de apoderada Judicial de los ciudadanos ELÍ SAÚL UZCÁTEGUI, y JOHAN MANUEL CUMARES, titulares de las cédula de identidad Nros: V-15.786.987 y V-16.160.776, (respectivamente), afiliados al Sindicato Bolivariano de Trabajadores de la Industria Petrolera, Petroquímica, Similares y Conexas de la Costa Oriental del Lago (SIBOTIPPECOL) interpusieron acción de amparo constitucional, contra SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA PETROLERA, PETROQUÍMICA, SIMILARES Y CONEXAS DE LA COSTA ORIENTAL DEL LAGO (SIBOTIPPECOL), por no haber convocado el proceso electoral en los términos establecidos en los Estatutos Sociales. |
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SENTENCIA N° 081 PONENTE MAGISTRADA FANNY BEATRIZ MÁRQUEZ CORDERO. La Sala declaró: 1.- Que es COMPETENTE para conocer y decidir la solicitud de convocatoria a elecciones presentada en fecha 23 de octubre de 2024, por los ciudadanos Elí Saúl Uzcátegui y Johan Manuel Cumares, en su alegado carácter de afiliados al SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA PETROLERA PETROQUÍMICA, SIMILARES Y CONEXAS DE LA COSTA ORIENTAL DEL LAGO (SIBOTIPPECOL), asistidos por la abogada Justina Margarita Blanco Hernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.264, a fin de la renovación de los miembros de la Junta Directiva de la mencionada organización sindical. 2.- Se ORDENÓ a la parte accionante, indique a esta Sala Electoral en un lapso de treinta (30) días de despacho, los nombres de los miembros que fueron elegidos en el año 2012, que aún permanecen activos en la Junta Directiva elegida para esa fecha. |
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9. | AA70E2024000046 |
El abogado Johel Rafahel Vergara Labrador, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.151, actuando en el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO JOSÉ RANGEL PEÑA, titular de la cédula de identidad N° V-1.585.778 en el carácter de Socio del Club Alianza Sociedad Civil, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar y solicitud subsidiaria de medida innominada contra el acto de elección y proclamación realizado en fecha ocho (8) de noviembre de 2024 por la Junta Directiva del Club Alianza Sociedad Civil. |
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SENTENCIA N° 083.MAGISTRADO INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA. La Sala declaró: 1.- CON LUGAR el recurso contencioso electoral incoado conjuntamente con solicitud de amparo cautelar (...). 1.2. La NULIDAD del proceso electoral destinado a elegir a las nuevas autoridades de la Junta Directiva. 2. ORDENÓ a los miembros de la Junta Directiva del Club Alianza Sociedad Civil, electos para el período anterior (...), reincorporarse provisionalmente a sus respectivos cargos hasta tanto se realice el nuevo proceso electoral, (...) 3.ORDENÓ a la Junta Directiva del Club Alianza Sociedad Civil, electos para el período anterior a la elección que aquí se impugnó, que en un lapso de quince (15) días contados a partir de la notificación de la presente decisión, convoque a una Asamblea General Extraordinaria con la finalidad de elegir a una nueva Comisión Electoral. 4. Se EXHORTÓ a los miembros del Club Alianza Sociedad Civil, a reformar las normas(...). |
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10. | AA70E2025000002 |
Por recibido oficio N° T12M-016-2025 de fecha 17 de enero de 2025, emanado del Tribunal Décimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco del estado Zulia, el cual remitió recurso contencioso electoral con amparo cautelar interpuesto por la ciudadana MILAGROS GUTIÉRREZ, representante de los egresados del Consejo Universitario de la Univ. del Zulia, y los ciudadanos ANTONIO MOLINA Presidente (encargado) de la Asociación Sindical, y JESÚS LEÓN Secretario General del Sindicato de Obreros de la mencionada universidad, asistidos por el abg. Alexis Palmar, contra el Reglamento Transitorio para la elección de Rector, Vicerrectores, Secretario, Decanos y Representantes Profesorales de la Universidad del Zulia, sancionado por los Miembros Integrantes del Consejo Universitario de la nombrada casa de altos Estudios Superiores, en la sesión celebrada el día 10 de diciembre de 2024. |
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SENTENCIA N° 082 MAGISTRADA FANNY BEATRIZ MARQUEZ CORDERO. La Sala Electoral declaró: ORDENÓ a la parte recurrente, integrada por los ciudadanos MILAGROS COROMOTO GUTIERREZ MONTIEL, ANTONIO JOSÉ MOLINA PUCHE y JESÚS ÁNGEL LEÓN DELGADO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.159.125, V-7.971.301 y V-13.704.222, que en un lapso de diez (10) días de despacho siguientes a su notificación consignen copia certificada u original del Reglamento impugnado y en su defecto informen a esta Sala respecto a las actuaciones o diligencias realizadas, concernientes al cumplimiento de lo dispuesto en la Sentencia N° 006 del 19 de febrero de 2025, así como de sus resultas, so pena de la aplicación de las sanciones previstas en la ley referidas al desacato y la inadmisibilidad del recurso interpuesto. |
La Presidenta, | |
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
La Secretaria, | |
Intiana López Pérez |