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| REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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| TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
| SALA ELECTORAL | |
| CARACAS, 17/09/2025 | |
| CUENTA, N° 147 | |
| DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
| 1. | AA70E2025000001 |
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Los ciudadanos CLAUDIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, JOSÉ GUSTAVO MONTILLA CONTRERAS, FREDDY JOSÉ LEYVA ZORRILLA y REINALDO JOEL FLORES ROJAS, los dos últimos abogados asistiendo a los dos primeros, y actuando en nombre propio y representación, todos en el alegado carácter de propietarios y accionistas de cuotas de participación (acción) de la Asociación Civil "Club Campestre Paracotos", interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la convocatoria a elecciones de la Junta Directiva, Comisarios y Suplentes para el periodo 2025-2029, publicada en fecha 11 de diciembre de 2024; así como contra la elección de la Comisión Electoral del 24 de noviembre de 2024; y contra el Reglamento Electoral aprobado en fecha 22 de septiembre del año 2015 de la referida Asociación Civil. |
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DESIGNACION DE PONENTE: Visto el mandato contenido en la sentencia N° 065 de fecha 25 de julio de 2025 y los oficios N° DVR/DDF/2025-5231 y DVR/DDF/2025-5232, del 14 de agosto de 2025, emanados del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería, mediante el cual fue suministrada la información solicitada por esta Sala, se designó ponente al Magistrado INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, a los fines del pronunciamiento correspondiente. |
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| ACTUACIÓN EN | |
| 1. | AA70E2017000035 |
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Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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NOTA SECRETARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se dejó constancia que se estableció comunicación telefónica con el ciudadano ARNALDO FIDEL VIZCAINO FERNÁNDEZ, en el carácter Presidente de la Comisión Electoral AD HOC de la Caja de Ahorros y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), mediante la cual se le notificó la sentencia Nº 037 dictada en fecha 28 de mayo de 2025. A tal fin, se remitió vía correo electrónico la referida notificación anexándole copia certificada de la mencionada sentencia y del auto de fecha 05 de junio de 2025. Igualmente, se dejó constancia que la notificación será publicada en esta misma fecha en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia y surtirá los efectos correspondientes. |
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| 2. | AA70E2017000035 |
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Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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RECEPCION DE COMISIÓN: Se recibió oficio N° 6130-346-C-8880-2025, del 01 de agosto de 2025, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 05 de junio de 2025, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo. |
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| 3. | AA70E2017000035 |
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Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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NOTA SECRETARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se dejó constancia que se estableció comunicación telefónica con el ciudadano ARNALDO FIDEL VIZCAINO FERNÁNDEZ, en el carácter Presidente de la Comisión Electoral AD HOC de la Caja de Ahorros y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), mediante la cual se le notificó la sentencia Nº 036 dictada en fecha 28 de mayo de 2025. A tal fin, se remitió vía correo electrónico la referida notificación anexándole copia certificada de la mencionada sentencia y del auto de fecha 05 de junio de 2025. Igualmente, se dejó constancia que la notificación será publicada en esta misma fecha en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia y surtirá los efectos correspondientes. |
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| 4. | AA70E2017000035 |
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Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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RECEPCION DE COMISIÓN: Se recibió oficio N° 6130-345-C-8879-2025, del 01 de agosto de 2025, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 05 de junio de 2025, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo. |
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| 5. | AA70E2017000035 |
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Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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RECEPCION DE COMISIÓN: Se recibió oficio N° 6130-347-C-8881-2025, del 01 de agosto de 2025, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 05 de junio de 2025, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo. |
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| 6. | AA70E2017000035 |
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Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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NOTA SECRETARIA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 numeral 3° de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se dejó constancia que se estableció comunicación telefónica con el ciudadano ARNALDO FIDEL VIZCAINO FERNÁNDEZ, en el carácter Presidente de la Comisión Electoral AD HOC de la Caja de Ahorros y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), mediante la cual se le notificó la sentencia Nº 046 dictada en fecha 28 de mayo de 2025. A tal fin, se remitió vía correo electrónico la referida notificación anexándole copia certificada de la mencionada sentencia y del auto de fecha 05 de junio de 2025. Igualmente, se dejó constancia que la notificación será publicada en esta misma fecha en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia y surtirá los efectos correspondientes. |
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| ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
| 1. | AA70E2025000020 |
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La ciudadana YETSALIDA CHIQUINQUIRA PÉREZ DE ROMERO, titular de la cédula de identidad N° V-13.529.962 en el alegado carácter de juez-arbitro, afiliada de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE ATLETISMO (FEVEATLETISMO), asistida por el abogado Daniel Alejandro Leal Lehman, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 136.694, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral nacional realizado en fecha 25 de abril de 2025, para la renovación de las nuevas autoridades de la referida Federación para el periodo 2025-2029. |
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El abogado Reynaldo José Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 59.310 apoderado judicial, parte recurrida, consignó escrito mediante el cual solicitó medida cautelar de suspensión de efectos. |
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| La Presidenta, | |
| Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
| La Secretaria, | |
| Intiana López Pérez |