REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 19/09/2025
CUENTA, N° 149

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2016000073

Los ciudadanos HECMI RAMÓN GARCÍA VILLAROEL y MANUEL LARA, titulares de la cédula de identidad Nos. 13.520.130 y 16.345.800, respectivamente, aludiendo su condición de trabajadores activos de la entidad de trabajo Minera Loma de Níquel C.A., y miembros del Sindicato Nacional Profesional de Trabajadores y Trabajadoras, socialistas de la Industria Minera Loma de Níquel (SINPROTRAS-NIQUEL), asistidos por el abogado Ulises Jesús Wateyma Rosales, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.282, interponen solicitud de convocatoria a elecciones sindicales de la referida organización.

En fecha 18 de septiembre de 2025, se recibió oficio Nro. 185-2025 de fecha doce (12) de agosto de 2025, emanado del Tribunal del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Municipio Santos Michelena de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, se acordó librar cartel a los fines de notificar a los Miembros Integrantes de la Junta Directiva del Sindicato Nacional Profesional de Trabajadores y Trabajadoras Socialistas de la Industria Minera (SINPROTRAS-NIQUEL) del contenido de la Sentencia N° 108 de fecha 17 de diciembre de 2024.


2. AA70E2017000025

El ciudadano FRANGER AURELIO COLMENARES ESPINEL, titular de la cédula de identidad N° V.-21.086.604, aludiendo el carácter de afiliado a la Organización Sindical denominada: SINDICATO SOCIALISTA BOLIVARIANO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA ENTIDAD DE TRABAJO HERRAPLAST C.A. (SINSOBOTRAHERRAPLAST), asistido por el abogado Víctor Eduardo Ortega, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 188.977, interpuso solicitud de convocatoria a elecciones.

Visto oficio N° 0494-2025 de fecha 11 de agosto de 2025, emanado del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, anexo al cual remitió las resultas de la comisión que le fuere conferida el 18 de julio de 2025, se acordó librar cartel a los fines de notificar a los ciudadanos ANDIS VERGARA, PEDRO RAMOS y JOEL AYALA, y otros, en su condición de miembros integrantes de la JUNTA DIRECTIVA DEL SINDICATO SOCIALISTA BOLIVARIANO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA ENTIDAD DE TRABAJO HERRAPLAST, C.A., (SINSOBOTRAHERRAPLAST), la Sentencia N° 212 dictada el 30 de noviembre de 2017. Asimismo, se publicó el cartel en el portal electrónico del Tribunal Supremo de Justicia. Se libró cartel.


3. AA70E2022000006

El abogado Alcy Raimond Salazar Lozada, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.928, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil C.A. CERVECERÍA REGIONAL, interpuso recurso contencioso electoral contra la comisión electoral para la elección de los delegados de prevención de la C.A. Cervecería Regional y la Gerencia estadal de Salud de los Trabajadores Aragua (GERESAT-ARAGUA) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL).

RECEPCION DE COMISIÓN: Se recibió oficio N° 463-25, del 11 de agosto de 2025, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 02 de julio de 2025, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo.


4. AA70E2023000067

El abogado Leonell Fernando Roque Acosta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.647, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS ENRIQUE MÉNDEZ DE LA GUERRA, titular de la cédula de identidad N° V-10.278.890, invocando la condición de propietario de un inmueble distinguido con el alfanumérico A-42 del Conjunto Residencial "VILLAS DE SAN DIEGO COUNTRY CLUB", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las elecciones convocadas y realizadas por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, para el periodo 2023-2024, celebradas el 16 de octubre de 2023.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de esta Sala cartel librado a Todos los Propietarioa del Conjunto Residencial "Urbanización Villas de San Diego Country Club", de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 25 de julio de 2025, dictó Sentencia N° 062.


5. AA70E2023000067

El abogado Leonell Fernando Roque Acosta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.647, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial del ciudadano CARLOS ENRIQUE MÉNDEZ DE LA GUERRA, titular de la cédula de identidad N° V-10.278.890, invocando la condición de propietario de un inmueble distinguido con el alfanumérico A-42 del Conjunto Residencial "VILLAS DE SAN DIEGO COUNTRY CLUB", interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar, contra las elecciones convocadas y realizadas por la Junta de Condominio del referido conjunto residencial, para el periodo 2023-2024, celebradas el 16 de octubre de 2023.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos MICHELLE RODRÍGUEZ, RAMÓN GUEVARA, CESAR MOLINA, IVÁN ORDAZ y otros, en su condición de Propietarios del Conjunto Residencial "Urbanización Villas de San Diego" Country Club, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 25 de julio de 2025, dictó Sentencia N° 062.


6. AA70E2025000022

Los ciudadanos ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, HÉCTOR MALDONADO, CÉSAR ALFREDO VÁSQUEZ, PEDRO VIVAS OROPEZA, MITCHELLE ÁLVAREZ, JOSÉ USECHE, EDGARDO ACOSTA y FRANCISCO CHACÓN, titulares de las cédula de identidad Nros: V- 9.142.362, V-9.098.604, V-10.544.099, V-2.143.183, V-11.024.832, V-12.292.550, V-15.242.010 y V-6.367.419, respectivamente, en el alegado carácter de miembros integrantes de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, asistidos por los abogados Jonathan Abrahan Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra el acto dictada por el Tribunal Disciplinario del referido Club de fecha 30 de abril de 2025, mediante el cual se suspende a la Junta Directiva electa en fecha 01 de febrero de 2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de esta Sala cartel librado a Todos los Asociados de la asociación Civil Club Táchira, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 25 de julio de 2025, dictó Sentencia N° 069.


7. AA70E2025000022

Los ciudadanos ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, HÉCTOR MALDONADO, CÉSAR ALFREDO VÁSQUEZ, PEDRO VIVAS OROPEZA, MITCHELLE ÁLVAREZ, JOSÉ USECHE, EDGARDO ACOSTA y FRANCISCO CHACÓN, titulares de las cédula de identidad Nros: V- 9.142.362, V-9.098.604, V-10.544.099, V-2.143.183, V-11.024.832, V-12.292.550, V-15.242.010 y V-6.367.419, respectivamente, en el alegado carácter de miembros integrantes de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, asistidos por los abogados Jonathan Abrahan Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar contra el acto dictada por el Tribunal Disciplinario del referido Club de fecha 30 de abril de 2025, mediante el cual se suspende a la Junta Directiva electa en fecha 01 de febrero de 2025.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de esta Sala cartel librado al ciudadano CARLOS JAVIER MARTÍNEZ, en el carácter de Socio del Club Táchira, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia a los fines de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 25 de julio de 2025, dictó Sentencia N° 069.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2025000020

La ciudadana YETSALIDA CHIQUINQUIRA PÉREZ DE ROMERO, titular de la cédula de identidad N° V-13.529.962 en el alegado carácter de juez-arbitro, afiliada de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE ATLETISMO (FEVEATLETISMO), asistida por el abogado Daniel Alejandro Leal Lehman, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 136.694, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y medida cautelar de suspensión de efectos contra el proceso electoral nacional realizado en fecha 25 de abril de 2025, para la renovación de las nuevas autoridades de la referida Federación para el periodo 2025-2029.

El abogado Reynaldo José Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 59.310 apoderado judicial, parte recurrida, presentó diligencia mediante la cual consignó escrito para reformar la solicitud de medida cautelar.


DILIGENCIAS DEL ALGUACIL
1. AA70E2022000058

Los ciudadanos NICANOR GARCIA RIVADULLA, JORGUE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.129.380, V-16.909.432 y V-16.889.676, respectivamente, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado, asistidos por el abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la convocatoria publicada en fecha 14 de noviembre de 2022, por la Asociación Civil Puerto Encantado, para la Asamblea de miembros y propietarios a celebrarse en fecha 10 de diciembre de 2022, donde se nombrará la Junta Directiva para el periodo 2022-2024.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.292, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido en el Departameto de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°079 de fecha 07 de agosto de 2025.


2. AA70E2022000058

Los ciudadanos NICANOR GARCIA RIVADULLA, JORGUE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.129.380, V-16.909.432 y V-16.889.676, respectivamente, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado, asistidos por el abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la convocatoria publicada en fecha 14 de noviembre de 2022, por la Asociación Civil Puerto Encantado, para la Asamblea de miembros y propietarios a celebrarse en fecha 10 de diciembre de 2022, donde se nombrará la Junta Directiva para el periodo 2022-2024.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.289, librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BRION Y BUROZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA (DISTRIBIUDOR), el cual se envió a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notifico la Sentencia Nº 079 de fecha 07 de agosto de 2025.


3. AA70E2023000041

El abogado Carlos Marquina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.574, actuando en su carácter de apoderado judicial del los ciudadanos MARTIN FELICIANO ROJAS, FELIX BAUTISTA, MAIZ GARCIA, WILLIAM JOSE CORTES, ADALBERTO MATIAS MARTINEZ y JOSE MANUEL BRITO TIRADO, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.668.178, V-8.442.528, V-8.635.099, V-6.374.617 y V-5.910.575, respectivamente, alegando el carácter de Secretario General el primero de los nombrados y los demás como Secretarios Ejecutivos del Sindicato Único de la Industria de la Construcción del Distrito Capital, estados Miranda y Vargas (SUTIC), interpuso solicitud de convocatoria contra el Comité Ejecutivo del referido Sindicato.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada a los ciudadanos MARTIN FELICIANO ROJAS, FELIZ BAUTISTA MAIZ GARCIA, WILLIAM JOSE CORTES, ADALBERTO MATIAS MARTINEZ Y JOSE MANUEL BRITO TIRADO, (parte accionante), recibida por el abogado Carlos Alberto Marquina, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 24.574, mediante el cual se le notificó de la Sentencia N°080 de fecha del 07 de agosto de 2025.


4. AA70E2024000046

El abogado Johel Rafahel Vergara Labrador, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.151, actuando en el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO JOSÉ RANGEL PEÑA, titular de la cédula de identidad N° V-1.585.778 en el carácter de Socio del Club Alianza Sociedad Civil, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar y solicitud subsidiaria de medida innominada contra el acto de elección y proclamación realizado en fecha ocho (8) de noviembre de 2024 por la Junta Directiva del Club Alianza Sociedad Civil.

El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al ciudadano PEDRO JOSE RANGEL PEÑA, en el carácter de socio del Club Alianza Sociedad Civil, parte recurrente, recibida por el abogado Johel Rafahel Vergara, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 083 de fecha 07 de agosto de 2025.


5. AA70E2024000046

El abogado Johel Rafahel Vergara Labrador, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.151, actuando en el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO JOSÉ RANGEL PEÑA, titular de la cédula de identidad N° V-1.585.778 en el carácter de Socio del Club Alianza Sociedad Civil, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar y solicitud subsidiaria de medida innominada contra el acto de elección y proclamación realizado en fecha ocho (8) de noviembre de 2024 por la Junta Directiva del Club Alianza Sociedad Civil.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.285, librado al ciudadano Tarek William Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido en Departamento de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N°084 de fecha 07 de agosto de 2025.


6. AA70E2024000046

El abogado Johel Rafahel Vergara Labrador, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.151, actuando en el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO JOSÉ RANGEL PEÑA, titular de la cédula de identidad N° V-1.585.778 en el carácter de Socio del Club Alianza Sociedad Civil, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar y solicitud subsidiaria de medida innominada contra el acto de elección y proclamación realizado en fecha ocho (8) de noviembre de 2024 por la Junta Directiva del Club Alianza Sociedad Civil.

El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.280, librado al TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLÌVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÀCHIRA (DISTRIUIDOR), el cual se envío a través de la empresa de encomiendas MRW, mediante el cual se le notificó la Sentencia Nº 083 de fecha 07 de agosto de 2025.


La Presidenta,
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez